Desde la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia queremos ofrecer a sus afiliados información relevante del sector, si conoce alguna noticia, suceso o evento actual o futuro que considere importante háganoslo llegar a por email.

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RESOLUCIÓN TARIFAS TORREVIEJA 2016

RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2016, del director general de Comercio y Consumo, por la que se publica el extracto de resoluciones correspondientes a las solicitudes de modificación de tarifas informadas por la Comisión de Precios de la Generalitat Valenciana en su reunión del día 22 de diciembre de 2015.

  1. Tarifas de auto taxi

 1.1. Modificación de tarifas de taxi en la población de Torrevieja

Solicitante: Confederación Autonómos del Taxi de la Comunidad Valenciana.

Tarifa que se aprueba

Tarifa ordinaria (euros)

Bajada bandera (€) 3,35

Km urbano recorrido (€/km) 1,05

Hora de espera (€/hora) 16,60

Servicio mínimo diurno 3,50

Tarifa especial (euros)

Bajada bandera (€) 4,35

Km urbano recorrido (€/km) 1,26

Hora de espera €/hora 19,22

Servicio mínimo nocturno 4,35

Otros suplementos (euros)

Noche de fin de año y de navidad 3,00

Descárgate el archivo original aquí.

BORRADOR DE LA NUEVA LEY DEL TAXI DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

–  INDICE

– PREÁMBULO

– DISPOSICIONES

  •          Artículo 1º.  Ámbito de aplicación
  •          Artículo 2º. Competencias
  •          Artículo 3º. Definición y alcance del Servicio Público del Taxi.
  •          Artículo 4º. De las Autorizaciones de taxi.
  •          Artículo 5º. De los Centros de Distribución de Servicios de taxi.
  •          Artículo 6º. Del Servicio de taxi en Puertos, Aeropuertos y Estaciones ferroviarias.
  •          Artículo 7º. De la participación de los taxistas.
  •          Artículo 8º. De las obligaciones del taxista con respecto al usuario.
  •          Artículo 9º. De las obligaciones propias del taxista y con respecto a los demás taxistas.
  •          Artículo 10º. Del control del taxi y de otras actividades.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

  •          Del Régimen Transitorio de las actuales autorizaciones de taxi y de la actualización de las ordenanzas municipales.

DISPOSICIONES ADICIONALES.

  •          De la aplicación de las previsiones de esta Ley.

DISPOSICIONES DEROGATORIAS.

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Tarifas urbanas del área de prestación conjunta de Valencia

ORDEN 3/2016, de 1 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se modifica la Orden 23/2013, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del área de prestación conjunta de Valencia.
[…]

Artículo único.

Modificación de la Orden 23/2013, de 20 de diciembre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente

1. Se modifica la redacción de los artículos 1, 6 y de la disposición adicional segunda, que quedan redactados como se establece en el anexo.

2. Se suprime el artículo 7 y el apartado «tarifa fija» del artículo 1.

[…]

Descárgate el archivo original aquí.

Publicado el nuevo calendario laboral para el 2016

Ya ha visto la luz el calendario laboral para el 2016, y pese a las informaciones manipuladas vertidas por una parte del sector, es un calendario equilibrado y equitativo donde todas las licencias libran los mismos días al cabo del año.

En lo que se refiere al calendario laboral hay que tener en cuenta el cómputo anual de días libres de cada licencia que en este caso sin contar esta regulación serían de 104 días. Sí a esta cantidad le sumamos los 4 días extras tenemos un total de 108.

Ahora bien, el problema viene por si mantenemos el día festivo intersemanal o no. Si mantenemos el calendario laboral tal y como está, respetando el día libre intersemanal, cada licencia libera librará al cabo del año los 108 días que nombrábamos antes. Sin embargo sin no respetamos ese día libre intersemanal, cada licencia pararía al cabo del año un número diferente de días.

Cómo podéis ver en la tabla que hay a continuación, dependiendo de la fecha, además de las licencias que tendrían que librar por par impar, hay una más que le correspondería parar por ser su día libre intersemanal. Aquí es donde está el problema. Si nos pasamos a la siguiente tabla lo veremos más claramente.

FECHA

DÍA LIBRAN TERMINACIONES QUE LIBRAN

POR DÍA FESTIVO PROPIO

24-3

Jueves Impares 1 3 5 7 9

4

25-3

Viernes Impares 1 3 5 7 9

6

28-3

Lunes Pares 0 2 4 6 8

9

12-10

Miercoles Impares 1 3 5 7 9

2

1-11

Martes Pares 0 2 4 6 8

1

6-12

Martes Impares 1 3 5 7 9

0

8-12

Jueves Pares 0 2 4 6 8

5

26-12

Lunes Pares 0 2 4 6 8

9

En esta nueva tabla podéis ver en la segunda columna qué pasaría si se respetase el día festivo intersemanal. Todas las licencias paran esos 108 días al año. En la siguiente columna haciendo el cómputo de días libres sin respetar el día libre intersemanal, cada licencia para un número diferente de días. ¿Porque es esto? Muy sencillo, vamos a explicar el caso de las licencias acabadas en 9.

Las licencias acabadas en 9 libran los lunes durante este año. Como veis en la tabla de arriba, hay dos días en los que libran las licencias pares que son lunes, por lo que estas licencias acabadas en 9, de los 8 días del calendario laboral trabajaran 2 y libraran 6. Podría parecer que de esta manera trabajan dos días menos al año, pero esos dos días corresponden al total de 104 días que de todas maneras pararían. De no hacerlo, si trabajasen 4 días y descansasen otros 4, lo que estarían haciendo es trabajar dos días más de esos 104 que no le correspondería, por lo que en vez de parar 108 días al año estarían parando solo 106 días, 2 días menos que el resto de licencias.

TERMINACIÓN

RESPETANDO EL DÍA LIBRE

SIN RESPETAR EL DÍA LIBRE

0

104+4=108

103+4=107

1

104+4=108

103+4=107

2

104+4=108

103+4=107

3

104+4=108

104+4=108

4

104+4=108

103+4=107

5

104+4=108

103+4=107

6

104+4=108

104+4=108

7

104+4=108

105+4=109

8

104+4=108

104+4=108

9

104+4=108

102+4=106

Desde el lunes 4 de enero de 2016 al Domingo 1 de enero de 2017