Desde la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia queremos ofrecer a sus afiliados información relevante del sector, si conoce alguna noticia, suceso o evento actual o futuro que considere importante háganoslo llegar a por email.

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PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR REDUCCIÓN DE INGRESOS DEL 75%

IMPORTANTE

Al final del artículo encontaréis los documentos necesarios. Iremos actualizando esto conforme las mutuas o la administración vaya clarificando los tramites.

En primer lugar, decir que la redacción del Decreto no da garantías de que se vaya a poder cobrar nada, y que las Mutuas siguen sin tener respuestas a muchas de las dudas que se están planteando sobre la interpretación del citado Decreto.

DIFICULTAD PARA ACCEDER A LA PRESTACIÓN  

Todo parece indicar, que las solicitudes que se presenten en Abril cogerán como mes de referencia el mes de Marzo completo (desde el día 1 al 31 de Marzo), para determinar si ha habido reducción de ingresos de un 75% con respecto a la media de los seis meses anteriores. Como en Marzo se ha trabajado con relativa normalidad hasta el día 14, está complicado cumplir este  requisito.

Cada declarante tiene que presentar una declaración jurada de reducción de ingresos del 75 %, con lo que ello implica, y podrían pedir justificantes para acreditarlo, incluso después de varios meses (la Federación no se hace responsable de lo que declare cada uno).

En el supuesto que el plazo para la solicitud de la prestación se ampliara hasta Mayo y el Estado de Alarma se ampliara hasta finales de Abril, se podría justificar más fácilmente el requisito de reducción de ingresos para el mes de Abril (desde el día 1 al 30 de Abril), pudiendo presentar  la solicitud en Mayo con más seguridad para su aprobación. Ojo esto es un supuesto, ya que si finaliza el Estado de Alarma antes de que acabe el mes de Abril, volverá a complicarse el cobro de ayudas.

REQUISITOS

  • Estar de alta de Autónomo.
  • Estar al corriente en los pagos con la Seguridad Social, te puedes poner al corriente en un mes desde la presentación.
  • Tener un 75% menos de ingresos en el mes anterior al de la solicitud (de momento Marzo) con respecto a los seis meses anteriores.
  • No percibir cualquier otra prestación del sistema de seguridad social (Bajas laborales, Jubilaciones, Baja por Maternidad, Paternidad, etc).
  • Último día para la presentación 14 de abril de 2020.

CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA

  • 70 % de la Base Reguladora (unos 660 € si se paga el mínimo de cuota).
  • Exención del pago de la cuota (el mes de Marzo hay que pagarlo).

AUTÓNOMOS COLABORADORES

Tienen derecho a la Prestación Extraordinaria por reducción de los ingresos de un 75%, el procedimiento es idéntico  que el de los autónomos titulares.

DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE PRESENTAR (Color Azul enlace = Ctrl + Click)

  • Solicitud de la prestación y Declaración Jurada anexa.
  • Fotocopia del Documento de Identidad (DNI-NIE-TIE) o Pasaporte, (ambas caras).
  • Modelo 145  de comunicación de datos del pagador (IRPF)

Podrían requerir posteriormente más documentación (certificado de estar al corriente en la seguridad social, libro de familia y justificación de la reducción de ingresos por cualquier medio admitido en derecho).

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD (Color Azul enlace = Ctrl + Click)

No se puede tramitar personalmente en las Oficinas, por lo que cada compañero deberá rellenar la Solicitud de la Mutua a la que esté asignado, si no la conoce, puede llamar al teléfono 901502050  o por sede electrónica, algunos ya han recibido la solicitud de su Mutua.

(Mañana Martes día 31, informaremos por E-Mail a todos los compañeros que la Federación tenga información sobre la Mutua a la que pertenece)

Algunas Mutuas tienen un formulario, que hay que imprimir y enviar por correo electrónico, otras se realiza online de forma sencilla.

Relación de Mutuas:

De 10 h a 13 h, en C/ Fragata nº 6 (puerta de atrás de Federación) Facilitaremos Mascarillas de Plástico y guantes gratuitos a todos los Afiliados a Federación.

Si algún compañero no puede imprimir la Solicitud, se la facilitaríamos también.

Intentaremos ayudar a todos en la medida de nuestras posibilidades.

