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Taxistas y directores de hotel, unidos contra el intrusismo

La Federación Profesional del Taxi de Madrid y la Asociación Española de Directores de Hotel, AEDH, han firmado un acuerdo de colaboración para fomentar de manera conjunta la utilización del taxi legal a través de la app de TeleTaxi. Además, este acuerdo permitirá a ambas entidades compartir un espacio en Fitur y a los miembros de la FPTM, beneficiarse de descuentos en los hoteles de la Asociación.

 

Durante el encuentro, el presidente de Federación, Julio Sanz recordó que ambos  sectores, taxi y hotelero, han sido muy castigados no solo por la crisis “sino por la aparición de elementos externos, como determinadas aplicaciones ilegales”.

 

Por su parte, el presidente de AEDH, Vicente Romero,  considera este convenio como una oportunidad para dar una buena imagen a los turistas que nos visiten. “En una gran urbe como Madrid se da a veces el caso de que los hoteleros tienen a sus taxistas amigos que perjudican la imagen del sector y de los profesionales”. Situación que, explicó “no nos beneficia a ninguno”.

 

Al acto de la firma también ha asistido la responsable de TeleTaxi, Azucena Cabezas, y del presidente de la Asociación Española de Directores de Hotel en Madrid, Manuel Vegas, que ha asegurado que los hoteleros“tienen un sentimiento de confraternización con el sector del taxi”. 

Publicado por la Gaceta del taxi.

Alquiler de vehículos con conductor (VTC)

Hoy publico un interesantísimo trabajo de un compañero de la Policía Local de Marbella Alfonso Mendoza Bellido donde nos detalla la intervención con los vehículo de alquiler con conductor (VTC).

Cada día son más los requerimientos que los profesionales del taxi hacen a las dependencias de policías locales y Guardia Civil para que acudan a las proximidades de establecimientos hoteleros o cerca de la celebración de algún evento para que los agentes intervengan, porque un vehículo turismo está recogiendo viajeros, produciéndose una presunta competencia desleal a ese sector.

Comencemos por aclarar algunos conceptos que pueden dar lugar a error, el transporte de viajeros en turismo normalmente se realiza en  vehículos: 

-Auto-Taxis: CLASE A. Vehículo Dotado de aparato taxímetro. Tarjeta de Transporte VT.

-Auto-Turismos: CLASE B. Igual que los anteriores pero sus tarifas son fijas en función del trayecto recorrido y son acordadas y tasadas en lista de precios. Tarjeta de Transportes VT.

-Taxis de Abono: CLASE C o ESPECIALES. Son vehículos de arrendamiento con conductor pero con unas características especiales en cuanto a la prestación y contratación del servicio. Tarjeta de Transportes VTC.

Realmente cuando nos referimos a este tipo de transportes estamos hablamos de “Transporte Público Discrecional de Viajeros en Turismo de hasta Nueve Plazas.

Lo anterior, no tiene nada que ver con los llamados “taxis piratas”, esos son turismos privados,  conducidos por particulares, que probablemente han pertenecido al gremio y se conocen  los entresijos de la profesión del taxi, suelen intrusos que  prestan un servicio ilegal, sin responsabilidad sin requisitos y sin autorización administrativa que les ampare.

Para la realización de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor será precisa la obtención de una Tarjeta de Transporte (VTC),para cada vehículo,  de acuerdo con el ROTT.

Las autorizaciones deberán estar domiciliadas en el lugar en que lo esté el permiso de circulación de los vehículos a los que se hallen referidas.

El otorgamiento de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor se realizará para la expedición de las autorizaciones de transporte discrecional interurbano en el lugar en que aquéllas hayan de estar domiciliadas.

Las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor habilitarán para la realización de servicios tanto urbanos como interurbanos, en todo el territorio nacional, siempre que el vehículo haya sido previamente contratado de conformidad con lo dispuesto en esta Orden.

