Se
inicia la campaña de Renta 2019, la toma de datos se realizara
desde el día 16 de abril hasta el 25 de junio.
La cita previa podéis solicitarla en
nuestra página web, Facebook o por teléfono desde el mes de marzo, tenemos un
número limitado de citas por lo que es conveniente reservarlas lo antes
posible.
Esta cita tan sólo es para la confección
de la toma de datos, este año la toma de datos se realizara por
teléfono, te llamaremos nosotros el día y a la hora de la
cita,
la declaración se enviara una semana después
por correo electrónico.
Cuando
te llamemos tendrás que tener a mano la documentación siguiente:
Renta 2018 si no la hicimos nosotros.
Borradorde AEAT, lo pedimos nosotros será imprescindible la fecha de validez del DNI del declarante y cónyuge.
Los recibos de la contribución
Los informes bancarios.
Los certificados de rendimientos de trabajo de empresas, Seguridad Social, Mutuas, etc.
Datos de las actividades empresariales o profesionales que realices.
Las cantidades cobradas por Alquileres y gastos de esos inmuebles.
Las cantidades cobradas por subvenciones incluidas por la compra de vehículos.
En caso de venta, los importes y fechas de compra y de venta de los bienes vendidos, ya sean inmuebles, acciones, fondos de inversión o licencia.
Los certificados de rendimientos agrícolas o ganaderos
Los importes de las pensiones compensatorias a cónyuge o hijos
Los certificados de donaciones con derecho a deducción
Los certificados de minusvalías
Las aportaciones a fondos de pensiones
Informe de cantidades pagadas a hipotecas o cuentas vivienda.
Al final del artículo encontaréis los documentos necesarios. Iremos actualizando esto conforme las mutuas o la administración vaya clarificando los tramites.
En primer lugar, decir que la redacción del Decreto no da
garantías de que se vaya a poder cobrar nada, y que las Mutuas siguen sin tener
respuestas a muchas de las dudas que se están planteando sobre la
interpretación del citado Decreto.
DIFICULTAD PARA ACCEDER A LA
PRESTACIÓN
Todo
parece indicar, que las solicitudes que se presenten en Abril cogerán como mes de referencia el mes de Marzo completo (desde
el día 1 al 31 de Marzo), para determinar si ha habido reducción de
ingresos de un 75% con respecto a la media de los seis meses anteriores. Como
en Marzo se ha trabajado con relativa normalidad hasta el día 14, está complicado
cumplir este requisito.
Cada
declarante tiene que presentar una declaración
jurada de reducción de ingresos del 75 %, con lo que ello implica, y
podrían pedir justificantes para acreditarlo, incluso después de varios meses
(la Federación no se hace responsable de lo que declare cada uno).
En el supuesto que el plazo para la solicitud de la prestación se
ampliara hasta Mayo y el Estado de Alarma se ampliara hasta finales de Abril,
se podría justificar más fácilmente el requisito de reducción de ingresos para
el mes de Abril (desde el día 1 al 30 de Abril), pudiendo presentar la solicitud en Mayo con más seguridad para
su aprobación. Ojo esto es un supuesto, ya que si finaliza el Estado de
Alarma antes de que acabe el mes de Abril, volverá a complicarse el cobro de
ayudas.
REQUISITOS
Estar de alta de Autónomo.
Estar al corriente en los pagos con la Seguridad Social, te puedes poner al
corriente en un mes desde la presentación.
Tener un 75% menos de ingresos en el mes anterior al de la
solicitud (de momento Marzo) con respecto a los seis meses anteriores.
No percibir cualquier otra prestación
del sistema de seguridad social (Bajas
laborales, Jubilaciones, Baja por Maternidad, Paternidad, etc).
Último día para la presentación 14 de abril de 2020.
CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA
70 % de la Base Reguladora (unos 660 € si se paga el
mínimo de cuota).
Exención del pago de
la cuota (el mes de Marzo hay que pagarlo).
AUTÓNOMOS COLABORADORES
Tienen derecho a la Prestación
Extraordinaria por reducción de los ingresos de un 75%, el procedimiento es
idéntico que el de los autónomos
titulares.
DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE
PRESENTAR (Color
Azul enlace = Ctrl + Click)
Solicitud
de la prestación y Declaración Jurada anexa.
Fotocopia
del Documento de Identidad (DNI-NIE-TIE) o Pasaporte, (ambas caras).
