Bellreguard instala un radar y sanciona a 200 infractores en un mes por saltarse un semáforo

LA SAFOR
Bellreguard instala un radar y sanciona a 200 infractores en un mes por saltarse un semáforo
El gobierno acuerda con una empresa que coloque la cámara de forma gratuita y a cambio la mercantil percibirá el 30% de cada multa

12.03.14 – 00:10 – ÓSCAR DE LA DUEÑA | BELLREGUARD.

La cámara capta a los turismos que no respetan la señalización y no multa por exceso de velocidad
El gobierno de Bellreguard se ha cansado de ver como muchos conductores se saltan los semáforos de la travesía de la N-332 y ponen en riesgo la seguridad de sus vecinos. Por este motivo, el Consistorio ha decidido instalar un radar en la carretera y sancionar a aquellos turismos que no respetan la señalización.
La iniciativa ha partido del propio Ayuntamiento y en sólo un mes se ha sancionado a más de 200 infractores, como relató el alcalde de Bellreguard, Jaume Ascó. «Esta cámara tiene como objetivo velar por la integridad de nuestros vecinos y en ningún caso tiene un afán recaudatorio», relató el primer edil.
El alcalde aseguró que el paso de la carretera nacional por Bellreguard puede llegar a suponer un peligro para los residentes si los conductores no respetan la señalización: «Hay semáforos, pasos de peatones y limitaciones de velocidad, pero algunos turismos no respetan las normas de la vía».
Por este motivo, consideraron que sería una buena medida ubicar un radar en algún punto de la travesía. Ascó afirmó que la decisión no se ha tomado a la ligera, sino que se ha meditado y se han tenido muy en cuenta los informes de la Policía Local: «Los agentes habían detectado algunos puntos problemáticos, donde cada día tres o cuatro coches se saltaban el semáforo en rojo».
Permisos necesarios
Esto es lo que hizo que el gobierno local optara por instalar este aparato. Para ello, el Consistorio ha tenido que pedir permiso al Ministerio de Fomento, ya que la carretera nacional es titularidad de este organismo.
Una vez que el municipio contaba con la documentación necesaria, se procedió a instalar el radar. Ascó indicó que la cámara no ha tenido ningún coste para las arcas municipales ya que la ha sufragado una empresa privada.
«Hemos llegado a un acuerdo con una mercantil para que Bellreguard no tuviera que pagar este aparato», relató el primer edil. El convenio establece que la empresa se hace cargo del gasto del aparato, pero durante los primeros dos meses obtendrá un 30% de cada una de las sanciones.
El alcalde explicó que este acuerdo tiene una duración de dos meses y que una vez que acabe este periodo se renegociarán los porcentajes, ya que en este momento el Ayuntamiento obtiene el 70% de la multa. Ascó severó también que el aparato se instaló a finales del mes de enero y que entró en funcionamiento el día 1 de febrero, por lo que en las cinco semanas que lleva operativo ha cazado a más de 200 vehículos que se saltan el semáforo.
Rebaja en la sanción
El primer edil añadió que las sanciones son de 200 euros, pero que si se abonan tras recibir la notificación tienen una rebaja del 50%, por lo que sólo hay que pagar 100. El alcalde afirmó que todavía no manejan estadísticas, pero que por los datos que ha podido consultar la mayoría de «vehículos multados» no son de residentes de Bellregu

Un juez juez ordena el cese de actividades de la empresa de “taxi” Uber en toda España

Un juez juez ordena el cese de actividades de la empresa de “taxi” Uber en toda España

POR MIGUEL TOMÁS

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha ordenado de forma cautelar el cese y la prohibición en toda España de la aplicación Uber, que pone en contacto online a usuarios y conductores de esa empresa para desplazamientos.

