Victoria de los taxistas españoles: la justicia europea dice que Uber es un servicio de transporte

Necesita licencias y autorizaciones incluso para su servicio entre particulares
 
 UBER ECONOMÍA COLABORATIVA TJUE TAXIS

Victoria de los taxistas españoles en la Unión Europea contra la compañía estadounidense Uber. El abogado general del Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE), Maciej Szpunar, ha dictaminado este jueves que Uber es una empresa de transporte y no meramente una plataforma digital de intermediación, por lo que está obligado a obtener las licencias exigidas por la legislación nacional.

El abogado general sostiene que “Uber no se beneficia del principio de libre prestación de servicios que el derecho de la Unión garantiza a los servicios de la sociedad de la información”. Dejar que la empresa norteamericana funcione con total libertad mientras el sector del taxi sigue estando regulado “crea una inseguridad jurídica que genera una zona gris e incita a infringir la ley”.

El dictamen se refiere al servicio entre particulares de la compañía estadounidense(Uberpop), que en España está prohibido desde diciembre de 2014. El abogado general avala este veto. Uber opera ahora en nuestro país con licencias de vehículos con chófer (VTC).

LA SENTENCIA FINAL, EN UNOS MESES

La opinión del abogado general todavía no es definitiva, pero el Tribunal de Justicia suele seguir sus recomendaciones en el 80% de los casos. La sentencia final se publicará en los próximos meses.

El litigio que dirime el Tribunal de Luxemburgo enfrenta a Uber contra la Asociación Profesional Élite Taxi de Barcelona. Los taxistas reclaman que se prohíba de forma definitiva a Uberoperar su servicio entre particulares por considerar que se trata de un caso de competencia desleal. Alegan que la empresa estadounidense carece de las licencias y autorizaciones necesarias y da los usuarios la “falsa imagen” de que actúa dentro de la ley.

Por su parte, Uber sostenía que el servicio que presta no es de transporte, sino de plataforma digital de intermediación, para lo que no necesita autorización previa para operar. El caso está siendo tramitado por un juzgado de Barcelona, que ha preguntado al Tribunal de Luxemburgo.

El de los taxistas de Barcelona es el primer caso que examina el TJUE sobre Uber y sobre la economía colaborativa en general.

LOS ARGUMENTOS DEL ABOGADO GENERAL

El abogado general sostiene que los conductores que circulan en el marco de Uber no ejercen una actividad propia que exista de manera independiente. Al contrario, esta actividad únicamente puede existir gracias a la plataforma, y sin ella no tendría sentido. “Uber controla los factores económicamente relevantes del servicio de transporte urbano ofrecido en el marco de esta plataforma“, indica el dictamen.

En particular, Uber impone a los conductores requisitos previos para el acceso a la actividad y su desarrollo; recompensa económicamente a los conductores que llevan a cabo un número importante de trayectos y les indica los lugares y los momentos en los que pueden contar con un número de carreras importantes o tarifas ventajosas; ejerce un control (indirecto) sobre la calidad de las prestaciones de los conductores; y determina de hecho el precio del servicio.

“Todas estas características excluyen que Uber pueda ser considerado un mero intermediario entre conductores y pasajeros”, señala el abogado general. El transporte “es sin lugar a dudas la prestación principal y la que le confiere su sentido económico“.

Según el fallo, “el servicio ofrecido por Uber no puede calificarse de ‘servicio de la sociedad de la información’: se trata más bien de la organización y gestión de un sistema completo de transporte urbano bajo petición”. La puesta en contacto de pasajeros y conductores mediante la aplicación para teléfonos inteligentes “es un elemento secundario” de su actividad.

De esta interpretación se desprende que la actividad de Uber “no está regulada por el principio de libre prestación de servicios”. Al contrario, está sometida a las condiciones exigidas a los transportistas no residentes para poder prestar servicios de transportes en un Estado miembro. En este caso,disponer de las licencias y autorizaciones previstas por el Reglamento Metropolitano del Taxi de Barcelona, concluye el abogado general

Publicado por el Español.

Bloquean todos los servicios de Uber en Argentina

Las plataformas digitales y la aplicación de Uber han sido vetadas en el país para evitar que se contraten los servicios de la empresa de transporte privado.

La Justicia argentina ha pedido elbloqueo definitivo de todos los servicios de Uber en el país por organizar una “actividad lucrativa sin autorización” y que “no tiene la habilitación correspondiente”, según la resolución.

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Los jueces dictaminaron que Uber no puede operar dentro de la legalidad en el país

El bloqueo supone el fin de las actividades de la empresa de transporte privado en Argentina, donde se vetarán las plataformas digitales y aplicaciones que permitan contratar y utilizar los servicios de Uber. Los jueces Marcela De Langhe, Fernando Bosch y Pablo Bacigalupo confirmaron que no existe la autorización necesaria para que la empresa dirigida por Travis Kalanickpueda operar dentro de la legalidad.

La medida cautelar fue solicitada al Ente Nacional de Telecomunicaciones (ENACOM), el organismo encargado de arbitrar el bloqueo de la aplicación y del sitio web y fue confirmada este lunes 10 de abril por la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires.