Modelo 145
de comunicación de datos del
pagador (IRPF)
Podrían
requerir posteriormente
más documentación (certificado de estar al corriente en la seguridad social,
libro de familia y justificación de la reducción de ingresos por cualquier
medio admitido en derecho).
PRESENTACIÓN
DE LA SOLICITUD (Color
Azul enlace = Ctrl + Click)
No se puede tramitar personalmente en las Oficinas,
por lo que cada compañero deberá rellenar la Solicitud de la Mutua a la que
esté asignado, si no la conoce, puede llamar al teléfono 901502050 o por sede electrónica, algunos ya han recibido la
solicitud de su Mutua.
(Mañana Martes día 31, informaremos por E-Mail a
todos los compañeros que la Federación tenga información sobre la Mutua a la
que pertenece)
Algunas
Mutuas tienen un formulario, que hay que imprimir y enviar por correo electrónico,
otras se realiza online de forma sencilla.
De 10 h a 13 h, en C/ Fragata nº 6 (puerta de atrás de Federación) Facilitaremos Mascarillas de Plástico y guantes gratuitos a todos los Afiliados a Federación.
Si algún compañero no puede imprimir la Solicitud, se la facilitaríamos también.
Intentaremos ayudar a todos
en la medida de nuestras posibilidades.
A partir de mañana lunes día 30 de Marzo, el sector
del Taxi de Valencia se vuelca para garantizar el traslado de personal
sanitario, ante la difícil situación que se está viviendo en los centros de
atención sanitaria para atender a enfermos por el colapso existente por el
Coronavirus.
Hay muchas dudas de cómo se van a organizar y pagar
los servicios, a partir de mañana se irán respondiendo dudas, pero de momento
todo el que esté dispuesto a prestar este servicio voluntario y solidario, lo
único que tiene que hacer es mandar un mensaje de Whatsapp con el Nombre,
Apellidos, Número de Teléfono, Número de Licencia, Modelo del Vehículo y
matrícula del vehículo a:
WHATSAPP SERVICIOS SANITARIOS 644637616
MEDIOS
DE PROTECCIÓN PARA LOS COMPAÑEROS
Las
distintas Asociaciones y entidades del sector vamos a colaborar en ampliar las
medidas de protección y desinfección a los compañeros que colaboren con este
servicio solidario.
La Federación pone a disposición de
cualquier compañero (sea o no afiliado de Federación) mascarillas gratuitas de
protección similares a las que se están utilizando en centros sanitarios.
REPARTO DE MASCARILLAS GRATUITAS
CALLE
FRAGATA Nº 6
LUNES
DÍA 30 DE MARZO
DE 10H A 13 H
La
Consellería de Transportes también repartirá mascarillas a los compañeros que
colaboren con este transporte sanitario.
Esperamos
tener más iniciativas para mejorar la protección de taxis en los próximos días.
Por acuerdo de Junta Directiva, la
Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia aplaza el pago de las
cuotas trimestrales de la Asociación hasta la finalización del Estado de
Alarma.
Esta decisión se estudiará periódicamente en caso de que se alargue
excesivamente el Estado de Alarma, para garantizar el pago de las nóminas de
los trabajadores y trabajadoras de la Federación.
La facturación por gestiones individuales se seguirá pasando con
normalidad, el aplazamiento afecta solo al pago de las cuotas ordinarias de la
Asociación.
Pedimos asimismo un poco de
reflexión a todos para no exponer nuestras vidas ni las de nuestras familias,
quedándonos en casa en la medida de lo posible.
En el caso de salir, que sea para
dar servicio exclusivamente a servicios sanitarios y de urgencia, extremando
las recomendaciones sanitarias, siendo muy estrictos en la limpieza y
desinfección de nuestros vehículos, o incluso añadiendo medios de aislamiento entre
filas de asientos (plásticos, pvc o similar).
Desde las asociaciones del sector estamos solicitando a las distintas
Administraciones que se nos faciliten medios de desinfección y mascarillas,
para garantizar la seguridad de los compañeros.
Queremos mandar un mensaje de fuerza a todos los compañeros ante los
momentos tan difíciles que estamos pasando, en los que solo desde la unidad y
la solidaridad se puede gestionar esta situación.
