FPTM recurre la nueva Ordenanza del Taxi de Madrid


La Federación Profesional del Taxi de Madrid ha presentado esta misma mañana un recurso contencioso administrativo contra la Ordenanza del Taxi del Ayuntamiento de Madrid que fue publicada finalmente el pasado 22 de junio en el Boletín Oficial de la Comunidad. La asociación representativa de los taxistas ha solicitado, además, medidas cautelarísimas para que se suspendan temporalmente los artículos aprobados por el Consistorio hasta que se pronuncien los tribunales. 

Una semana después de su entrada en vigor, la organización presidida por Julio Sanz, al igual que hiciese con el Reglamento del Taxi de la Comunidad de Madrid que fue declarado nulo, ha decidido llevar al Tribunal Superior de Justicia de Madrid el texto local por considerar que es “una chapuza y un bodrio” y un “desprestigio hacia un sector que no se merece esta Ordenanza”. Sanz, visiblemente enfadado, no ha dudado en afirmar que “el Ayuntamiento de Madrid es el enemigo del taxi y se ha pasado por el forro de los caprichos lo que ha dicho el TSJM con respecto al Reglamento”.

Precisamente el recurso ha sido interpuesto ante la Sala de lo Contencioso Adminsitrativo del TSJM, la misma que anuló el mencionado Reglamento. Con este acción, FPTM cumple su promesa de impugnar la normativa local, tal y como afirmó la semana pasada nada más conocerse el contenido del texto. Las medidas cautelarísimas, en palabras del propio Sanz, se han pedido para evitar que los taxistas madrileños se vean forzados a realizar algunos de los cambios a los que obligan los preceptos aprobados. /TAMBIÉN ES NOTICIA

Publicado por La Gaceta del Taxi.

Finge que no le funciona la tarjeta para conseguir los datos de un taxista y sacar 3.600 euros de la cuenta

  • Los agentes lograron identificarle y detenerle después de que intentara retirar más dinero de dos sucursales de Oviedo
Imagen de archivo de la Policía Nacional
Imagen de archivo de la Policía Nacional

La Policía Nacional ha detenido en Asturias a un hombre que utilizó los datos bancarios de un taxista para sacar dinero haciéndose pasar por él. Según ha informado este viernes la Jefatura Superior de Policía, los datos habían sido facilitados días antes para que le abonase una carrera desde Oviedo a Mieres que el detenido había fingido no poder pagar.

Los hechos ocurrieron en octubre, cuando el detenido se desplazó desde Oviedo a Mieres en un taxi y al llegar a su destino simuló que la tarjeta no le funcionaba correctamente para evitar pagar los 44 euros que costó la carrera. Para solucionarlo, le pidió al taxista los datos bancarios y el número del DNI, y así hacerle una transferencia, a lo que el taxista accedió. 

Varios días después el taxista vio que alguien se había hecho pasar por él para sacar de su cuenta corriente 3.600 euros en una sucursal bancaria de Mieres. Tras la denuncia, los agentes lograron identificarle y detenerle después de que intentará retirar más dinero en dos sucursales de Oviedo.

Publicado por 20 minutos.

Un juez avala que la Generalitat denegara 200 licencias VTC a la misma empresa

 Imagen de una protesta de taxis en el centro de Valencia. Foto: EFE/KAI FÖRSTERLING

21/10/2020 – 

VALÈNCIA. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Valencia ha desestimado un recurso de la empresa Ares Capital contra la resolución de la Generalitat Valenciana de no otorgar la prórroga en 200 licencias VTC que le habían sido concedidas por sentencia judicial. 

Todo comenzó en 2013, cuando la mercantil solicitó a la Administración 200 licencias para vehículos en régimen de arrendamiento con conductor. La petición fue inicialmente desestimada por silencio administrativo y, más adelante, de forma expresa. Fue entonces cuando Ares Capital acudió a los tribunales y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana le dio la razón. 

La Generalitat presentó un recurso ante el Supremo contra la sentencia, que le fue desestimado en 2018. Como consecuencia de ello, ese mismo año la Conselleria de Obras Públicas y Vertebración del Territorio dictó una resolución de ejecución de las sentencias mediante la cual requería a la empresa para que en el plazo de tres meses acreditara el cumplimiento de los requisitos establecidos por ley. Entre ellos, el de disponer de 200 vehículos dedicados a esta actividad y domiciliados en la provincia de Valencia.  

Esta comunicación fue recibida por Ares Capital el 26 de noviembre de 2018, y el 25 de febrero del 2019, a pocos días de expirar el plazo, presentó una solicitud de prórroga. La Generalitat se la denegó y archivó el expediente de licencia.

La nueva sentencia ahora conocida se ha centrado en determinar si la administración estaba o no obligada a conceder esta prórroga. El juez concluye que no, puesto que, “contrariamente a lo que pretende” la empresa, la ampliación de los plazos tiene “carácter discrecional” por parte de la Conselleria según está expresado en el precepto con las expresiones “podrá” y “excepcionalmente”. 