En un auto fechado este martes, sobre el que no cabe recurso, el juez acuerda estimar las medidas cautelarespropuestas por la Asociación Madrileña del Taxi y planteadas de forma previa a la futura demanda que interpondrá esa organización contra la empresa Uber. El juez acepta la petición y argumenta que los conductores contratados carecen de autorización administrativa alguna para desarrollar ese servicio y que la actividad que llevan a cabo supone competencia desleal. Asimismo, requiere las principales entidades de pago españolas que suspendan cualquier ingreso a la empresa. “mediante tarjeta de pago o dispositivo similar”

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Uber pone en contacto a usuarios y conductores —sin licencia ni permiso de conducir para transporte de viajeros— y se queda con un porcentaje del precio de la carrera. Madrid fue la segunda ciudad española en la que se asentó la empresa estadounidense hace unos meses, después de Barcelona, donde comenzó a operar en abril. En Valencia, Uber comenzó a implantarse el pasado octubre.

Los taxistas acusan a la compañía estadounidense de intrusismo y han presentado denuncias en varias ciudades -no solo en Madrid-, además de convocar manifestaciones y huelgas en los últimos meses. La Generalitat catalana respondió al malestar del sector con el anuncio de que inmovilizará a partir de 2015 los vehículos que presten servicios de taxi de forma irregular y sancionará a sus titulares con multas de hasta 6.000 euros. Por su parte, la Comunidad de Madrid abrió expediente a la empresa a mediados de octubre por operar sin licencia.

El juez de lo Mercantil de Madrid aclara en su resolución que la polémica en torno a la actividad de Uber no es una cuestión de debate filosófico sobre la libertad de mercado en general y la economía cooperativa en particular, sino “una protección cautelar basada en la legalidad vigente”. Llega a esta conclusión porque la ley de competencia desleal determina que cuando se infringen normas que son exigidas para actuar en un mercado, la infracción es en sí misma una acción desleal.

La aplicación está domiciliada en Delaware

La medida cautelar adoptada se ha tomado sin escuchar la visión de Uber porque se trata de una empresa domiciliada en el paraíso fiscal estadounidense de Delaware, con lo que le atribuye una “deliberada vocación de opacidad”. En la misma resolución, se oficia a las empresas de telecomunicaciones y de pago electrónico para que prohíban todo tipo de transacciones y alojamiento a la empresa Uber.

En este sentido, recuerda que para la prestación del servicio con vehículo propio hay que ajustarse a la Ley de Ordenación de los Transportes, en cuyo artículo 42 se exige la necesidad de una autorización habilitante, bien por el Estado o por la comunidad autónoma, y que exige la obligatoriedad de tener licencia o autorización de transporte para contratar y facturar.

En la parte dispositiva del auto, el juzgado ordena paralizar el uso de cualquier aplicación (app), soporte, sistema tecnológico o informático para prestar el servicio de transporte de viajeros de Uber en España. Además, señala que estas medidas “se ejecutarán una vez que la parte solicitante”, es decir, la asociación de taxistas, “preste en el plazo de tres días siguientes a la notificación” del auto una caución en forma de aval bancario por importe de 10.000 euros.

Y pide a los prestadores de servicios de información reconocidos en el Registro de Operadores de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones para que suspendan la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con Uber.

La implantación de Uber está siendo conflictiva en varios países y regiones. En Holanda y Bélgica ha sido prohibida por los tribunales, así como en Alemania, aunque en este último caso el veto judicial —cautelar, como en el caso de España— ha sido levantado el pasado septiembre por un juez que entendió que no había base para suspender la aplicación de forma urgente. En Nueva Delhi, India, la aplicación fue prohibida ayer después de que una mujer de 25 años fuera supuestamente violada por el conductor del coche que había solicitado a través de la aplicación móvil. También en el estado de Nevada (EE UU) es ilegal.

Uber funciona, sin embargo, en más de 130 ciudades de Estados Unidos y en otras ciudades europeas como Londres.

El fundador de Uber asegura que los taxistas deben ver a la aplicación “como una gran oportunidad para ellos y no como una amenaza”. Travis Kalanick, CEO de Uber, dijo en una entrevista en EL PAÍS: “Ayudamos a los conductores a ganarse la vida mejor”

Publicado por Infotaxi.

Uber ignora la prohibición del juez y anuncia que seguirá dando servicio

 La empresa califica las medidas cautelares como ‘inconsistentes’ e ‘inusuales’

“Uber Pop es un servicio de coche compartido y consiste en compartir los costes de propiedad del vehículo y ayudar a la gente a dejar sus coches particulares y por lo tanto continuaremos dando servicio”. La multinacional estadounidense cuyos servicios han sidoprohibidos por el juzgado de lo mercantil Nº2 de Madrid para actuar en todo el territorio nacional o, como mínimo, en Madrid, ignora así el auto del juez.

