DESCANSOS EN EL APC DE VALENCIA

En el día de hoy, 28 de Septiembre de 2020, la Consellería de Transportes ha hecho pública la Resolución de la Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se regulan los descansos en el APC de Valencia durante los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre:

SE MANTIENEN LOS 2 DÍAS DE DESCANSO ENTRE SEMANA

A partir del Jueves día 1 de Octubre, continúan los cuadrantes de dos días de descanso intersemanal para todas las Licencias de Taxi del APC de Valencia (INCLUIDAS LAS LICENCIAS CON VEHÍCULOS ADAPTADOS).

A partir del próximo sábado día 3 de Octubre se inicia una regulación adicional de dos letras al descanso de fin de semana en el horario de 06:00 h. hasta las 24:00 h., (en esa franja horaria trabajarán solo tres letras):

REGULACIÓN EN FIN DE SEMANA (de 06:00 h. a 24:00 h.)

SÁBADO (3 de Octubre)DOMINGO (4 de Octubre)SÁBADO (10 de Octubre)DOMINGO (11 de Octubre)
Trabajarán las LetrasABC (Impares)CDE (Pares)ABC (Pares)CDE (Impares)
SÁBADO (17 de Octubre)DOMINGO (18 de Octubre)SÁBADO (24 de Octubre)DOMINGO (25 de Octubre)
Trabajarán las LetrasDEA (Impares)ABC(Pares)DEA(Pares)ABC (Impares)
SÁBADO (31 de Octubre)DOMINGO (1 de Noviembre)SÁBADO (7 de Noviembre)DOMINGO (8 de Noviembre)
Trabajarán las LetrasBCD (Impares)DEA (Pares)EAB (Impares)BCD (Pares)

De 24:00 h. hasta las 06:00 h. podrán trabajar todas las letras (Pares o Impares que les  corresponda trabajar)

Nuevo cuadrante hasta Enero.

CALENDARIO-2020-FEDERACION-COVID-OCT-NOV-DIC-

ACLARACIONES

  1. Las licencias con vehículo adaptado seguirán respetando el descanso entre semana, pero no tendrán que cumplir los descansos del fin de semana.
  2. Desaparecen todos los refuerzos y descansos anteriores (Por Ejemplo la Regulación del 9 y 12 de Octubre).

LA JUNTA DIRECTIVA

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Taxistas y policías locales piden test para evitar riesgos

Los taxis en Valencia son «notablemente» más baratos que Uber y Cabify

Valencia. La realización de test de manera urgente fue una petición compartida ayer por taxistas y policías locales. El Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos señaló ayer que el día 25, los agentes volverán al turno normal, lo que a juicio del secretario de la entidad en el Ayuntamiento, Jesús Santos, aumenta «mucho el riesgo de contagio. Hay un apoyo en la Mesa Técnica de la Policía Local para que se hagan test a todos, pero en la Mesa General se negaron».

El criterio del gobierno municipal es que los test PCR para detectar coronavirus se hagan sólo a personas con síntomas o que convivan con alguien que haya caído enfermo. Con este protocolo han rechazado ya varias peticiones de funcionarios.

«Queremos denunciar la incomprensible cerrazón en la negativa a la realización de pruebas de detección de Covid-19 por parte de la Delegación de Personal», señaló. La medida beneficiaría a 1.400 personas que trabajan en primer línea. La Conselleria de Sanidad, aseguró Santos, ha amonestado a los Consistorio que realizan pruebas masivas.

Por su parte, el secretario de la Federación Sindical del Taxi, Fernando del Molino, reclamó tras una reunión de todo el sector que se hagan también test PCR a todos los conductores. «Estamos en zona de riesgo por nuestro trabajo», indicó, para reclamar este tipo de pruebas.

De la misma manera habló de la desinfección de los vehículos. «En otros municipios, la limpieza de los taxis se hace en el mismo depósito que los autobuses de la EMT. Aquí, Transportes nos dice que no puede hacerlo»./Las Provincias.

Publicado por Las Provincias.

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, de modificación y adopción de medidas adicionales y complementarias del Acuerdo de 19 de junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente al Covid-19.

