Regulación del sistema de descanso obligatorio y la limitación diaria en el Área de Prestación Conjunta de Valencia

ORDEN 26 /2010, de 4 de agosto, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio y la limitación diaria en la prestación de servicios de taxis en el Área de Prestación Conjunta de Valencia.

La situación de crisis económica, con el consiguiente impacto negativo sobre la movilidad y por tanto sobre la demanda de servicios de taxis, originó un exceso de oferta de servicio, dando lugar a la orden de 16 de junio de 2009, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte que mantiene el sistema de días de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxi en el Área de Prestación Conjunta de Valencia, ampliando algunos aspectos del mismo.

No obstante, ante la continuidad de un desequilibrio entre la oferta y la demanda de taxis en el Área de Valencia, la Agencia Valenciana de Movilidad Metropolitana ha planteado nuevas limitaciones a la prestación del servicio, con el acuerdo del Consejo de Operadores del Taxi.

En el intento de controlar la oferta para acomodarla a la demanda, y velando por la mejor satisfacción de las necesidades de los usuarios y la racional distribución de la posible rentabilidad que la prestación del servicio lleve consigo, la nueva orden, mantiene el periodo de descanso, y limita mediante el taxímetro la prestación del servicio, en función de la conveniencia y la evolución que experimente la demanda en un futuro. Esta medida también contempla la existencia de conductores asalariados en el sector, estableciéndose una limitación distinta para estos casos.

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