Campaña especial de vigilancia y control de la velocidad en colaboración con la D.G.T. (del 13 al 19 de abril de 2015)Del 13 al 19 de abril

La Dirección General de Tráfico, en cumplimiento de la programación de las Campañas y Operaciones de Vigilancia y Control para el año 2015, llevará a cabo una nueva campaña especial sobre vigilancia y control de la velocidad.

Aun habiéndose registrado un descenso en el número de conductores denunciados por exceso de velocidad, es necesario seguir haciendo el máximo esfuerzo en el control y vigilancia de la misma, por cuanto tiene un impacto muy importante en el medio ambiente, el consumo de combustible y en la calidad de vida de las zonas urbanas, poniendo en peligro la seguridad de los peatones y ciclistas.

En zonas urbanas, especialmente en el caso de atropello, la velocidad es determinante, ya que a partir de 80 km/h es prácticamente imposible que un peatón sobreviva a un atropello; mientras que a una velocidad de 30 kilómetros por hora, el riesgo de muerte del peatón se reduce al 10%.

La Dirección General de Tráfico, siendo consciente de que la circulación en ciudad constituye el primero de los escenarios donde el conductor inicia la adquisición de hábitos y costumbres que, con posterioridad, se manifiestan en carretera, considera de vital importancia la participación de los Ayuntamientos en la presente campaña por lo que ha solicitado la colaboración del Ayuntamiento de Valencia para la recopilación de datos y posterior obtención y publicación de conclusiones.

Esta Jefatura, sabedora de la importancia que tiene una velocidad adecuada para la reducción de la siniestralidad y sus consecuencias, considera oportuna la colaboración con la Dirección General de Tráfico durante el desarrollo de esta campaña, por lo que se va a proceder al control de la velocidad en las vías urbanas de nuestro término municipal entre los días 13 y 19 de abril de 2015, ambos inclusive.

Durante la campaña del año pasado se efectuaron un total de 10.914 controles, siendo denunciados 323 vehículos lo que supone un 2,96% del total.

MARCO JURIDICO

La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 90 a 600 euros.

El artículo 379 del Código Penal, establece que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

La Ley del Permiso por Puntos contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido

Publicado por Policía Local de Valencia.