ACREDITACIÓN DEL 75% DE PÉRDIDAS EN ACTIVA MUTUA

Activa Mutua ha requerido a sus mutualistas la acreditación del 75% de pérdidas. La mutua nos comunica que para hacerlo se debe presentar un PDF con la información de TPV o taxímetro y otro PDF con la misma información de abril. No presentarlo puede acarrear la pérdida de la prestación y de la prórroga teniendo que devolver todo el dinero.

Es recomendable hacer los cálculos para asegurarse que se cumple el requisito antes de enviar los PDF, pero no es necesario enviar este cálculo:

CÁLCULO SOLO PARA COMPROBAR QUE SE CUMPLEN LOS REQUISITOS

SEPTIEMBRE       total del mes
OCTUBRE       total del mes
NOVIEMBRE       total del mes
DICIEMBRE       total del mes
ENERO       total del mes
FEBRERO       total del mes

MEDIA       media de los seis meses anteriores
25%       25% de la media
ABRIL       total del mes

Si necesitáis ayuda acudid a la C/ Fragata 6 donde se os atenderá personalmente o podéis escribir a tramitación@taxival.org.

NO OS PREOCUPÉIS, HAY TIEMPO HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE. CONSEGUID LA INFORMACIÓN EN FORMATO PDF Y COMPROBAD QUE CUMPLÍS LOS REQUISITOS.

LA JUNTA DIRECTIVA

INFORMACIÓN ACTUALIZADA DE LA PRÓRROGA Y LA ACREDITACIÓN DEL 75% DE PÉRDIDAS EN ACTIVA MUTUA

PRÓRROGA

A día de hoy las mutuas no tienen habilitado en sus webs la forma de solicitar la nueva prórroga. En el momento que haya más más información avisaremos por todos nuestros canales de información.

Lo importante que es en esta nueva solicitud hacer los números antes de solicitar nada puesto que ahora hay más movimiento en la calle y es muy fácil sobrepasar el límite del 25%.

ACREDITACIÓN

Los compañeros que están en Activa Mutua han recibido un nuevo aviso requiriéndoles la acreditación del 75% de pérdidas.

Lo primero de todo es mantener la calma, hay más de dos meses para presentarlo.

De hecho, por ahora no funciona correctamente su web. Por lo que aconsejamos esperar unos días.

Lo importante ahora mismo es:

  • La documentación se ha de adjuntar vía web en formato PDF.
  • Aunque en la carta solo hablan de septiembre a febrero, luego en el formulario web piden también abril. Por lo que es necesaria la información de septiembre a abril.
  • En el email dice información de taxímetro y TPV, pero estamos convencidos que se refiera a taxímetro o TPV, no las dos.
  • Información de taxímetro solo podrán presentarla los compañeros que usen la APP Pidetaxi, tengan taxímetro TX50, TX52, TL80 o GOBOX, y no hayan cambiado de móvil (o no lo hayan reseteado) desde septiembre.
  • La información de TPV debe estar en formato PDF (si se trae en formato Excel que luego se pasa a PDF) para enviar a través del formulario web.

ENTRE TODOS LO CONSEGUIREMOS

LA JUNTA DIRECTIVA

ACREDITACIÓN DEL 75% DE PÉRDIDAS

En Valencia a 8 de junio de 2020.

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Después de hablar con las diferentes mutuas, y tal y como se avisó cuando se recogió toda la documentación para tramitar la prestación extraordinaria, todas las mutuas van a exigir que se acredite la caída de ingresos del 75%. Unión de Mutuas y Umivale lo han hecho en el momento de la solicitud y el resto lo van a pedir una vez finalice el estado de alarma. Activa Mutua lo ha reflejado así en su carta de reconocimiento de la prestación dando un plazo de tres meses desde que finalice dicho estado de alarma.

Como se informó, tienen hasta 5 años para exigiros esa acreditación. Y aunque algunas mutuas dicen que solo van a hacer muestreos y no van a solicitar la acreditación a todos, también dicen todas que ahora es el momento de preparar la documentación necesaria para acreditar la caída de ingresos.

