Encuesta realizada por medio de la Plataforma ESAM (Tecnología Informática Avanzada) que forma parte del Instituto de Robótica de la Universidad de Valencia ubicada en el Parc Científic de Burjassot.
Esta Encuesta se realiza para ayudarnos a conocer la opinión del sector con respecto a que Regulación implantar en cuanto acabe el Estado de Alarma.
La encuesta ha estado activa desde el 29 de mayo a las 16:00 hasta el 11 de junio a las 23:59. Un total de 13 días y 9 horas. En este tiempo la encuesta ha tenido más de 3000 visitas.
1135 han participado en la encuesta y la han finalizado correctamente 721 taxistas (24% de la flota), 410 de ellos afiliados a la federación (47% de los participantes).
Se han detectado 43 errores con un total de 20 licencias duplicadas y 1 triplicada, y se han detectado 5 DNI duplicados dentro de estas licencias repetidas. Esto es un 6% de error lo que nos deja un nivel de confianza del 94%.
Si aplicamos la fórmula del margen de error obtenemos un 3,18% que es lo que puede variar arriba o abajo los resultados obtenidos para el tamaño de muestro de nuestra encuesta.
Lo que nos dice que esta encuesta tiene una fiabilidad del 96,82%.
La opción más votada ha sido la 3 con 259 votos, siendo también la más elegida por los afiliados a la Federación con 147 votos.
OPCIONES
OPCIÓN 1 (TRABAJAN 80%/60%)
Regular más las tardes y las noches abriendo las mañanas. Librarías tu día de fiesta y la tarde anterior desde las 15:00.
Coches trabajando: 2400 (80%) por la mañana, 1800 (60%) por la tarde
Días trabajados al mes: 20 días
OPCIÓN 2 (TRABAJAN 70%)
Librar dos días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más, semana si, semana no.
Coches trabajando: 2100 (70%)
Días trabajados al mes: 20 días
OPCIÓN 3 (TRABAJAN 60%)
Librar cuatro días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más entre semana que será rotativo.
Coches trabajando: 1800 (60%)
Días trabajados al mes: 18 días
OPCIÓN 4 (TRABAJAN 60%/40%)
Librar seis días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día y medio más entre semana que será rotativo.
Coches trabajando: 1800 (60%) por la mañana, 1200 (40%) por la tarde
Después de hablar con las diferentes mutuas, y tal y como se avisó cuando se recogió toda la documentación para tramitar la prestación extraordinaria, todas las mutuas van a exigir que se acredite la caída de ingresos del 75%. Unión de Mutuas y Umivale lo han hecho en el momento de la solicitud y el resto lo van a pedir una vez finalice el estado de alarma. Activa Mutua lo ha reflejado así en su carta de reconocimiento de la prestación dando un plazo de tres meses desde que finalice dicho estado de alarma.
Como se informó, tienen hasta 5 años para exigiros esa acreditación. Y aunque algunas mutuas dicen que solo van a hacer muestreos y no van a solicitar la acreditación a todos, también dicen todas que ahora es el momento de preparar la documentación necesaria para acreditar la caída de ingresos.
Por la experiencia adquirida con Unión de mutuas y Umivale, la opción que mejor funciona es aportar los movimientos TPV en formato EXCEL con una hoja previa (con un modelo que se puede descargar en el siguiente enlace) a modo de resumen donde se incluye una declaración jurada y un texto explicativo de las particularidades de nuestro sistema de tributación a módulos y adjuntar los tres informes disponibles en taxival.org.
Ahora es el momento de preparar toda esa información porque pasados unos meses será más difícil acceder a ella. Evitad en lo posible llamar a las oficinas para no interrumpir el normal funcionamiento de las mismas. Si necesitáis ayuda acudid a la C/ Fragata 6 donde os atenderemos personalmente o podéis escribir a tramitación@taxival.org.
En Valencia a 8 de Junio de 2020. La Federación está haciendo una Encuesta por medio de la Plataforma ESAM (Tecnología Informática Avanzada) que forma parte del Instituto de Robótica de la Universidad de Valencia. Esta Encuesta se realiza para ayudarnos a conocer la opinión del sector con respecto a que Regulación implantar en cuanto acabe el Estado de Alarma. Es importante entender, que si la Consellería deja las cosas como están, en cuanto finalice el Estado de Alarma, se queda la Regulación que había antes de la Pandemia (16 h + 1 día de descanso entre semana y otro en fin de semana). La Junta Directiva de Federación considera que esta Regulación es insuficiente, y viendo el desarrollo de la Encuesta, apuesta por un día adicional de descanso entre semana rotatorio (opción 3) para adaptar la oferta a la demanda de forma paulatina con el fin del Estado de Alarma y no volver todos a la calle de golpe, con la baja demanda que se prevé.
