La Junta lamenta la negativa del taxi pero seguirá con el plan trazado

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Los taxistas malagueños rechazaron la propuesta de crear un área de prestación conjunta que incluya la estación María Zambrano

La Junta de Andalucía no está dispuesta a dar marcha atrás en la propuesta presentada a los taxistas de crear un área de prestación conjunta e insiste en que se trata de un planteamiento global para solucionar los problemas del sector en la provincia, por lo que no puede ser Seguir leyendo La Junta lamenta la negativa del taxi pero seguirá con el plan trazado

De la Torre cree que la propuesta de la Junta a los taxistas tiene “elementos positivos” y “debe ser estudiada”

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Dice estar a disposición de las partes para “ayudar a encontrar la mejor salida posible”

El alcalde de Málaga , Francisco de la Torre, ha considerado “válida” la fórmula puesta sobre la mesa por la Junta de Andalucía ante la problemática generada entre los taxistas de la capital y de la provincia por el reparto de la clientela del aeropuerto. De hecho, ante la posibilidad de Seguir leyendo De la Torre cree que la propuesta de la Junta a los taxistas tiene “elementos positivos” y “debe ser estudiada”

Reproches, gritos y hasta dos dimisiones

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Una asamblea multitudinaria que fue una jaula de grillos

 

La asamblea que celebró ayer el sector del taxi de Málaga fue muy larga -empezó a las 17:00 y acabó a las 21:20-, pero no se puede decir que fue aburrida. Todo lo contrario. Los ánimos estaban muy encendidos y durante toda la tarde hubo todo tipo de reproches, enfrentamientos, discusiones, idas y venidas, compañeros tranquilos en sus sillas, Seguir leyendo Reproches, gritos y hasta dos dimisiones

Ofrecen la creación de un Área de Prestación Conjunta del Taxi en la zona de influencia del Aeropuerto

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El Gobierno andaluz ha ofrecido a los taxistas de Málaga, representados por las asociaciones Aumar y Taxi Unión, la creación de un Área de Prestación Conjunta para el Área de Influencia del Aeropuerto de Málaga-Costa del Sol. Hasta la constitución de dicha área, de la que deberán formar parte los ayuntamientos de los municipios del área de influencia y que tendrá que conformarse en un máximo de Seguir leyendo Ofrecen la creación de un Área de Prestación Conjunta del Taxi en la zona de influencia del Aeropuerto

La Junta propone a los taxistas de Málaga un área de prestación conjunta

El Gobierno andaluz ha ofrecido a los taxistas de Málaga, que han protagonizado jornadas de paro desde el pasado 7 de enero, la creación de un Área de Prestación Conjunta para el Área de Influencia del Aeropuerto de Málaga-Costa del Sol.

Según un comunicado la Junta de Andalucía, en una reunión, en la que han participado las asociaciones Aumar y Taxi Unión, se ha establecido que la constitución de Seguir leyendo La Junta propone a los taxistas de Málaga un área de prestación conjunta

Nota informativa de Federacion Sindical del Taxi de Valencia y Provincia sobre las tarifas del 2014

NOTA INFORMATIVA

Después de reunirnos con la Jefa de Servicio de Consellería de Transporte, queremos dejar claros algunos aspectos de la aplicación de las nuevas Tarifas para el 2014:

 

1-   La Orden de Tarifas está publicada y estará próximamente en los talleres autorizados para introducir en el taxímetro.

2-   Nadie podrá aplicar ningún punto de las Tarifas para el 2014 si no las ha Seguir leyendo Nota informativa de Federacion Sindical del Taxi de Valencia y Provincia sobre las tarifas del 2014

Modificación de las tarifas del Área de Prestación Conjunta de la Marina Baixa

ORDEN 26/2013, de 23 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de la Marina Baixa.

La competencia exclusiva en materia de transporte terrestre cuyo itinerario discurra íntegramente por la Comunitat Valenciana corresponde a la Generalitat.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 55.1 que las tarifas deben garantizar la cobertura del coste real del servicio en condiciones normales de productividad y organización, y permitir una adecuada amortización y un razonable beneficio industrial, pudiendo ser revisadas periódicamente, o de manera excepcional, cuando se produzca una variación en los costes que altere significativamente el equilibrio económico. Su aprobación y revisión corresponde al órgano competente, previa audiencia de las asociaciones representativas del sector, y de las asociaciones de consumidores y usuarios.

Descárgate el archivo original aquí.

Modificación de las tarifas del Área de Prestación Conjunta de Castellón

ORDEN 28/2013, de 23 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de Castellón.

La competencia exclusiva en materia de transporte terrestre cuyo itinerario discurra íntegramente por la Comunitat Valenciana corresponde a la Generalitat.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 55.1 que las tarifas deben garantizar la cobertura del coste real del servicio en condiciones normales de productividad y organización, y permitir una adecuada amortización y un razonable beneficio industrial, pudiendo ser revisadas periódicamente, o de manera excepcional, cuando se produzca una variación en los costes que altere significativamente el equilibrio económico. Su aprobación y revisión corresponde al órgano competente, previa audiencia de las asociaciones representativas del sector, y de las asociaciones de consumidores y usuarios.

Modificación de las tarifas del Área de Prestación Conjunta de Camp de Morvedre

ORDEN 27/2013, de 23 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de Camp de Morvedre.

La competencia exclusiva en materia de transporte terrestre cuyo itinerario discurra íntegramente por la Comunitat Valenciana corresponde a la Generalitat.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 55.1 que las tarifas deben garantizar la cobertura del coste real del servicio en condiciones normales de productividad y organización, y permitir una adecuada amortización y un razonable beneficio industrial, pudiendo ser revisadas periódicamente, o de manera excepcional, cuando se produzca una variación en los costes que altere significativamente el equilibrio económico. Su aprobación y revisión corresponde al órgano competente, previa audiencia de las asociaciones representativas del sector, y de las asociaciones de consumidores y usuarios.

Descárgate el archivo original aquí.

Modificación de las tarifas del Área de Prestación Conjunta de Valencia

ORDEN 23/2013 de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de Valencia.

El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana atribuye la competencia exclusiva en materia de transporte terrestre, cuyo itinerario discurra íntegramente en su territorio, a la Generalitat.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 55.1, que las tarifas deben garantizar la cobertura del coste real del servicio en condiciones normales de productividad y organización, y permitir una adecuada amortización y un razonable beneficio industrial, pudiendo ser revisadas periódicamente, o de manera excepcional, cuando se produzca una variación en los costes que altere significativamente el equilibrio económico. Su aprobación y revisión corresponde al órgano competente, previa audiencia de las asociaciones representativas del sector, y de las asociaciones de consumidores y usuarios.

Descárgate el archivo original aquí.