Compendio de todas la leyes que afectan al sector.

RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2016 por la que se determinan los días de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia y se aprueba el calendario de prestación para los días festivos para el año 2017.

Ya ha salido publicada la RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, por la que se determinan, para el año 2017, los días de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia y se aprueba el calendario de prestación para los días festivos.

RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2016

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Autorización para el área de prestación conjunta de La Safor, Almiserà, Ròtova, Favara, Simat de la Valldigna y Xeraco en el área funcional de Tavernes de la Valldigna, y viceversa, con ocasión de la celebración de Carnavales y un macroconcierto en la localidad de Tavernes de la Valldigna.

RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, por la que se autoriza a tomar servicio a los titulares de autorizaciones de taxi del área de prestación conjunta de La Safor, Almiserà, Ròtova, Favara, Simat de la Valldigna y Xeraco en el área funcional de Tavernes de la Valldigna, y a los titulares de autorizaciones del taxi de Tavernes de la Valldigna, a tomar servicio en el área de prestación conjunta de La Safor, Almiserà, Ròtova, Favara, Simat de la Valldigna, y Xeraco, con ocasión de la celebración de Carnavales y un macroconcierto en la localidad de Tavernes de la Valldigna.

El artículo 44.3 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, permite la posibilidad, por razones de interés público, de que la Generalitat fije condiciones específicas en las que las autorizaciones residenciadas en una determinada área funcional puedan tomar servicio en otras áreas funcionales.

Es previsible que la celebración de varios días de carnavales y de un macroconcierto en el municipio de Tavernes de la Valldigna los días 8, 9 y 10 de septiembre de 2016 suponga un importante incremento de las necesidades de movilidad en dicho municipio y su entorno.

A los efectos de garantizar una oferta de servicio de taxi adecuada al importante incremento de la demanda de este servicio de transporte durante los días de celebración de los citados eventos, se considera oportuno permitir que los titulares de autorizaciones de taxi del área de prestación conjunta de La Safor, Almiserà, Ròtova, Favara, Simat de la Valldigna y Xeraco puedan tomar servicio en el área funcional de Tavernes de la Valldigna y que los titulares de autorizaciones del taxi del área funcional de Tavernes de la Valldigna puedan tomar servicio en el área de prestación conjunta de La Safor, Almiserà, Ròtova, Favara, Simat de la Valldigna y Xeraco.

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RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2016, por la que se regula el sistema de días de descanso obligatorio en el área de prestación conjunta de Valencia para el año 2016 y se deja sin efectos la Resolución de 7 de enero de 2016

Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio

RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2016, de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, por la que se regula el sistema de días de descanso obligatorio en la prestación de servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo en el área de prestación conjunta de Valencia para el año 2016 y se deja sin efectos la Resolución de 7 de enero de 2016, de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece que la prestación del servicio del taxi se someta a la intervención administrativa para garantizar un nivel de calidad adecuado en la prestación del servicio.

La presente resolución se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.º de la Orden 2/2014, de 6 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se establecen las pautas para la regulación del sistema de descanso obligatorio en el servicio del taxi en el área de prestación conjunta de Valencia.

La situación de crisis económica, con el consiguiente impacto negativo sobre la movilidad y sobre la demanda del servicio del taxi, ha provocado un exceso en la oferta de servicio que requiere una regulación del sistema de descanso obligatorio y la limitación diaria en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia.

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, resuelvo:

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Asamblea General Extraordinaria de la Confederación de Autónomos del Taxi de la Comunidad Valenciana

El próximo día 24 de Mayo de 2016 se celebrará la Asamblea General Extraordinaria de la Confederación de Autónomos del Taxi de la Comunidad Valenciana en el salón de actos del Espai La Sanieta, en la Av/ Madrid S/N de Moraira.

Contaremos con la asistencia de D. Carlos Domingo Soler, Director General de Transportes de la Comunidad Valenciana, y con D. Manuel Martinez Lledó, Jefe del Servicio Territorial de Transportes de Alicante, como coordinador de la futura Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana, para informarnos de los detalles de la misma, y resolver las dudas que se les quieran plantear.

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Calendario de prestación del servicio de taxi para los días festivos en el área de prestación conjunta de Valencia

Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2016, de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, por la que se aprueba el calendario de prestación del servicio de taxi para los días festivos en el área de prestación conjunta de Valencia.

La Orden 2/2014, de 6 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente (DOCV 7212, 12.02.2014), vino a regular el sistema de descanso obligatorio y la limitación diaria de la prestación del servicio de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia, en virtud de la habilitación establecida por el Decreto 18/1985, de 23 de febrero, del Consell, de creación de áreas de prestación conjunta para servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo, que atribuye a la conselleria competente en materia de transportes las funciones de regulación y ordenación necesarias para dichas áreas, y se fundamentaba en la necesidad de garantizar un nivel de calidad adecuado en la prestación del servicio del taxi tal y como exige la Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana.

El apartado 2.º del artículo 3 de dicha orden, exceptúa del régimen de descanso obligatorio las semanas de Fallas, Navidad y Año Nuevo, así como aquellos periodos en los que tenga lugar la celebración de eventos en los que sea previsible que vaya a producirse un aumento excepcional de la demanda, habilitando al director general competente en materia de transporte tanto a establecer los términos, condiciones y plazo de duración de esta excepción así como a definir el calendario anual de descanso obligatorio.

La necesidad de ordenación de la prestación del servicio para los días festivos ha quedado patente en las sesiones del Consejo del Taxi, reivindicación a la que se acoge la mayor parte del sector, al objeto de mejorar las condiciones de trabajo de los taxistas sin afectar el nivel de oferta al consumidor

Por lo anteriormente expuesto, y en virtud de lo dispuesto en los apartados 1.º y 2.º del artículo 3 de la Orden 2/2014, de 6 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente (DOCV 7212, 12.02.2014), resuelvo:

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