La empresa de transporte privado tienediez días para apelar la decisión de la justicia argentina. Uber argumenta que la decisión no tiene fundamento, ya que un fallo de un juez nacional dictaminó que no es un delito conducir un automóvil de la empresa.

El fiscal Martín Lapadú afirmó que está satisfecho con el fallo “que resulta ser el primero que realiza la Cámara Penal y Contravencional con respecto a un bloqueo nacional de una página Web y app”, informó Clarín.

El fiscal pidió que se detuvieran a los directivos de Uber en el país por incumplir la ley

Lapadú, quien presentó la medida cautelar, solicitó en enero de este año el bloqueo de la aplicación y plataformas y la detención de los directivos de Uber por incumplir la ley. En abril de 2016, la justicia ordenó la clausura preventiva de Uber en Argentina hasta que la empresa se adecuara a la legalidad. Uber siguió operando hasta ahora a pesar del fallo.

Los taxistas también celebraron la decísión y explicaron que llevaban tiempo reclamando más control, aunque resaltaron que seguirán alerta porque “esta empresa trucha suele desobedecer las sentencias”.

El pasado 28 de marzo, Uber cerró en Dinamarca debido a una nueva ley incompatible con la operativa de Uber.

Publicado por Hipertextual.

La renovación del Consell Jurídic, que suma seis meses de retraso, se aplaza por falta de paridad

Marta

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

 Los cinco síndicos parlamentarios: Antonio Montiel, Alexis Marí, Fran Ferri, Manolo Mata e Isabel Bonig. Foto: CORTS

VALÈNCIA. Seis meses les costó a los grupos parlamentarios llegar a un acuerdo. El pasado martes, los síndicos de los cinco partidos fijaron para el pleno de esta semana la votación de los candidatos propuestos por el parlamento valenciano para renovar el Consell Jurídic Consultiu y, con ello, ponían fecha para tachar una tarea que tenían pendiente desde el 2 de septiembre. 

Pero la alegría ha durado poco. A tan sólo unas horas de producirse las votaciones, el PSPV solicitó este martes retirarla del orden del díaporque esta renovación “incumple el artículo 178.1 del reglamento de Les Corts”, según el comunicado de los socialistas.

La obligación que marca este artículo de que en la elección y designación de personas propuestas por el Pleno de Les Corts se garantice una composición “paritaria de mujeres y hombres”, encendía las alarmas en el edificio de los grupos parlamentarios. Ninguno de los tres nombres que se iban a votar –Enrique FliqueteRubén Martínez Dalmau y José María Tomás y Tío, propuestos por PP, Podemos y Ciudadanos, respectivamente-, era el de una mujer. Y, a lo paradójico que hubiera resultado que en el Día Internacional de la Mujer -8 de marzo- sólo se votaran hombres para renovar el órgano consultivo, se sumaba el incumplimiento de la normativa de la Cámara.

Enrique Fliquete, Rubén Martínez Dalmau y José María Tomás y Tío. VP

Cabe recordar que, ante el escenario que se presentaba para este miércoles -que los tres partidos que no se integran en el Gobierno valenciano propusieran a tres juristas varones-, Compromís planteaba al resto de partidos en la pasada junta de síndics modificar la ley del Consell Jurídic Consultiu. Una iniciativa que pretendía que en las siguientes renovaciones no volviera a darse tal situación y fuese obligatorio fijar el nombre de una mujer sobre el papel. Además de actuar como condicionante para que los nacionalistas participasen en la votación.

A tal propuesta, el PP se oponía alegando que solo apoyarían una iniciativa así si también se modificaba el articulado de las leyes del resto de órganos estatutarios para garantizar la paridad en todos ellos. Oferta que los de Fran Ferri aceptaban yredactaban el pasado viernes

Para registrarla antes del pleno del miércoles, el síndico de Compromís recogía los apoyos de todos los grupos parlamentarios. De todos menos del propio Partido Popular y de Ciudadanos. Los primeros cambiaban de opinión pasada una semana y no aceptaban esta propuesta por vestirla, decían, de “chantaje”; y los naranjas de Alexis Maríapostaban por la “meritocracia” y no por la validez de los candidatos en función de su sexo.

Sin embargo, ya no será necesario sumar más o menos apoyos, porque la norma ya está creada, solo que nadie cayó en ella. Y el enunciado olvidado por PSPV, Compromís, PP, Podemos y Ciudadanos no sólo provoca que de nuevo el proceso quede paralizado, sino que obliga a queal menos uno de los grupos que han propuesto a “un jurista de reconocido prestigio y con más de 10 años de experiencia” deba cambiar su apuesta y vuelva a la casilla de salida para pensar en una candidata. Retroceder en el tiempo nada más y nada menos que seis meses.

Pleno de Les Corts. Foto: CORTS

Montiel: “Hemos sido utilizados”

La maniobra del PSPV molestaba especialmente al partido que permite la estabilidad del Gobierno. El portavoz Podemos en Les Corts y secretario general de esta formación en la Comunitat,Antonio Montiel, cargaba duramente contra PSPV por este cambio de última hora. “Hemos sido utilizados. Los socialistas quieren que se mantenga el statu quo, garantizar que los partidos tradicionales -PSPV y PP- tengan su representación en los órganos”. 