Por la experiencia adquirida con Unión de mutuas y Umivale, la opción que mejor funciona es aportar los movimientos TPV en formato EXCEL con una hoja previa (con un modelo que se puede descargar en el siguiente enlace) a modo de resumen donde se incluye una declaración jurada y un texto explicativo de las particularidades de nuestro sistema de tributación a módulos y adjuntar los tres informes disponibles en taxival.org.

Ahora es el momento de preparar toda esa información porque pasados unos meses será más difícil acceder a ella. Evitad en lo posible llamar a las oficinas para no interrumpir el normal funcionamiento de las mismas. Si necesitáis ayuda acudid a la C/ Fragata 6 donde os atenderemos personalmente o podéis escribir a tramitación@taxival.org.

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NO OS PREOCUPÉIS, HAY TIEMPO. CONSEGUID LA INFORMACIÓN EN FORMATO EXCEL O PASAROS POR LA C/ FRAGATA Y OS AYUDAREMOS.

ENTRE TODOS LO CONSEGUIREMOS

LA JUNTA DIRECTIVA

Guia para la tramitación de las ayudas


Desde la Federación hemos creado esta guía para que todos los Afiliados puedan conseguir la documentación necesaria de forma sencilla y solicitar las distintas Ayudas Económicas de forma telemática.

No se admitirá ninguna documentación física en las oficinas de Federación.

Una de las prioridades de esta Junta Directiva es la protección de los trabajadores de la Federación que se están dejando la salud para ayudarnos y llevan semanas recabando información para poder tramitar las ayudas con todas las garantías.

Rogamos con todas nuestras fuerzas la máxima colaboración a todos los afiliados y el que tenga la posibilidad, que se tramite las ayudas por sus medios, para evitar al máximo la saturación de trabajo que hay en este momento en nuestras Oficinas.

¿Qué tiene que hacer un Afiliado que necesite que se le tramiten las Ayudas?

1º- Recopilar toda la documentación necesaria (Abajo tenéis una guía para cada documento):

AYUNTAMIENTO

  • Certificado Censal.
  • Certificado o duplicado de Alta Autónomos.
  • Justificante de reducción ingresos del 75%.
  • Fotocopia del DNI.
  • Anexo 1 (Documento de representación)

GENERALITAT

  • Certificado Censal.
  • Declaración Jurada de reducción de ingresos del 75%.
  • Datos para domiciliación bancaria.
  • Formulario Declaración MINIMIS (Otras subvenciones concedidas).
  • Anexo 2 (Documento de Representación)

PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA

  • Solicitud a la Mutua correspondiente (incluye Declaración Jurada de reducción de ingresos del 75%).
  • Fotocopia DNI.Modelo 145 (Retenciones)
  • Posteriormente, la Mutua te podrá requerir más documentación acreditativa

Es incompatible el cobro de las dos Ayudas (Ayuntamiento y Generalitat).

¿Qué tiene que hacer un Afiliado que necesite que se le tramiten las Ayudas?

2º- Enviar toda la documentación de una sola vez a cada Correo Electrónico facilitado por la Federación (cuadro de abajo):

Una vez recopilada toda la documentación de una Ayuda concreta, se mandará un correo Electrónico a la Dirección que facilitamos para cada tipo de Ayudas con el siguiente texto:

sin este texto, no se tramitarán las ayudas  

“Autorizo a la Federación a presentar la solicitud de la Ayuda del Ayuntamiento/Generalitat/Gobierno. La Federación actuará solamente como tramitadora de dicha solicitud y no se responsabiliza del incumplimiento de alguna de las condiciones de las Ayudas”

CORREOS ELECTRÓNICOS PARA TRAMITAR LAS AYUDAS
Ayudas del Ayuntamiento:
ayudaayuntamiento@taxival.org
Ayudas de la Generalitat:
ayudageneralitat@taxival.org
Prestación Extraordinaria del Gobierno:
prestacionextraordinaria@taxival.org

NOTA: Las Ayudas se tramitarán por riguroso orden de Solicitud en el Correo Electrónico. Solo se mantendrá el Orden de solicitud de los correos electrónicos que tengan toda la documentación solicitada y la Autorización del Texto descrito.

