LEY 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021.

Modificaciones de la ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del taxi, de la Comunitat Valenciana. A partir de la página 90, artículo 100.

Descárgate el archivo original: https://taxival.org/wp-content/uploads/2020/12/2020_11362.pdf

2020_11362

SOLICITUD DE LA NUEVA PRÓRROGA PARA AQUELLOS QUE NO PUDIERON ACCEDER A LA PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD PREVISTA EN EL ARTÍCULO 17 DEL REAL DECRETO-LEY 8/2020

Se va a iniciar una nueva vía de reclamación para todos aquellos que no habéis podido acceder a la nueva prestación por no haber estado cobrando la primera ayuda a fecha 30 de junio, bien porque no la pedisteis o bien porque después de pedirla tuvisteis una baja médica a finales de junio.

Como requisito indispensable es que os la hayan denegado. Por lo que todos los que no la hayáis pedido os tenéis que pasar para solicitarla y cuando os comuniquen la denegación adjuntarla a una reclamación previa que se va hacer a nivel nacional.

De la misma manera, todos los que ya la habéis pedido y os la han denegado, también podéis pasar para rellenar la misma reclamación previa.

LA JUNTA DIRECTIVA

CAMPAÑA RESUMEN IVA 2020

El resumen anual de IVA se puede hacer en la oficina o por teléfono con cita previa  o  enviando los datos necesarios para su confección por correo electrónico.

Por motivos del Covid-19 se recomienda hacerlo de forma no presencial (correo  o  email).

En la oficina o por teléfono

La cita previa para realizar el resumen anual del IVA podéis solicitarla en nuestra página web, Facebook o por teléfono hasta el 24 de enero de 2021 o fin de citas.

Para realizar el IVA  por teléfono poner en observaciones al coger la cita previa  el teléfono de contacto  y  os llamaremos durante  el día seleccionado. 

Web:
https://taxival.org/campana-iva-2019-cita-previa

Facebook:
https://www.facebook.com/federacion.valencia/app/190322544333196/

Los datos que debéis tener listos son:

  • Si te haces el libro, el  IVA total soportado del año.
  • KM realizados durante el año.
  • Si has iniciado o cesado la actividad, la fecha de inicio o cese
  • Si has estado de baja,  fechas de baja y alta
  • Certificado de paralización del vehículo en caso de reparaciones de larga duración  más de 3  semanas.
  • Si has trabajado en una empresa como asalariado, fechas de altas y bajas, así como jornada realizada.
  • Si has tenido trabajadores, datos y  jornada que realizaban.
  • Si tienes algún AUTONOMO COLABORADOR, nombre, parentesco, fechas que ha trabajado contigo.
  • La factura de compra/venta de loselementos de inmovilizado(vehículo, taxímetro, emisora, navegador, etc..)
  • Los vehículos que te quedas para uso particular hay que hacer auto-factura y declararla.

Por correo electrónico.

El plazo para realizarlo por correo es del 5 de enero  hasta el 22 de enero de 2021.

Debes enviar los datos que a continuación te indicamos al correo electrónico iva@taxival.org y  confeccionaremos el IVA anual, en el plazo de unos días te enviaremos contestación con el resultado de los impuestos. Datos necesarios:

LICENCIA: __________________________        

NOMBRE: _________________________________________

KM REALIZADOS EN EL 2020:  ___________      

IVA SOPORTADO FACTURAS RECIBIDAS:    ________________                        

¿HAS ESTADO DE BAJA?  SI O NO                         

¿HAS TENIDO  TRABAJADORES EN EL 2020?  SI   O  NO

¿HAS COMPRADO/VENDIDO INMOVILIZADO EN EL 2020? _____________________________________________

¿ HAS SOLICITADO AYUDAS? SI O NO   

¿HAS REDUCCIDO  UN 75%  LA CIFRA DE NEGOCIOSI    O    NO    

 ¿TE HACEMOS EL LIBRO REGISTRO?  SI O NO   (Si te hacemos el libro traer las facturas antes del 15/01/2021)

OTROS DATOS QUE CONSIDERES(Si trabajas en una empresa, paralización vehículo tres semanas o más, etc.)

Para los que deseen que les cumplimentemos el libro de Gastos e Inversiones  deberán traer las facturas con tiempo suficiente, no más tarde de la primera quincena de Enero. Os recordamos  la conveniencia de ir trayéndonos las facturas  periódicamente. Se pueden enviar por correo electrónico a  facturas@taxival.org

INFORMACION DE INTERES

Durante la campaña del IVA, del 8 al 25 de enero 2021, la oficina  cerrara por las tardes. Para cualquier urgencia os atenderemos telefónicamente en el 963479360.

La  presentación del  MODELO 347 se  realizara  en  febrero.  Todos aquellos que hayan realizado operaciones en el ejercicio 2020  por importe superiores o igual a 3005,06 €  debéis   traer los  datos del  cliente o proveedor (CIF , Nombre ,  código postal)  y    cantidad facturada(IVA incluido)  por  trimestres  antes del 20 de febrero de 2021.