No se justificó lo suficiente

El magistrado considera que el único documento que presentó Ares Capital en justificación de su petición fue una factura proforma relativa a la adquisición en diciembre de 2018 de los vehículos y un certificado sobre la fecha prevista de entrega para febrero de 2019 (que finalmente se demoró hasta marzo). “Se trata de documentos privados que no acreditan lo suficiente los requisitos que había de cumplir la empresa ni la petición de ampliación del plazo”, indica. 

Por todo ello, desestima el recurso de la mercantil y le impone el pago de las costas a las que ha tenido que hacer frente la Generalitat. 

La Confederación de Taxistas Autónomos de la Comunitat Valenciana, parte codemandada en este asunto, ha agradecido a la Generalitat que “siga en su política de denegar VTC” y ha destacado que el territorio sigue los pasos de otros como Baleares.

“El sector del taxi tiene que estar de enhorabuena, porque haber perdido este juicio hubiera puesto 200 VTC más en la calle en unas semanas, y mirar para otro lado como hacen otras asociaciones del sector supone un peligro demasiado grande que no podemos permitirnos”, han expresado en un comunicado.

Publicado por Valencia Plaza.

Denuncian a la Fiscalía que VTC de fuera de Ibiza falsifican sus tarjetas de viaje

El servicio de inspección del Consell detecta esta práctica irregular en 15 casos

Eugenio Rodríguez Sant Jordi 01.09.2020 | 20:08Manifestación de taxistas en Ibiza contra la competencia que ejercen las VTC, en una imagen de archivo.Manifestación de taxistas en Ibiza contra la competencia que ejercen las VTC, en una imagen de archivo. VICENT MARÍ

El servicio de inspección del Consell de Ibiza ha constatado que conductores de vehículos de transporte con conductor (VTC) de la Península falsifican las tarjetas de embarque de los viajes de ida y vuelta de la isla para operar de forma irregular.

La institución ha interceptado a 15 vehículos con los papeles falsos (las fechas de los viajes), lo cual ha puesto en conocimiento de la Fiscalía. La ley permite que las VTC de toda España operen en otra comunidad autónoma un total 18 días cada tres meses. Sin embargo, muchas de las VTC que se desplazan de la Península aprovechan los meses de temporada para hacer caja saltándose el periodo legal de funcionamiento regulado por ley, según informa el Consell.

El Consell impone una sanción de 401 euros por cada día que se sobrepase el 20% trimestral al que las llamadas VTC deslocalizadas tienen derecho a operar en la isla, los 18 días cada tres meses.

«Poner en conocimiento de la Fiscalía estas irregularidades supone un paso más en la lucha iniciada por el Consell contra el transporte ilegal, ya que si esta denuncia prospera la vía legal se convertirá en una herramienta más contra el intrusismo en el sector y un aval más para esta lucha», explicó ayer el vicepresidente segundo, Javier Torres, a través de una nota de prensa. La institución entiende que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de un delito de falsedad documental tal como recogen los artículos 390 al 394 del Código Penal. «La vía judicial demuestra nuestro compromiso para erradicar las conductas irregulares e ilegales en el sector y supone combatir el intrusismo de una forma más eficiente», agregó el conseller.

En los billetes fraudulentos analizados por los inspectores de Transportes del Consell aparecen tanto fechas de llegada y salida falsas: el día de salida cumple con el plazo máximo de 18 días que marca la normativa, pero los inspectores han descubierto que las VTC circulan un periodo superior por la isla. También aparecen en los papeles localizadores y números de billete e incluso incorporan la imagen corporativa y los logotipos de la compañía.

El servicio de Inspección de Transportes Terrestres del Consell ya detectó el año pasado que algunos vehículos de transporte con conductor podrían estar falsificando la documentación para superar el plazo máximo fijado por ley y así trabajar en la isla más tiempo del permitido.

publicado por https://www.diariodeibiza.es/pitiuses-balears/2020/09/02/denuncian-fiscalia-vtc-fuera-falsifican/1166409.html

La justicia francesa considera asalariados a los chóferes de Uber

La sentencia del Tribunal Supremo tumba el modelo de las plataformas

La justicia francesa considera asalariados a los chóferes de Uber
El consejero delegado Dara Khosrowshahi en una conferencia en Nueva York el pasado diciembre (Scott Heins / Getty)

El modelo laboral de Uber vuelve a estar en entredicho. Tras la suspensión en noviembre de su licencia en Londres y la aprobación en California de una ley que obliga desde enero a contratar a sus conductores, la justicia francesa dictaminó este miércoles que un antiguo chófer de la plataforma debía ser considerado un trabajador por cuenta ajena y no un profesional autónomo.

