FPTM recurre la nueva Ordenanza del Taxi de Madrid


La Federación Profesional del Taxi de Madrid ha presentado esta misma mañana un recurso contencioso administrativo contra la Ordenanza del Taxi del Ayuntamiento de Madrid que fue publicada finalmente el pasado 22 de junio en el Boletín Oficial de la Comunidad. La asociación representativa de los taxistas ha solicitado, además, medidas cautelarísimas para que se suspendan temporalmente los artículos aprobados por el Consistorio hasta que se pronuncien los tribunales. 

Una semana después de su entrada en vigor, la organización presidida por Julio Sanz, al igual que hiciese con el Reglamento del Taxi de la Comunidad de Madrid que fue declarado nulo, ha decidido llevar al Tribunal Superior de Justicia de Madrid el texto local por considerar que es “una chapuza y un bodrio” y un “desprestigio hacia un sector que no se merece esta Ordenanza”. Sanz, visiblemente enfadado, no ha dudado en afirmar que “el Ayuntamiento de Madrid es el enemigo del taxi y se ha pasado por el forro de los caprichos lo que ha dicho el TSJM con respecto al Reglamento”.

Precisamente el recurso ha sido interpuesto ante la Sala de lo Contencioso Adminsitrativo del TSJM, la misma que anuló el mencionado Reglamento. Con este acción, FPTM cumple su promesa de impugnar la normativa local, tal y como afirmó la semana pasada nada más conocerse el contenido del texto. Las medidas cautelarísimas, en palabras del propio Sanz, se han pedido para evitar que los taxistas madrileños se vean forzados a realizar algunos de los cambios a los que obligan los preceptos aprobados. /TAMBIÉN ES NOTICIA

Publicado por La Gaceta del Taxi.

El TSJ avala la hora de preaviso para contratar VTC en la Comunidad Valenciana

Desestima la petición de la patronal de tomar medidas cautelares contra esta decisión del Ayuntamiento de Elche.

Un vehículo de VTC por las calles de Valencia, en una imagen de archivo. EFE

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha rechazado la solicitud de la patronal de los vehículos de alquiler con conductor (VTC), Unauto, de establecer medidas cautelares a la ordenanza municipal del taxi que ha elaborado el Ayuntamiento de Elche, que establecía una hora de precontratación para los servicios con este tipo de operadores.

Con esta decisión, el alto tribunal autonómico da la razón a la Asociación Nacional del Taxi (Antaxi), única asociación del sector que junto con el Ayuntamiento de Elche ha presentado argumentos contra el recurso de Unauto, y mantiene la hora de precontratación en la localidad valenciana.

Para el presidente de Antaxi, Julio Sanz, se trata de una noticia «especialmente relevante» para el sector puesto que «la del Ayuntamiento de Elche es la primera ordenanza municipal que recoge una hora previa para la contratación de estos servicios tras la aprobación del decreto Ábalos, y que no es paralizada por un tribunal autonómico mediante medidas cautelares».

En este sentido, Sanz recordó el caso de Cataluña, donde el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) sí ha paralizado cautelarmente la medida que establece 45 minutos para la precontratación, dictado por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), órgano competente en esta materia.

Para Sanz, «esta decisión asienta los cimientos para clarificar la forma de operar de este tipo de servicios, pues se trata de un sector diferenciado al del taxi, que no puede confundirse ni asemejarse a los servicios urbanos de transporte». El decreto aprobado en septiembre de 2018 por el que fuera ministro de Transporte, José Luis Ábalos, habilitaba a los ayuntamientos y comunidades autónomas a regular la actividad de las VTC y les ofrecía una moratoria de cuatro años para poder desarrollar una normativa en esta materia.

Por último, Sanz insistió en la necesidad de «continuar defendiendo los intereses del sector del taxi» y expresó su deseo de que «la decisión tomada por el Ayuntamiento de Elche con esta hora de precontratación se convierta en un modelo a seguir en otras ciudades de España», con el objetivo de «garantizar la apuesta por un servicio público de calidad como es el taxi».

La decisión del TSJ respecto al conflicto en Elche da alas a otras ciudades de la Comunidad Valenciana que también han decidido establecer la contratación con una hora de preaviso para los vehículos con conductor. Así sucede, por ejemplo, en Valencia, donde el pasado mes de abril se aprobó una moción presentada por la Concejalía de Movilidad Sostenible para añadir a la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible esa exigencia. Esa modificación se empezó a tramitar esta misma semana, y viene motivada por una petición concreta del sector del taxi, según indicaron fuentes municipales.

En el primer semestre de 2019 el número de licencias de VTC creció en Valencia un 14%, hasta llegar a los 198 vehículos; por su parte, Alicante multiplicó casi por cuatro el número de vehículos en el mismo periodo, hasta llegar a los 377 coches frente a los 108 de 2018

Publicado por El Mundo.

ORDENANZA MUNICIPAL DEL SERVICIO DE TAXI DE MÁLAGA

El Decreto 35/2012 de 21 de febrero de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo fue publicado en el BOJA el 12 de marzo del pasado año a fin de desarrollar el Título II de la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, en una materia que necesitaba una actualización normativa dado que la reglamentación vigente hasta la fecha estaba contenida en el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento Nacional para el servicio urbano e interurbano de transportes en automóviles ligeros.

Por tratarse ésta de una materia en la que los municipios ostentan competencias propias en virtud de lo establecido en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía y en la mencionada Ley 2/2003, de 12 de mayo de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, el nuevo Reglamento de Taxi de Andalucía referido, dispone en su disposición transitoria primera un plazo de adaptación de las Ordenanzas municipales, a lo dispuesto en dicho Decreto, de 15 meses a contar desde su entrada en vigor.

De acuerdo con lo expuesto, la presente Ordenanza se estructura en siete Títulos. El primero de ellos establece las normas generales, donde destacamos los principios en los que se fundamente la intervención municipal en el servicio de taxi (artículo 3) y la concreción de las competencias municipales de ordenación y gestión en materia de taxi.

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