Legislación sobre los sistemas de retención infantil

Texto original:

CAPÍTULO II

De la responsabilidad

Artículo 69. Personas responsables.

1. La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta Ley recaerá directamente en el autor del hecho en que consista la infracción. No obstante:

a) El conductor de una motocicleta, de un ciclomotor, de un vehículo de tres o cuatro ruedas no carrozados o de cualquier otro vehículo para el que se exija el uso de casco por conductor y pasajero será responsable por la no utilización del casco de protección por el pasajero, así como por transportar pasajeros que no cuenten con la edad mínima exigida.

Asimismo, el conductor del vehículo será responsable por la no utilización de los sistemas de retención infantil, con la excepción prevista en el artículo 11.4 cuando se trate de conductores profesionales.

b) Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de dieciocho años, responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón al incumplimiento de la obligación impuesta a éstos que conlleva un deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores.

La responsabilidad solidaria quedará referida estrictamente a la pecuniaria derivada de la multa impuesta.

c) En los supuestos en que no tenga lugar la detención del vehículo y éste tuviese designado un conductor habitual, la responsabilidad por la infracción recaerá en éste, salvo en el supuesto de que acreditase que era otro el conductor o la sustracción del vehículo.

d) En los supuestos en que no tenga lugar la detención del vehículo y éste no tuviese designado un conductor habitual, será responsable el conductor identificado por el titular o el arrendatario a largo plazo, de acuerdo con las obligaciones impuestas en el artículo 9 bis.

e) En las empresas de arrendamiento de vehículos a corto plazo será responsable el arrendatario del vehículo. En caso de que éste manifestara no ser el conductor, o fuese persona jurídica, le corresponderán las obligaciones que para el titular establece el artículo 9 bis. La misma responsabilidad alcanzará a los titulares de los talleres mecánicos o establecimientos de compraventa de vehículos por las infracciones cometidas con los vehículos mientras se encuentren allí depositados.

f) El titular, o el arrendatario a largo plazo, en el supuesto de que constase en el Registro de Vehículos, será en todo caso responsable de las infracciones relativas a la documentación del vehículo, a los reconocimientos periódicos y a su estado de conservación, cuando las deficiencias afecten a las condiciones de seguridad del vehículo.

g) El titular o el arrendatario, en el supuesto de que constase en el Registro de Vehículos, será responsable de las infracciones por estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable del hecho.

2. Lo dispuesto en el presente artículo se entenderá a los únicos efectos de la determinación de la responsabilidad en el ámbito administrativo por las infracciones tipificadas en la presente Ley.

Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

Modificación del reglamento En el Real Decreto 667/2015, de 17 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en lo que se refiere a cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados.

No obstante, cabe señalar que los cambios incluidos en el artículo 117 del Reglamento General de Circulación no afectan al artículo 119 del propio texto reglamentario, que relaciona las exenciones a las obligaciones previstas en aquél en cuanto al uso de cinturones u otros sistemas de retención homologados, entre las que se recogen las referidas a los taxis cuando circulen en tráfico urbano o áreas urbanas de grandes ciudades, a los que se permite transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero.

Descárgate el archivo original aquí.

En todo caso y aunque el número del artículo ha pasado de ser el 72 a ser el 69, el texto que hace referencia al asunto de la responsabilidad no ha cambiado y por tanto la consulta y su posterior respuesta a la CTE por la DGT del año 2006 relativa al texto contenido en el artículo, en aquel momento 72, está plenamente vigente hoy con lo contenido en el artículo 69 de la misma Ley. Tráfico da la razón a la Confederación del Taxi de España y exime a los taxistas de la obligatoriedad de llevar sillas adaptables para niños menores  de 3 años, haciendo responsable exclusivamente a los padres o tutores. En ningún caso, supondrá pérdida de puntos.