La sentencia de la Corte de Casación –máxima instancia judicial francesa– es de suma importancia porque sienta jurisprudencia y abre la puerta a miles de reclamaciones, no solo por parte de los conductores de Uber, sino de todo tipo de freelances que trabajan para las plataformas de la llamada gig economy .

Sentencia

La condición de autónomo es ficticia: el conductor no tiene libertad para fijar tarifas ni crear su clientela

La sentencia resuelve el caso de un conductor que trabajó para Uber en Francia entre octubre del 2016 y abril del 2017, cuando la plataforma “lo desactivó” y el trabajador inició la batalla judicial para clarificar su condición como trabajador. Después de tres años en los tribunales, el Supremo cerró este miércoles el caso confirmando los criterios de la corte de apelación.

Entre los argumentos, la sentencia esgrime que la plataforma y el conductor están unidos por “vínculo de subordinación” que “se basa en el poder del empleador para dar instrucciones, controlar su ejecución y sancionarle cuando no se respeten”. De este modo, el tribunal afirma que la condición de autónomo “es ficticia” porque el conductor “no puede crear su propia clientela, ni fijar libremente las tarifas ni determinar las condiciones de prestación de su servicio de transporte”.

Un trabajador de Uber en una protesta en París, en 2016
Un trabajador de Uber en una protesta en París, en 2016 (GEOFFROY VAN DER HASSELT / Afp)

Con esta sentencia, el afectado podrá reclamar los salarios correspondientes y la indemnización por despido. “Es un caso que sienta precedente. Afecta a todos los conductores de Uber en Francia y a todas las plataformas que se inspiran en el modelo de Uber”, celebraba este miércoles el abogado del chófer, Fabien Masson. Las empresas de reparto a domicilio como Deliveroo podrían ser otras afectadas.

Después de conocer la sentencia, la compañía de Silicon Valley emitió un comunicado mostrando su rechazo: “Esta decisión se refiere al caso de un conductor específico, que no utiliza la aplicación de Uber desde el 2017. El fallo no refleja las razones por las que los conductores eligen Uber: la independencia y la libertad de trabajar o no, cuando y donde quieran. Durante los últimos dos años, hemos introducido numerosos cambios para dar a los conductores aún más control sobre el modo en que utilizan Uber, además de mayores protecciones sociales”. No se sabe cuáles serán los próximos pasos de la multinacional. En California, Uber ha llevado a los tribunales la nueva normativa y, en Londres, también ha impugnado la suspensión de la licencia por motivos de seguridad.

También es pronto para conocer el impacto que tendrá la sentencia en Francia. De momento, Uber ya tiene abiertos 150 casos relativos a la misma cuestión en este país.

Impacto

Uber tiene unos 150 casos por la misma cuestión

En España, el servicio de transporte urbano de Uber ha sufrido idas y venidas. Actualmente, está operativo en decenas de ciudades, entre las que destaca Madrid. En Catalunya, opera en ciudades secundarias pero no en Barcelona. La Generalitat aprobó un decreto que obliga a la precontratación del servicio 15 minutos antes, una condición que no convence a la plataforma para operar en Barcelona.

Publicado por La Vanguardia.

15 años de cárcel por dejar ciego a un taxista tras discutir por el importe de la carrera

Miércoles, 26 febrero 2020 – 14:05

El condenado, en el banquillo durante el juicio en la Audiencia Provincial de Valencia. EFE

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un joven a la pena de 15 años de prisión por dejar ciego a un taxista durante un forcejeo entre ambos en la localidad valenciana de Ontinyent en marzo de 2015. Previamente se había iniciado entre ellos una discusión por el importe de la carrera.

El joven, de 19 años en el momento de los hechos, se enfrentaba a una pena de 13 años de cárcel por un delito de lesiones agravadas y otro de robo con violencia, según reclamaba el ministerio fiscal, mientras que la acusación particular, representada por el abogado Juan Carlos Navarro, elevaba la pena a 16 años por la circunstancia agravante de alevosía. La defensa pedía la absolución al negar los hechos y alegar legítima defensa.

El tribunal, tras la prueba de juicio, ha acordado condenarle a 15 años de cárcel, sin apreciar la alevosía, y que abone en concepto de responsabilidad civil la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, hasta un máximo de 747.350 euros.

El fatal desenlace se produjo en la madrugada del 19 de marzo de 2015, cuando el condenado solicitó los servicios del taxista en Valencia para dirigirse hasta Ontinyent. Le preguntó si le llevaría hasta el municipio por 30 euros, pero el taxista le dijo que no, que pondría el taxímetro y lo que marcara, a lo que el joven accedió.

Así, comenzó la carrera, mientras el condenado estaba sentado en el asiento del copiloto, y antes de llegar al destino, le pidió que parase, en concreto, en un polígono industrial.

