La negociación se produce con bastante opacidad entre la Unión Europea -a a través de la Comisión europea- y los EE.UU. La Comisión europea tiene un mandato negociador que contiene información reservada que pese a estar hoy publicado no deja de plantear dudas y problemas.
Los trámites para su entrada en vigor serían los siguientes: Una vez concluidas las negociaciones por las delegaciones de ambas partes; en el ámbito europeo la Comisión europea lo presentará al Consejo de la Unión, que deberá aprobarlo por mayoría cualificada (55% de los Estados que representen el 65% de la población). Tras este visto bueno, se someterá a aprobación en el Parlamento europeo y, posteriormente se ratificará por los Parlamentos nacionales. Hemos de tener presente que las votaciones son sobre la totalidad del proyecto, y que, por tanto, no cabrían enmiendas de los Estados.
Pese a su importancia, que puede suponer de facto una mutación constitucional desde un punto de vista de la “Constitución económica”, no hay previsiones de que se someta a referéndum ciudadano ni en España ni en la Unión Europea.