La Generalitat, a través de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, tiene competencia exclusiva en materia de higiene, de conformidad con el artículo 49.1.11ª del Estatuto de Autonomía, y competencia exclusiva en materia de organización, administración y gestión de todas las instituciones sanitarias públicas dentro del territorio de la Comunitat Valenciana, de conformidad con el artículo 54.1 del mismo texto legal.

La Ley orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas Especiales en Materia de Salud Pública, establece en su artículo primero que al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, las autoridades sanitarias de las distintas Administraciones Públicas podrán, dentro del ámbito de sus competencias, adoptar las medidas previstas en dicha Ley cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad. Y en su artículo tercero que con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.

Asimismo, el artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad dispone la posibilidad de adoptar las medidas preventivas que se estimen pertinentes en caso que exista un riesgo inminente y extraordinario para la salud, entre las que se cuentan la intervención de medios materiales y personales y cuantas otras se consideren justificadas, sin distinguir la ubicación o titularidad de esos medios personales y materiales. La misma Ley en su artículo 29, junto con la necesidad de autorización de instalación y funcionamiento de cualesquiera centros y establecimientos sanitarios, establece que estos podrán ser sometidos, cuando la defensa de la salud de la población lo requiera, a regímenes temporales y excepcionales de funcionamiento.

El punto séptimo del Acuerdo de 19 de junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente al Covid-19, establece:

«Las medidas preventivas recogidas en este acuerdo serán objeto de seguimiento para garantizar su adecuación a la situación epidemiológica y sanitaria. A estos efectos, podrán ser modificadas o suprimidas mediante acuerdo del Consell o resolución de la persona titular de la conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Asimismo, corresponde a la persona titular de la conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública adoptar la medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo y establecer, de acuerdo con la normativa aplicable y a la vista de la evolución de la situación sanitaria, todas aquellas medidas adicionales o complementarias que sean necesarias»

Descárgatelo aquí.

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COMUNICADO MAMPARAS/PANTALLAS DE PROTECCIÓN

La Consellería de Transportes, está proporcionando una Mampara/Pantalla de protección, de material plástico (PVC) maleable GRATUITA a cada Titular de Licencia de Taxi de la Comunidad Valenciana.

FECHA LÍMITE PARA RECOGER TU MAMPARA/PANTALLA DE PROTECCIÓN

  1 de Julio de 2020.

A partir del 1 de Julio y solo durante unos pocos días, se repartirán a demanda de los taxistas que tengan un modelo de vehículo que no se haya hecho plantilla. (Aún quedan unos cuantos).

UNIÓN DE ASOCIACIONES DE AUTOTAXIS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Ubicación: Calle Músico Gomis 36 bajo   Horario de Atención: De 9.00 a 14.00 h. Teléfono: 691468516 CONFEDERACIÓN DE TAXISTAS AUTÓNOMOS COMUNIDAD VALENCIANA Ubicación: Calle Fragata Nº 6 Bajo    Horario de Atención: De 9:00 a 14:00 h. Teléfono: 601041624

SI NO HAS RECOGIDO TU MAMPARA/PANTALLA DE PROTECCIÓN, PONTE EN CONTACTO CON LAS ASOCIACIONES MAYORITARIAS DEL TAXI DE TU PROVINCIA ANTES DEL 1 DE JULIO DE 2020 PARA APUNTAR EL MODELO DE VEHÍCULO QUE TIENES.

ENTRE TODOS LO CONSEGUIREMOS

LAS JUNTAS DIRECTIVAS

INFORME SOBRE LA ENCUESTA DE REGULACIONES EN EL APC DE VALENCIA

Encuesta realizada por medio de la Plataforma ESAM (Tecnología Informática Avanzada) que forma parte del Instituto de Robótica de la Universidad de Valencia ubicada en el Parc Científic de Burjassot.

Esta Encuesta se realiza para ayudarnos a conocer la opinión del sector con respecto a que Regulación implantar en cuanto acabe el Estado de Alarma.