El condenado se desabrochó el cinturón cuando el taxista iba a detenerse, y éste lo agarró del brazo a fin de que le pagara el transporte. Comenzó una discusión entre ambos sobre el importe de la carrera, en el curso de la cual el condenado desconectó las llaves del vehículo y se abalanzó sobre la víctima, que seguía con el cinturón puesto.

Seguidamente colocó sus rodillas sobre el pecho del taxista y los pies sobre el salpicadero, y le metió fuertemente los dedos en los ojos, hasta que la víctima pudo apartarle la mano al morderle el dedo. Se lo quitó de encima, salió del vehículo, y el condenado le siguió, le golpeó por todo el cuerpo y le volvió a presionar los ojos con las manos. Luego lo empujó hasta que cayó a la cuneta.

A continuación, el joven se introdujo en el taxi y se apropió de la mochila de la víctima que se encontraba debajo del asiento del conductor, la cual contenía 140 euros, diversa documentación y un datáfono, todo ello valorado en 362 euros y que fue posteriormente recuperado.

Como consecuencia de la agresión, el taxista, que en ese momento tenía 54 años, sufrió estallido de globo ocular izquierdo y heridas conjuntivales asociadas en el ojo derecho. Acabó perdiendo la visión de ambos ojos y se le reconoció el grado de gran inválido por resolución del INSS en abril de 2019.

El tribunal, tras estudiar la prueba, estima que la declaración del joven, “claramente exculpatoria y acomodada a sus intereses”, es “objetivamente contraria a la realidad de lo acontecido”. Además, le recrimina haber simulado la causación de lesiones por parte de la víctima, “resultando pacífico y notorio que se las produjo en una pelea con un amigo momentos antes de solicitar el servicio de taxi”.

El condenado manifestó en el juicio que fue el taxista quien le agredió en los ojos y en el cuello cuando vio que llevaba poco dinero en la cartera. Sin embargo, a juicio del tribunal, “no existe indicio alguno de la lesión en ojos y cuello, y ello no solamente porque los partes de asistencia médica no objetiven lesión alguna, sino incluso porque del visionado de la fotografía del condenado es fácil colegir que ninguna lesión se aprecia en el rostro, a excepción de una herida en el labio que admitió haberse hecho en una pelea”.

De igual forma, añade la Audiencia, el informe médico forense afirmó “sin ambages” que por el condenado, durante la instrucción, se adoptó una actitud “claramente simuladora” respecto de la sostenida lesión cervical que decía que le había causado la víctima.

Publicado por El Mundo.

La Fiscalía pide hasta diez años de prisión para cuatro floteros por fraude a Hacienda

Otras dos personas aparecen implicadas en el caso como “cómplices” l Los acusados se enfrentan al pago de multas que, en algunos casos, superan el millón de euros

Adzubenam Villullas 08.01.2020 | 21:08

Taxis circulando por la Avenida Marítima de la capital grancanaria.

Taxis circulando por la Avenida Marítima de la capital grancanaria. JOSÉ CARLOS GUERRA

La Fiscalía Provincial de Las Palmas solicita hasta diez años de prisión para cuatro floteros de taxis que operaban en la capital grancanaria por defraudar a la Hacienda Pública de manera continuada entre los años 2008 y 2012. En el caso se ven también implicadas otras dos personas a modo de “cómplices”, para quienes piden penas superiores a los tres años de cárcel. Los acusados se enfrentan además a cuantiosas multas, que en algunos casos superan con creces el millón y medio de euros. El Ministerio Fiscal interesa de esta manera la apertura de Juicio Oral ante el Juzgado de instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria.

El primero de los acusados que describe el escrito de acusación responde a las iniciales de J. R. S. R., quien organizó y dirigió presuntamente entre 2008 y 2012 una flota de taxis que llegó a alcanzar las 31 licencias. Este habría ocultado ingresos a la Agencia Tributaria por un importe que supera los tres millones de euros; mientras habría declarado en concepto de IRPF 786.087 euros, “con el consiguiente perjuicio para el erario público”, apunta el documento. El Ministerio Fiscal solicita para este presunto estafador a la Hacienda Pública un total de 10 años de prisión, dos por cada ejercicio en el que ha habido fraude. Además de una multa que podría superar el millón y medio de euros.

El segundo de los acusados responde a las iniciales de M. G. S., este ocultó presuntamente una serie de beneficios económicos a la Agencia Tributaria por fletar un importante número de licencias de taxi, el cual oscila entre las 11 del año 2008 y las 24 del año 2012. El escrito indica que habría evitado declarar un importe que supera los 1,8 millones de euros. Mientras, tan solo presentó en concepto de IRPF unos 931.543 euros. El flotero se enfrenta a una pena de prisión de diez años y a la mayor de las multas que apunta la Fiscalía dentro del caso: 1.863.086,98 euros.