LA JUNTA DIRECTIVA


DOCUMENTOS PARA DESCAGAR

Modelo 145:

Documentos de las Mutuas:

INFORMACIÓN CORONAVIRUS. Preguntas frecuentes sobre transporte y movilidad.

La declaración del estado de alarma en España ocasionado por el COVID-19, afecta a aspectos fundamentales de la actividad de la ciudadanía, como el abastecimiento y la movilidad, así como de las instituciones y de los diferentes sectores productivos del país.

La urgencia de la situación y la necesidad de dar una respuesta rápida y operativa a las dudas que surgen en un escenario continuamente cambiante, nos ha llevado a elaborar una relación con las preguntas más habituales que estamos recibiendo y sus correspondientes respuestas. Iremos actualizado esta página conforme se vayan implementando nuevas medidas, de modo que la sociedad esté lo mejor y más puntualmente informada posible, en una realidad como esta que obliga a reacciones constantes por parte de la propia sociedad y de la de las instituciones.

Para facilitar el acceso a esta información la hemos estructurado en los siguientes apartados:

RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2020, del conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad por la que se determina la prestación de servicios de transporte discrecional de viajeros en vehículos de turismo (taxi) durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, en su caso

La situación de alerta creada como consecuencia de la aparición y avance del denominado coronavirus COVID 19, que ha sido declarado por la Organización Mundial de la Salud como pandemia de salud pública, requiere que por parte de las distintas administraciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, adopten aquellas medidas que sean necesarias para evitar un mayor riesgo de exposición y trasmisión del virus derivado del contacto diario entre ciudadanos.

Para ello fue promulgado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. El artículo 14, apartado 2.a) del citado Real Decreto, relativo a las medidas en materia de transporte interior, establece que: “En los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo que no están sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público (OSP), los operadores de transporte reducirán la oferta total de operaciones en, al menos, un 50%.”

Desarrollo del citado Real Decreto es la orden TMA/254/2020, 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo. El artículo 3. 4 establece que “Los desplazamientos llevados a cabo en transporte público de viajeros en vehículo de turismo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, deberán hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada.”

Estas previsiones establecidas en las normas citadas anteriormente hacen necesario que por la Consellería competente en materia de transporte se determine el régimen de prestación de servicios de transporte por carretera, con el fin de garantizar la mayor seguridad jurídica entre los distintos operadores y los usuarios de dichos servicios.

La ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del Taxi de la Comunitat Valenciana faculta a la consellería competente en materia de transporte para la regulación del transporte público discrecional de personas viajeras en vehículos de turismo que se realice dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.

Descárgate el pdf original aquí.

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Descárgate el pdf original aquí.

AYUDAS ECONÓMICAS DEL GOBIERNO POR EL COVID-19 A LAS QUE SE PUEDE ACOGER EL SECTOR DEL TAXI

El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas económicas para ayudar a los sectores afectados por la crisis del Coronavirus, a las que el Taxi se puede acoger, aunque todavía estamos en un proceso de consulta a la Administración competente con la que estamos en contacto diario.

La Seguridad Social está estudiando la forma de que acreditemos la reducción de ingresos necesaria para poder recibir las ayudas, ya que somos uno de los sectores que estamos en Módulos y no emitimos facturas.

  1. EXENCIÓN DEL PAGO DE AUTÓNOMOS Y PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA DEL 70 % DE LA BASE REGULADORA (UNOS 660 € EN EL CASO DE PAGAR EL MÍNIMO EN LA CUOTA DE AUTÓNOMOS).

Requisitos:

Estar al corriente de las cuotas de Autónomos.

  • Solicitud a la Mutua correspondiente de Prestación Extraordinaria por reducción de ingresos del 75 % en la facturación media del último semestre.
  • Acreditación de la reducción del 75% en la facturación.
  • El periodo de Prestación está limitado a un mes a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, por el que se declara el Estado de Alarma, si este se prorrogara, también se prorrogará la Prestación.

Plazo de la solicitud:

  • Es necesario demostrar la reducción de ingresos posteriormente, por lo que hay un plazo amplio para solicitarlo. Consultar a su entidad gestora.

En los próximos días, la Federación informará a sus Afiliados, en la forma de solicitar estas ayudas con las mayores garantías.

Hay un plazo amplio para solicitarlo.


