Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia os desea a todos un muy feliz año 2015 .
Que la paz y la prosperidad acompañen este año que entra.
Uber deja de dar servicio en Espańa temporalmente
Tras ser formalmente notificados del auto judicial que obliga a Uber a dejar de dar servicio en nuestro país, la empresa informa de que cesa temporalmente su actividad “en respeto a la ley”. Durante el tiempo de suspensión, la empresa ha anunciado que apelará esta decisión de la justicia y evaluará nuevas opciones para ofrecer a los usuarios “acceso a viajes seguros y cómodos”.
El pasado 26 de diciembre el Juzgado de lo Mercantil número 2 daba un paso más tras lacautelarísima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de primeros de mescomo consecuencia de la petición de medidasd cautelares realizada por la Asociación Madrileña del Taxi en el mes de octubre.
De acuerdo con el texto de la orden de lo Mercantil, se obligaba a suspender de la transmisión, el alojamiento de datos, acceso a redes de comunicación y a la prestación de cualquier servicio de intermediación en relación a esta compañía. Desde entonces, el acceso a su web era prácticamente imposible y tampoco se podía solicitar vehículos a través de sus aplicaciones, salvo aquellos que conseguían burlar las restricciones habilitadas.
Mientras que para las asociaciones del taxiesta empresa y su aplicación son un claro ejemplo de competencia desleal, que incumple las normativas sobre transporte de viajeros locales y nacionales, la empresa insiste en que su oferta se enmarca dentro del “consumo colaborativo”.
Por ello esperan trabajar conjuntamente con los políticos para desarrollar “el nuevo y necesario marco regulatorio para crear un espacio justo para Uber y la economía colaborativa”. En su opinión “proteger a los incumbentes de otros competidores — como la actual regulación del taxi en España — restringe las oportunidades económicas de los conductores, limita las opciones del consumidor y bloquea la innovación”. Hasta entonces el taxi continuará su pelea en los tribunales para defender un sector centenario
Publicado por la Gaceta del taxi.
La inmovilización de los piratas en Valencia ya es oficial
La inmovilización de los piratas en Valencia ya es oficial
El pasado día 29 de Diciembre se publicaba en la Ley de Acompañamiento de la Generalitat para 2015 las modificaciones a la ley de Movilidad que incluyen la inmovilización inmediata de los vehículos piratas.
Desde la Confederación de Autónomos del Taxi de la Comunidad Valenciana creen que esta medida, unida al trabajo de inspección,supondría prácticamente la desaparición de la piratería y el intrusismo en el taxi valenciano.
Por ello, la Confederación ha querido agradecer a todos los compañeros que asistieron a la concentración frente a la Consellería en el mes de octubre así como a los que no acudieron pero sí mostraron su apoyo. También a otras organizaciones, como USOCV y ATCV que también convocaron a sus asociados a esta manifestación.
Lamentan desde la Confederación que el sector no estuviera unido y esperan que aquellos que no apoyaron abiertamente las reivindicaciones “se den cuenta de su error y cambien de política por el bien de los taxistas valencianos”.
Valencia se suma así a otras comunidades en las que también se contempla la inmovilización de vehículos para frenar el intrusismo como Andalucía, Cataluña oBaleares
Publicado por la Gaceta del taxi
resolucion sobre las tarifas urbanas de Valencia y de los dias de descanso
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis, así como su distribución para el año 2015, en el área de prestación conjunta de Valencia.
La Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece que la prestación del servicio del taxi se somete a la intervención administrativa para garantizar un nivel de calidad adecuado en la prestación del servicio.
El Decreto 18/1985, de 23 de febrero, del Consell, de Creación de Áreas de Prestación Conjunta para Servicios de Transporte Público de Viajeros en Automóviles de Turismo, en su artículo sexto atribuye a la consellería competente en materia de transportes las funciones de regulación y ordenación necesarias para dichas áreas.
La situación de crisis económica, con el consiguiente impacto negativo sobre la movilidad y sobre la demanda del servicio del taxi, ha provocado un exceso en la oferta de servicio. Sin embargo, hasta el momento persiste el desequilibrio entre la oferta y la demanda de taxis en el área de Valencia, lo cual es una preocupación constante del sector del taxi en dicha área.
La presente resolución se dicta de conformidad con la Orden 2/2014, de 6 de febrero, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio y la limitación diaria en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 3.