En este caso, la Fiscalía señala que el flotero era “auxiliado” por su hijo, J. G. A., quien también está acusado por actuar a modo a cómplice. Este habría realizado supuestamente una serie de tareas en relación a la tramitación de documentos y pago de impuestos. Se enfrentaría a cuatro años y dos meses de prisión -10 meses por cada ejercicio en el que haya efectuado fraude- y a pagar una multa superior a los 940.000 euros.

El tercero de los presuntos floteros estafadores que describe la Fiscalía responde a las iniciales de B. M. G., quien, al igual que los otros dos, habría organizado y dirigido un importante número de licencias de taxis en la capital, 13 en 2008 y hasta 24 en el año 2012. A lo largo de todos estos ejercicios, solo la declaración correspondiente al año 2010 terminó con una “cuota positiva, en todas las demás fue negativa”. Este habría ocultado, supuestamente, a la Agencia Tributaria ingresos por un valor de 2,7 millones de euros. El Ministerio Fiscal solicita en este caso ocho años de prisión, dos por cada ejercicio en el que se haya producido fraude. Además del pago de una multa superior al millón de euros.

Este también contaba con un supuesto cómplice, según la Fiscalía. Se trataría de la esposa del presunto estafador a la Hacienda Pública, quien responde a las iniciales de R. C. T. S. Esta se encargaba de las altas y bajas en la Seguridad Social de los conductores, preparar nóminas y llevar los coches al taller. Se enfrenta a tres años y cuatro meses de prisión, además de una multa superior a los 290.000 euros.

El cuarto supuesto flotero defraudador sería J. R. C. O., quien entre los años 2008 y 2012 explotó hasta 15 licencias de taxi, cuyos ingresos “ocultó de manera deliberada” a la Agencia Tributaria, según señala el escrito. El presunto estafador habría omitido pagos por un valor de 544.684,88 euros. El Ministerio Fiscal solicita en este caso seis años de prisión -por defraudar al erario público en 2008, 2009 y 2011- y una multa superior a los 850.000 euros.

Según detalla el documento, los cuatro floteros mantenían organizaciones similares; por lo que principalmente variaba el número de licencias que estos manejaban y cuyos ingresos ocultaron supuestamente en sus declaraciones. Los acusados se ponían en contacto con el titular de una licencia de taxi concedida por el Ayuntamiento capitalino “al que ya no le interesaba la explotación por sí mismo”. Los presuntos defraudadores se comprometían a abonar una cantidad fija al mes, que en los cuatro casos rondaba los 500 euros.

Tras llegar a un acuerdo, los acusados ofrecían el taxi a uno o dos asalariados. Estos disponían, según la Fiscalía, de turnos de 12 horas para conducir o no los vehículos y, transcurrido ese periodo, abonar a los acusados entre 40 y 70 euros en los dos primeros casos y entre 45 y 70 euros en los otros dos. El beneficio que obtenían era el resultado entre la recaudación diaria y dichas cifras, más la gasolina, pues debían entregarle el tanque lleno.

Precisamente, la Fiscalía resalta que cada repostaje en una cooperativa “conlleva un descuento que cobraban los acusados”. Unos ingresos que presuntamente tampoco declaraban.

Publicado por La Provincia.

La querella del taxi en la Audiencia acusa a Uber, Cabify y las VTC de crear una «trama patológica»

OKDIARIO accede en exclusiva a la querella interpuesta por 2.000 taxistas contra Castellanos, Rosauro Varo, Goñi, Ortigüela y los gestores de las dos plataformas de movilidad. En ella se les acusa de múltiples delitos. La Fiscalía de la Audiencia analiza el texto en una fase preliminar.

La querella del taxi en la Audiencia acusa a Uber, Cabify y las VTC de crear una «trama patológica»
Querella-Taxi-ECONOMIA-interior

El Ministerio Fiscal se encuentra actualmente analizando la querella interpuesta hace dos meses en la Audiencia Nacional, en la que un grupo de taxistas se querelló contra Uber, Cabify, sus responsables legales y los responsables de otra multitud de empresas de flotas de VTC (con nombres como Jaime Castellanos o Rosauro Varo) por varios delitos entre los que se incluyen estafa, administración desleal, delitos contra los derechos de los trabajadores y la Hacienda Pública, y blanqueo de capitales.

La querella formaba parte de una ofensiva judicial que se completaba con una demanda civil por daños y perjuicios contra los mismos actores. Ambas fueron redactadas por el abogado y exjuez de la Audiencia Nacional Elpidio José Silva y presentadas bajo el liderazgo del líder taxista Tito Álvarez, que afirmaba tener el aval de más de 2.000 taxistas. A finales de junio el Juzgado Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional incoó diligencias penales y trasladó los hechos contenidos en la querella a la Fiscalía “para que informe sobre los mismos y, en su caso, solicite las diligencias de prueba cuya práctica considere necesaria para investigar los delitos objeto de imputación”.