Los vehículos no tendrán una capacidad superior a nueve plazas, incluida la del conductor, y deberán reunir, las siguientes características:

-Vehículos  de hasta 5 plazas: potencia fiscal > a 14 Caballos de vapor fiscales (CVF).

-Hasta 1/3 parte de la flota: potencia fiscal inferior, superando siempre los 12 CVF.

-Vehículos de mas de 5 plazas: potencia fiscal > a 18 CVF, que se puede reducir a 16 CVF en vehículos de longitud inferior a 5 metros, y longitud mínima  de 4,70 metros.

-Antigüedad no superior a ocho años desde su matriculación.

-No se computa la antigüedad en vehículos de > 28 CVF.

-Dos conductores por cada tres autorizaciones

-Un conductor adicional cuando la división del número de autorizaciones entre tres, arroje un resto superior a uno

-Conductores en posesión del permiso BTP además del correspondiente permiso de conducir.

-Contratados a jornada completa y afiliados con régimen de alta en la Seguridad Social.

-Podrán computarse como conductores, el titular de la autorización y sus familiares en primer grado.

-Cuando el titular sea una persona jurídica, la persona que ostente la propiedad de, al menos, el 20 por ciento de su capital social con los requisitos exigidos.

Las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor otorgadas conforme se documentarán mediante la expedición de las correspondientes tarjetas de la clase VTC, en las que se especificará su titularidad, domicilio, vehículo al que estén referidas y demás circunstancias de la actividad que se determinen por la Dirección General de Transportes por Carretera.

La validez de las autorizaciones quedará condicionada a la constatación periódica del mantenimiento de las condiciones que originariamente justificaron el otorgamiento

Dicha constatación se llevará a cabo bienalmente por el órgano administrativo que haya realizado el otorgamiento.

Transcurrido el plazo de visado se considerarán caducadas, si tras esa caducidad el número de vehículos no alcanza el mínimo exigido, la caducidad afectará a la totalidad de autorizaciones de la empresa.

El arrendamiento de los vehículos con conductor deberá contratarse previamente a la realización del servicio en las oficinas o locales de la empresa arrendadora situados en el municipio en el que esté domiciliada la correspondiente autorización, debiendo llevarse a bordo del vehículo la hoja de ruta.

El arrendamiento deberá encontrarse referido, en todo caso, a la capacidad total del vehículo que se haya de utilizar, sin que quepa alquilar sus plazas de forma separada a distintos arrendatarios.

En ningún caso podrán los vehículos amparados en autorizaciones de arrendamiento con conductor aguardar o circular por las vías públicas en busca de clientes, ni realizar la recogida de los que no hayan contratado previamente el servicio.

Los vehículos adscritos a las autorizaciones de arrendamiento con conductor no podrán abandonar el lugar en que habitualmente se encuentren guardados o estacionados sin llevar a bordo la hoja de ruta regulada en el artículo 24 debidamente cumplimentada, salvo que se acredite que su desplazamiento tiene como causa la realización de operaciones de revisión, reparación o mantenimiento del propio vehículo.

A efectos de control administrativo, la empresa titular de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor deberá cumplimentaruna hoja de ruta por cada servicio,que deberá conservarse durante el plazo de un año, contado a partir de la fecha de celebración del contrato,a disposición de los servicios de inspección del transporte terrestre.

En cada hoja de ruta se hará constar el nombre y número del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del arrendador y el arrendatario; el lugar y fecha de celebración del contrato; el lugar, fecha y hora en que ha de iniciarse el servicio y el lugar y fecha en que haya de concluir; la matrícula del vehículo; así como el resto de las circunstancias que se establezcan, en su caso, por la Administración o que libremente pacten las partes.

Los precios de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor no estarán sujetos a tarifa administrativa, si bien las correspondientes empresas deberán tener a disposición del público folletos o listas impresas en las que se indiquen los que apliquen en los locales en que realicen el arrendamiento.