Sin embargo, no sólo arremetía  contra el PSPV en Les Corts. En declaraciones a Valencia Plaza, Montiel mostraba su malestar con el Consell e incluso llegaba a plantearse cómo sería la relación de ahora en adelante con los partidos firmantes del Pacte del Botànic: “Estoy muy descontento por cómo ha manejado esto el Gobierno. Primero rompen el protocolo habitual seguido durante años, luego nos dicen que nos pongamos de acuerdo Podemos, PP y Ciudadanos porque ellos ya tienen garantizada la representación con la renovación acometida por el Consell, como si nosotros formásemos parte de la oposición y, además, nos imponen que durante semanas perdamos el tiempo yendo a reuniones para desbloquear la situación. Y cuando lo hacemos, se lo cargan. Tomamos nota y actuaremos en consecuencia. Meditaremos a partir de ahora cuál va a ser nuestra actitud con el Gobierno“. 

Por su parte, el portavoz de Ciudadanos también se mostraba molesto con la actitud de los socialistas y advertía de que esta decisión traería “consecuencias graves”, aunque no señalaba cuáles. Después de haber permitido el desbloqueo de la elección asegurando que apoyarían a cualquier candidato aunque no fuera de su agrado, los naranjas también estallaban. 

Alexis Marí (Cs), Antonio Montiel (Podemos) y Fran Ferri (Compromís). Foto: CORTS

Compromís duda de que la votación se cancele

A pesar del revuelo que esta noticia causaba a media tarde, el grupo que lidera Fran Ferri mostraba sus dudas de si finalmente el punto caerá del orden del día. Desde la coalición valenciana entienden que esta renovación no incumpliría el artículo 178.1 del reglamento de Les Corts porque realizan otra interpretación que la que hace el PSPV. 

Concretamente el texto dice que cada grupo parlamentario “podrá proponer un número máximo de candidatos o candidatas que corresponda a los puestos a cubrir. Las propuestas deberán garantizar una composición paritaria de mujeres y hombres”. Al tratarse de una renovación de tres miembros,los nacionalistas entienden que PP, Ciudadanos y Podemos no estarían incumpliendo la normativa porque tan sólo han presentado un candidato. “Si sólo registras un nombre, no puedes cumplir con la paridad”, subrayaban. 

Así, fuentes de Compromís matizan que, en todo caso, deberá ser la Mesa de Les Corts quien determine si es un asunto que les compete dirimir a ellos -si cae el punto o no- porque se hace referencia al articulado de la Cámara. 

En cualquier caso, el argumento de Compromís, en caso de aceptarse, solo serviría para consumar un error evidente, como es la elección de tres hombres y ninguna mujer a pesar de un reglamento que fue modificado para evitar esto.

Los miembros del Consejo Rector. Foto: KIKE TABERNER

¿Se ha incumplido el reglamento con el Consejo Rector de la CVMC?

El pasado mes de octubre, Les Corts también tachaban de su lista una tarea pendiente: la elección de los miembros del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC). Para este órgano, cada grupo debía proponer un candidato o candidata como vocal. Y también en esa ocasión los partidos pensaron en un hombre. El PP presentaba a Vicente Cutanda, el PSOE a Vicente Vergara, por Compromís a Rafa Xambo y Ciudadanos a José Martínez Sáez. Tan sólo los morados apostaron por una mujer: María Lozano

A pesar de la evidente falta de paridad entre estos cinco consejeros y las dudas que esto suscita, según fuentes parlamentarias socialistas consultadas por este diario, en aquella ocasión no incumplieron el reglamento de Les Corts -aunque las dos propuestas del PSPV fuesen hombres: el presidente Enrique Soriano y el vocal, Vergara-. El argumento que esgrimen es que al quedar en manos del pleno también el nombramiento de los miembros del Consejo Audiovisual –Mar Iglesias (Compromís) y Raquel Piqueras (Cs)- y el del Consejo de la Ciudadanía -la no electa Maite Fernández (PP)- por no estar constituidos estos órganos, los grupos del parlamento valenciano sí cumplieron con la norma porque se dio una paridad de 5-4. 

Casi dos años después de que los partidos modificaran el reglamento de Les Corts al percatarse de que los cinco nombres propuestos para formar parte de la Mesa de la Cámara eran todo hombres –Francesc Colomer (PSPV), Enric Morera(Compromís), Alejandro Font de Mora (PP), Emilio Argüeso(Ciudadanos) y Marc Pallarés(Podemos)-, los grupos parlamentarios vuelven a tropezar con la misma piedra. 

Si en aquella ocasión la modificación situaba a la diputada socialista Carmen Martínez en el lugar que habría ocupado el secretario autonómico de la Agencia Valenciana de Turismo, ahora será uno de los grupos que no se integra en el Consell el que deberá cambiar su apuesta y volver a empezar su recorrido. Como si de la película de Harold Ramis Atrapado en el tiempo se tratara, la renovación del CJC está cerca de convertirse en el Día de la Marmota

Publicado por Valencia plaza.