La querella se presentó junto con varias periciales que comprobarían la “trama corporativa patológica” con múltiples delitos

OKDIARIO ha tenido acceso en exclusiva a la querella, que ha permanecido secreta hasta el momento. En la misma se acusa a los querellados de haber construido una “trama corporativa patológica” con múltiples delitos y se alude a unos informes periciales (de Juan Lloret VillotaManuel Tolbaños RodríguezSergi Cutillas Márquez y el detective Jordi Galván Durán) que garantizarían que “la especulación en torno a las autorizaciones de VTC ha sido en los últimos años tan exorbitantemente (sic.) pronunciada en España que las mismas han alcanzado un incremento superior a mil ochocientas veces su valor originario”.

Taxis sin serlo

De las varias acusaciones de delitos que el exjuez Silva achaca a las empresas de VTC y a Uber y Cabify destaca que “hacían creer que cumplían los requisitos administrativos atinentes a la explotación de sus autorizaciones ‘como si fueran de Taxi'” y también que “han manipulado muy significativamente la libre formación de los precios de las autorizaciones en el seno del mercado uvetecista” aunque no explica cómo sospecha que pudo hacerse esta manipulación.

La querella señala que Jaime Castellanos está implicado en el caso en su calidad de propietario de Moove Cars, empresa que acumula licencias VTC. Sin embargo no concreta qué acciones habría realizado el directivo que fueran susceptibles de un ilícito penal. Por su parte, otros personajes prominentes del sector de VTC como Rosauro Varo también son mencionados en la querella sin que quede claro exactamente qué acciones llevaron a cabo, sino más bien por ser propietarios de la empresa de VTC a la que se acusa, en este caso Vector Ronda Teleport.

Según asegura el texto, “todo el castillo de naipes edificado por los uvetecistas querellados partiría de la siguiente premisa, tan ilícita como atractiva para su propósito criminal: en las ciudades españolas ya no se requiere licencia de taxi para prestar servicio de taxi”. Según indica, utilizar las licencias de VTC para hacer servicios urbanos homologables al taxi constituye en sí mismo un delito.

En este mismo texto, con una terminología poco habitual en los escritos penales, el abogado Silva califica de “chapuza legal” la economía colaborativa, a pesar de que ni Uber ni Cabify se definen como tal y sí encajarían en esta definición otras plataformas como Blablacar o Amovens.

El texto da por hecho el “propósito criminal” de los querellados, tanto Uber y Cabify como los tenedores de VTC

El uso de calificativos es muy común en este texto legal del exjuez, que asegura que “para escenificar, a nivel de marketing corporativo, esta falsa economía colaborativa, se disfrazó a muchos conductores como si de transportistas autónomos se tratase, ocultando así a los verdaderos partícipes en la trama delictiva (i), disminuyendo ostensiblemente los costes laborales (ii), estafando a los usuarios (iii), e instrumentalizando esta inmensa ventaja competitiva para arrasar ilícitamente al Taxi (iv)”.

Fuentes del mercado consultadas por este periódico aseguran que en los servicios jurídicos de Uber y de Cabify no hay gran preocupación por el recorrido que pueda tener esta querella en la Audiencia Nacional, pues están convencidos que no será aceptada debido a la escasa o nula argumentación jurídica de los delitos que presenta.

Los querellados

Estas son todas las personas incluídas en la querella contra el sector VTC.

Nicolás Guardans Bonet, Pedro del Corro GarcíaMark Walch DavidJosé Luis López Schumer TreviñoAlfredo Luis PlazaMaría Segimón de Manzanos (todos ellos de Moove Cars).

Hugo Arévalo Álvarez-ArenasAlexander Dentzel ZarynMarcos Fernandez BernabéFeliz Ruiz HernandezBernardo Hernandez GonzálezMiguel Ángel Peña PérezFelix Ruiz Ruiz Hernandez (Cibeles Comfort Cars).

José Maria Goñi AlletÁngel Gutiérrez Alonso (Prestige and Limousine SL).

Juan Ignacio García Braschi (Vector y Tibus).

José Parrondo RojoVíctor Manuel López MenéndezNicolás Guardans BonetManuel – Maria Puga Fernández, Rafael García Tapia Gonzalez Camino 

Juan de Antonio Rubio (según la querella, en Vector), Juan Ortigüela Tellería (Ares Capital), Ramón Ortiguela Tellería.

Por último, se incluyen querellados de Uber tanto en España como en Países Bajos, la sede europea del gigante tecnológico:

Pierre-Dimitri Nicolas Gore-Coty, Allendes Salazar Corcho, Cristina Moral Betere, Don Juan José Montero, Don Simon John Breakwell, Zachary de Kievit, Sujoy Kumar Haldar, Nial Fraser Was, Julien Pierre Jacques Cordonnier, Pierre-Dimitri Nicolas Gore-Coty y Sébastien Serge Dupont, al que el abogado Elpidio Silva incluye en dos ocasiones con diferentes cargos.