  1. EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL PARA ASALARIADOS (ERTE).

Requisitos:

  • Estar al corriente de las cuotas a la Seguridad Social del Trabajador.
  • Solicitud ante la Mutua correspondiente, por causa de Fuerza Mayor con motivo de una reducción de la facturación superior al 75 %.
  • Acreditación de la reducción del 75% en la facturación.
  • Habrá que mantener al asalariado obligatoriamente 6 meses más, una vez pasado el Estado de Alarma.

Plazo de la solicitud:

  • Consultar a su entidad gestora.

A partir de este lunes día 23 de Marzo nos pondremos en contacto con todos los Afiliados a Federación, Taxistas Autónomos con conductor asalariado para tramitar las solicitudes.


  1. OTRAS MEDIDAS ADICIONALES.
  • Moratorias en el pago de Préstamos Hipotecarios por adquisición de vivienda habitual.
  • Prestamos ICO avalados por la Administración con condiciones especiales (bajo interés, primer año de carencia, etc).

NOTA: CONSULTAR EN SU BANCO HABITUAL COMO SOLICITAR ESTAS AYUDAS

ENTRE TODOS LO CONSEGUIREMOS

LA JUNTA DIRECTIVA

COMUNICADO SITUACIÓN EXCEPCIONAL POR EL CORONAVIRUS

Reunidas la totalidad de Asociaciones del APC de Valencia ante la difícil situación que se nos avecina y apelando a la responsabilidad del sector, se han tomado las siguientes decisiones de forma consensuada y unánime:

  • Suspender de manera indefinida la Resolución de Descansos en vigor, lo que supone una anulación de todos los refuerzos y descansos (salvo el día de fiesta semanal) contemplados (refuerzos en fallas, regulación de semana santa, refuerzos de fines de semana, etc).
  • A partir del próximo Lunes día 16 de Marzo, las licencias pares trabajarán los días pares y las licencias impares trabajarán los días impares, MANTENIENDO EL DÍA DE FIESTA ENTRE SEMANA (de acuerdo con la Orden 1/2019 de 27 de Noviembre).
  • Esta forma de prestación de servicio incluye también a las autorizaciones de taxis con vehículos adaptados para personas con movilidad reducida. No obstante, el día de descanso que les corresponda, podrán prestar servicio exclusivamente a personas con movilidad reducida.
  • Queremos recalcar el carácter excepcional de estas medidas. En el momento en que se restablezca la normalidad, volveremos a la situación anterior.
  • Por último, recordamos que se debe seguir con las medidas de higiene y prevención recomendadas por las autoridades competentes.

En Valencia a 13 de Marzo de 2020
LAS JUNTAS DIRECTIVAS

Remodelación de la Plaza del Ayuntamiento

laplaçaesteua.com

A partir del 20 de marzo, después de décadas utilizada como mero distribuidor del tráfico motorizado, la Plaza del Ayuntamiento volverá a ser Plaza. Será la culminación de una recuperación iniciada cuatro años atrás cuando la concejalía de Movilidad Sostenible demostró que la ciudadanía la llenaría si se liberaba de tráfico, aunque en principio fuera un único domingo de mes.

Desde entonces la gente y las actividades la han llenado en multitud de ocasiones, y las sucesivas actuaciones pacificando el tráfico en la ciudad, así como la inminente reurbanización de la Plaza de la Reina, han hecho posible que, como ya se anunció en octubre de 2017, la Plaza del Ayuntamiento sea por fin, de nuevo y como corresponde en la ciudad, el ágora de la ciudad de València.

Con la nueva modificación del tráfico de la plaza del Ayuntamiento, los accesos para el tráfico privado y para el taxi es diferente. En las imágenes podéis ver como queda al final.

El tráfico particular se prohíbe en San Vicente entrando desde la Plaza de la Reina, el giro desde la parte sur de la plaza hacia la calle de las Barcas y desde Marqués de Sotelo a la calle Alicante. Sin embargo el taxi y EMT si que podrán pasar con normalidad por estos puntos.

El tramo entre la calle Lauria y Barcas pasa a ser de doble sentido y una parte de Calabazas, una parte de Perez Pujol y Linterna al completo cambian de sentido.

Las paradas de taxi de la plaza cambian de lugar. Una frente al Ateneo mercantil de Valencia para salir hacia Barcas, Lauria y Marqués de Sotelo, y la segunda frente a Correos para salir hacia Barcas.