Turismo declara la guerra a Airbnb por comercializar apartamentos ilegales

La plataforma ha obviado los requerimientos de Turismo durante el último año y el expediente abierto se convierte en sancionador con multa de hasta 30.000 euros – El Consell se suma a la vía disciplinaria iniciada por Ada Colau en Barcelona

José Luis García | Valencia 03.01.2017 | 21:46

Protestas vecinales contra oferta ilegal, en el centro de Valencia, ayer. eduardo ripoll

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La Agencia Valenciana Turismo ha pasado de las palabras a los hechos y finalmente ha declarado la guerra a las plataformas de internet que comercializan apartamentos turísticos ilegales. La apertura hace un año de expediente a varias empresas tecnológicas que ofrecen este tipo de alojamiento que prolifera en las ciudades, ha terminado finalmente en expediente sancionador a Airbnb, buque insignia de la «economía colaborativa» en el ámbito turístico.

La decisión ha sido tomada los últimos días de diciembre, tras un año de «pedagogía», reuniones y propósitos de enmienda no cumplidos. La empresa tiene unos días para presentar alegaciones.

Según Turismo, la sanción a esta plataforma podría rondar los 30.000 euros. Con la nueva ley que se tramita en estos momentos, esa multa alcanzará los cien mil euros, la mayor cantidad en España.

Con este movimiento, el Consell se suma a la guerra abierta en 2014 por la Generalitat de Cataluña contra Airbnb, y que ahora ha redoblado el Ayuntamiento de Barcelona de Ada Colau con una multa de 600.000 euros. Barcelona, de hecho, es la única ciudad del mundo que les ha multado. Y por los mismos motivos que en la C. Valenciana: anunciar pisos sin licencia turística. En todo caso, la irrupción de estas plataformas ha provocado choques en todo el mundo. El departamento jurídico de Airbnb negocia con cientos de ciudades debido a que este fenómeno apenas regulado, por reciente, se enfrenta a una disparidad de normativas.

Solo viviendas con «matrícula»
Y en la C. Valenciana, el secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer, se ha hartado, literalmente, de esperar a que la tecnológica de San Francisco atienda los continuos requerimientos para eliminar de su oferta los pisos ilegales. Es decir, aquellos que no están inscritos en el registro de turismo de la C. Valenciana y que, por tanto, pueden formar parte de la economía sumergida. Los contactos de la administración autonómica con Airbnb, de hecho, se remontan a la época del PP, aunque se han intensificado el último año y medio con el cambio de gobierno. La mayoría de las plataformas advertidas en su momento han adaptado su base de datos y solo ofrecen pisos de particulares registrados. Pero algunas, entre ellas Airbnb, han dado largas.

«Una multinacional, una empresa global con un volumen de negocio espectacular no puede ignorar reiteradísimamente los requerimientos de esta pequeña aldea gala que es la C. Valenciana. La fase de la pedagogía y contraargumentos sobre qué es la economía colaborativa ha pasado. He dado instrucción de evitar la impunidad», declaró a este diario Francesc Colomer. Estos movimientos se producen en paralelo a las campañas de inspección para aflorar estas viviendas turísticas clandestinas. Solo en la última campaña estival se han detectado 10.500 pisos ilegales.

Una firma que vale 30.000 millones
Airbnb es el líder mundial de este nuevo nicho de mercado que compite con la industria tradicional del alojamiento. Tras una última ronda de financiación, su valor se cifra en 30.000 millones de dólares. Está considerada como una de las start up más valiosas, por detrás precisamente de otra firma controvertida que ha sacudido el negocio tradicional del transporte de pasajeros, Uber.

Airbnb opera en más de 34.000 ciudades de 191 países, con dos millones de anuncios. Ya ha alojado a 60 millones de huéspedes y algunos informes sitúan su facturación en 2020 en diez millones de dólares.

La plataforma cobra por cada reserva que se realiza en su web «una tarifa de servicio a los anfitriones» y otra a los huéspedes, que varía entre el 6% y el 12%.

Publicado por el Levante.

Primer ’round’ para los taxistas en la lucha con Uber

La Comisión Europea cree que la empresa es un híbrido entre empresa de transporte y servicio de sociedad de la información

El Tribunal Europeo de Justiciacelebró el martes, a instancias delJuzgado número 3 de lo Mercantil de Barcelona, la primera vista europea sobre el ‘caso Uber’. El próximo 6 de abril el abogado general hará público su dictamen, y entre tres y seis meses después la corte emitirá su sentencia, pero la toma de contacto inicial se saldó, al menos parcialmente, a favor de los denunciantes, los taxistas.

En 2014, cuando la tecnología de Uberllegó a España, la Asociación Profesional Élite Taxi demandó a la empresa asegurando que “la falta de licencias, autorizaciones y credenciales vulnera las normas reguladoras de la competencia en España”, obteniendo por medio de esa infracción “una ventaja competitiva en el mercado, además de cometer actos de engaño, dando al usuario la falsa imagen de que el servicio que presta es legal”. Es decir, que era como ellas, no cumplía los mismos requisitos y había competencia desleal.

La réplica inmediata del gigante californiano es que ellos no proporcionar un servicio de transporte, sino que su aplicación únicamente ofrece la plataforma necesaria de intermediación, por lo que la legislación que les debe afectar no es la de transportes, sino la de servicios comunitarios, que fue liberalizada con el cambio de siglo.