Fuentes oficiales de Uber y Cabify han preferido no pronunciarse sobre esta querella.

Publicado por OK diario.

EN AGOSTO, EL PLAN DE DEFENSA JURÍDICA DEL TAXI CONTINUARÁ TRABAJANDO

COMUNICADO ATC
2 de agosto de 2019
EN AGOSTO, EL PLAN DE DEFENSA JURÍDICA DEL TAXI CONTINUARÁ TRABAJANDO

En este comunicado queremos informar de los últimos movimientos de la piratería en los tribunales y de las acciones que, desde el Plan de Defensa Jurídica del Taxi, de ATC/ Antaxi, hemos emprendido: 

  1. Defensa del último reglamento del AMB contra los recursos que se han presentado
    En esta ocasión las empresas de la piratería han variado su táctica y, en vez de presentar un único recurso contra el reglamento del AMB, han decidido presentar recursos por separado. El TSJC podria optar por unificarlos en un procedimiento, pero todavía no lo ha hecho. Ya sabemos que ha impuesto medidas cautelares sobre algunos artículos (el de 1 hora), pero, de momento, el reglamento se mantiene en pie y en plena vigencia. Veremos que decide finalmente el juez en cuanto a las diferentes denuncias y, en función de eso, tomaremos la decisión más adecuada para su defensa ante los tribunales.

De momento, lo que sí está claro es que el reglamento es vigente y que ha de ser el IMT quien se encargue hacerlo cumplir en la calle. Para ello dispone de Mossos, Guardia urbana y sus propios inspectores. 

  1. Solicitud de la piratería de ampliación del plazo de 4 años
    Han solicitado la ampliación de la moratoria (que estableció el Real Decreto Ley aprobado por el Gobierno central en septiembre 2018) de 4 a 7 años.
    Aunque el RDL ya contempla la posibilidad de ampliar esa moratoria en 2 años (más uno) en concepto de “indemnización por tiempo”, a los piratas esto les parece poco y quieren, como hemos dicho, un plazo inicial de 7 años.

No hay que olvidar, además, que las solicitudes presentadas hasta la fecha son más de 12.000, es decir, prácticamente todas las concedidas a día de hoy.

En consecuencia, ANTAXI ha pedido al Ministerio de Fomento estar presente en cada una de estas solicitudes y poder verificar que cumplan con los requisitos exigibles en el RDL, pero Fomento nos ha negado el derecho a personarnos como parte interesada. En otras palabras, según Fomento l@s taxistas debemos pagar (a costa de una evidente pérdida de nuestros ingresos) esa “indemnización por tiempo” a la piratería, pero, en cambio, nos niegan las posibilidad de comprobar que la documentación presentada sea correcta y verídica. Ante este atropello y la sospecha del “pasteleo” que pueda haber entre despachos, vamos a presentar un recurso de alzada para parar el proceso hasta que podamos estar presentes. 

  1. Solicitud de 1.000 nuevas autorizaciones VTC en Catalunya
    Recordemos como está actualmente la situación en Catalunya: Hay 4.000 concedidas. De esas, 2.000 están trabajando. 1.000 están “en suspensión” (eso quiere decir que no tienen coche asignado) y las 1.000 restantes están pendientes de “ejecución de sentencia”.
    Con esas 4.000 se rebasa claramente el 1/30 y, aún así, recientemente, Vector Ronda ha hecho una petición de 1.000 autorizaciones más en Catalunya. Después de vender todas la que poseía.

Saben que es una petición que no se ajusta a Derecho. Todo el mundo conoce la sentencia del Tribunal Supremo (a instancias de ATC/ANTAXI, que fue la única asociación que no se retiró del proceso) a favor del taxi como servicio público y declarar el 1/30 y el 80/20 como proporciones válidas en el ROTT para preservar el sector del taxi frente a las vtc. Así como los dos decretos del Gobierno central: el conocido como “decreto de la Serna” (que elevó a rango de ley el 1/30 y el 80/20, a partir de abril del 2018). Y el “decreto Ábalos” que, aún concediendo a la piratería esa funesta moratoria, determina que, una vez termine el plazo, las vtcs no podrán realizar servicios urbanos sin permiso de las autonomías o los ayuntamientos.

¿Por qué, a sabiendas de que es una petición no legal, la han hecho? Desde ATC no tenemos ninguna duda: se trata de una provocación, cuyo único objetivo es presionar a la Administración y lanzar una nueva e insidiosa campaña de publicidad para presentarse como mártires y perjudicados. La piratería pretende llevar de nuevo el 1/30 a los juzgados para tratar de tumbarlo de una vez por todas … ¡¡¡ No se lo vamos a permitir !!!