RESULTADOS PROVISIONALES DE LA ENCUESTA (601 VOTOS EMITIDOS) TIPO DE REGULACIÓN (Porcentaje de taxis que trabajan) VOTOS (PORCENTAJE) OPCIÓN 1: (80% por la mañana y 60% por la tarde) 32 (5,32 % de los votos) OPCIÓN 2 (70 % durante todo el día) 42 (6,99 % de los votos) OPCIÓN 3 (60 % durante todo el día) 195 (32,45 % de los votos) OPCIÓN 4 (60 % por la mañana y 40 % por la tarde) 44 (7,32 % de los votos) OPCIÓN 5 (40 % durante todo el día) 196 (32,61 % de los votos) OPCIÓN 6 80 % durante todo el día) 92 (15,31 % de los votos) La Encuesta finalizará el próximo Jueves día 11 de Junio de 2020, por lo que animamos a todos los compañeros (Afiliados y No afiliados a Federación) a que participen en la Encuesta a través de los enlaces facilitados. Estás a tiempo de poder cambiarlo, participa, elije tu opción y vota.
En Valencia a 8 de Junio de 2020. Este lunes día 8 de Junio, seguimos entregando las Mamparas/Pantallas de protección de la Consellería de Transportes en Gremial y Federación. La empresa nos está haciendo llegar distintos modelos, y hemos decidido repartir algunas Mamparas/Pantallas por modelos en vez de por pares e impares, porque es difícil saber si hay muchos pares o impares de un modelo en concreto. Seguiremos entregando Dacia Lodgy, Citroën Elysée, Toyota Auris, Toyota Prius y Toyota Prius Plus de la Provincia de Valencia (PARES EN GREMIAL E IMPARES EN FEDERACIÓN. Imprescindible DNI, y firmar hoja de recibo para retirar la Mampara/Pantalla.
MODELOS DE VEHÍCULOS PARA PROVINCIA DE VALENCIA FEDERACIÓN SINDICAL DEL TAXI DE VALENCIA Y PROVINCIA DACIA DUSTER, SEAT LEON, PEUGEOT 508, FORD MONDEO, PEUGEOT 308, MERCEDES CLASE E, DACIA LOGAN, NISSAN LEAF Y RENAULT TRAFFIC.
Ubicación: Calle Fragata Nº 6 Bajo Horario de Atención: (de 9.00 a 14.00 h) ENTRE TODOS LO CONSEGUIREMOS LA JUNTA DIRECTIVA
Seguimos entregando las Mamparas/Pantallas de protección de la Consellería de Transportes en Gremial y Federación.
La empresa nos está haciendo llegar distintos modelos, y hemos decidido repartir algunas Mamparas/Pantallas por modelos en vez de por pares e impares, porque es difícil saber si hay muchos pares o impares de un modelo en concreto.
Seguiremos entregando Dacia Lodgy, Citroën Elysée, Toyota Auris, Toyota Prius y Toyota Prius Plus de la Provincia de Valencia (PARES EN GREMIAL E IMPARES EN FEDERACIÓN.
Imprescindible DNI, y firmar hoja de recibo para retirar la Mampara/Pantalla.
Estas son las direcciones de entrega:
MODELOS DE VEHÍCULOS PARA PROVINCIA DE VALENCIA
ASOCIACIÓN GREMIAL DEL TAXI DE VALENCIA SEAT TOLEDO Y KIA KARENS Ubicación: Calle Músico Gomis 36 bajo Horario de Atención: (de 9.00 a 14.00 h) FEDERACIÓN SINDICAL DEL TAXI DE VALENCIA Y PROVINCIA DACIA DUSTER, SEAT LEON, PEUGEOT 508 Y FORD MONDEO Ubicación: Calle Fragata Nº 6 Bajo Horario de Atención: (de 9.00 a 14.00 h)
La demanda de usuarios de taxis ha bajado en más de un 85 % durante el Estado de Alarma, y no creemos que la situación mejore demasiado en un futuro cercano, teniendo en cuenta las previsiones económicas que publican los medios con bajadas del PIB superiores al 8%.
Cuando acabe el Estado de Alarma, dejará de estar en vigor la Resolución que nos regula con un Par/Impar, y será necesario regular la oferta del servicio con seguridad, pero se inicia un debate sobre cuál debe ser la regulación mas adecuada.
La Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia quiere conocer la opinión de sus afiliados, sin perder de vista lo que quiere el resto de compañeros del APC de Valencia.
Al no poder realizar un Asamblea en la que se puede explicar con detalle las diferencias entre las distintas regulaciones, creemos oportuno contrastar las distintas regulaciones con un vídeo explicativo para intentar aclarar posibles dudas.