La declaración del estado de alarma en España ocasionado por el COVID-19, afecta a aspectos fundamentales de la actividad de la ciudadanía, como el abastecimiento y la movilidad, así como de las instituciones y de los diferentes sectores productivos del país.
La urgencia de la situación y la necesidad de dar una respuesta rápida y operativa a las dudas que surgen en un escenario continuamente cambiante, nos ha llevado a elaborar una relación con las preguntas más habituales que estamos recibiendo y sus correspondientes respuestas. Iremos actualizado esta página conforme se vayan implementando nuevas medidas, de modo que la sociedad esté lo mejor y más puntualmente informada posible, en una realidad como esta que obliga a reacciones constantes por parte de la propia sociedad y de la de las instituciones.
Para facilitar el acceso a esta información la hemos estructurado en los siguientes apartados:
La situación de alerta creada como consecuencia de la
aparición y avance del denominado coronavirus COVID 19, que ha sido declarado
por la Organización Mundial de la Salud como pandemia de salud pública,
requiere que por parte de las distintas administraciones, en el ámbito de sus
respectivas competencias, adopten aquellas medidas que sean necesarias para
evitar un mayor riesgo de exposición y trasmisión del virus derivado del
contacto diario entre ciudadanos.
Para ello fue promulgado el Real Decreto 463/2020, de 14 de
marzo, que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. El artículo 14, apartado 2.a) del
citado Real Decreto, relativo a las medidas en materia de transporte interior,
establece que: “En los servicios de transporte público de viajeros por
carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo que no están sometidos a contrato
público u obligaciones de servicio público (OSP), los operadores de transporte
reducirán la oferta total de operaciones en, al menos, un 50%.”
Desarrollo del citado Real Decreto es la orden TMA/254/2020,
18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por
carretera y aéreo. El artículo 3. 4 establece que “Los desplazamientos llevados
a cabo en transporte público de viajeros en vehículo de turismo, al amparo de
lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo,
deberán hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con
discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada.”
Estas previsiones establecidas en las normas citadas
anteriormente hacen necesario que por la Consellería competente en materia de
transporte se determine el régimen de prestación de servicios de transporte por
carretera, con el fin de garantizar la mayor seguridad jurídica entre los
distintos operadores y los usuarios de dichos servicios.
La ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del Taxi de la Comunitat Valenciana faculta a la consellería competente en materia de transporte para la regulación del transporte público discrecional de personas viajeras en vehículos de turismo que se realice dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
El
Gobierno ha aprobado un paquete de medidas económicas para ayudar a los sectores
afectados por la crisis del Coronavirus, a las que el Taxi se puede acoger,
aunque todavía estamos en un proceso de consulta a la Administración competente
con la que estamos en contacto diario.
La Seguridad Social está estudiando la forma de que acreditemos la reducción de ingresos necesaria para poder recibir las ayudas, ya que somos uno de los sectores que estamos en Módulos y no emitimos facturas.
EXENCIÓN DEL PAGO DE AUTÓNOMOS Y PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA DEL 70 % DE LA BASE REGULADORA (UNOS 660 € EN EL CASO DE PAGAR EL MÍNIMO EN LA CUOTA DE AUTÓNOMOS).
Requisitos:
Estar al corriente de las cuotas de Autónomos.
Solicitud a la Mutua correspondiente de Prestación Extraordinaria por reducción de ingresos del 75 % en la facturación media del último semestre.
Acreditación de la reducción del 75% en la facturación.
El periodo de Prestación está limitado a un mes a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, por el que se declara el Estado de Alarma, si este se prorrogara, también se prorrogará la Prestación.
Plazo de la solicitud:
Es necesario demostrar la reducción de ingresos posteriormente, por lo que hay un plazo amplio para solicitarlo. Consultar a su entidad gestora.
En los próximos días, la Federación informará a sus Afiliados, en la forma de solicitar estas ayudas con las mayores garantías.
Hay un plazo amplio para solicitarlo.
EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL PARA ASALARIADOS (ERTE).
Requisitos:
Estar al corriente de las cuotas a la Seguridad Social del Trabajador.
Solicitud ante la Mutua correspondiente, por causa de Fuerza Mayor con motivo de una reducción de la facturación superior al 75 %.
Acreditación de la reducción del 75% en la facturación.
Habrá que mantener al asalariado obligatoriamente 6 meses más, una vez pasado el Estado de Alarma.