Uber: ¿una empresa de transportes?

El tribunal catalán remitió cuatro preguntas al Tribunal Europeo, pero la principal es saber exactamente la naturaleza de la actividad de Uber. Si es empresa de transportes o no. Si es sólo una intermediadora digital o algo más. Si los conductores trabajan para ella, como otros países han determinado ya, o si son independientes y usuarios a su vez del servicio.

A priori, Uber contaba con el respaldo de la Comisión Europea.La que arranca las directivas, la garante de los Tratados y una institución que en los últimos meses se ha mostrado abiertamente simpatizante de sus servicios y en general de la economía colaborativa.

Hace apenas unos meses la Comisión aseguró que “los prestadores de servicios solo deberían estar obligados a obtener autorizaciones o licencias cuando sea estrictamente necesario para alcanzar los objetivos de interés público pertinentes”. Y concretamente, que “las plataformas colaborativas no deben estar sujetas a autorizaciones o licencias si solo actúan como intermediarios entre los consumidores y aquellos que ofrecen el servicio en cuestión (por ejemplo, servicios de transporte o de alojamiento”.

Y sin embargo, el martes en Luxemburgo su declaración ha sido mucho más ambigua. Según Lucía Caudet, portavoz de la institución, la Comisión ha explicado ante el Tribunal que “los servicios de Uber en España no constituyen únicamente un servicio de la sociedad de la información”, sino que son un mixto, un híbrido especial con partes de ambas y que necesita un marco propio.

El debate europeo ahora mismo es muy interesante. ¿Un repartidor de comida es un restaurante? ¿Un mensajero que entrega un libro es una librería? “La Comisión participa en la vista pero no toma partido”, añade Caudet, “nuestro rol es proporcionar asesoramiento legal sobre cómo interpretar la legislación europea procedente”.

Aquí vienen las complicaciones. En su publicación sobre economía colaborativa, del pasado mes de junio, la Comisión fijó que “hay que juzgar caso a caso si un proveedor lo es sólo de servicios de la sociedad de la información o también de los servicios, por ejemplo de transportes”.

La defensa de Uber: repartidores o buscadores

En concreto, los abogados han insistido hoy en Luxemburgo en que “el nivel de control o influencia que una plataforma colaborativa ejerce sobre un proveedor de servicios es de especial importancia”. Y que un criterio clave para establecer ese baremo de influencia o directamente de control “es si la plataforma determina el precio de los servicios prestados, fija los términos contractuales y las condiciones y posee activos clave usados por el proveedor de los servicios“.

Uber no posee ni el coche ni el teléfono de los conductores, pero sí que fija el precio y las condiciones, por lo que la aportación de la Comisión, que es fundamental pero no vinculante para la opinión del abogado general, se inclina claramente del lado de los taxistas de momento.

La empresa se ha defendido en al corte poniendo ejemplos como los de los repartidores. Pero también el de plataformas online como los buscadores de hoteles o de billetes o de entradas, que se consideren parte de la sociedad de la información, y nadie estima que Edreams sea una aerolínea o Booking un hotel.

Publicado por el Mundo.

Transvia participa en la ITV que inspecciona sus autobuses

Xavi MoretEstefanía Pastor

26/02/2016

VALENCIA. El grupo Transvia, adjudicatario del transporte escolar en la Comunitat, entre otros contratos con la administración, utiliza sus propias estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) para pasar las revisiones obligatorias a sus autobuses. El grupo de la familia Catalán Lorente, uno de cuyos directivos está siendoinvestigado por cohecho junto alex vicealcalde de Valencia, es socio de la firma que gestiona las estaciones de ITV de Campanar, San Antonio de Benagéber y Massalfassar. Ésta última, según ha podido saber este periódico, es la escogida para pasar las revisiones obligatorias de la flota de autobuses del grupo.

La normativa autonómica sobre la gestión de este tipo de instalaciones establece una serie de incompatibilidades para las empresas gestoras de estas estaciones, responsables de las inspecciones obligatorias para garantizar que todos los vehículos circulan en condiciones técnicas y de seguridad adecuadas. Entre esas incompatibilidades para los adjudicatarios se encuentra la de no tener intereses en el sector del transporte de viajeros por carretera.

La empresa ITV de Levante, gestora de las tres estaciones de ITV mencionadas, mantiene vínculos societarios con empresas del grupo Transvia. Esta firma, controlada al 50% por Atisae -que acaba de ser adquirida por la firma alemana Tüv Süd– y porTenedora de Acciones de ITV de Levante SL, explota el negocio de las revisiones técnicas en virtud de las adjudicaciones que la Generalitat realizó en 1998 para ceder a empresas privadas la gestión del servicio público de inspecciones técnicas en régimen de concesión administrativa por un periodo mínimo de 25 años.

Uno de los principales accionistas de Tenedora de Acciones de ITV de Levante, con un 12,7% del accionariado, es Garona River SL. Esta firma está participada al 88% la mercantil IBE 97 SL, firma presidida por José María Catalán Lorente, y entre cuyos consejeros se encuentra Urbano Catalán, el empresario investigado por cohecho.