La empresa califica las medidas cautelares como “inconsistentes con un amplio reconocimiento político en España y la Unión Europea acerca de los beneficios de los servicios de la economía colaborativa en un momento de alto desempleo”.

El juez Andrés Sánchez Magro estimó en un auto fechado ayer las medidas cautelares demandadas por la Asociación del Taxi de Madrid, ordenando a la empresa que cese sus actividades por competir de forma desleal con los taxistas. Además, da instrucciones a operadoras, medios de pago y Comisión Nacional de las telecomunicaciones para que bloqueen la aplicación y la página web de la empresa con sede en el paraíso fiscal de Delaware (EEUU).

“Los reguladores de la Competencia de todos los estados miembros de la UE han solicitado una desregulación completa de la industria del taxi, que representa una barrera para los consumidores”, señala la empresa en un comunicado en el que, por otra parte, asegura que continuará cumpliendo con la ley española

Publicado por el Mundo.

UN juez de Madrid ordena el cese de las actividades de Uber en toda España

UN  juez de Madrid ordena el cese de las actividades de Uber en toda España

ABC / MADRID

Día 09/12/2014 – 14.59h

El magistrado basa el auto en que los conductores contratados carecen de autorización administrativa alguna para desarrollar la labor

AFP

Aplicación de Uber en un móvil

El juez de lo Mercantil número 2 de Madrid ha ordenado la cesación y prohibición en todo el territorio nacional de los servicios que ofrece la aplicación Uber, que pone en contacto online a usuarios y conductores de la citada empresa para desplazamientos.

En un auto fecha fechado este martes, el magistrado acuerda estimar las medidas cautelares propuestas por la Asociación Madrileña del Taxi planteada de forma previa a la interposición de una futura demanda contra la empresa Uber.

El juez acepta la medida, ya que los conductores contratados carecen de autorización administrativa alguna para desarrollar la labor y la actividad que llevan a cabo supone competencia desleal.

En la resolución, el juez aclara que no se trata de una cuestión de debate filosófico sobre la libertad de mercado en general y la economía cooperativa en particular, sino una «protección cautelar basada en la legalidad vigente». El juez llega a esta conclusión porque la ley de competencia desleal determina que cuando se infringen normas que son exigidas para actuar en un mercado, la infracción es en sí misma una acción desleal.

La medida cautelar adoptada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid se ha tomado por el daño que se está ocasionando a los titulares del servicio de taxi y porque Uber es una empresa domiciliada en el paraíso fiscal estadounidense de Delaware.

En la misma resolución se oficia a las empresas de telecomunicaciones y de pago electrónico para que prohíban todo tipo de transacciones y alojamiento a la empresa Uber.

Además, el magistrado señala que estas medidas «se ejecutarán una vez que la parte solicitante preste en el plazo de tres días siguientes a la notificación de la presente resolución, la caución consistente en aval bancario de tiempo indefinido por importe de 10.000 euros y pagadero al primer requerimiento y se estime idóneo y suficiente por este Juzgado».

Publicado por ABC.

Un juez de Madrid ordena el cese de actividades de Uber en España

Un usuario con la aplicación de Uber. / Britta Pedersen (Afp)Prohíbe de forma cautelar que se oferten servicios a través de esta aplicación al considerarlo competencia desleal para los taxistas

COLPISA | MADRID

9 diciembre 201414:36

No habrá más Uber en España, al menos de momento. El juez titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha ordenado la cesación y prohibición en todo el territorio nacional de la aplicación que pone en contacto online a usuarios y conductores de la citada empresa, “dado que los conductores contratados carecen de autorización administrativa alguna para desarrollar la labor y la actividad que llevan a cabo supone competencia desleal”, según señala el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un comunicado.