Este año se renuevan las tarjetas de transporte, ésta se realizara atendiendo  al  número en que termina el DNI,  los que terminen en 1 en Enero, 2 en Febrero,.., 7 en Julio, 8 en Septiembre, 9 en Octubre y 0 en Noviembre.  

La renovación de la cartilla de taxista o identificativa se realizara  en la fecha indicada en la misma, las renovaciones efectuadas fuera de plazo podrían conllevar una sanción en caso de titulares de licencias  o   hasta  la perdida  de dicha cartilla  para los asalariados con lo que se tendrían que volver a examinar.

Los que tengáis asalariados  debéis tener obligatoriamente  seguro de accidente para los mismos  según  indica el  convenio de trabajo, así como tener cubierta la prevención de riesgos laborales,   el  no  cumplimiento  de  estos  requisitos  podría   ser  motivo  de  una sanción elevada en  caso  de   inspección  de trabajo.  Además debéis  tener  un  control de horas del empleado.

Recomendamos al que despida  a un trabajador  que consulte con nuestro departamento jurídico   todos los términos del despido (carta despido, preaviso 15 días, etc.)

Os recordamos que hay descuentos en la escuela para obtención de la cartilla de taxista para familiares directos de nuestros afiliados.    

Tenemos  varias  alternativas  de seguros para  el taxi,  si alguno  está interesado, le daremos  información  en las oficinas.

Sigue en marcha el servicio de Asesoramiento Jurídico, con presencia en nuestros locales de la calle Carabela 3, de un abogado, todos lo jueves de 5 a 7 de la tarde, por lo que todos los que quieran hacer uso de este servicio deberán pedir hora, al menos con 24 horas de antelación.

DESCANSOS EN EL APC DE VALENCIA

En el día de hoy, 28 de Septiembre de 2020, la Consellería de Transportes ha hecho pública la Resolución de la Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se regulan los descansos en el APC de Valencia durante los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre:

SE MANTIENEN LOS 2 DÍAS DE DESCANSO ENTRE SEMANA

A partir del Jueves día 1 de Octubre, continúan los cuadrantes de dos días de descanso intersemanal para todas las Licencias de Taxi del APC de Valencia (INCLUIDAS LAS LICENCIAS CON VEHÍCULOS ADAPTADOS).

A partir del próximo sábado día 3 de Octubre se inicia una regulación adicional de dos letras al descanso de fin de semana en el horario de 06:00 h. hasta las 24:00 h., (en esa franja horaria trabajarán solo tres letras):

REGULACIÓN EN FIN DE SEMANA (de 06:00 h. a 24:00 h.)

SÁBADO (3 de Octubre)DOMINGO (4 de Octubre)SÁBADO (10 de Octubre)DOMINGO (11 de Octubre)
Trabajarán las LetrasABC (Impares)CDE (Pares)ABC (Pares)CDE (Impares)
SÁBADO (17 de Octubre)DOMINGO (18 de Octubre)SÁBADO (24 de Octubre)DOMINGO (25 de Octubre)
Trabajarán las LetrasDEA (Impares)ABC(Pares)DEA(Pares)ABC (Impares)
SÁBADO (31 de Octubre)DOMINGO (1 de Noviembre)SÁBADO (7 de Noviembre)DOMINGO (8 de Noviembre)
Trabajarán las LetrasBCD (Impares)DEA (Pares)EAB (Impares)BCD (Pares)

De 24:00 h. hasta las 06:00 h. podrán trabajar todas las letras (Pares o Impares que les  corresponda trabajar)

Nuevo cuadrante hasta Enero.

CALENDARIO-2020-FEDERACION-COVID-OCT-NOV-DIC-

ACLARACIONES

  1. Las licencias con vehículo adaptado seguirán respetando el descanso entre semana, pero no tendrán que cumplir los descansos del fin de semana.
  2. Desaparecen todos los refuerzos y descansos anteriores (Por Ejemplo la Regulación del 9 y 12 de Octubre).

LA JUNTA DIRECTIVA

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INFORME SOBRE LA ENCUESTA DE REGULACIONES EN EL APC DE VALENCIA

Encuesta realizada por medio de la Plataforma ESAM (Tecnología Informática Avanzada) que forma parte del Instituto de Robótica de la Universidad de Valencia ubicada en el Parc Científic de Burjassot.

Esta Encuesta se realiza para ayudarnos a conocer la opinión del sector con respecto a que Regulación implantar en cuanto acabe el Estado de Alarma.

La encuesta ha estado activa desde el 29 de mayo a las 16:00 hasta el 11 de junio a las 23:59. Un total de 13 días y 9 horas. En este tiempo la encuesta ha tenido más de 3000 visitas.

1135 han participado en la encuesta y la han finalizado correctamente 721 taxistas (24% de la flota), 410 de ellos afiliados a la federación (47% de los participantes).

Se han detectado 43 errores con un total de 20 licencias duplicadas y 1 triplicada, y se han detectado 5 DNI duplicados dentro de estas licencias repetidas. Esto es un 6% de error lo que nos deja un nivel de confianza del 94%.

referencia: https://es.surveymonkey.com/mp/margin-of-error-calculator/

Si aplicamos la fórmula del margen de error obtenemos un 3,18% que es lo que puede variar arriba o abajo los resultados obtenidos para el tamaño de muestro de nuestra encuesta.