La encuesta ha estado activa desde el 29 de mayo a las 16:00 hasta el 11 de junio a las 23:59. Un total de 13 días y 9 horas. En este tiempo la encuesta ha tenido más de 3000 visitas.

1135 han participado en la encuesta y la han finalizado correctamente 721 taxistas (24% de la flota), 410 de ellos afiliados a la federación (47% de los participantes).

Se han detectado 43 errores con un total de 20 licencias duplicadas y 1 triplicada, y se han detectado 5 DNI duplicados dentro de estas licencias repetidas. Esto es un 6% de error lo que nos deja un nivel de confianza del 94%.

referencia: https://es.surveymonkey.com/mp/margin-of-error-calculator/

Si aplicamos la fórmula del margen de error obtenemos un 3,18% que es lo que puede variar arriba o abajo los resultados obtenidos para el tamaño de muestro de nuestra encuesta.

Lo que nos dice que esta encuesta tiene una fiabilidad del 96,82%.

La opción más votada ha sido la 3 con 259 votos, siendo también la más elegida por los afiliados a la Federación con 147 votos.

OPCIONES

OPCIÓN 1 (TRABAJAN 80%/60%)

Regular más las tardes y las noches abriendo las mañanas. Librarías tu día de fiesta y la tarde anterior desde las 15:00.

Coches trabajando: 2400 (80%) por la mañana, 1800 (60%) por la tarde

Días trabajados al mes: 20 días

OPCIÓN 2 (TRABAJAN 70%)

Librar dos días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más, semana si, semana no.

Coches trabajando: 2100 (70%)

Días trabajados al mes: 20 días

OPCIÓN 3 (TRABAJAN 60%)

Librar cuatro días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más entre semana que será rotativo.

Coches trabajando: 1800 (60%)

Días trabajados al mes: 18 días

OPCIÓN 4 (TRABAJAN 60%/40%)

Librar seis días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día y medio más entre semana que será rotativo.

Coches trabajando: 1800 (60%) por la mañana, 1200 (40%) por la tarde

Días trabajados al mes: 16 días

OPCIÓN 5 (TRABAJAN 40%)

Par/impar respetando tu día de fiesta semanal.

Coches trabajando: 1200 (40%)

Días trabajados al mes: 12 días

OPCIÓN 6 (TRABAJAN 80%)

Sin regulación adicional.

Coches trabajando: 2400 (80%)

Días trabajados al mes: 22 días.

ENCUESTA REGULACIONES APC DE VALENCIA

La demanda de usuarios de taxis ha bajado en más de un 85 % durante el Estado de Alarma, y no creemos que la situación mejore demasiado en un futuro cercano, teniendo en cuenta las previsiones económicas que publican los medios con bajadas del PIB superiores al 8%.

Cuando acabe el Estado de Alarma, dejará de estar en vigor la Resolución que nos regula con un Par/Impar, y será necesario regular la oferta del servicio con seguridad, pero se inicia un debate sobre cuál debe ser la regulación mas adecuada.

La Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia quiere conocer la opinión de sus afiliados, sin perder de vista lo que quiere el resto de compañeros del APC de Valencia.

Al no poder realizar un Asamblea en la que se puede explicar con detalle las diferencias entre las distintas regulaciones, creemos oportuno contrastar las distintas regulaciones con un vídeo explicativo para intentar aclarar posibles dudas.

MARCO LEGAL OBLIGATORIO (Orden 1/2019 de 27 de Noviembre. Doc 8691)Cualquier Regulación futura tiene que mantener sin remedio:

  • El Día de Fiesta entre semana.
  • El Fin de Semana con Par/Impar.
  • Máximo 16 Horas diarias.

Cualquier modificación de la Orden en vigor supone un mínimo de 7 u 8 meses.Todas las Regulaciones propuestas en esta Encuesta se pueden poner mediante una Resolución (Máximo dos semanas).

OPCIONES

OPCIÓN 1 (TRABAJAN 80%/60%)

Regular más las tardes y las noches abriendo las mañanas. Librarías tu día de fiesta y la tarde anterior desde las 15:00.

