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Orden de Regulacion ,16 Horas

regulación 16 Horas

ORDEN 2/2014, de 6 de febrero, de la Consellería de

Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que

se regula el sistema de descanso obligatorio y la limitación

diaria en la prestación del servicio de taxis en el Área

de Prestación Conjunta de Valencia.

[2014/1148

 

Establece que la prestación del servicio del taxi se somete a la

intervención administrativaOrden de Regulacion ,16 Horas

DE LA REGULACIÓN DEL SERVICIO DE TAXI EN LAS ÁREAS DE PRESTACIÓN CONJUNTA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

LEY 10/2006, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de
Organización de la Generalitat. [2006/15287]

Se entiende por servicio de taxi el transporte público discrecional de viajeros realizado en vehículos de turismo de hasta nueve plazas incluido el conductor.

Las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana se definen como aquellas áreasDE LA REGULACIÓN DEL SERVICIO DE TAXI EN LAS ÁREAS DE PRESTACIÓN CONJUNTA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

LEY VASCA DEL TAXI

LEY 2/2000, de 29 de junio, de Transporte Público Urbano e Interurbano de Viajeros en Automóviles de Turismo.

Se hace saber a todos los/las ciudadanos/as de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la siguiente Ley:

LEY 2/2000, DE 29 DE JUNIO, DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO E INTERURBANO DE VIAJEROS EN AUTOMÓVILES DE TURISMO.

Por Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, se aprobó el reglamentoLEY VASCA DEL TAXI

Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

La hasta ahora vigente legislación reguladora del transporte por carretera data, en sus normas básicas, de 1947; la del transporte ferroviario, de 1877. Desde las fechas citadas hasta nuestros días se han producido en la realidad infraestructural sobre las que las referidas normas incidían, profundísimos cambios que afectan a los aspectos técnico, económico, social y político del transporte.

LaLey 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

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