UN juez de Madrid ordena el cese de las actividades de Uber en toda España

UN  juez de Madrid ordena el cese de las actividades de Uber en toda España

ABC / MADRID

Día 09/12/2014 – 14.59h

El magistrado basa el auto en que los conductores contratados carecen de autorización administrativa alguna para desarrollar la labor

AFP

Aplicación de Uber en un móvil

El juez de lo Mercantil número 2 de Madrid ha ordenado la cesación y prohibición en todo el territorio nacional de los servicios que ofrece la aplicación Uber, que pone en contacto online a usuarios y conductores de la citada empresa para desplazamientos.

En un auto fecha fechado este martes, el magistrado acuerda estimar las medidas cautelares propuestas por la Asociación Madrileña del Taxi planteada de forma previa a la interposición de una futura demanda contra la empresa Uber.

El juez acepta la medida, ya que los conductores contratados carecen de autorización administrativa alguna para desarrollar la labor y la actividad que llevan a cabo supone competencia desleal.

En la resolución, el juez aclara que no se trata de una cuestión de debate filosófico sobre la libertad de mercado en general y la economía cooperativa en particular, sino una «protección cautelar basada en la legalidad vigente». El juez llega a esta conclusión porque la ley de competencia desleal determina que cuando se infringen normas que son exigidas para actuar en un mercado, la infracción es en sí misma una acción desleal.

La medida cautelar adoptada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid se ha tomado por el daño que se está ocasionando a los titulares del servicio de taxi y porque Uber es una empresa domiciliada en el paraíso fiscal estadounidense de Delaware.

En la misma resolución se oficia a las empresas de telecomunicaciones y de pago electrónico para que prohíban todo tipo de transacciones y alojamiento a la empresa Uber.

Además, el magistrado señala que estas medidas «se ejecutarán una vez que la parte solicitante preste en el plazo de tres días siguientes a la notificación de la presente resolución, la caución consistente en aval bancario de tiempo indefinido por importe de 10.000 euros y pagadero al primer requerimiento y se estime idóneo y suficiente por este Juzgado».

Publicado por ABC.