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La decisión del magistrado es consecuencia de la medida cautelar que solicitó la Asociación Madrileña del Taxi planteada de forma previa a la interposición de una futura demanda contra la empresa. En la resolución, el juez aclara que no se trata de una cuestión de debate filosófico sobre la libertad de mercado en general y la economía cooperativa en particular, sino una “protección cautelar basada en la legalidad vigente”.

El juez llega a esta conclusión porque la ley de competencia desleal determina que cuando se infringen normas que son exigidas para actuar en un mercado, la infracción es en sí misma una acción desleal. La medida cautelar adoptada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid se ha tomado sin escuchar a la empresa Uber por el daño que se está ocasionando a los titulares del servicio de taxi y porque Uber es una empresa domiciliada en el paraíso fiscal estadounidense

En la misma resolución se oficia a las empresas de telecomunicaciones y de pago electrónico para que prohíban todo tipo de transacciones y alojamiento a la empresa Uber. Se trata de la segunda ocasión en la que un tribunal ordena el cese de actividades, algo que ya sucedió en Alemania, si bien posteriormente otro tribunal revocó esta decisión.

Su historia

Fundada en 2009, Uber está presente en más de 200 ciudades y 45 países. En abril empezó a dar servicio en Barcelona y en octubre lo hizo en Madrid. Uber es conocida principalmente por su aplicación para ‘smartphones’, que permite a personas que necesitan viajar conectarse con los autos disponibles en las inmediaciones mediante el uso del GPS. Por cada viaje que se concreta, la empresa cobra una comisión.

Según informaba recientemente el ‘Wall Street Journal’, el valor de Uber podría llegar a los más de 30.000 millones de dólares. La compañía con base en San Francisco ha dicho a sus inversores que planea una nueva ronda de financiación en la que podría conseguir hasta 2.000 millones de dólares, con lo que su valor total podría superar los 30.000 millones. En junio, Uber obtuvo 1.200 millones de dólares en una ronda inicial de financiamiento. En ese entonces se valoró a la compañía en 17.000 millones

Publicado por el Ideal.

Un juez de Madrid ordena el cese de actividades de Uber en España

Un usuario con la aplicación de Uber. / Britta Pedersen (Afp)El Juzgado de lo Mercantil prohíbe de forma cautelar que se oferten servicios de transporte online por parte de conductores contratados por la citada empresa al tratarse de competencia desleal

COLPISA | MADRID

9 diciembre 201414:36

No habrá más Uber en España, al menos de momento. El juez titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha ordenado la cesación y prohibición en todo el territorio nacional de la aplicación que pone en contacto online a usuarios y conductores de la citada empresa, “dado que los conductores contratados carecen de autorización administrativa alguna para desarrollar la labor y la actividad que llevan a cabo supone competencia desleal”, según señala el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un comunicado.

La decisión del magistrado es consecuencia de la medida cautelar que solicitó la Asociación Madrileña del Taxi planteada de forma previa a la interposición de una futura demanda contra la empresa. En la resolución, el juez aclara que no se trata de una cuestión de debate filosófico sobre la libertad de mercado en general y la economía cooperativa en particular, sino una “protección cautelar basada en la legalidad vigente”.

El juez llega a esta conclusión porque la ley de competencia desleal determina que cuando se infringen normas que son exigidas para actuar en un mercado, la infracción es en sí misma una acción desleal. La medida cautelar adoptada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid se ha tomado sin escuchar a la empresa Uber por el daño que se está ocasionando a los titulares del servicio de taxi y porque Uber es una empresa domiciliada en el paraíso fiscal estadounidense de Delaware.

En la misma resolución se oficia a las empresas de telecomunicaciones y de pago electrónico para que prohíban todo tipo de transacciones y alojamiento a la empresa Uber.

Publicado por Las Provincias.

Málaga aprueba el miércoles nueva ordenanza del taxi

El Instituto Municipal del Taxi (IMT)  de Málaga tiene previsto aprobar en su Consejo del próximo miércoles la nueva ordenanza municipal del taxi. Texto con el que se actualiza y adapta la normativa existente al Reglamento andaluz ya en vigor.

 

Desde el Ayuntamiento se expica que la ordenanza se estructura en siete títulos, el primero de ellos con las normas generales donde se destacan los principios en los que se fundamente la intervención municipal en el servicio de taxi y la concreción de las competencias municipales de ordenación y gestión.