Coches trabajando: 2400 (80%) por la mañana, 1800 (60%) por la tarde

Días trabajados al mes: 20 días

OPCIÓN 2 (TRABAJAN 70%)

Librar dos días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más, semana si, semana no.

Coches trabajando: 2100 (70%)

Días trabajados al mes: 20 días

OPCIÓN 3 (TRABAJAN 60%)

Librar cuatro días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día más entre semana que será rotativo.

Coches trabajando: 1800 (60%)

Días trabajados al mes: 18 días

OPCIÓN 4 (TRABAJAN 60%/40%)

Librar seis días más al mes. Libras tu día de fiesta y un día y medio más entre semana que será rotativo.

Coches trabajando: 1800 (60%) por la mañana, 1200 (40%) por la tarde

Días trabajados al mes: 16 días

OPCIÓN 5 (TRABAJAN 40%)

Par/impar respetando tu día de fiesta semanal.

Coches trabajando: 1200 (40%)

Días trabajados al mes: 12 días

OPCIÓN 6 (TRABAJAN 80%)

Sin regulación adicional.

Coches trabajando: 2400 (80%)

Días trabajados al mes: 22 días.

ENCUESTA

ENCUESTA FINALIZADA

Cómo circular de forma legal en coche, moto, taxi … durante la desescalada y evitar multas


NOTICIA

Mascarilla en el coche

  • Las normas de circulación varían en función del tipo de vehículo en que se viaje.
  • En el transporte público es obligatorio el uso de mascarillas y guardar distancias.
  • En vehículos particulares cambia la normativa en función de si viajan personas que viven en el mismo domicilio.

Todos estamos algo perdidos con los cambios de fases y las normativas que se van creando en función de la realidad que se moldea con la crisis del coronavirus. Ante la imposibilidad de prever los cambios que se viven, contagios o las investigaciones en cuando a la COVID-19, vamos viendo cómo varía todo cada poco tiempo, como las limitaciones de circulación.

Vamos a recopilar cómo se puede viajar en este momento, según la información que ha ido añadiendo la DGT en los últimos días. Aunque lo primero, antes de ir a viajes particulares, hay que apuntar que en transporte público se deben usar mascarillas que cubran nariz y boca.

Hay que aclarar que en autobuses donde exista obligatoriedad de viajar sentados, solo podrán viajar en asientos contiguos las personas que vivan juntas. En caso de que no sea así, el asiento contiguo debe quedar vacío para evitar cualquier tipo de contacto con extraños. En los viajes urbanos debe mantenerse la máxima distancia posible y ocuparse la mitad de los asientos.

Viajar en coche: ¿viven juntos los ocupantes?

Con el objetivo de no exponerse, son muchos los que están optando por el viaje en coche. No hay ninguna limitación entre personas que vivan en el mismo domicilio, en cuyo caso no hará falta mascarillas. Pero si no es así, tendrán que ponerse mascarillas y no podrán ir más de dos personas por fila de asientos, siempre guardando la máxima distancia posible.

Viajar en taxi : siempre mascarilla

En los taxis  todos los ocupantes deberán llevar mascarilla y no se permitirá más de dos personas por fila de asiento. A ser posible, es mejor que los pasajeros viajen en el asiento trasero.

Viajar en moto y ciclomotor: a tener en cuenta los guantes

En el caso de moto y ciclomotor, el pasajero tiene que llevar siempre guantes. Conductor y pasajero deben seguir la misma norma que con el coche, si viven en el mismo domicilio no hará falta más, pero en caso contrario deben cubrirse con una mascarilla o casco integral con visera. No será necesario llevar ambos.

En caso de que sea un vehículo de uso compartido o alquiler, el uso de guantes es obligatorio.