Plazo de la solicitud:
Consultar a su entidad gestora.
A partir de este lunes día 23 de Marzo nos pondremos en contacto con todos los Afiliados a Federación, Taxistas Autónomos con conductor asalariado para tramitar las solicitudes.
OTRAS MEDIDAS ADICIONALES.
Moratorias en el pago de Préstamos Hipotecarios por adquisición de vivienda habitual.
Prestamos ICO avalados por la Administración con condiciones especiales (bajo interés, primer año de carencia, etc).
NOTA: CONSULTAR EN SU BANCO HABITUAL COMO SOLICITAR ESTAS AYUDAS
Un agente de la Guardia Civil para a un vehículo en un control.
Conducir durante el estado de alarma: las dudas sobre acompañantes, impuestos, ITV y averías mecánicas
EL ESPAÑOL responde a las preguntas que afectan a los ciudadanos que tiene que usar su vehículo durante el confinamiento del coronavirus.
18 marzo, 2020 18:08
Las medidas adoptadas en el Decreto de estado de alarma, promulgado por el Gobierno de España, cambian de manera profunda la vida de los ciudadanos. Y, pese a que los españoles han entendido la necesidad de aplicar esos preceptos para frenar el coronavirus, hay muchas dudas sobre cómo funcionan algunas órdenes en aspectos cotidianos. Por ejemplo, hay varias cuestiones sobre el uso del coche durante el periodo de estado de alarma.
EL ESPAÑOL explica los supuestos en los que sí puede usar su vehículo particular, según el Ministerio del Interior. También, este periódico aclara cómo debe emplear su coche sin incumplir las medidas de seguridad para evitar la expansión del Covid-19. Sin embargo, si usted tiene alguna duda que no quede satisfecha puede comentar el artículo para responder a esas preguntas.
-¿Cuáles son los supuestos en los que puedo utilizar mi coche durante el estado de alerta?
1. Para adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
2. Para asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
3. Para desplazarse hasta su lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
4. Para volver al lugar de su residencia habitual.
5. Para asistir a cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
6. Para acudir a entidades financieras y de seguros.
7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad (debidamente justificada).
8. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
-¿Hasta cuándo estoy obligado a usar mi coche con estas condiciones?
-A priori, hasta finales de marzo, al igual que el resto de medidas adoptadas por el Gobierno de España un su Decreto de estado de alarma. Si finalmente esta cuarentena se prolonga, con la autorización del Congreso de los Diputados, sólo podrá usar su coche en los supuestos antes mencionados hasta que las autoridades cambien de criterio.
-¿Cuántas personas pueden ir en el coche?
-Según el Decreto, usted puede usar su coche para cualquiera de los ocho supuestos planteados pero sólo lo podrá hacer «individualmente«, salvo si acompaña a una persona que realmente lo necesita. Pero como regla general sólo puede ir una persona, el conductor.
-¿Puedo llevar en coche a algún familiar a su lugar de trabajo?
-Usted no puede acompañar a una persona a su lugar de trabajo. Ni siquiera si se ofrece a llevar a su cónyuge u otro familiar, que no conduce, a su trabajo pese a que este no pueda ir en transporte público. La excepción: que esa persona sea discapacitada o dependiente. Si es así, usted puede llevar a su familiar en el coche, pero recuerde que por regla general el empleo de su automóvil es individual.
-¿Puedo ir acompañado a comprar alimentos u otros productos de primera necesidad en mi vehículo?
-Tampoco podría acompañar a una persona a comprar. Ni llevarla, salvo si esta persona es mayor, tiene dificultades de movilidad o alguna otra discapacidad que requiera de la ayuda de un familiar o amigo, por ejemplo.
-¿En qué supuestos podría llevar a una persona que no dependa de mí como personas mayores o personas discapacitadas?
-Sí podría llevar en su coche a una persona que lo necesita de verdad. Por ejemplo, si necesita trasladarla a algún centro de salud porque está enfermo. Ese supuesto, por ejemplo, entraría en la categoría de «otra causa justificada».
-Y, ¿qué debo hacer para repostar?
-Según el Decreto, «se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio». Pero nuevamente debe acudir solo.
-Si incumplo alguna de las medidas para el uso del coche durante el estado de alarma, ¿las autoridades me pueden sancionar?