La falta de oferta de taxis adaptados a personas con discapacidad aconseja eximir del régimen de descanso obligatorio a aquellas autorizaciones que tengan adscrito un vehículo adaptado, con el objeto de facilitar el acceso a estos servicios de transporte a este colectivo de personas
Descárgate el texto original aquí
RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2014, del director general de Transportes y Logística, por la que se aclaran determinados supuestos de la Orden 23/2013, de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del área de prestación conjunta de Valencia.
La Orden 23/2013, de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del área de prestación conjunta de Valenciana, estableció nuevas tarifas.
Cumplido casi un año de vigencia de la orden no hay justificación para la modificación de las tarifas vigentes por no haberse producido un incremento en el índice de precios al consumo, o en los costes directos o indirectos del taxi que justifiquen una modificación de las mismas. No obstante, se hace necesario aclarar algunos puntos regulados en dicha orden que contribuyan a su cumplimiento estricto.
Descárgate el texto original aquí
Comunicado de la Confederación de Autónomos de Taxi de la Comunidad Valenciana sobre la inmovilizacion de los vehículos sin autorización para el transporte de viajeros
pincha aqui para ver pdf la nota de prensa
EL SECTOR DEL TAXI DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ESTA DE ENHORABUENA
El pasado día 29 de Diciembre se ha publicado en la Ley de Acompañamiento de la Generalidad para el año 2015, Ley 7/2014 de 22 de Diciembre las modificaciones a la ley de Movilidad que incluye la Inmovilización inmediata de los vehículos que presten un servicio de transporte de discrecional Seguir leyendo Comunicado de la Confederación de Autónomos de Taxi de la Comunidad Valenciana sobre la inmovilizacion de los vehículos sin autorización para el transporte de viajeros
Uber cierra su servicio en España
Uber cierra su servicio en España
La aplicación de transporte mantendrá su batalla en los tribunales y piensa en modelos alternativos para reabrir
ROSA JIMÉNEZ CANO San Francisco
La aplicación Uber cierra su servicio en España después de que un juez de lo mercantil ordenase el pasado 9 de diciembre el cese de actividades. Carlos Lloret, responsable en España, ha sido el encargado de comunicar la decisión de la empresa: “Queremos respetar la ley y hemos decidido parar el servicio”. El pasado 25 de diciembre la aplicación vio cómo su servicio quedaba suspendido cuando tanto las operadoras como las tarjetas de crédito cortaron la comunicación. Cuando un cliente abría la aplicación, o bien le decía que había un problema de conexión o bien le indicaba que no funcionaba la forma de pago elegida.
Hace nueve meses Uber abrió en España bajo la fórmula Pop, un servicio muy parecido al que en Estados Unidos opera bajo la marca Uber X. Primero en Barcelona, después en Madrid y Valencia. En los tres casos lasprotestas por parte de los taxistashan sido una constante, pero solo en Madrid las demandas de la Asociación Madrileña del taxi en el juzgado han prosperado. Desde Uber insisten en que su servicio no compite con el taxi tradicional: “No es competencia. UberPop no es para ganarse la vida, sino para conseguir una ayuda, un dinero de apoyo de cuando en cuando”, aseguran.
No es el único sitio en el que Uber ha tenido problemas. En Francia, estará prohibido a partir del 1 de enero pese al recurso de la empresa ante la Comisión Europea, que deja la decisión final en manos de cada estado miembro. Además, ha sido prohibida en más de una decena de países y ciudades de todo el mundo.
Los portavoces de la compañía consideran que el rechazo forma parte del proceso de implantación: “En San Francisco, donde empezamos, al principio hubo protestas, hasta que se creó un marco regulatorio que permite operar con normalidad. Lo mismo ha sucedido con Airbnb”. Al mismo tiempo, Llorente reconoce que España cuenta con peculiaridades: “No nos reciben con los brazos abiertos, lo asumimos. Somos una nueva competencia en un entorno en el que se pagan miles de euros por una licencia, impuestos altos y se mantiene cerrado el mercado, pero nuestra vista está puesta en el consumidor, en ofrecer una solución más eficiente”. El responsable de la aplicación cita un informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en el que se apoya la necesidad de regular la economía colaborativa para dar paso a nuevas formas de negocio.
Uber, que se considera a sí misma una startup, tiene una valoración de 41.200 millones de dólares
La empresa ya tenía definida su estrategia ante este contingente. En primer lugar, volver si cambia la regulación. En segundo, mantener el litigio abierto y la conversación con las autoridades para obtener un marco legal favorable. Por último, pensar en nuevas formas de transporte de pasajeros entre particulares que sí se ajusten a lo que marca la ley actual. No se atreven a dar una fecha concreta pero sí subrayan que el cierre de Uber en España no es definitivo. De hecho, pretenden ampliar la plantilla de empleados en España, aunque, al mismo tiempo no desvelan la cantidad con que ya cuentan. Los conductores no cuentan dentro de la plantilla, sino que son trabajadores por cuenta propia. Uber, que se considera a sí misma una startup, tiene una valoración de 41.200 millones de dólares.