Lo que nos dice que esta encuesta tiene una fiabilidad del 96,82%.

La opción más votada ha sido la 3 con 259 votos, siendo también la más elegida por los afiliados a la Federación con 147 votos.

OPCIONES

OPCIÓN 1 (TRABAJAN 80%/60%)

Regular más las tardes y las noches abriendo las mañanas. Librarías tu día de fiesta y la tarde anterior desde las 15:00.

Coches trabajando: 2400 (80%) por la mañana, 1800 (60%) por la tarde

Días trabajados al mes: 20 días

OPCIÓN 2 (TRABAJAN 70%)

Librar dos días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más, semana si, semana no.

Coches trabajando: 2100 (70%)

Días trabajados al mes: 20 días

OPCIÓN 3 (TRABAJAN 60%)

Librar cuatro días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más entre semana que será rotativo.

Coches trabajando: 1800 (60%)

Días trabajados al mes: 18 días

OPCIÓN 4 (TRABAJAN 60%/40%)

Librar seis días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día y medio más entre semana que será rotativo.

Coches trabajando: 1800 (60%) por la mañana, 1200 (40%) por la tarde

Días trabajados al mes: 16 días

OPCIÓN 5 (TRABAJAN 40%)

Par/impar respetando tu día de fiesta semanal.

Coches trabajando: 1200 (40%)

Días trabajados al mes: 12 días

OPCIÓN 6 (TRABAJAN 80%)

Sin regulación adicional.

Coches trabajando: 2400 (80%)

Días trabajados al mes: 22 días.

SUBVENCIONES RE-ACTIVA VALÈNCIA (AYUNTAMIENTO DE VALENCIA)

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
DEL 1 DE ABRIL AL 4 DE MAYO

IMPORTANTE

#Aviso: en vista de los problemas planteados en la #SedeElectrónica por el volumen de personas usuarias intentando acceder al formulario para solicitar las ayudas #ReActivaVLC, se informa que:

  1. Las solicitudes se pueden seguir presentando a través de la sede electrónica del Ayuntamiento: https://bit.ly/39zREa7
  2. También se pueden presentar a través de la sede del Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el siguiente enlace (RED SARA): https://bit.ly/2X8Lz1E

Guía  https://bit.ly/2UA1Uef

Más información: https://bit.ly/2R2j166


DOCUMENTACIÓN

  1. En caso de persona física:
  • DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, si lo indica.
  • Certificado actualizado de Situación Censal ( solamente se puede obtener con vuestro certificado) que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y en su caso el del local de desarrollo de la actividad EN VALENCIA.
  • Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o la Mutua profesional correspondiente.
  • En caso de tener trabajadores a su cargo y querer beneficiarse del incremento al que se refiere el punto 4 de esta convocatoria, relativo al número de trabajadores a su cargo, deberá de presentar el Informe de Vida Laboral de la Empresa expedido por la Tesorería de la Seguridad Social en el que se incluya el número de trabajadores a fecha de 1 de marzo de 2020.
  •  No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.
  • En aquello casos en los que no se han visto afectados por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo, y hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma, deberán acreditar esta reducción mediante la aportación de la información contable que lo justifique desde los 6 meses previos a la declaración del estado de alarma (14 de marzo de 2020) hasta la fecha de presentación de la solicitudes,

*La facturación tenida en cuenta del mes de marzo será la producida desde el día 15 hasta el 31 de dicho mes (17 días). Dicha facturación se comparará con la facturación equivalente (estimación media de facturación por día) del semestre anterior, a la vista de los apuntes del libro de registro de facturas emitidas que mensualmente se hayan producido.

  • Para los que tributan en módulos (la mayoría del sector del Taxi)

*Cuando la persona física no esté obligada a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la reducción al menos del 75% exigida por cualquier medio de prueba admitido en derecho. En la actividad del Taxi en concreto, por ejemplo; justificación de las liquidaciones de ingresos mensuales por tarjeta (DATAFONO) durante los meses de SEPTIEMBRE A FEBRERO, y LA LIQUIDACIO DE DATAFONO DESDE EL 14/03 HASTA QUE SE PRESENTE LA SOLICITUD.

  • Para los que tributan en directa: Copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas o libro diario de ingresos y gastos

La subvención se distribuirá de la siguiente forma:

  • 3.000 € para personas autónomas y empresas afectadas por el cierre de establecimientos (RD 465/2020 de 17 de marzo)
  • 2.000€ para personas autónomas y empresas que no se han visto afectas por el cierre de su establecimiento que cuando hayan sufrido una reducción de su facturación, desde la declaración del estado de alarma, en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%*, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma
  • En caso de tener personas trabajadoras a su cargo: Las cantidades anteriores se incrementarán en 2.000 € (hasta 9 personas trabajadoras) o 3.000€ (hasta 49 personas trabajadoras).

LA JUNTA DIRECTIVA