MARCO LEGAL OBLIGATORIO (Orden 1/2019 de 27 de Noviembre. Doc 8691)Cualquier Regulación futura tiene que mantener sin remedio:
El Día de Fiesta entre semana.
El Fin de Semana con Par/Impar.
Máximo 16 Horas diarias.
Cualquier modificación de la Orden en vigor supone un mínimo de 7 u 8 meses.Todas las Regulaciones propuestas en esta Encuesta se pueden poner mediante una Resolución (Máximo dos semanas).
OPCIONES
OPCIÓN 1 (TRABAJAN 80%/60%)
Regular más las tardes y las noches abriendo las mañanas. Librarías tu día de fiesta y la tarde anterior desde las 15:00.
Coches trabajando: 2400 (80%) por la mañana, 1800 (60%) por la tarde
Días trabajados al mes: 20 días
OPCIÓN 2 (TRABAJAN 70%)
Librar dos días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más, semana si, semana no.
Coches trabajando: 2100 (70%)
Días trabajados al mes: 20 días
OPCIÓN 3 (TRABAJAN 60%)
Librar cuatro días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más entre semana que será rotativo.
Coches trabajando: 1800 (60%)
Días trabajados al mes: 18 días
OPCIÓN 4 (TRABAJAN 60%/40%)
Librar seis días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día y medio más entre semana que será rotativo.
Coches trabajando: 1800 (60%) por la mañana, 1200 (40%) por la tarde
El fabricante de las mamparas nos ha hecho llegar este tutorial en vídeo para que coloques correctamente la mampara y no tengas problemas. Es muy sencillo y lo podréis hacer vosotros mismos sin mucho esfuerzo. Aunque como veis en el vídeo, entre dos es más fácil hacerlo.
Ya han salido los listados provisionales de las personas propuestas como beneficiarias de las subvenciones con las que se agota el crédito disponible en la convocatoria que ascienda a 3.760.000€, así como los listados provisionales de las personas que no cumplen los requisitos de la convocatoria, quedando su solicitud desestimada, y de las personas que no han aportado la totalidad de la documentación requerida.
Estos listados son provisionales, por lo que los beneficiarios incluidos en el Anexo I de este Edicto, podrían variar en función de la estimación, en su caso, de las alegaciones que se pudieran presentar, a la vista del criterio de prelación establecido para adjudicación de las ayudas.
Las personas incluidas en este Anexo I se les otorga el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este Edicto para que presenten por Sede Electrónica de este Ayuntamiento, la información de sus datos bancarios, existiendo un trámite especifico en la Sede Electrónica denominado “Aportación información cuenta bancaria”: https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AE.IE.16
En el supuesto de no presentar dicha información en el plazo establecido, se considerará que se desiste de la solicitud formulada. Transcurrido el plazo de estos 5 días hábiles, el Servicio Instructor informará respecto a las alegaciones en su caso presentadas y elevará propuesta de acuerdo definitivo.
Desde la Confederación de Taxistas Autónomos de la Comunidad Valenciana queremos ofrecer a todos los taxistas de la Comunidad Valenciana documentación complementaria a la que presentéis vosotros para justificar las pérdidas del 75%, y un documento para calcular esas pérdidas.
Desde la Federación hemos creado esta guía para que todos los Afiliados puedan conseguir la documentación necesaria de forma sencilla y solicitar las distintas Ayudas Económicas de forma telemática.
No se admitirá ninguna documentación física en las oficinas de Federación.
Una de las prioridades de esta Junta Directiva es la protección de los trabajadores de la Federación que se están dejando la salud para ayudarnos y llevan semanas recabando información para poder tramitar las ayudas con todas las garantías.
Rogamos con todas nuestras fuerzas la máxima colaboración a todos los afiliados y el que tenga la posibilidad, que se tramite las ayudas por sus medios, para evitar al máximo la saturación de trabajo que hay en este momento en nuestras Oficinas.
¿Qué tiene que hacer un Afiliado que necesite que se le tramiten las Ayudas?
1º- Recopilar toda la documentación necesaria (Abajo tenéis una guía para cada documento):
AYUNTAMIENTO
Certificado Censal.
Certificado o duplicado de Alta Autónomos.
Justificante de reducción ingresos del 75%.
Fotocopia del DNI.
Anexo 1 (Documento de representación)
GENERALITAT
Certificado Censal.
Declaración Jurada de reducción de ingresos del 75%.
Solicitud a la Mutua correspondiente (incluye Declaración Jurada de reducción de ingresos del 75%).
Fotocopia DNI.Modelo 145 (Retenciones)
Posteriormente, la Mutua te podrá requerir más documentación acreditativa
Es incompatible el cobro de las dos Ayudas (Ayuntamiento y Generalitat).
¿Qué tiene que hacer un Afiliado que necesite que se le tramiten las Ayudas?