Con la intención de conseguir mayor repercusión en redes sociales, un entorno que les resulta favorable y en el que han basado gran parte de su crecimiento en todo el mundo, han publicado un post en el blog español invitando a publicar en Twitter y Facebook testimonios bajo la etiqueta #yoapoyoube
Publicado por el país economía
Dia de descanso establecido por la Conselleria para 2015
Se informa al sector del cambio del día de descanso establecido por la Consellería para el año 2015. El cambio de día se realizará tal y como se ha venido realizando los años anteriores la semana del primer lunes de Enero, es decir, a partir del día 5, de modo que ese lunes empezarán librando los taxis terminados en 0 y en 1, Seguir leyendo Dia de descanso establecido por la Conselleria para 2015
Tarifas del Área de Prestación Conjunta de Castellón
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se clarifica la aplicación de las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de Castellón.
Los servicios de transporte público discrecional de viajeros por carretera, prestados con vehículos de menos de nueve plazas y provistos de autorización del Área de Prestación Conjunta de Castellón, se hallan sometidos al régimen de autorización administrativa, con sujeción al régimen dispuesto por la Orden de 15 de julio de 1991, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte. Esta orden estableció el régimen tarifario y sus condiciones de aplicación para los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo del Área de Prestación Conjunta de Castellón. Las tarifas correspondientes se han ido fijando y actualizando sucesivamente mediante las oportunas órdenes de la consellería.
La Orden 28/2013, de 13 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte púbico de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de Castellón, estableció nuevas tarifas.
Cumplido un año de vigencia de la Orden no hay justificación para la modificación de las tarifas vigentes por no haberse producido un incremento en el Índice de Precios al Consumo, o en los costes directos o indirectos del taxi que justifiquen una modificación de las mismas. No obstante, se hace necesario aclarar algunos puntos regulados en dicha orden, que contribuyan a su cumplimiento estricto.
Tarifas del Área de Prestación Conjunta de Camp de Morvedre
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se clarifica la aplicación las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de Camp de Morvedre.
Los servicios de transporte público discrecional de viajeros por carretera, prestados con vehículos de menos de nueve plazas y provistos de autorización del Área de Prestación Conjunta del Camp de Movedre, se hallan sometidos al régimen de autorización administrativa, con sujeción al régimen dispuesto por la Orden de 24 de junio de 2008, de la Consellería de Infraestructuras y Transporte. Esta orden estableció el régimen tarifario y sus condiciones de aplicación para los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo del Área de Prestación Conjunta del Camp de Morvedre. Las tarifas correspondientes se han ido fijando y actualizando sucesivamente mediante las oportunas órdenes de la Consellería.
La Orden 27/2013, de 23 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte púbico de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta del Camp de Morvedre, estableció nuevas tarifas.
Cumplido un año de vigencia de la orden no hay justificación para la modificación de las tarifas vigentes por no haberse producido un incremento en el índice de precios al consumo, o en los costes directos o indirectos del taxi que justifiquen una modificación de las mismas. No obstante, se hace necesario aclarar algunos puntos regulados en dicha orden, que contribuyan a su cumplimiento estricto.
Tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se clarifica la aplicación de las tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana y para los municipios de menos de 20.000 habiltantes no incluidos en áreas de prestación conjunta.
Los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana y de los municipios de menos de 20.000 habitantes no incluidos en áreas de prestación conjunta, se hallan sometidos al régimen de autorización administrativa, con sujeción al régimen dispuesto por la Orden 24/2013, de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente. Esta orden estableció el régimen tarifario y sus condiciones de aplicación para los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana y para los municipios de menos de 20.000 habitantes no incluidos en áreas de prestación conjunta.
La Orden 24/2013, de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se actualizan las tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana y se establecen tarifas para los municipios de menos de 20.000 habitantes no incluidos en áreas de prestación conjunta.
Cumplido un año de vigencia de la orden no hay justificación para la modificación de las tarifas vigentes por no haberse producido un incremento en el índice de precios al consumo, o en los costes directos o indirectos del taxi que justifiquen una modificación de las mismas. No obstante, se hace necesario aclarar algunos puntos regulados en dicha orden, que contribuyan a su cumplimiento estricto.