IBE 97 SL es una de las dos sociedades que figura en la cúspide del entramado accionarial del grupo Transvia, la empresa familiar cuya actividad central es el transporte de autobús y los servicios turísticos pero que tiene múltiples ramificaciones en diferentes sectores, desde los concesionarios de coches a las ambulancias, pasando por la restauración (Restaurante Sierra Aitana). Además de la conexión accionarial con ITV de Levante, de esta mercantil cuelgan las participaciones del grupo enAutocares Herca (99,9%),Medtrast-98 SL (93,7%), la mencionada Garona River (88%),Viajes Herca SL (85,8%) o Vedat Valencia SL (75%), concesionario de vehículos con varias marcas. 

La otra empresa clave en esa estructura es Vercat 2000 SL, la matriz de Viajes Transvia Tours, la empresa que esta semana fue registrada por agentes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil por las sospechas de cohecho. De ella dependen empresas clave del grupo comoTransvia SL (99%), Autocares Buñol SL (99,5%) o Ambulancias Edetanas (55%). El presidente de Vercat 2000 es el propio Urbano Catalán Lorente.

 Urbano Catalán, el día del registro de su empresa

El reglamento autonómico sobre el prestación del servicio de ITV establece una serie de incompatibilidades para las personas físicas o jurídicas titulares de las estaciones de ITV, así como para sus “socios, directivos y personal de la empresa y sus parientes hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad”.

Entre otras, se determina que “no podrán tener participación alguna en actividades de transporte por carretera, comercio de vehículos automóviles, compañías o mutuas aseguradoras en el ámbito de la automoción u organizaciones involucradas en el diseño, fabricación, suministro, instalación o uso de los vehículos que van a ser objeto de inspección”.

Este decreto (157/2002, de 17 de septiembre) actualizaba un decreto anterior (30/1985, de 23 de febrero) que era menos restrictivo sobre el régimen de incompatibilidades, pero que obligaba a los titulares de concesiones a informar sobre situaciones sobrevenidas al respecto con posterioridad a la adjudicación.

En concreto, la norma obliga al concesionario a comunicar a la Dirección General de Industria y Energía la incompatibilidad con el fin de que ésta adoptase “las medidas oportunas, entre las que podrá figurar la prohibición de que los vehículos relacionados con dicha actividad pudieran ser inspeccionados en la Estación afectada”.

Según ha podido saber este periódico, es norma en la empresa que los vehículos pasen la inspección obligatoria en la ITV de Massalfassar. Los conductores de los buses de Transvia acuden a las instalaciones identificados con una autorización previa firmada por el jefe de taller de Cave Talleres, firma que también pertenece al grupo.

Un gigante del transporte de viajeros por carretera

El grupo Transvia presume de ser la empresa de transporte “más importante” de la Comunitat. Surgida a finales de los sesenta a partir de Autocares Transvia, con los años ha ido adquiriendo pequeñas empresas del sector hasta configurar un universo de marcas especializadas por segmentos. Algunas de ellas sonHispano ChelvanaGodellaBus,Autocares HosojuLa Serranica,torrentBusLa Marina GandienseStarBus o Herca.

Esta última es una de las marcas más reconocidas en el ámbito del transporte colectivo de pasajeros y una de las más potentes del grupo. Además de la concesión de transporte entre Montanejos y Valencia, explota en concesión las líneas regulares del Perelló, Sedaví, Faro de Cullera, Segorbe o Puerto de Sagunto y presta servicios de transporte escolar, con una importante nómina de clientes institucionales y empresariales. Según los datos de la propia empresa, traslada anualmente a más de un millón de viajeros.

Entre los contratos con el sector privado se encuentra el traslado de empleados de la planta de Forden Almussafes, uno de los contratos de más volumen del sector.

En los últimos años, la oposición al Consell del PP ha criticado de forma recurrente las condiciones en las que las empresas privadas prestan este servicio en la Comunitat, que durante años ha tenido las tasas más altas de España. Les Corts han aprobado recientemente una propuesta del grupo parlamentario Compromís para instar a la Sindicatura de Comptes a que elabore un informe sobre la gestión del servicio de inspección técnica de vehículos.

Contratos polémicos

Tras conocerse la investigación conjunta por cohecho al director general de Viajes Transvia Tours y a Alfoso Grau, que se inició por la denuncia de un particular relacionada con un contrato con el Ayuntamiento de Valencia, la Concejalía de Movilidad ha encargado un informe jurídico para tratar de revocar la autorización de servicio de bus turístico que Transvia presta en la capital desde 1999.

Según denunció el titular del área,Giuseppe Grezzi, la ex alcaldesa Rita Barberá “regaló” el servicio a la empresa, ya que la autorización se le dio “a dedo” y sin que el Ayuntamiento reciba canon alguno a cambio.

No es el único frente polémico relacionado con Transvia. Uno de los contratos más importantes de los que se beneficia el grupo es el de la gestión de las ambulancias de la Comunitat. La compañía es una de las diecinueve que forman parte de la Unión Temporal de Empresas (UTE) Ambulevante SL, que en 2014 se adjudicó el mencionado contrato por 235,7 millones para cuatro años después de que la Conselleria de Sanidad realizara una segunda licitación tras la anulación de la primera por parte del Tribunal de Cuentas.