 

El segundo está dedicado a las licencias, regulando la transmisión y poniendo el acento en la explotación directa por sus titulares. Se regula, a su vez, el visado de las licencias, los supuestos de extinción y de suspensión y el contenido del Registro Municipal de licencias, entre otras cuestiones.

 

El título tercero se destina a los vehículos afectos al servicio, donde destaca la regulación del número de plazas, así como de sus elementos técnicos como taxímetros, módulos, impresora, lectores de pago por medios electrónicos y las características que deben reunir. Se contempla, además, el establecimiento de medidas para promover la incorporación de combustibles y motores menos contaminantes.

 

Por su parte, en el título cuarto se regulan los requisitos del personal encargado de prestar el servicio y se concretan los supuestos en los que se permite la contratación de conductores. En el quinto, destaca la regulación de los derechos y deberes de quienes prestan el servicio y sus usuarios, así como la extensión del taxi adaptado a personas con discapacidad. En los últimos titulos se regulan el régimen tarifario, las inspecciones y sanciones, que se reducirán un 30% por pronto pago

Publicado por la Gaceta del taxi.

¿De verdad vale Uber 41.000 millones de dólares?

¿De verdad vale Uber 41.000 millones de dólares?

POR MIGUEL TOMÁS

Uber se ha convertido en la empresa no cotizada más valiosa del mundo. La compañía ha cerrado una ronda de financiación de 1.200 millones de dólares (976 millones de euros) que eleva su valoración hasta los 41.200 millones de dólares (33.500 millones de euros)

Esta cifra es cuatro veces la capitalización de la empresa de alquiler de automóviles Hertz. En España, sólo cinco compañías del Ibex 35 (Banco Santander, BBVA, Inditex, Indra y Telefónica) tienen una capitalización superior a la valoración de esta puntocom estadounidense.

La valoración de Uber, que se fundó en San Francisco en 2009, ha crecido un 126% en seis meses. En junio Uber fue valorada en 17.000 millones de dólares. Pero la locura inversora en compañías de Internet y de tecnología que se ha desatado en los últimos meses está elevando las cifras hasta cotas inimaginables hace tan sólo un año. Xiaomi, el fabricante chino de smartphones, también está negociando una ronda de financiación que fija su valor en unos 40.000 millones de dólares. Y hay otras tres puntocom con valoraciones de, al menos, 10.000 millones: Airbnb (13.000 millones de dólares), Dropbox y Snapchat (ambas con 10.000 millones).

La compra en febrero de WhatsApp por parte de Facebook por 21.800 millones de dólares y la exitosa salida a Bolsa de Alibaba han elevado el interés de los inversores por empresas tecnológicas con gran potencial de crecimiento, que pueden acabar siendo protagonistas de exitosas salidas a Bolsa o adquisiciones multimillonarias por parte de gigantes de Internet. Con esta escalada de las valoraciones, se han disparado también los temores acerca de una reedición de la temida burbuja puntocom.

El apetito inversor también se refleja en la cuantía de las rondas de financiación, que en mucho casos supera los 1.000 millones de dólares. Es el caso de la propia Uber, que ha cerrado en los últimos seis meses sendas rondas de 1.200 millones y, desde su fundación, ha recaudado un total de 2.700 millones.

Xiaomi, por su parte, negocia una inversión de 1.500 que, de cerrarse, podría igualar la que protagonizó Facebook en 2011, cuando consiguió 1.500 millones de dólares del capital riesgo en una operación que valoró la red social en 50.000 millones de dólares.

Los problemas de Uber con reguladores y colectivos de taxistas no han frenado a los inversores, que la ven como la empresa mejor situada para protagonizar el próximo gran pelotazo bursátil de Internet. Con los fondos conseguidos, la compañía estadounidense, que ya opera en 250 ciudades de 50 países, podrá acelerar su expansión internacional y hacer frente a los aspectos legales que frenan su adopción en muchas ciudades.

