Todas las publicaciones tanto internas de la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia, como de la prensa comercial.

COBRO TELEMÁTICO (TPV), EN EL TAXI DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

NOTA DE PRENSA DEL SECTOR DEL TAXI

COMUNICADO

 

COBRO TELEMÁTICO (TPV)

 

       la nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana establece en la disposición adicional cuarta, un plazo de dos meses para que todos los taxis puedan realizar el cobro por los medios telemáticos.

El día 10 de Enero de 2018 todos los Taxis de la Comunidad Valenciana deberán contar con los mecanismos para cobro telemático.

Esta medida es necesaria para llevar al sector del Taxi  hacia la modernidad  que demanda la sociedad, dotando  al sector de las herramientas necesarias para que cualquier usuario de Taxi en la Comunidad Valenciana pueda pagar el servicio aplicando las nuevas tecnologías, demostrando que este sector es dinámico y flexible a los nuevos tiempos y a las demandas de sus usuarios, por lo tanto desde la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia vemos necesario y positivo estos cambios que permiten mejorar el servicio y dar confianza tanto a nuestros usuarios como a toda la sociedad Valenciana.

 

 

LA JUNTA DIRECTIVA.

LOS TAXISTAS DE VALENCIA CON LOS COMPAÑEROS DE ALICANTE EN CONTRA DE LIBERAR LA RECOGIDA DE USUARIOS EN EL AVE

  • EL PRÓXIMO DÍA 8 DE ENERO LOS TAXISTAS DE ALICANTE SE MANIFIESTAN EN CONTRA DEL ARTICULO 22 DE LA NUEVA LEY DEL TAXI DE LA COMUNIDAD VALENCIANA QUE PERMITE QUE TAXIS DE OTROS MUNICIPIOS AHORA PUEDAN RECOGER EN EL AVE.
  • EL TAXISTA DE VALENCIA Y ALICANTE NO SOLO TIENE QUE LUCHAR CONTRA LA CRISIS ECONÓMICA, LA COMPETENCIA DESLEAL Y LA PIRATERÍA, QUE SE ACENTÚA EN LAS GRANDES CIUDADES, AHORA TAMBIÉN TIENE QUE HACERLO CONTRA COMPAÑEROS DE OTROS MUNICIPIOS QUE RECOGERÁN CLIENTES EN EL CENTRO DE SU CIUDAD.
  • EL PRÓXIMO DÍA 8 DE ENERO EL TAXI DE VALENCIA APOYARÁ A LOS COMPAÑEROS DE ALICANTE EN SU JUSTA PROTESTA EN CONTRA DE LIBERAR LA RECOGIDA DE TAXIS EN ESTACIONES DE ALTA VELOCIDAD DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

El Próximo día 8 de Enero de 2018 hay convocada una manifestación en la Estación de Renfe y Delegación de Gobierno Autonómico de Alicante, en contra de la redacción del Artículo 22 de la nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana, que permite a Taxis de otros municipios recoger a sus clientes en estaciones de Alta Velocidad (AVE), simplemente con una comunicación a Consellería.

Este Artículo 22 fue ampliamente negociado buscando un equilibrio entre todas las partes, de forma que se diferenciaran las estaciones de Alta Velocidad que no tienen garantía suficiente en la oferta de servicio (Posibilidad que habilita el Articulo 127 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres) de las estaciones que si cubren sobradamente la demanda de usuarios de Taxi como son las de Valencia y Alicante, pero la posición de algunas asociaciones de taxistas minoritarias hizo cambiar la redacción del citado Artículo a última hora.

Esto supone un perjuicio para los taxis de los grandes núcleos de población, ya de por si los grandes perjudicados de la crisis económica (llevan años haciendo regulaciones del servicio porque no caben en sus paradas) de la competencia desleal de plataformas de VTC y empresas piratas de transporte que se camuflan mejor en las ciudades.