Los vehículos dedicados a la actividad de arrendamiento con conductor no podrán llevar publicidad alguna, ni signos externos identificativos salvo, la placa relativa a su condición de vehículos de servicio público.

Una vez aclarado los conceptos básicos en la forma de realizarlo y los requisitos para este tipo de transporte pasemos a desarrollar algunos ejemplos de irregularidades e infracciones que pueden  cometer los mismos.

Las Autorizaciones son de ámbito nacional y esto significa que los usuarios puedan contratar un servicio por ejemplo en Málaga para llevar a un ponente de una conferencia a Ciudad Real, incluida la vuelta a Málaga tras la finalización de su ponencia, todo ello, recogido en un contrato y con las correspondientes hojas de ruta de ida y vuelta. Lo que no puede hacer un conductor de un vehículo VTC, es tras dejar al viajero en Ciudad Real en el lugar de su ponencia, buscar clientes para Málaga u otro lugar de su conveniencia.

Siguiendo a modo de ejemplo, lo que presuntamente hacen ciertos intermediarios de establecimientos hoteleros, conserjes, relaciones públicas etc, cuando un cliente solicita un  taxi, llama a uno de los que ya tienen concertados VTC y aunque no sea una autorización domiciliada en la zona, el vehículo y su conductor sí están en la zona. Bajo estas prácticas que encarecen los trayectos al cliente que desconoce la normativa y que en definitiva lo que quiere es desplazarse, se enmascaran comisiones y se comete actividad desleal hacia las VT, (Taxis que están esperando en esos hoteles, aeropuertos, estaciones etc). Estos a su vez requieren a la policía o Guardia Civil, al sentirse agredidos por las VTC. En estos casos casi siempre las hojas de ruta no están correctamente confeccionada o incluso no están, por supuesto no hay contrato, solo hay un transfer de un correo electrónico que desde el establecimiento hotelero o lugar de recogida se ha enviado a la empresa VTC en cuestión para que parezca que se ha contratado en origen.

Cuando los agentes se personan o interceptan el vehículo VTC, encuentran que la hoja de ruta no está correctamente confeccionada, no hay un contrato, o existe cierta habitualidad de ese vehículo o licencia en un municipio que no es el de la propia autorización. 

En este sentido la intervención debe ser proporcional e intentar causar el menor perjuicio posible a los viajeros que han pagado y no tienen culpa de lo que sucede.

También hay que decir que no son todos los VTC, los que realizan estas prácticas y en la inspección nos encontramos muchas veces con transporte de viajero perfectamente en regla, con su contrato, su hoja de ruta bien confeccionada, su hoja de reclamaciones  etc.

En otras ocasiones nos presentan un contrato o convenio de colaboración con una agencia de viajes o de transportes, que no puede ser superior en tiempo a seis meses y que la consejería de transporte correspondiente debe tener cuenta de ello, normalmente cuando corresponda el visado de las tarjetas, ese contrato o convenio de colaboración no les habilita para realizar transporte todo el año en zonas distinta a la de la autorización, enmascarando lo que debería ser un convenio para un evento puntual y transformándolos en trayectos ordinarios que corresponden a las VT. Y en todo caso esos transportes bajo esos convenios de colaboración con agencias, los contratantes son las agencias y nunca los particulares y ese dato debe quedar reflejado en la hoja de ruta y en el contrato.

 son bienales y de todas las tarjetas de la empresa, se suele dar el caso de que una empresa con diez tarjetas ha vendido algunas a distintas personas,( práctica ilegal) por lo que a la hora de visar se tienen que juntar. En este sentido si tienen una denuncia y esta está recurrida, no interrumpe el visado, por lo que si quiere visar tiene que pagar la denuncia y seguir recurriendo, de lo contrario no renueva y las diez quedan sin efecto.  