Como compañía no cotizada, Uber no ha desvelado cifras de negocio. Su fuente de ingresos son las comisiones (del orden del 20%) que cobra por cada trayecto que se cierra a través de su plataforma. Según filtró TechCrunch, el año pasado la compañía facturó 213 millones de dólares y el volumen de negocio que movió su servicio fue de 1.000 millones de dólares. The Wall Street Journal asegura, citando fuentes cercanas a la compañía, que la facturación está creciendo trimestralmente a un ritmo del 40

Publicado por Infotaxi.

Exconvicto apuńala a un taxista en Oviedo

Un taxista de 53 años resultó herido de consideración tras ser apuñalado por un cliente a las puertas del cementerio del Salvador, en Oviedo. Gracias a la reacción rápida del profesional, que agarró rápido la mano del agresor, el desenlace no fue a mayores.

 

“Se me echó al cuello sin mediar palabra”, indicó a la Policía una vez calmados los ánimos. Una patrulla de la Policía Local de Oviedo logró detener al agresor minutos después del ataque en las inmediaciones del lugar de los hechos. Opuso fuerte resistencia e intentó atacar a uno de los agentes, que tuvo que sacar su arma reglamentaria para frenar el envite. 

 

El agresor posee antecedentes por un homicidio doloso. Fue condenado a ocho años de cárcel por matar a un limpiabotas en Gijón en 1989, que en aquel momento era la pareja de la madre biológica de Zeus Tous, hijo adoptado de Sara Montiel.

 

Los agentes de la Policía Local entregaron al detenido a los compañeros de la Guardia Civil, que se ha hecho cargo de la investigación

Publicado por la Gaceta del taxi.

A apartir del 1 de enero de 2015, la venta de las licencias de taxi tributarán fiscalmente

A apartir del 1 de enero de 2015, la venta de las licencias de taxi tributarán fiscalmente

POR MIGUEL TOMÁS

ANÁLISIS REALIZADO POR  JOSÉ ARTEMIO ARDURA VALDES. Secretario General de la Federación Asturiana Sindical del Taxi

* A PARTIR DEL UNO DE ENERO DE 2015 LA VENTA DE LAS LICENCIAS DE TAXI TRIBUTARAN FISCALMENTE. ACABA ASÍ UN PERIODO DE EXENCIÓN TOTAL EN EL PAGO DE PLUSVALIAS QUE SE REMONTA A LA ÚLTIMA LEGISLATURA DEL GOBIERNO SOCIALISTA DE FELIPE GONZALEZ Y QUE FUE APROBADA EN LA LEY DE ACOMPAÑAMIENTO A PROPUESTA DE CIU (CONVERGENCIA Y UNIÓ) PREVIA NEGOCIACIÓN CON LA CTE Y SU PRESIDENTE EN AQUEL MOMENTO ( Miguel Tomás Romero).

EL GOBIERNO DE ESPAÑA MODIFICA LA Ley 26/2014, de 27 de noviembre , por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.

Dicha modificación supone, en la práctica, la DESAPARICIÓN a partir del día 1 de enero de 2015 de la exención total en la plusvalía generada por la VENTA DE LAS LICENCIAS DE AUTO TAXI existente hasta la fecha, exención que suponía que la cantidad obtenida, por un titular de licencia de auto-taxi, como consecuencia de la venta a un tercero de su licencia NO TRIBUTABA POR CANTIDAD ALGUNA QUEDANDO TOTALMENTE EXENTA DE PAGO EN RENTA.

A partir del 01/01/2015 TODAS LAS PLUSVALÍAS GENERADAS DESDE ESA FECHA DEBERÁN TRIBUTAR EN EL MOMENTO DE LA VENTA DE LA MISMA con arreglo a una fórmula previamente establecida.
En principio quienes vendan o transfieran su licencia ANTES DEL 01/01/2015, por las causas tasadas y reguladas, que no cambian con esta modificación ( jubilación, incapacidad permanente, restructuración del Sector o a familiares hasta segundo grado) NO GENERARAN PLUSVALÍA ALGUNA siempre que, cumpliendo alguno de los requisitos anteriormente citados, hayan sido adquiridas por su actual titular con anterioridad al 01/01/ 2002. ( No habrán de pagar cantidad alguna a la Hacienda Estatal).
Quienes estando incluidos en el supuesto anterior, tengan una Licencia adquirida con posterioridad al 01/01/2002, deberán tributar observando los % establecidos para todas las transferencias realizadas con una antigüedad inferior a los 12 años ( momento en el que quedan totalmente exentas hasta el 31/12/2014).
Quienes vendan o transfieran su Licencia Municipal de Auto-Taxi a partir del 01/01/2015 deberán tener en cuenta la fecha de adquisición y el valor de adquisición ( será, previsiblemente reconocido como válido aquel valor que se pueda demostrar fehacientemente mediante contrato compra venta y justificación bancaria de transferencia del dinero pagado) y tener en cuenta la fecha de venta y el valor de venta ( mediante factura de venta y transferencia bancaria del dinero o crédito bancario o cualquier otro que de fe de la operación realizada).