Así, cuando un usuario llegue a la Estación, el taxista de la ciudad les llevará a sus lugares de residencia, no pudiendo contratar la vuelta porque la Ley no se lo permite, pero este taxista tendrá que ver como taxis de otras poblaciones que antes no podían y ahora sí que pueden contratar ida y vuelta con recogida en esta Estación, en el centro de su ciudad y prácticamente sin control, ya que solo necesita una simple comunicación del taxista (el Articulo 127.1 y 3 exige la contratación previa y expresa, así como la vigilancia de su cumplimiento) un mordisco más a su maltrecha economía.

El Taxista de Valencia apoyará a los compañeros de Alicante en sus protestas, y se sumará en el calendario previsto para reivindicar que se reglamente correctamente la Ley, con el verdadero espíritu del Artículo 127 del Rott, de forma que la Estación del municipio que si cubre sobradamente con la demanda de usuarios no tenga refuerzo por parte de Taxis de otros municipios.

 

LA JUNTA DIRECTIVA

Descárgate el archivo original aquí.

¿Cómo aplicamos la Nueva Ley del Taxi en el APC de la Marina Baja?.

NOTA DE PRENSA

 

Tras la publicación de la Nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana, se abre un nuevo Marco Legal en el sector del taxi y la interpretación de algunos de sus Artículos es motivo de debate, ya que en unos casos modifican la normativa, y en otros casos la derogan por completo.

Antes de empezar a interpretar la Ley hay que hacerse algunas preguntas:

¿Cuál es la necesidad de los usuarios de Taxi en la Marina Baja?

¿Qué problemas intenta resolver esta Ley en cuanto a la prestación del servicio de Taxi en las Áreas de Prestación Conjunta en toda la Comunidad Valenciana?

Esta Ley del Taxi viene principalmente a proteger a las personas con necesidades de Transporte en Taxi, para que puedan disponer de un Transporte eficaz, con unas garantías en cuanto a vehículos, conductores y Tarifas.

El Área de Prestación Conjunta (APC) de la Marina Baja, antes de la Ley no cumplía con alguna de estas condiciones, ya que el taxi de cada municipio tiene una regulación del servicio diferente, con Ayuntamientos que han preferido perjudicar a los ciudadanos, para no enfrentarse a algunos taxistas que les puedan dar problemas por un interés personal, solicitando incluso la salida del Área de Prestación en contra del interés general y de los ciudadanos a los que representan.

Esta Ley del Taxi viene principalmente a proteger al usuario de Taxi (no al interés de los taxistas) y a resolver situaciones irregulares:

¿Cómo aplicamos la Nueva Ley del Taxi en el APC de la Marina Baja?

Para responder a esta pregunta se solicitó al Servicio Territorial de Alicante una aclaración sobre cómo aplicarla, que contesta que la Disposición Adicional segunda de la Ley declara que el Articulo 6 de la misma Ley no admite ninguna restricción a la prestación de servicios de Taxi dentro de un APC, y seguidamente la Dirección General emite un comunicado corrigiendo esta directriz, diciendo que se debe reglamentar.

En vista de la inseguridad jurídica creada, la Confederación solicita un informe jurídico a un Catedrático en Derecho Administrativo de reconocido prestigio que dicta que:

“En conclusión: El Articulo 8 de la Resolución de 9 de Julio de 2012 ha quedado derogado desde la entrada en vigor de la Ley 13/2017, de 8 de Noviembre, por ser opuesto a los artículos 20 y Disposición Adicional Segunda en relación con el articulo 6 y resulta por tanto inaplicable.”

La Confederación está de acuerdo en que debe modificarse la Resolución que regula el APC de la Marina Baja para adaptarse a la Nueva Ley del Taxi, pero entiende que por el Principio de Jerarquía Normativa, los ciudadanos de los municipios integrantes del APC de la Marina Baja puedan coger cualquier taxi del Área en la Parada de Taxis de su municipio.

