DEVOLUCIÓN DE LAS CUOTAS DE AUTÓNOMO

Todos los compañeros a los que les concedieron la prestación extraordinaria durante los meses de marzo, abril, mayo y junio tienen derecho a la exoneración del 100% en la cuota de autónomo de los meses que cobraron la prestación y, posteriormente, gracias a la prórroga que se publicó, el mes de julio el 100%, agosto el 50% y septiembre el 25%.

Se han detectado muchos errores por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social y a algunos compañeros que les cobraron las cuotas durante esos meses no se las han devuelto. Desde la Seguridad Social indican que es necesario reclamar esas cuotas individualmente.

Es necesario que se revisen los movimientos de las cuentas bancarias donde estén domiciliados los autónomos para comprobar si tienen pendientes alguna devolución.

Para poder reclamar las cuotas no devueltas es imprescindible saber cuáles han sido cobradas desde el primer mes que se cobró la prestación hasta septiembre y cuantas han sido devueltas hasta el día de hoy.

Los conceptos que hay que buscar varían dependiendo del banco, pero en los que hemos consultado siempre aparece en el concepto el término “TGSS” o “autónomos”.

Es necesario apuntar la fecha del cobro o devolución, el concepto y el importe en un listado que se enviará a la Seguridad Social.

A partir del día 26 de octubre se iniciará en las oficinas de la Federación la reclamación de estas cuotas de autónomos, entrando por la calle Fragata. El trámite será presencial y sin cita previa. No hay plazo para reclamar estas cuotas por lo que no hay prisa para hacer la reclamación.

El coste del trámite será de 15€, excepto para los compañeros que ya han tramitado alguna de las prórrogas.

ENTRE TODOS LO CONSEGUIREMOS

LA JUNTA DIRECTIVA