¿Pueden los ciclistas cruzar por un paso de peatones?

¿Tiene un cicloturista la misma prioridad que un peatón en un paso de cebra? ¿Deben los coches detenerse ante una persona montada en una bicicleta que se dispone a pasar por el paso de peatones? Desde siempre han existido este tipo de interrogantes, ya que la información que recibimos los ciudadanos desde diferentes organismos es contradictoria.

Como el propio nombre lo indica, el paso de peatones, también conocido como “paso de cebra”, está pensado para los peatones. En caso de que una persona vaya desmontada de la bicicleta, será considerada como peatón y por lo tanto podrá hacer uso de dicho paso. No así aquellos que vayan montados; de esta forma los coches no tendrán la obligación de parar para dejarles paso. Para que un ciclista cruce debidamente a la acera contraria, se debe bajar de la bicicleta y hacerlo andando.

La razón principal por la que las bicicletas no pueden ir por un paso de peatones es que las propias bicicletas son consideradas vehículos. Según el Reglamento General de Circulación (RGC), “la circulación de toda clase de vehículos en ningún caso deberá efectuarse por las aceras y demás zonas peatonales. (Artº.: 121.5)”.

Para que los ciclistas puedan pasar una calzada montados sobre las bicicletas, debería existir en ese punto una marca de paso exclusiva para ellos. En estos pasos debidamente marcados con dos líneas transversales discontinuas y paralelas sobre la calzada, las bicicletas tendrán prioridad siempre y cuando la señalización así lo indique.

Publicado por Latidos sobre ruedas.