 

Valoración del calendario laboral para el 2018

Desde la Federación Sindical queremos valorar el calendario laboral para el 2018 publicado el 16 de noviembre de 2017, en RESOLUCIÓN de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, por la que se determinan, para el año 2018, los días de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de València y se aprueba el calendario para los días festivos.

Al final del documento podréis ver el pdf completo con una tabla con el año completo marcado con un código de color. De esa tabla obtenemos los siguientes totales.

Y estas son las cifras del 2017 para poder compararlas.

Y por último la comparación entre los dos años compensando la variación de horas por terminación de licencia y calculando la diferencia de horas que trabajamos de más cada licencia este año respecto al 2017. Para que quede más claro hemos preparado unos gráficos.

En el primer gráfico podemos comparar las horas que trabajamos en el 2018 respecto al 2017 vemos el número de horas que trabajamos este año es muy superior a las del año pasado reforzando los días en los que la demanda supera a la oferta y de ese modo poder sacar más rendimiento a final de año.

La tabla de la página anterior podemos ver en cifras la diferencia que existe entre ambos años. Las terminaciones 2 y 0 son las más beneficiadas este año trabajando 4014 horas. Hay que tener en cuenta que el año pasado estas licencias fueron de las más perjudicadas cómo se puede observar en la tabla del 2017.

También hemos conseguido mejorar este año en la diferencia en horas que trabajo una licencia respecto a otra. Sí el año pasado había una diferencia de 48 horas, este año hemos conseguido reducirla a 38. Se podría haber hecho mejor, pero la Conselleria no ha aceptado íntegramente nuestra propuesta de calendario laboral.

En esta tabla podemos ver la variación de horas que existe entre cada licencia sobre la media de horas trabajadas qué es de 3992 horas en el 2018.

Podemos ver que este año se ha conseguido reducir significativamente el perjuicio que algunas licencias sufrieron el año pasado. Desgraciadamente no hemos conseguido compensarlo con respecto a 2017 con la regulación de este año al no aceptar la Conselleria nuestra propuesta de refuerzos.

En el gráfico podemos ver en azul que durante este año serán las terminaciones 0 y dos las más beneficiadas y la terminación 3 la más perjudicada. Si observamos las barras verdes veremos que en la compensación son las terminaciones 3 y 4 las que acaban siendo las más perjudicadas y la licencia 7 es la que más sale beneficiada.

valoracion del Calendario Laboral publicado para el 2018 v1

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CALENDARIO DE DESCANSOS 2018, EN EL ÁREA DE PRESTACIÓN CONJUNTA DE VALENCIA

CALENDARIO DE DESCANSOS 2018

 

El Próximo lunes día 1 de Enero de 2018, entra en vigor el calendario de descansos del nuevo año con el siguiente cuadrante de días festivos:

 

DIA DE DESCANSO   LETRA TERMINACIONES
LUNES C LICENCIAS 4 Y 5
MARTES D LICENCIAS 6 Y 7
MIÉRCOLES E LICENCIAS 8 Y 9
JUEVES A LICENCIAS 0 Y 1
VIERNES B LICENCIAS 2 Y 3

 

DESCANSOS PARA VEHICULOS ADAPTADOS:

Los Taxis adaptados podrán trabajar cualquier día de descanso (semanal, regulación de festivos o regulación estival), pero solo para atender exclusivamente servicios a personas con movilidad reducida, además su día de descanso lo aprueba la Administración de la forma siguiente:

 

DIA DE DESCANSO   LETRA LICENCIAS ADAPTADAS QUE DESCANSAN
LUNES C 149-892-1775-1785

2099-2560

MARTES D 286-869-961-1513

1565-1657-2284

MIÉRCOLES E 188-490-496-2068

2446-2728-2874

JUEVES A 1321-1372-1540-1660

2600-2805-2961

VIERNES B 775-1010-1553-2854

2892

 

A EFECTOS DE DESCANSO EN SÁBADOS Y DOMINGOS PARA VEHICULOS ADAPTADOS, SERÁN CONSIDERADOS PARES E IMPARES LAS SIGUIENTES:

 

LICENCIAS LICENCIAS ADAPTADAS
PARES 188-286-490-496-892-961-1010-1372-1540

1660-2068-2284-2446-2560-2728-2874

IMPARES 149-775-869-1321-1513-1553-1565-1657

1775-1785-2099-2600-2805-2854-2892-2961

 

CALENDARIO DE DIAS REGULADOS 2018

 

    DIAS FESTIVOS 2016   DESCANSAN   DESCANSAN    TRABAJAN
22 de Enero (Lunes)  Licencias 4 y 5      IMPARES        PARES
1 de Mayo (Martes)  Licencias 6 y 7        PARES      IMPARES
9 de Octubre (Martes)  Licencias 6 y 7      IMPARES        PARES
12 de Octubre (Viernes)  Licencias 2 y 3        PARES      IMPARES
1 de Noviembre (Jueves)  Licencias 0 y 1      IMPARES        PARES
6 de Diciembre (Jueves)  Licencias 0 y 1        PARES      IMPARES

 

DESCANSOS EN SEMANA SANTA 2018

 

DIAS DE SEMANA SANTA  DESCANSAN  DESCANSAN   TRABAJAN
31 de Marzo (Sábado)     IMPARES     IMPARES     PARES
1 de Abril (Domingo)     IMPARES     IMPARES     PARES
2 de Abril (Lunes) Licencias 4 y 5     IMPARES     PARES
3 de Abril (Martes) Licencias 6 y 7     IMPARES     PARES
4 de Abril (Miércoles) Licencias 8 y 9     IMPARES     PARES
5 de Abril (Jueves) Licencias 0 y 1       PARES    IMPARES
6 de Abril (Viernes) Licencias 2 y 3       PARES    IMPARES
7 de Abril (Sábado)      PARES       PARES    IMPARES
8 de Abril (Domingo)      PARES       PARES    IMPARES
9 de Abril (Lunes) Licencias 4 y 5       PARES    IMPARES

 

DESCANSOS EN AGOSTO/SEPTIEMBRE 2018

 

                        DIAS    DESCANSAN        TRABAJAN
Del 6 de Agosto al 19 de Agosto

(Ambos incluidos)

       PARES         IMPARES
Del 20 de Agosto al 2 de Septiembre

(Ambos incluidos)

     IMPARES           PARES

 

En el periodo del día 6 de Agosto hasta el 2 de Septiembre de 2018, se mantendrá el día de descanso semanal de lunes a viernes que tenemos todo el año, aunque los fines de semana no habrá día de descanso.

 

LA JUNTA DIRECTIVA

NOTA INFORMATIVA ACLARACION SOBRE TAXIMETROS, MODULOS, IMPRESORAS Y TPV

NOTA INFORMATIVA 

ACLARACION SOBRE TAXIMETROS, MODULOS, IMPRESORAS Y TPV

TAXIMETROS TX30 Y MODULOS ANALOGICOS (123)

Según normativa y comunicado emitido por Industria (ITV) a los nuevos vehículos se requerirá que el taxímetro y el modulo repetidor de tarifas múltiples cumplan con la directiva de compatibilidad electromagnética (DIR 2014/30/UE), dispongan del marcado CE, y puedan reflejar hasta 9 tarifas.

En nuevos vehículos no se pueden instalar los taxímetros TX 30 ni Módulos analógicos (123).

COBRO TELEMÁTICO (TPV)

La nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana establece en la Disposición Adicional cuarta, un plazo de dos meses para que todos los taxis puedan realizar el cobro por medios telemáticos.

El día 10 de Enero de 2018 todos los Taxis de la Comunidad Valenciana deberán contar con mecanismos para cobro telemático (TPV).

IMPRESORA DE RECIBOS

La nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana establece en su Artículo 19 Punto 3 que todos los nuevos taxímetros que se instalen deberán incorporar impresoras de recibos, además marca un plazo máximo de un año para todos los taxis.