SILLAS ESCRITO DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO

Los taxistas exigen pasar por las zonas cortadas al tráfico la noche de San Juan

Los taxistas exigen pasar por las zonas cortadas al tráfico la noche de San Juan

Los hosteleros del paseo marítimo critican la anulación de reservas por la falta de acceso y algunos locales deciden cerrar el próximo lunes

L. SORIANO/P. MORENO

valencia. Libre acceso al paseo marítimo la noche de San Juan. Es lo que pedirá al ayuntamiento esta semana la Unión Gremial del Taxi, cuyo presidente, Santiago Fraile, indicó ayer que son frecuentes las quejas de conductores y clientes porque se quedan fuera de la zona cortada al tráfico, sin posibilidad de pasar hacia la playa de la Malvarrosa.

La Policía Local montará la noche del próximo lunes el mayor dispositivo de desvíos de tráfico en la ciudad después de las Fallas. Miles de personas acudirán a cumplir el ritual de mojarse los pies, pedir un deseo y cenar con los amigos, lo que en el último lustro ha degenerado en un enorme botellón.

De Guindos defiende las webs para pedir coche

Fraile indicó que «siempre nos dicen antes que no habrá problemas, que nos dejarán pasar, pero el caso es que no es así, esa noche siempre hay problemas».

Fraile indica que el ayuntamiento autoriza, pero en la práctica ni pueden pasar a la playa

Los primeros cortes se producen en la calle Doctor Lluch y la plaza de la Armada Española, aunque los agentes pueden ampliarlos hasta Serrería e incluso Cardenal Benlloch en caso de necesidad por los atascos. El pasado año asistieron 80.000 personas a las hogueras, una cifra similar a la que se espera la próxima semana, al ser laborable la jornada de la

Lo mismo indicaron hosteleros del paseo marítimo, que a la vista de los problemas de acceso se plantean incluso la apertura de sus establecimientos. «Yo cierro seguro, porque no podrá entrar nadie y sólo tendré personas en la puerta que querrán utilizar los aseos».

Es frecuente, indicaron las mismas fuentes, que «esa noche se cancelen muchas reservas y siempre es por lo mismo, no dejan pasar al taxi». Fraile dijo por su parte que «insistiremos para que este año, las buenas palabras del ayuntamiento sean una realidad». El presidente de la Gremial comentó que en la reunión pedida con responsables de la Policía Local y Tráfico también plantearán una queja sobre el festival de paellas celebrado el pasado sábado en La Punta, en una explanada enfrente de l’Oceanogràfic.

El caso es que «sólo dejaban pasar a unos determinados taxis, unos que llevaban unos carteles. Somos un servicio público y eso no está nada claro porque perdimos un montón de viajes».

Por su parte, la Federación de Vecinos lamentó que no celebren la verbena de San Juan, como adelantó LAS PROVINCIAS en su día, debido a los requisitos que pide la Demarcación de Costas. La presidenta vecinal, María José Broseta, dijo que esta rigidez no se da en toda España por igual. «La ley de Costas es muy estricta en algunas zonas y en otras, no. Por ejemplo, en ediciones anteriores sí ha habido verbenas de este tipo en Canarias».

El colectivo vecinal ya recibió una primera negativa en 2012 para montar un espectáculo musical en la playa «y el año pasado ya directamente nos dijeron de forma taxativa que no se podían montar escenarios en la zona del paseo marítimo».

Broseta recordó que «este año no lo hemos pedido porque nosotros tampoco podemos estar con la espada de Damocles en la espalda y sin saber si íbamos a tener la autorización final a tres días de la celebración del acto, porque no puedes tener a los patrocinadores sin saber si se podía montar». La verbena era el colofón de la Semana Ciudadana

Publicado por las Provincias.es

Los usuarios piden a Tráfico que aclare la normativa sobre las sillitas en los taxis

Los usuarios piden a Tráfico que aclare la normativa sobre las sillitas en los taxis

Avacu considera imperdonable que se genere un problema en lugar de solucionarlo y aconseja pedir coches con dispositivos para niños.

