La propietaria de una licencia de taxi de LPGC desvela la “logística” de los ‘floreros’

Las herencias son plato de gusto a medias y, como reza el dicho, en ocasiones las carga el diablo. Una situación que se agrava si el pan que trabajó el progenitor en cuestión se enmarca en el sector del taxi de Las Palmas de Gran Canaria, donde en las últimas décadas se ha forjado un mecanismo ajeno a la legalidad que coge en paños menores a los que llegan de nuevas y que mantiene abiertos dos procesos judiciales.

El Ayuntamiento es el encargado, tanto de llevar a cabo los trámites necesarios para otorgar la licencia municipal de un taxi, como de traspasar la misma a la viuda o los herederos en caso de que éstos lo soliciten. Un traspaso que se encuentra regulado en el vigente Reglamento Municipal del Taxi y que no tiene visos de cambiar tras reforma del mismo que prepara el Gobierno del Partido Popular (PP) encabezado por el alcalde, Juan José Cardona.

G.A. desconoce todavía cómo pudo llegar a sus manos el permiso de su padre, cuando entonces no cumplía unos requisitos mínimos de los que asegura que nadie le informó, como estar en posesión del certificado habilitante para el ejercicio de la profesión. Tampoco se encontraba dada de alta como autónomo, es más, estaba en paro y cobraba una subvención.

Tan solo tuvo que acercarse a una de las Cooperativas de Taxis que se encuentran en la capital grancanaria, en busca de las gestiones que debía realizar para requerir la licencia, para que una abogada le dijera que el contrato firmado por su progenitor con uno de los denominados floteros no había concluido y que ella debía cumplirlo. Cosa que hizo hasta 2010 al pensar que su actuación se ajustaba a la legalidad. “Cuando te pones en manos de un abogado no piensas que te esté mintiendo o que te lleve a hacer algo irregular”, apostilla.

Ese mismo año, la Policía Local llevó a cabo una serie de registros junto a la Agencia Tributaria, derivados de una denuncia interpuesta en el Juzgado por la Asociación de Asalariados. G.A. asegura que ese día la llamaron para que acudiera a la oficina del administrador con urgencia, donde le hicieron firmar hasta siete nóminas. “No tenía constancia de que tenía personal contratado a mi nombre”, asevera.

6.000 euros de multa

“Antes de que mi padre falleciera, a mi esto no me olía nada bien”, afirma al recordar una carta procedente de la Seguridad Social (SS) que se aventuró a abrir. “Nos tenían prohibido abrir cualquier tipo de correspondencia, que debíamos remitirles” dice, en referencia a los floteros. Sin embargo, al ver quién era el remitente, hizo caso omiso y leyó la misiva para descubrir una multa de 6.000 euros.

Fue en ese momento cuando se dio cuenta de que un hombre de nacionalidad extranjera, contratado por los mencionadosadministradores, había estado trabajando a nombre de su padre sin los correspondientes permisos ni pagos a la SS. Al ir a pedir explicaciones, solo obtuvo rechazo. Años más tarde y tras obtener el permiso, al pensar que no podía hacer otra cosa, esperó a que el contrato firmado por su progenitor expirase para cancelarlo.

Connivencia de la Seguridad Social

En una carta enviada al juez del Juzgado de Social número 9 de Las Palmas de Gran Canaria, donde recientemente se ha celebrado un juicio a una quincena de personas relacionadas con el sector, demandados por Inspección General del Trabajo por cesión ilegal de trabajadores, G.A. manifiesta que “no niego mi culpa, pero sí mi total responsabilidad”.

Un procedimiento al que se enfrentó sin abogado que la defendiera, después de que el que le habían recomendado, renunciara tras comentarle su decisión de desvelar la “logística” que se había montado en el sector en torno a la figura del floteroy su propia experiencia.

Una culpa que, añade, “va acompañada de una responsabilidad por parte de ciertas administraciones públicas y algunas entidades muy cercanas al sector”, entre las que señala, sin precisar nombres, a cargos que hace años ocuparon un puesto en la Tesorería General de la Seguridad Social en Canarias.

G.A. no entiende cómo es posible que tanto el Ayuntamiento, como la SS o Inspección de Trabajo permitieran a su padre seguir contratando personal asalariado 15 años después de serle aprobada su jubilación.

  Publicado en  El Diario.es