Todos los taxis que cambien de Taxímetro deberán incorporar impresora de recibos.

El día 10 de Noviembre de 2018 todos los taxis deberán incorporar impresora de recibos.

En Valencia a 21 de Diciembre de 2017                                      LA JUNTA DIRECTIVA                                                                

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA DICTA SENTENCIA EN CONTRA DE UBER

NOTA DE PRENSA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea le da la razón al sector del taxi en cuanto a que Uber es una empresa de Transportes y no un servicio de la Sociedad de la Información.

Enhorabuena al sector, porque esto abre una nueva etapa en la lucha contra la competencia desleal que sufre el Servicio Publico del Taxi por parte de estas Plataformas fraudulentas que intentan manipular a la sociedad, intentando hacerse pasar por simples plataformas de la información entre personas, cuando en realidad son empresas de Transporte pero se saltan todas las Leyes que pueden (fiscales, laborales, de transporte, etc) para rentabilizar y monopolizar su actividad.

La Sociedad y los políticos que la representan deben dar un paso más y no permitir que estas empresas sigan cambiando dinero y poder por seguridad en el Transporte, por precariedad en el Transporte y por pérdidas millonarias al Estado.

ANTAXI seguirá luchando contra todas las Plataformas fraudulentas y contra el Gobierno de Rajoy si no cambia su política contra más de 100.000 familias que viven del Taxi en España, ya que mediante la liberalización encubierta de las VTC, quiere favorecer a estas Empresas de Transporte paralelo, a costa de las garantías, de la seguridad y de la fiscalidad de nuestros ciudadanos que si cumple el Servicio Público de Transporte de Taxi.

20 de Diciembre de 2017

LA JUNTA DIRECTIVA

SENTENCIA-TJUE-UBER

Descárgate el archivo original aquí

CAMPAÑA RESUMEN IVA 2017

Para el resumen anual del ejercicio 2017 debéis pedir cita en la FEDERACIÓN, a partir del 13 de noviembre.

Para los que deseen que les cumplimentemos el libro de Gastos e Inversiones deberán traer las facturas con tiempo suficiente, no más tarde de la primera quincena de enero. Os recordamos la conveniencia de ir trayéndonos las facturas periódicamente.

Si el libro lo haces tú lo deberás traer debidamente cumplimentado y sumado, el día que estés citado.

Otros datos que debéis tener listos son:

  • Si has iniciado o cesado la actividad, la fecha de inicio o cese.
  • Si has estado de baja, el parte de alta o las fechas de baja y alta
  • Certificado de paralización del vehículo en caso de reparaciones de larga duración con más de 3 semanas de inmovilización en el que se indique fecha de entrada y salida del coche.
  • Si has trabajado en una empresa como asalariado sin darte de baja de la actividad, fotocopia del contrato y fechas de alta y bajas, así como jornada que realizabas
  • Si has tenido trabajadores, nombre y fechas de alta y baja de cada uno de ellos así como jornada que realizaban.
  • Si tienes algún autónomo colaborador, parentesco, fechas que ha trabajado contigo.
  • La factura de compra/venta de los elementos de inmovilizado tales como licencia, vehículo, taxímetro o aparatos complementarios, emisora, mampara, navegador, etc.
  • IMPORTANTE: Si has solicitado la devolución de IVA del vehículo por anticipado nos lo debes de comunicar en la toma de datos.
  • Los vehículos que te quedas para uso particular hay que hacer auto-factura y declararla.