Publicado por Computer hoy

Gran Pantalla fabricará 4.700 mamparas protectoras para los taxis valencianos

La Generalitat adquirirá un total de 4.700 unidades, por importe de 119.427 euros, para dar cobertura a toda la flota de taxis de la ComunitatChema BERMELLArchivado en:CoronavirusGran Pantallamamparas protectoras

20/05/2020

La pandemia del coronavirus está obligando a muchas empresas a reinventarse y buscar soluciones para sobrevivir a la crisis. Es lo que ha hecho la valenciana Gran Pantalla del Mediterráneo, uno de los mayores proveedores de vallas publicitarias, que ante la situación sobrevenida por la COVID-19 ha reorientado su producción y bajo encargo de la Generalitat está fabricando las más de 4.000 mamparas protectoras que requiere el sector del taxi para ajustarse a las medidas de seguridad necesarias para prevenir contagios.

“La facturación de mi empresa se redujo drásticamente un 70 % tras el anuncio del estado de alarma. Ahora ha surgido otra posibilidad de negocio y hay que cogerla”, expone Javier Gutiérrez, director de la empresa ubicada en Náquera. En total, la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad adquirirá un total de 4.700 unidades, por importe de 119.427 euros, para dar cobertura a toda la flota de taxis de la Comunitat, “con el objetivo de mejorar la prevención y aumentar la seguridad de profesionales y clientes frente a la propagación de la COVID-19”, señalan desde el departamento dirigido por Arcadi España.

Se trata de mamparas fácilmente desmontables, fabricadas con material maleable para evitar que suponga un peligro para la integridad física de las personas, y transparentes, de forma que no se impida a la persona que viaja la correcta visión del taxímetro o la tarjeta identificativa. Igualmente, en la pantalla de separación se habilitará un espacio para permitir el pago de los clientes. Explica Gutiérrez que se han fabricado plantillas individualizadas según el modelo de vehículo, un total de más de 80 tipos de coche. Añade que en menos de 15 días, el 60 % de la flota de taxis dispondrá de las mamparas y que la previsión que manejan es que “en cuatro semanas tendremos las mamparas protectoras para los cerca de 5.000 taxis que hay en la Comunitat”.

Una de la mamparas protectoras que están elaborando en la empresa valenciana Gran Pantalla.

El conseller Arcadi España asegura en un comunicado que “esta medida pretende aumentar la seguridad en los vehículos con el fin de recuperar la confianza de la clientela y ayudar así a restablecer la situación del sector, que ha registrado un descenso de actividad superior al 80% como consecuencia de esta crisis sanitaria”. Además de las mamparas protectoras, los taxistas valencianos están tomando otras precauciones para evitar contagios como es una desinfección general del vehículo al menos una vez al día, así como la desinfección de las zonas de contacto (asiento, reposabrazos, ventanilla…) en cada servicio y el uso de hidrogeles.

El sector del taxi sigue resintiéndose por la crisis del coronavirus. Según expone a Economía 3 el presidente de la Confederación de Taxistas AutónomosFernando del Molino, estarían operando en las principales ciudades de la Comunitat un 40 % del total de la flota de taxis, de modo que, por ejemplo, en València de los 3.000 taxis que suelen haber a diario, solo 1.200 estarían funcionando. Señala, a su vez, que el volumen de trabajo ha descendido un 90 % y que actualmente coger el taxi “prácticamente no cubre ni con los gastos”.

Temen desde el sector del taxi que los ciudadanos se decanten por el uso del vehículo privado por miedo a los contagios y que tan solo hagan desplazamientos a sus lugares de trabajo, así como las repercusiones sobre la economía que tenga la crisis del coronavirus. Mantienen una “previsión negativa” los taxistas valencianos y lamentan que “no va a haber trabajo para todos” y que los que mantengan sus puestos tendrán que “repartir la ruina entre todos”, asevera Fernando del Molino.

Publicado por Econimia3.

Informes para reforzar la acreditación del 75% de pérdidas.

Desde la Confederación de Taxistas Autónomos de la Comunidad Valenciana queremos ofrecer a todos los taxistas de la Comunidad Valenciana documentación complementaria a la que presentéis vosotros para justificar las pérdidas del 75%, y un documento para calcular esas pérdidas.

Descárgalo aquí.

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Descárgalo aquí.

Estos informes no sustituyen vuestra documentación acreditativa.