LA FÓRMULA DE TRIBUTACIÓN SERÍA LA SIGUIENTE:
Vc = Valor de compra.
Vv = Valor de venta.
Da= Días en propiedad hasta el 31/12/2014. Dd= Días en propiedad a partir del 01/01/2015. Dt = Días totales con la licencia en propiedad. Pe= Porcentaje exento de tributación.
Ps= Porcentaje sujeto a tributación.
EJEMPLO:
Licencia comprada por su titular el 12/01 de 1985, en un precio de 36.000€ y que se pretende vender el 30/11/ del 2017 en un precio de 220.000€ ( por jubilación, incapacidad permanente, restructuración del Sector o a familiares hasta segundo grado)

Da+Dd= Dt.
Dt= desde 12/01/1985 hasta 30/11/2017= 11.638 días. Da= desde 12/01/1985 hasta 31/12/2014= 10.939 días.

*(Da)10939 X 100 : ( Dt)11.638 = 93,99 % del tiempo de la titularidad de la licencia lo ha estado antes del 31/12/2014 y por tanto el tiempo transcurrido desde el 01/01/2015 hasta la fecha de venta el 30/11/2017 es del 6,01% del tiempo total de la posesión de la licencia.
Es una regla de tres simple donde debemos hallar el % de tiempo transcurrido desde la compra hasta el 31/12/2014 ( tiempo que si han transcurrido mas de 12 años hacen que la ganancia esté exenta de pago totalmente si se vendiera antes de esa fecha) y el % de tiempo posterior hasta la fecha de venta ( tiempo que está sujeto a tributación de acuerdo a la nueva norma).

En este caso y dado el tiempo transcurrido desde la compra, ( Pe) el 93,99% de la plusvalía generada estaría EXENTA y el resto, o sea el ( Ps) 6,01% estaría sujeto y se debería de tributar por él de acuerdo a los criterios establecidos que oscilan entre el 24% y el 19% dependiendo de la cantidad y el año fiscal en que se produzca la venta.
PLUSVALÍA:
Para calcular la plusvalía debemos restar al importe demostrado de VENTA ( 220.000€) el valor demostrado de compra ( 36.000€) , lo que nos da una cuantía de 184.000€ de los cuales el 93,99% ( 172.942€) estarían EXENTOS por ser los correspondientes a la plusvalía generada desde la fecha de compra y hasta el 31/12/2014 por lo que se debería de tributar por el 6,01% restante (11.059€) generado entre el 01/01/2015 y la fecha de venta el 30/11/2017, cantidad esta última que tendría una tributación variable que en 2016 sería ( hasta 6.000€ el 19% , de 6.001 hasta 50.000€ el 21% y de 50.001€ en adelante el 23%). No hay establecidos todavía % para los años posteriores a 2016, por tanto podrían ser los mismos o sufrir variación al alza o a la baja.

Por tanto se habría de ingresar el 21% de 11.059€, o sea 2.322,39€. ( suponiendo que en 2017 se mantengan los % establecidos para 2016)
Esta reforma acaba definitivamente con la exención total en la venta de licencias de taxi y nos incorpora al sistema de tributación en condiciones similares a cualquier otro activo de cualquier otra actividad económica.

Espero contribuir a transmitir una cierta claridad sobre un asunto que nos afectará en mayor o menor medida a todo el Sector.

Saludos cordiales.
J. Artemio Ardura Valdé

Publicado por Infotaxi.