 


Los documentos que tenéis que llevar siempre en el vehículo son los siguientes:

a) Permiso de Circulación expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.

b) Ficha técnica del vehículo.

c) Tarjeta de Transporte.

d) Permiso de conducción de la clase BTP o superior.

e) Tarjeta identificativa.

f) Póliza del seguro del coche.

g) Último boletín de cotización de autónomos o nómina en caso de asalariados.

h) Placa interior roja con el número de licencia, matrícula y la indicación del número de plazas.

i) Código de circulación actualizado.

j) Reglamento del taxi.

k) Callejero del Área de Prestación Conjunta del Taxi que te corresponda.

l) Pegatinas de las tarifas vigentes y de la letra del día de descanso.

m) Talonario de recibos y cambio de hasta 50 €.

n) Libro de reclamaciones sellado por la Conselleria de Transporte

ñ) Placas SP homologadas grandes solo para vehículos sin taxímetro.

o) Tarifas de servicios de carretera.

p) Boletín control metrológico al corriente de ITV y taxímetro precintado por la misma.

q) Funcionamiento correcto del módulo exterior indicador de la tarifa.


Horario de oficina:

Mañanas de Lunes a Viernes: 9h – 14h.
Tardes de Lunes a Jueves: 16h – 19h.
Viernes por la tarde permanecerá cerrado.

INFORMACIÓN DE INTERÉS

Importante adjuntamos hoja de apoderamiento para operar con la Conselleria de Transportes, es necesaria para renovar tarjeta de transportes, identificativas, etc., todos aquellos que todavía no la hayan firma debéis traerla firmada a nuestras oficinas.

Ante la entrada en vigor de modificaciones legislativas, es obligatorio que “LOS QUE TENGAN ASALARIADOS” a cargo nos firmen una autorización para actuar en representación ante el sistema RED (Seguridad Social), rogamos a los que no la hayan firmado os personéis en nuestras oficinas lo antes posible.

La renovación de la cartilla de taxista o identificativa se realizará en la fecha indicada en la misma, las renovaciones efectuadas fuera de plazo podrían conllevar una sanción en caso de titulares de licencias o hasta la perdida de dicha cartilla para los asalariados con lo que se tendrían que volver a examinar.

Los que tengáis asalariados debéis tener obligatoriamente seguro de accidente para los mismos según indica el convenio de trabajo, así como tener cubierta la prevención de riesgos laborales, el no cumplimiento de estos requisitos podría ser motivo de una sanción elevada en caso de inspección de trabajo. Además debéis tener un control de horas del empleado, recogerlo en la Federación.

Recomendamos al que despida a un trabajador que consulte con nuestro departamento jurídico todos los términos del despido (carta despido, preaviso 15 días, etc.)

Os recordamos que hay descuentos en la escuela para obtención de la cartilla de taxista para familiares directos de nuestros afiliados.

Los recibos emitidos de los servicios realizados deben estar correctamente cumplimentados (nº. licencia, NIF, nombre, fecha,…). Hemos recibido varias quejas al respecto.

La presentación del MODELO 347 (operaciones de más 3005 euros con terceros) se realizara en febrero tanto para las ventas como para las compras, por lo que antes del día 15/02/2018 debéis traer los datos del cliente o proveedor (CIF , Nombre , código postal y cantidad facturada por trimestres en el 2017.).

Este próximo año sigue en marcha el servicio de Asesoramiento Jurídico, con presencia en nuestros locales de la calle Carabela 3, de un abogado, todos lo jueves de 5 a 7 de la tarde, por lo que todos los que quieran hacer uso de este servicio deberán pedir hora, al menos con 24 horas de antelación.

Concentración por un sistema público garantizado.

 

El próximo día 13 de Diciembre el taxi se suma a través de CICLO a la concentración que convoca la Coordinadora Estatal en Defensa del Sistema Público de Pensiones (CEDSPP) en la gran mayoría de los territorios del Estado con el fin de emplazar a los Defensores del Pueblo de los diferentes Territorios a implicarse en la solución sobre los problemas de las Pensiones Públicas.

Con este motivo os invitamos a participar en la concentración que se realizará en la Plaza del Ayuntamiento en dicha fecha a las 11 horas, donde se registrará el documento correspondiente donde exponemos todas las reivindicaciones sobre Pensiones del que se dará lectura y se hará llegar al Sindic de Greuges al que se le pide tener una reunión.