Los usuarios piden a Tráfico que aclare la normativa sobre las sillitas en los taxis

ÁLEX SERRANO | VALENCIA A la espera de ver cómo se articula la normativa que habrá de desarrollar la nueva Ley de Tráfico, y que ha de publicarse en siete días, la Asociación Valenciana de Consumidores y Usuarios (Avacu) recomendó ayer a los clientes de taxi con niños pequeños que señalen, cuando pidan un taxi, que necesitan un dispositivo especial de retención o que, si salen desde el aeropuerto, busquen un vehículo con esos dispositivos o usen el transporte público, después de que una buena parte de los taxistas que trabajan en el aeropuerto de Manises decidan dejar de coger familias con niños pequeños para evitar multas de la Guardia Civil que, aseguran, ya se ha producido.

La razón, según esgrimen, es que la nueva Ley de Tráfico indica, en un apartado con redacción confusa, que los profesionales del sector también necesitan llevar hasta tres dispositivos de retención homologados según la edad de los niños. Aunque la ley estipula que los conductores profesionales no se considerarán «responsables del incumplimiento de esta normal por parte de los ocupantes del vehículo», la Asociación de Taxistas de la Comunitat Valenciana aseguró ayer, en este diario, que ya ha habido dos multas de mil euros que negocian, en estos momentos, con el Instituto Armado.

Para Avacu, la culpa de esta confusión recae en la Administración. El presidente de la entidad, Fernando Móner, tildó de «imperdonable» que no se prevean este tipo de problemas: «Deberían solucionarlos, no hacer aparecer otros nuevos». Móner, que reclamó que se convocara, cuanto antes, la mesa sectorial en la que deben estar administración, consumidores y taxistas, también señaló que entiende la posición de los conductores «si la normativa no es muy clara».

Uno de los consejos que dan desde Avacu es buscar taxis con sillitas, en caso de eso sea posible, lo que en la parada del aeropuerto no debería suponer un problema debido a la gran cantidad de vehículos disponibles (unos 400 operan de manera habitual en Manises). La asociación de consumidores también recomienda «avisar, al llamar para pedir el servicio, que se necesita un coche con dispositivos de retención», de manera similar a como se hace si se necesita un monovolumen o un vehículo adaptado para personas con movilidad reducida, o utilizar otros medios de transporte públicos. En este sentido, Móner recuerda que hasta el aeródromo valenciano llegan las líneas 3 y 5 de metro.

A la espera de una excepción
Pero si hay algo que los taxistas esperan con ganas para dejar atrás la incertidumbre que provoca una ley confusa, es la normativa que regule la obligatoriedad de llevar dispositivos de retención en vehículos que presten servicio y que debería llegar, en teoría, esta misma semana, aunque varias fuentes del sector se mostraron ayer pesimistas respecto a si llegará la normativa esta semana.

En cualquier caso, cuando aparezca publicada, en las excepciones figurarán los taxistas. Ya ha ocurrido. En 2004, una lectura extensiva de una directiva de la Unión Europea permitió que los conductores profesionales en área urbana resultaran exentos de llevar varios dispositivos de retención.

En sus vehículos no caben los hasta tres tipos distintos de alzadores que han de llevar según los tramos de edad, según destacan las mismas fuentes. Los taxistas están convencidos de que ocurrirá como hace diez años y los conductores estarán exentos de esta obligatoriedad.

Publicado por el Levante .

las últimas modificaciones en la Ley de Seguridad Vial

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14-5-14 NOTA INFORMATIVA LEY TRAFICO

NOTA INFORMATIVA

El pasado 9 de Mayo entraron en vigor las últimas modificaciones en la Ley de Seguridad Vial, con la incorporación de algunos artículos que podían afectar al sector del taxi, principalmente en dos aspectos: Cinturón de Seguridad en zonas urbanas, y la obligatoriedad de llevar sillas para niños.

