Los VTC sólo podrán circular 16 horas al día en la capital

La junta de gobierno del Ayuntamiento aprueba hoy de manera inicial la ordenanza de este sector

OtrosConéctateEnviar por correoImprimirF. JAVIER BARROSOMadrid 9 MAY 2019 – 11:53 CEST

VTC Madrid
Un vehículo de transporte con conductor circulando por las calles de la capital. VÍCTOR SAINZ

Los vehículos de transportes con conductor (VTC) sólo podrán circular en la capital 16 horas al día y durante cinco días a la semana. Así lo recoge la ordenanza reguladora de este servicio que va a aprobar hoy inicialmente la junta de gobierno del Ayuntamiento. Esta norma limita el kilometraje que podrán hacer estos automóviles sin ocupar en función del distintivo ambiental de la DGT y además los conductores no podrán recoger o bajar a clientes en los carriles bus. Las aplicaciones de estos servicios impedirán esta posibilidad.

La nueva ordenanza aplica la misma regulación que la del sector del taxi y limita los tiempos de actividad en la ciudad para equipararlos. Eso sí, no habrá limitación horaria ni de calendario para los vehículos adaptados para las sillas de ruedas. Estas prohibiciones se podrán suspender por acontecimientos importantes como el Orgullo gay o en fechas especiales, como ya ocurre en las Navidades.

Otra de las limitaciones de la ordenanza es que las VTC no podrán parar ni estacionar a menos de 100 metros de las estaciones, el aeropuerto y los intercambiadores de transportes. La bajada y subida de viajeros se hará en los recintos de los aparcamientos públicos de rotación u otros similares. Esta prohibición no se aplicará para los automóviles que trasladen a personas en sillas de ruedas.

Los vehículos con más de 10 de antigüedad no podrán dedicarse a VTC, salvo que tengan la categoría de históricos. Existen dos excepciones. Una, aquellos automóviles que tengan la calificación medioambiental de cero emisiones de la DGT y que ya estén prestando servicio o se adscriban al servicio antes de final de 2020 podrán prestar servicio durante 14 años. Dos, los que estén adaptados para sillas de ruedas podrán estar en servicio 12 años.

Una novedad de la ordenanza es que los VTC tendrán limitada su circulación sin pasajeros en función de su distintivo mediambiental. Los que tengan el disco con la letra A sólo podrán hacer un 25% de su kilometraje sin viajeros. Si disponen del B, sube hasta el 35% y para el C, un 50%. Los ECO llegan hasta el 65%. Todo ello podrá comprobarse, al igual que las horas de trabajo, gracias al cuentakilómetros y a las aplicaciones de los vehículos, que registran todos los movimientos y clientes.

Entrada o salida de Madrid

La norma se aplicará a los vehículos que tengan salida o llegada en la capital. Las normas de parada y estacionamientos sí se aplican a todos los VTC, con independencia de su origen y destino. El Ayuntamiento creará un registro municipal de autorizaciones de VTC que trabajen en la capital. En él constarán los datos de los titulares y de los vehículos, las autorizaciones concedidas y la transmisión de las mismas, entre otros datos. La ordenanza se publicará ahora en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, tras lo cual se abrirá un periodo de alegaciones de un mes. Eso supone que su aprobación definitiva ya corresponderá a la próxima Corporación que salga de las elecciones del próximo 26 de mayo.

Fuentes municipales han destacado que la aprobación de la norma pretende paliar los efectos negativos que han supuesto los VTC en la fluidez del tráfico, con el consiguiente aumento de la contaminación, y permitir que este sector pueda convivir con el del taxi. También se busca regular los derechos que tienen los viajeros, lo que incluye la obligación de que lleven hojas de reclamación y su personal vaya perfectamente aseado.

Publicado por el País.