NOTA URGENTE SOBRE APLICACIÓN DEL ART. 17 DEL REAL DECRETO LEY 8/2020 AL SECTOR DEL TAXI EN LA COMUNIDAD VALENCIANA ELABORADA POR BAÑOS LEÓN

Descárgalo aquí.

3132A_NOTA-URGENTE-TAXI-C.V.-PRESTACION-EXCEPCIONALdef_baja

Descárgalo aquí.


INFORME DE LA GENERALITAT VALENCIANA SOBRE LA MOVILIDAD CIUDADANA.

Descágalo aquí.

GVA

Descágalo aquí.


Análisis de la movilidad en España con tecnología Big Data durante el estado de alarma para la gestión de la crisis del COVID-19

Descárgalo aquí.

MITMA-Estudio_Movilidad_COVID-19_Informe_Metodológico_v011

Descárgalo aquí.

SUBVENCIONES RE-ACTIVA VALÈNCIA (AYUNTAMIENTO DE VALENCIA)

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
DEL 1 DE ABRIL AL 4 DE MAYO

IMPORTANTE

#Aviso: en vista de los problemas planteados en la #SedeElectrónica por el volumen de personas usuarias intentando acceder al formulario para solicitar las ayudas #ReActivaVLC, se informa que:

  1. Las solicitudes se pueden seguir presentando a través de la sede electrónica del Ayuntamiento: https://bit.ly/39zREa7
  2. También se pueden presentar a través de la sede del Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el siguiente enlace (RED SARA): https://bit.ly/2X8Lz1E

Guía  https://bit.ly/2UA1Uef

Más información: https://bit.ly/2R2j166


DOCUMENTACIÓN

  1. En caso de persona física:
  • DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, si lo indica.
  • Certificado actualizado de Situación Censal ( solamente se puede obtener con vuestro certificado) que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y en su caso el del local de desarrollo de la actividad EN VALENCIA.
  • Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o la Mutua profesional correspondiente.
  • En caso de tener trabajadores a su cargo y querer beneficiarse del incremento al que se refiere el punto 4 de esta convocatoria, relativo al número de trabajadores a su cargo, deberá de presentar el Informe de Vida Laboral de la Empresa expedido por la Tesorería de la Seguridad Social en el que se incluya el número de trabajadores a fecha de 1 de marzo de 2020.
  •  No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.
  • En aquello casos en los que no se han visto afectados por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo, y hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma, deberán acreditar esta reducción mediante la aportación de la información contable que lo justifique desde los 6 meses previos a la declaración del estado de alarma (14 de marzo de 2020) hasta la fecha de presentación de la solicitudes,

*La facturación tenida en cuenta del mes de marzo será la producida desde el día 15 hasta el 31 de dicho mes (17 días). Dicha facturación se comparará con la facturación equivalente (estimación media de facturación por día) del semestre anterior, a la vista de los apuntes del libro de registro de facturas emitidas que mensualmente se hayan producido.

  • Para los que tributan en módulos (la mayoría del sector del Taxi)

*Cuando la persona física no esté obligada a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la reducción al menos del 75% exigida por cualquier medio de prueba admitido en derecho. En la actividad del Taxi en concreto, por ejemplo; justificación de las liquidaciones de ingresos mensuales por tarjeta (DATAFONO) durante los meses de SEPTIEMBRE A FEBRERO, y LA LIQUIDACIO DE DATAFONO DESDE EL 14/03 HASTA QUE SE PRESENTE LA SOLICITUD.

  • Para los que tributan en directa: Copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas o libro diario de ingresos y gastos

La subvención se distribuirá de la siguiente forma:

  • 3.000 € para personas autónomas y empresas afectadas por el cierre de establecimientos (RD 465/2020 de 17 de marzo)
  • 2.000€ para personas autónomas y empresas que no se han visto afectas por el cierre de su establecimiento que cuando hayan sufrido una reducción de su facturación, desde la declaración del estado de alarma, en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%*, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma
  • En caso de tener personas trabajadoras a su cargo: Las cantidades anteriores se incrementarán en 2.000 € (hasta 9 personas trabajadoras) o 3.000€ (hasta 49 personas trabajadoras).

LA JUNTA DIRECTIVA