RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se determinan los días de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia para el año 2021, y se aprueba el calendario de los días festivos.

Subsanación de errores

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se determinan los días de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia para el año 2021, y se aprueba el calendario de los días festivos.

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La Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del Taxi de
la Comunitat Valenciana establece, de forma específica, en su artículo
15, la facultad de la Administración para tomar medidas de control de
la oferta de taxis y de armonización de la competencia entre los taxistas.

La Orden 7/2020, de 10 de agosto, de la Conselleria de Política
Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se regula el sistema
de descanso obligatorio y la limitación diaria en la prestación de servicios de taxi en el área de prestación conjunta de Valencia, establece en
su artículo 4.3 la posibilidad de dictar instrucciones mediante resolución
adaptando el régimen de descanso a la demanda real.

Con carácter general la dirección general competente en materia de
transporte establece anualmente las particularidades de los turnos de
descanso para la semana de Fallas, Navidad, Año Nuevo y para aquellos
eventos en que pueda producirse un aumento de la demanda. Igualmente, establece los turnos de descanso particulares para el periodo estival,
Semana Santa y Pascua, en los que está prevista una disminución de la
demanda; y los turnos para los meses de mayo, junio, julio y septiembre
o en determinados horarios, en los supuestos en que esté previsto el
incremento de la demanda.

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