-En el caso de incumplir estos preceptos o de no trasladarse en su coche solo -salvo en las circunstancias mencionadas- los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado tendrán la facultad de sancionarle «con criterios proporcionalidad», según las fuentes consultadas del Ministerio del Interior.
-¿Habrá moratoria con el impuesto de circulación?
–La moratoria para el impuesto de circulación es una competencia municipal. En algunos muncipios como Madrid, gobernado por José Luis Martínez-Almeida (PP), o Rivas Vaciamadrid, gobernada por Pedro del Cura (IU), sí habrá moratoria en el impuesto de circulación. Tendrá que consultar qué ocurrirá con este impuesto en la localidad donde resida.
-¿Estoy obligado a pasar la ITV?
-La disposición adicional tercera del Decreto de estado de alarma suspende los plazos administrativos. Dice así: «Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo». Esto se traduce en que los plazos de la ITV, al tratarse de un procedimiento administrativo, también quedarían congelados por esta situación excepcional. En otras palabras, no es obligatorio pasar la ITV. Varias comunidades autónomas como Andalucía, Asturias o Baleares lo han planteado ya formalmente y han cerrado sus estaciones de Inspección Técnica del Vehículo.
-¿Qué le sucede a mi coche si está 15 días sin encenderse?
-Según José Illa, mecánico del Taller Pérez Illa Automoción, «en principio, en 15-20 días no ocurriría nada. Sin embargo, si alguien tiene una batería que ya estuviese en mal estado, habría un problema de descarga».
-¿Y si llegásemos a los 30 días sin mover el coche?
-«En este caso, los neumáticos pueden empezar a deformarse por estar tiempo parados y las baterías se descargarían».
-Durante el periodo en el que el coche esté parado, ¿podemos hacer algo para evitar su desgaste?
-Según Hans Christ, director general de Bipi -una empresa especializada en la suscripción de coches-, el principal problema de que un vehículo esté entre 15 y 30 días sin usarse tiene que ver con el daño de la batería. Por ello, recomienda, si podemos acceder a nuestro automóvil de manera fácil -como un garaje particular- «acudir al coche cada 3 ó 4 días simplemente para encenderlo, con ello podemos evitar la descarga de la batería». Aun así, Christ explica que en periodos largos de inamovilidad de un coche mayor de dos años, la correa, el motor u otros elementos del coche pueden presentar otros problemas mecánicos.
-Pasado este tiempo, ¿debería tener alguna precaución al volver a encender mi coche?
-«Habría que tener la precaución y, sobre todo, comprobar que los niveles del coche no hayan caído. Es decir, mirar si los niveles de aceite, líquido de frenos, líquido anticogelante y agua estén correctamente, ya que se puede puede haber provocado alguna pérdida o pequeña avería en el tiempo en el que el vehículo estuviese parado. También se recomienda comprobar la presión de los neumáticos», explica el mecánico José a este diario.
Otras dudas sobre el día a día con el coronavirus:
La Policía Local de València ha decidido establecer controles de tráfico en distintos puntos de la ciudad para evitar desplazamientos de la población y vigilar los que se lleven a cabo por razones justificadas durante el estado de alarma decretado ante la crisis del coronavirus.
Este cuerpo municipal ha informado a través de su cuenta de Twitter del establecimiento de esos controles, que comienzan a funcionar este miércoles. Así, la Policía Local ha apuntado que estos puntos de vigilancia servirán para comprobar el destino de las personas que viajen en vehículos a motor por la capital valenciana.
En esta línea, ha destacado que pedirá a los conductores documentación que justifique su desplazamiento, por lo que pide que quienes salgan en coche lleven los documentos necesarios para acreditar la salida de sus casas. La Policía Local agradece la colaboración de todos los ciudadanos ante esta circunstancia.
“Desde hoy establecemos controles de tráfico en la ciudad. Comprobaremos destino y necesitaremos justificación de tu desplazamiento. Porta documentos que lo acrediten. Gracias por tu colaboración”, expone la Policía Local de València en el mensaje emitido en su red social.
Este cuerpo municipal, que emite este tipo de información junto al hashtag #EsteVirusLoParamosJuntos, señala en este sentido y también a través de Twitter que “prevenir la expansión del virus” Covid-19 “es el objetivo más importante”.