Queremos informar que la Confederación del Taxi Seguir leyendo las últimas modificaciones en la Ley de Seguridad Vial

Los taxistas estarán exentos de llevar el cinturón de seguridad

Los taxistas estarán exentos de llevar el cinturón de seguridad

 

Aunque no es el documento definitivo, el Proyecto de Real Decreto por el que semodificará el Reglamento General de Circulación sí incluye la exención de los profesionales del taxi a llevar cinturóncuando circulen en poblado.

 

 

 

Así lo ha manifestado la Confederación del Taxi de España, CTE, tras Seguir leyendo Los taxistas estarán exentos de llevar el cinturón de seguridad

Los conductores matutinos, más estables que los vespertinos

Los conductores matutinos, más estables que los vespertinos

 

Investigadores de la Universidad de Granada han demostrado que el “cronotipo” de las personas influye en su capacidad de conduciry que los conductores matutinos lo hacen de manera más estable durante todos los tramos horarios que las vespertinas.

 

 

 

Concretamente, los sujetos vespertinos conducen Seguir leyendo Los conductores matutinos, más estables que los vespertinos

Nota informativa del STAC sobre la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Vial y la obligatoriedad de llevar cinturón los taxistas, también, en tramos urbanos.

Nota informativa del STAC sobre la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Vial y la obligatoriedad de llevar cinturón los taxistas, también, en tramos urbanos.

 Mañana día 9 entra en vigor las nuevas modificaciones de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que fue publicado en el BOE número 85, el martes 8 de abril de 2014.
Una de las modificaciones que se introducen es la siguiente:
«4. Los conductores y ocupantes de los vehículos están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, cascos y demás elementos de protección y dispositivos de seguridad en las condiciones y con las excepciones que, en su caso, se determinen reglamentariamente. Los conductores profesionales cuando presten servicio público a terceros no se considerarán responsables del incumplimiento de esta norma por parte de los ocupantes del vehículo.»
Como la propia ley las excepciones se determinarán reglamentariamente. Este Reglamento en los próximos días se dará a conocer y desde la Confederación del Taxi de España se trabajará para que el taxi quede exento de la obligatoriedad del cinturón en los tramos urbanos como ha sucedido hasta ahora. Por lo que se conoce del proyecto del Reglamento, las exenciones se han quitado prácticamente todas, incluida el taxi.
De la discusión del Reglamento iremos informando.
En vista, que las modificaciones de la ley deroga todo aquello que contravenga al nuevo texto.
RECOMENDAMOS QUE TODOS LLEVEN EL CINTURON DE SEGURIDAD EN LOS TRAMOS URBANOS QUE HASTA AHORA NO LLEVÁBAMOS. Hasta que sepamos como queda el futuro Reglamento de Circulación

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CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN LA LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL A PARTIR DEL PRÓXIMO DÍA 8 DE MAYO DE 2014

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CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN LA LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL A PARTIR DEL PRÓXIMO DÍA 8 DE MAYO DE 2014

 

Principalmente son cambios de denominaciones y para reajustar nuestra normativa a las directrices europeas cada día más exigentes en cuanto a la seguridad y en el control de nuevos elementos técnicos  relacionados con el tráfico y la circulación. Muchos de estos cambios están vinculados Seguir leyendo CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN LA LEY DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL A PARTIR DEL PRÓXIMO DÍA 8 DE MAYO DE 2014

Los taxistas ¿obligados a llevar cinturón de seguridad?

El borrador del Real Decreto con el que está trabajando el Gobierno eliminaría la exención de uso del cinturón de seguridad para los taxistas que recoge el Reglamento General de Circulación. Los distribuidores de mercancías los conductores de vehículos en servicio de urgencia y las personas que acompañen a un alumno durante el aprendizaje de la conducción también perderían la exención.

Veinte nuevas normas de tráfico que ha aprobado el Congreso

Veinte nuevas normas de tráfico que ha aprobado el Congreso

La Cámara baja ha dado luz verde a la nueva ley de seguridad vial con los votos de PP y CiU

Entrará en vigor un mes y un día después desde su publicación en el BOE

Señal que limita la velocidad a 120 kilómetros por hora en Madrid. / SAMUEL SÁNCHEZ