2º- Enviar toda la documentación de una sola vez a cada Correo Electrónico facilitado por la Federación (cuadro de abajo):
Una vez recopilada toda la documentación de una Ayuda concreta, se mandará un correo Electrónico a la Dirección que facilitamos para cada tipo de Ayudas con el siguiente texto:
sin este texto, no se tramitarán las ayudas
“Autorizo a la Federación a presentar la solicitud de la Ayuda del Ayuntamiento/Generalitat/Gobierno. La Federación actuará solamente como tramitadora de dicha solicitud y no se responsabiliza del incumplimiento de alguna de las condiciones de las Ayudas”
NOTA: Las Ayudas se tramitarán por riguroso orden de Solicitud en el Correo Electrónico. Solo se mantendrá el Orden de solicitud de los correos electrónicos que tengan toda la documentación solicitada y la Autorización del Texto descrito.
NOTA 2: La Prestación Extraordinaria del Gobierno (70 % de la base y la exención de la cuota de Autónomos) se puede solicitar hasta el 31 de Mayo, por lo que la Federación priorizará las tramitaciones del Ayuntamiento y Generalitat.
La Federación no se hace responsable de la acreditación del 75% de reducción de ingresos, así como del incumplimiento de las condiciones para solicitar las Ayudas de cada solicitante.
Como conseguir la documentación necesaria para cada ayuda.
Para conseguir la documentación vais a necesitar tres aplicaciones del móvil. Son muy fáciles de usar.
Una es la aplicación Cl@ve PIN para tener una firma digital en el móvil y poder obtener los documentos necesarios. Aunque está firma no os permitirá mandar esos documentos a través de los registros de las administraciones.
Otra es la aplicación Simple Scan para poder enviar el DNI y cualquier otro papel que tengáis físicamente y tengáis que mandarlo a la administración.
Actualización
La última aplicación se llama pdffiller. Con esta aplicación podréis rellenar los PDF y firmarlos antes de enviarlos por email.
Las guías que os mostramos a continuación pueden variar en función del dispositivo que uséis. Pero el proceso básicamente debe ser el mismo.
Como paso previo vamos a añadir dos opciones nuevas. La primera es para usar el DNIe como firma electrónica. La segunda es la APP que os comentamos antes que os permitirá rellenar y firmar los formularios antes de enviarlos por Email.
Firma electrónica con el DNI
Rellenar y firmar un formulario PDF
Ayuntamiento
Cl@ve PIN
Escanear documentos para enviar
Certificado de situación censal
Vida Laboral
Certificado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Anexo 1 – Autorización representatividad
Calcular el 75% con los movimientos del datáfono
Generalitat
Actualización
Por Resolución de 8 de abril de 2020 del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, no es necesario presentar el certificado de situación censal al registrar la ayuda, pero dice que si se presenta agilizará el trámite.
Primero: Instrucción Nº 2 sobre la aplicación del Decreto 44/2020, de 3 de abril.
Sin perjuicio de su aportación voluntaria para agilizar la tramitación de los expedientes, los solicitantes de la subvención regulada en el Decreto 44/2020, de 3 de abril, no tendrán la obligación de presentar junto con la solicitud el Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, previsto en la letra a) del artículo 6.1 de dicho Decreto 44/2020.
Como consecuencia de lo anterior, bastará con que los solicitantes declaren en el Anexo I los epígrafes del IAE en los que figuran de alta, sin que en ningún caso se pueda tener en cuenta la aportación de dicho certificado a efectos de determinar la fecha de criterio, por la que se fija el orden de presentación de las solicitudes.
RESOLUCIÓN DE 8 DE ABRIL DE 2020 DEL DIRECTOR GENERAL DE LABORA SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN, POR LA QUE SE DICTA LA INSTRUCCIÓN Nº 2 SOBRE LA APLICACIÓN DEL DECRETO 44/2020
Acerca del Anexo I que nombra la nueva modificación, creemos que es el propio formulario que se rellena la presentar la solicitud dado que no aparece en ninguna de las páginas y publicaciones que existen en relación a esta ayuda. Informaremos en el momento que tengamos más información.
Cl@ve PIN
Escanear DNI para enviar
Certificado de situación censal
Datos bancarios
Formulario MINIMIS
Anexo II – Autorización representatividad
Calcular el 75% con los movimientos del datáfono
Estatales
Como averiguar tu MUTUA
Solicitud a la MUTUA correspondiente
Escanear DNI
Modelo 145 - Retenciones
Calcular el 75% con los movimientos del datáfono
Como presentar las ayuda.
Subvenciones re-activa Ayuntamiento de Valencia
Ayudas de la Generalitat a los autónomos
Prestación extraordinaria por reducción de ingresos del 75%
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