Además, la empresa también es una de las adjudicatarias del transporte escolar en la Comunitat. Una concesión que fue prorrogada tras declararse desierto el nuevo concurso, que no estuvo exento de polémica. Desde Compromís, Mónica Oltrapropuso una comisión de investigación sobre el contenido de las cláusulas administrativas por haber “confeccionado un macrocontrato para el transporte escolar por 328 millones de euros bien precocinado, preparando el terreno para la adjudicación a los únicos que se pueden presentar y con el objetivo de beneficiar a unas empresas muy concretas”.

Publicado por Valencia plaza.

Hacienda sanciona a 75 titulares de taxi que admitieron haber cedido sus licencias a ocho floteros

 El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria anuncia que iniciará un procedimiento sancionador que podría concluir con la imposición de multas de 4.000 euros y la revocación de los permisos

 El concejal de Transportes, José Eduardo Ramírez, espera tener antes de final de año los expedientes de la Agencia Tributaria para poderles dar curso por la vía administrativa

Taxis en Las Palmas de CANARIAS AHORA / LAS PALMAS DE

Por Iván

La Agencia Tributaria ha sancionado a 75 titulares de licencias de taxi en Las Palmas de Gran Canaria que admitieron ante este organismo haber cedido sus permisos a ocho floteros para que los administraran al margen de las ordenanzas municipales, en régimen de explotación laboral de los conductores y sin que los titulares cotizaran a la Seguridad Social.

Muchos de ellos ya han pagado las multas por haber incumplido sus obligaciones tributarias tanto en lo referente a las retenciones del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como en el abono del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Al haber reconocido los hechos, las sanciones impuestas por este tipo de fraude se han visto reducidas.

En los próximos días, el Ayuntamiento de la capital grancanaria, que ya tiene constancia de estas actuaciones, solicitará de forma oficial a Hacienda que le remita los expedientes finiquitados para poderles dar curso por la vía administrativa.

Según ha explicado a este periódico el concejal de Transportes de la corporación, José Eduardo Ramírez, a partir de ese momento se abrirá un procedimiento que podría culminar, siempre que no prosperen las alegaciones de los implicados, en una sanción de aproximadamente 4.000 euros por cada licencia cedida de forma irregular y la revocación de los permisos.

Ramírez, que espera poder tener los expedientes antes de que finalice el año, ha señalado que el Ayuntamiento ya tramita varios procedimientos por actuaciones similares correspondientes al año 2014.  

El caso de los floteros estalló en julio de 2013 con el precinto y registro policial a dos cooperativas de taxistas de Las Palmas de Gran Canaria, ordenados por el Juzgado de Instrucción número 8 de la capital en coordinación con la Vigilancia Aduanera del Ministerio de Hacienda, tras la denuncia interpuesta en la Fiscalía por el entonces presidente de la Asociación de Titulares de Licencia de Autotaxis de Canarias (Atlatc), Expedito Suárez. Previamente había sido María Eugenia García, presidenta de la Asociación de Asalariados del Taxi, quien había llevado el caso a la Justicia., aunque fue archivado.

A raíz de las primeras detenciones y de las investigaciones que constataban la explotación irregular de licencias y la existencia de un sistema de comisiones vinculado al traspaso de los permisos, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, entonces gobernado por el PP, se comprometió a estudiar si era viable legalmente que el nuevo reglamento, en ese momento en periodo de redacción, estipulara que sólo pudiera haber una licencia por titular, que éste tuviera dedicación plena y que estuviera dado de alta en la Seguridad Social como autónomo.

Sin embargo, la ordenanza municipal aprobada finalmente deja en manos del Gobierno de Canarias la concesión de licencias, sobre la base de la Ley 13/2007 de Ordenación del Transporte por Carretera, y permite que una persona pueda acumular hasta cinco permisos.

Por su parte, la Tesorería General de la Seguridad Social informó a principios de año a los propietarios de licencias de taxi que estaban obligados a darse de alta como autónomos para explotarlas. Sin embargo, tres meses después de que concluyera el plazo otorgado para regularizar la situación, la Administración sigue sin obligar a los propietarios a inscribirse en el régimen de trabajadores autónomos (RETA) y ha permitido que vinculen las licencias a un familiar-colaborador hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, siempre que esté dado de alta en el RETA.

Publicado por el Diario.

LA ORDEN DE 2014 CON LA REGULACION HORARIA DE 16 HORAS QUEDARÁ ANULADA POR SENTENCIA JUDICIAL ANTE EL CONTENCIOSO INTERPUESTO POR LA ASOCIACION EMPRESARIAL

NOTA INFORMATIVA

En Valencia a 4 de Febrero de 2016.

LA ORDEN DE 2014 CON LA REGULACION HORARIA DE 16 HORAS QUEDARÁ ANULADA POR SENTENCIA JUDICIAL ANTE EL CONTENCIOSO INTERPUESTO POR LA ASOCIACION EMPRESARIAL

La sentencia, además de confirmar que se anula la orden de 6 de Febrero de 2014 nos permite hacer afirmaciones concluyentes:

Cualquier error o deficiencia en la orden es responsabilidad de la anterior Administración.