A este respecto, el concejal de Protección Ciudadana en el Ayuntamiento de València, Aarón Cano, ha explicado, en declaraciones a Europa Press, que los controles de tráfico que la Policía Local ha establecido desde este miércoles buscan evitar los desplazamientos de personas por la ciudad.
Cano ha comentado que tras decretarse el pasado sábado por la noche el estado de alarma a raíz de la crisis del coronavirus, en este momento entramos en “una segunda fase” después de que tras “los primeros días” de confinamiento y de “estricto cumplimiento” por parte de los ciudadanos de las normas dictadas haya personas que se relajen, que reduzcan la tensión y que decidan salir a la calle.
“Pasan los días, baja la tensión, la gente se relaja y hay quien sale pero el estado de alarma sigue igual”, ha manifestado Aarón Cano, que ha subrayado que es así porque “los casos –de coronavirus– siguen creciendo”.
El responsable de Policía Local y Bomberos en València ha manifestado que en este ciudad, como en todas, se debe “ser muy estrictos y severos en el cumplimiento del estado de alarma” y ha apuntado que si no se atienden y siguen todas las recomendaciones, “nos jugamos que el nivel de contagio sea alto”.
Cano ha agregado, en esta línea, que los valencianos “no podemos permitirnos un colapso de la sanidad valenciana”, por lo que ha insistido en que se deben evitar los desplazamientos y los contactos entre personas para evitar contagios del Covid-19. Ha recordado que en València hay unos 800.000 habitantes y ha reiterado la necesidad de evitar su movimiento por la ciudad.
“BOTÓN DE MUESTRA”
El edil ha considerado que la capital valenciana debe ser “el botón de muestra” del cumplimiento de las normas dictadas a partir del estado de alarma por la crisis del coronavirus, tanto para “el área metropolitana” de la ciudad como “para el resto de la Comunitat Valenciana”.
“Hay que ser muy tajante con el aislamiento y disminuir los contactos sociales. Es la mejor manera de evitar contagios. Eso supone poner un cortafuegos”, ha resaltado el responsable municipal. “Hay que grabarse a fuego que de esto o salimos todos juntos o no salimos”, ha añadido Cano en la misma línea.
El Ministerio de Defensa de China aseguró este martes en un comunicado haber desarrollado “con éxito” una vacuna contra el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, causante de la neumonía COVID-19, y ha autorizado las pruebas en humanos, aunque el texto no precisó cuándo comenzarían tales ensayos.
Según precisa la nota, el Ministerio de Defensa chino ha aprobado los ensayos clínicos en humanos de una vacuna contra el coronavirus. Detrás de este hallazgo se encuentra el equipo de investigación liderado por la epidemióloga Chen Wei, de la Academia Militar de Investigación Médica, dependiente de la Academia Militar de Ciencias.
Según Chen, la vacuna -desarrollada en consonancia con “estándares internacionales y la regulaciones locales”- está preparada para llevar a cabo “una producción a gran escala, segura y efectiva”.
En marcha en abril
Este martes, varias instituciones chinas anunciaron que pondrán en marcha en abril ensayos clínicos para comprobar la eficacia de varias vacunas que el país está desarrollando contra el virus.
Según el Ministerio de Educación chino, hay sobre la mesa una vacuna basada en vectores virales de la gripe que se encuentra actualmente en fase de experimentación con animales que comenzará sus ensayos clínicos en abril con la participación de las universidades de Pekín, Tsinghua y Xiamen, así como otras instituciones de investigación, según la agencia estatal de noticias Xinhua.
Tres nuevos productos utilizados en las pruebas de diagnóstico para detectar el coronavirus han sido aprobados y aplicados clínicamente en Shanghái
Por otra parte, el subdirector de la Comisión Municipal de Salud de Shanghái, Yi Chengdong, afirmó que científicos chinos han desarrollado una vacuna en la plataforma mRNA que entrará en ensayos clínicos también en abril.
Yi señaló que se ha desarrollado en base a proteínas virales derivadas de las proteínas estructurales de un virus.
Entretanto, tres nuevos productos utilizados en las pruebas de diagnóstico para detectar el coronavirus han sido aprobados y aplicados clínicamente en Shanghái, dijo hoy Zhang Quan, director de la comisión de ciencia y tecnología de la ciudad.
Hasta la fecha, al menos 3.226 personas han muerto por COVID-19 en China de entre los 80.881 contagiados de SARS-CoV-2 registrados desde que comenzó la epidemia.
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