Está claro que el 1/30 es el único obstáculo que impide a la piratería acabar con el taxi, ellos lo tienen muy presente, la administración también y para ATC es del todo imprescindible continuar defendiéndolo, por ello no vamos a dejar de seguir luchando por mantener y recuperar esa proporción, a pesar de que otros se encarguen de decir que es imposible.

Estaremos, pues, muy pendientes de todo este entramado. ¡No os quepa ninguna duda!

Queremos recordar que el Plan de Defensa Jurídica del Taxi que impulsamos desde ATC/ANTAXI no pretende crear lobbies, ni interceder por los intereses particulares de nadie. Su objetivo es defender jurídicamente a tod@s l@s taxistas de este país, defenderlos como colectivo, defender el taxi público y el derecho de la ciudadanía a la movilidad y a unas tarifas reguladas. Estaremos presentes en todos aquellos procesos y actos judiciales en los que sea necesario defender la legalidad y la aplicación del 1/30. Para poder mantener esos objetivos hacemos una aportación mínima y voluntaria de 10 euros por taxista.

Finalmente, solo un deseo: mucha felicidad a tod@s aquell@s que, ahora en agosto, hagáis vuestras merecidas vacaciones y mucha suerte y ánimos a l@s que continuéis trabajando.

Seguiremos informando.

  ¡¡¡ juntos podemos !!!

Colau sale con vida de su primer enfrentamiento judicial por Cabify


El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña niega las cautelares a una empresa de VTC que solicitó paralizar el reglamento del AMB

Cristian Reche

El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont (c), habla con la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau (d), y la de L’Hospitalet del Llobregat, Núria Marín (2 d), en presencia del responsable de Digitalización de Seat, Fabian Simmer (i), durante el Smart

Barcelona, 21 de junio de 2019 (04:55 CET)

Llegan las primeras resoluciones judiciales sobre el polémico reglamento del Área Metropolitana de Barcelona (AMB). La sala del Tribunal Superior de Justicia de Barcelona (TSJC) ha desestimado paralizar inmediatamente el nuevo reglamento impulsado por Ada Colau, que pretende que los vehículos de Cabify se precontraten con una hora de antelación y no solo con 15 minutos, como impuso la Generalitat.

En una sentencia dictada por la sala de lo contencioso administrativo del TSJC el pasado 18 de junio, a la que ha accedido Economía Digital, se hace oídos sordos a las reclamaciones de una empresa de transporte VTC, Luxury VTC, que pretendía que la nueva normativa no viera la luz.

En la documentación consultada se acuerda que no hay motivos para llevar a cabo una suspensión cautelar del reglamento del AMB. Los juzgados, no obstante, sí deciden incoar expediente de medidas cautelares y disponer que la demanda se tramite por cauce ordinario.

cabify

La empresa Luxury VTC, que pedía “suspender la eficacia jurídica del reglamento”, se apoyaba en la falta de competencia del AMB para regular el sector de las VTC, la vulneración del derecho de libertad de empresa y del principio de no discriminación. 

La noticia supone una primera victoria también para el taxi, que sabe que la guerra todavía no ha terminado. El sector, que forzó a la administración a dar a luz a este reglamento, es consciente de que esta es la primera solicitud de paralización de muchas que llegarán a los tribunales catalanes.

El reglamento del AMB fue aprobado con los votos del partido de Colau junto con el PSC y la CUP para parar los pies a Cabify. La compañía española de transporte sigue operando en Barcelona desde que cambió su modelo de negocio: dejó de ser una plataforma que pone en contacto a chóferes y pasajeros para convertirse en una empresa de viajes, asumiendo las licencias y los vehículos de las empresas intermediarias.  

Competencia espera el turno para ir a por Colau

Este medio ya adelantó que el organismo de Competencia de Cataluña, la ACCO, ultimaba otra impugnación ante los tribunales. Su solicitud todavía no se ha llevado a cabo, ya que desde el organismo consideran que queda todavía margen para preparar la documentación y presentarla. 

La ACCO, según ha publicado en diferentes informes, considera el reglamento de Colau contrario a competencia. El organismo presidido por Marcel Coderch ha dado en otras ocasiones un tirón de orejas a Colau por otros aspectos relativos a la movilidad, como la política respecto a las bicicletes y coches compartidos.

En su opinión, al igual que sucede con el real decreto de la Generalitat, que impone un margen de 15 minutos para contratar un servicio de Cabify, se atenta contra derechos constitucionales, como el de libertad de empresa.

Otro organismo que también ha puesto a trabajar a sus servicios jurídicos es Unauto, la patronal de las VTC en España. El área legal de la patronal, con José Andrés Diez Herrera al frente, fue quien logró el pasado año que los tribunales tumbaran el primer reglamento de Colau, en el que no se bloqueaba a Uber a Cabify utilizando el tiempo de espera, sino exigiendo una licencia extra para circular por Barcelona y el resto de ciudades del área metropolitana.

Publicado por Economía Digital.