Cualquier perjuicio que se pueda ocasionar al sector no es responsabilidad ni de la actual Administración, ni mucho menos de los taxistas que queremos soluciones a nuestra precaria situación.

Falta un estudio (que debía haber adjuntado la Consellería) sobre la forma, modo y medida en que la crisis ha afectado al sector.

Falta una justificación (como podría ser el estudio citado en el punto anterior) en la orden de la regulación horaria que diga que el interés general hace necesario una reducción del horario de trabajo tanto de autónomos como de asalariados.

La Consellería está facultada para establecer límites a las horas de conducción de las taxistas.

El taxímetro puede controlar y limitar las horas de trabajo.

La Consellería puede regular el sistema de descanso obligatorio.

  El desajuste entre oferta y demanda es indiscutible con taxis que no caben en las paradas y las calles llenas de taxis libres.

Al sector se le pidió opinión en la votación del día 7 de Noviembre de 2013, y el 66 % dijo RELOJ SI, y es la Administración la que tiene que canalizar lo que quiere el sector, y reglamentarlo de forma correcta.

La Junta.

Prohíben el uso de Easy Taxi en Buenos Aires

Prohíben el uso de Easy Taxi en Buenos Aires y la compañía lanza un pedido de firmas para rechazar la medida

Los choferes pueden tener multas de hasta 24 mil pesos, y las autoridades aseguran que no cumplen con las normas del Código de Tránsito y Transporte, que no contemplan la modalidad de contacto mediante Internet, SMS o e-mail

11 DE ENERO DE 2016

Los taxistas que utilicen Easy Taxi podrán recibir multas de hasta 24 mil pesos, de acuerdo a la prohibición que aplicó el Gobierno de la Ciudad.Foto:Archivo/LA NACION

El transporte público urbano vive épocas de transformaciones en todo el mundo, y uno de sus protagonistas es Uber, el servicio de choferes particulares que mantiene conflictos con los taxistas de México y París, donde tuvo que retirarse del mercado francés. Aún sin presencia en la Argentina, las compañías de radiotaxis apuntaron su mira contra Easy Taxi, una de las dos firmas que permitían tomar un taxi desde una aplicación móvil.

La semana pasada el gobierno porteño confirmó que, según la Ley 3622 de Código de Tránsito y Transporte, la única forma de utilizar el servicio de taxis en Buenos Aires es mediante un llamado a la firma de radiotaxis o al detener un vehículo autorizado en la calle. Por este motivo, Easy Taxi está inhabilitada para operar en la ciudad por cinco años.

Operativo desde hace tres años, el conflicto siempre estuvo presente con Easy Taxi y Safer Taxi, otra de las firmas que tuvieron que asociarse con una empresa de radiollamadas para seguir operando en las calles porteñas. Las autoridades porteñas se atienen a la norma, y señalan que las compañías deben contar con una ubicación física para las oficinas, al menos 300 móviles y respetar la tarifa de seis fichas por cada viaje otorgado. A su vez, dentro de este esquema señalan que no están contemplados los servicios de pedidos de taxi mediante otros medios, tales como Internet, SMS o mensaje de correo electrónico.

Los taxistas que utilizan Easy Taxi pueden ser particulares o ser parte de una firma de radiotaxis, y la aplicación permite contactar de forma directa con los pasajeros según su ubicación geográfica. A su vez, no cuenta con cargos extra en el viaje realizado.

Publicado por la Nación.

Gremial Madrid, condenada a readmitir a un socio y a pagarle 60.000 euros

La justicia de Madrid ha declarado nula la pérdida de condición de socio de la Asociación Gremial de Madrid de Román García Polvorinos. Condena a la entidad a pagar 3.526€ mensuales desde el 5 de octubre de 2012 hasta su reingreso efectivo en Gremial. La sentencia puede ser recurrida en el plazo de 20 días

De acuerdo con este fallo, la Asociación debería pagar unos 60.000 euros si hiciera efectiva la reincorporación como socio de García Polvorinos este mes de marzo. De recurrir y perder, a esta cifra se sumarían 3.526,56 euros por cada mes que no se readmite al demandante. Además, Gremial ha sido condenada al pago de las costas del juicio.

 

Román García Polvorinos, ex candidato a la presidencia de Gremial, perdía la condición de socio de Gremial el 5 de octubre de 2012 mediante burofax. La Junta Directiva alegaba para ello el apartado 12) del artículo 13 de los estatutos de la entidad, modificados en junio de ese mismo año en Asamblea, que prohíbe la doble afiliación de sus socios.

 

Polvorinos, además de socio de la organización, tenía tres taxis asociados al servicio de Radiotaxi Gremial. La pérdida de su condición de socio y en consecuencia, el corte del servicio de radioemisora a sus vehículos, habría supuesto al demandante unas pérdidas de 1.500 euros al mes, según ha estimado el juez.

 

 

El pasado mes de octubre, la justiciadesfavorecía también a Gremial en el juicio contra la expulsión del socio Miguel Ángel García por haber proferido “difamaciones y calumnias”. En esa ocasión, el juzgado de primera instancia número 57 declaró nulo el acuerdo de Junta de Gobierno por el que se aprobaba la pérdida de García de su condición de socio

Publicado por la Gaceta del Taxi.