NOTA 2: La Prestación Extraordinaria del Gobierno (70 % de la base y la exención de la  cuota de Autónomos) se puede solicitar hasta el 31 de Mayo, por lo que la Federación priorizará las tramitaciones del Ayuntamiento y Generalitat.

La Federación no se hace responsable de la acreditación del 75% de reducción de ingresos, así como del incumplimiento de las condiciones para solicitar las Ayudas de cada solicitante.


Como conseguir la documentación necesaria para cada ayuda.

Para conseguir la documentación vais a necesitar tres aplicaciones del móvil. Son muy fáciles de usar.

Una es la aplicación Cl@ve PIN para tener una firma digital en el móvil y poder obtener los documentos necesarios. Aunque está firma no os permitirá mandar esos documentos a través de los registros de las administraciones.

Otra es la aplicación Simple Scan para poder enviar el DNI y cualquier otro papel que tengáis físicamente y tengáis que mandarlo a la administración.

Actualización

La última aplicación se llama pdffiller. Con esta aplicación podréis rellenar los PDF y firmarlos antes de enviarlos por email.

Las guías que os mostramos a continuación pueden variar en función del dispositivo que uséis. Pero el proceso básicamente debe ser el mismo.

Como paso previo vamos a añadir dos opciones nuevas. La primera es para usar el DNIe como firma electrónica. La segunda es la APP que os comentamos antes que os permitirá rellenar y firmar los formularios antes de enviarlos por Email.

Firma electrónica con el DNI
Rellenar y firmar un formulario PDF

Ayuntamiento

Cl@ve PIN

Escanear documentos para enviar
Certificado de situación censal
Vida Laboral
Certificado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Anexo 1 – Autorización representatividad
Calcular el 75% con los movimientos del datáfono

Generalitat

Actualización

Por Resolución de 8 de abril de 2020 del Servicio Valenciano de Empleo y
Formación, no es necesario presentar el certificado de situación censal al registrar la ayuda, pero dice que si se presenta agilizará el trámite.

Primero: Instrucción Nº 2 sobre la aplicación del Decreto 44/2020, de 3 de abril.

Sin perjuicio de su aportación voluntaria para agilizar la tramitación de los expedientes, los solicitantes de la subvención regulada en el Decreto 44/2020, de 3 de abril, no tendrán la obligación de presentar junto con la solicitud el Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, previsto en la letra a) del artículo 6.1 de dicho Decreto 44/2020.

Como consecuencia de lo anterior, bastará con que los solicitantes declaren en el Anexo I los epígrafes del IAE en los que figuran de alta, sin que en ningún caso se pueda tener en cuenta la aportación de dicho certificado a efectos de determinar la fecha de criterio, por la que se fija el orden de presentación de las solicitudes.

RESOLUCIÓN DE 8 DE ABRIL DE 2020 DEL DIRECTOR GENERAL DE LABORA SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN, POR LA QUE SE DICTA LA INSTRUCCIÓN Nº 2 SOBRE LA APLICACIÓN DEL DECRETO 44/2020

Acerca del Anexo I que nombra la nueva modificación, creemos que es el propio formulario que se rellena la presentar la solicitud dado que no aparece en ninguna de las páginas y publicaciones que existen en relación a esta ayuda. Informaremos en el momento que tengamos más información.

Cl@ve PIN

Escanear DNI para enviar
Certificado de situación censal
Datos bancarios
Formulario MINIMIS
Anexo II – Autorización representatividad
Calcular el 75% con los movimientos del datáfono

Estatales

Como averiguar tu MUTUA
Solicitud a la MUTUA correspondiente
Escanear DNI
Modelo 145 - Retenciones
Calcular el 75% con los movimientos del datáfono

Como presentar las ayuda.

Subvenciones re-activa Ayuntamiento de Valencia
Ayudas de la Generalitat a los autónomos
Prestación extraordinaria por reducción de ingresos del 75%