DOCUMENTOS DE CONTROL RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE

      (hacer click en la imagen para verla en un tamaño mayor)

A nombre del titular, bien confeccionado (arrendador, arrendatario, fecha, lugar de recogida y llegada etc). Ejemplo de contrato:

bien confeccionada (identificación del contratante, Identificación del o los viajeros, fecha, lugar de recogida y llegada, matrícula del vehículo, nº de tarjeta VTC, empresa), el libro de las hojas de ruta debe estar sellado por la consejería correspondiente. Hay que tener en cuenta que no existe un  formato oficial del hojas de ruta o de contrato, siendo estos confeccionados por las propias empresas de transporte, con la única salvedad de que, han  de ser sellados.

               hoja sellada libro ruta                    hoja de ruta

No es necesario el libro, sino las hojas. Son las mismas que se solicitan para cualquier establecimiento público y oficiales de cada comunidad autónoma.

Con una cuantía de limitada a 50 millones. (anteriormente era ilimitada)

Visible al público anunciando de poseer libro de reclamaciones

Señal de servicio público con las dimensiones recogidas en el Anexo XI del Reglamento General de Vehículos

Además de los requisitos correspondientes al vehículo y su conductor ( Permiso BTP, Tarjeta de Inspección Técnica, permiso de circulación, etc.)

Especial atención a las limusinas, que se encuentran bajo autorización VTC, ya que muchas han sido importadas de EEUU, y han sido convertidas a nueve plazas sin pasar ITV unitaria, atención a su MMA ya que suelen pasar de 3500 KG y necesita su conductor un permiso de la clase C”, así mismo no pueden llevar publicidad.

Las normas sancionadoras se encuentran en cualquier codificadote transportes en el apartado de Transporte Público Discrecional en Vehículo Turismo de hasta Nueve Plazas. Si no se posee boletines de transporte de la Dirección General de la Consejería correspondiente, bastará con un informe dirigido a la misma con la infracción cometida y los requisitos exigidos  para cualquier denuncia: lugar, fecha, hora, agente y cuerpo denunciante, datos del infractor, vehículo, titular de la VTC y todo lo que podamos aportar para facilitar la labor del órgano instructor.

Autor: 

Alfonso Mendoza Bellido

Oficial de Tráfico
Diplomado en Criminología
Especialista Universitario en Seguridad
Policía Local de Marbella (Málaga)

Normativa aplicable:
Orden Ministerial 36/2008, de 9 de enero, (BOE Nº 19, de 22 de enero de 2008)

Publicado por Tacograferos.

La primera sentencia del ´caso de los floteros´ se salda con 65 condenados

El juez impone sanciones por valor de 68.761 euros a los titulares de 11 licencias de taxi por el delito de cesión ilegal de trabajadoresS. D. / T. G. 16.06.2015 | 08:50

Operación policial realizada contra los floteros en abril de 2010. LP / DLP

Fotos de la noticia

Los titulares de 11 licencias de taxis de Las Palmas de Gran Canaria han sido condenados por el magistrado del Juzgado de lo Social número 9 de Las Palmas de Gran Canaria, Óscar González Prieto, a pagar sendas multas de 6.251 euros cada una -que hacen un importe total de 68.761 euros- por un delito probado de cesión ilegal de trabajadores. Esta sentencia, contra la que cabe recurso, es la primera emitida en el denominadocaso de los floteros, destapado en la capital grancanaria en abril de 2010 y que viene a demostrar la existencia de unaexplotación ilegal de las licencias de taxis pertenecientes principalmente a herederos de antiguos taxistas.

En el año 2009, tras denuncias en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, referidas a prácticas en el sector del taxi en la capital grancanaria que pudieran constituir infracciones municipales, fiscales y laborales, se inició unainvestigación coordinada entre administraciones. La Concejalía de Transportes del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria dirigió las primeras actuaciones de la investigación, consistentes en comprobaciones con grabaciones de vídeo realizadas desde vehículos camuflados de la Policía Local. Las indagaciones se centraron en la cooperativa de taxistas San Cristóbal y, tras meses de pesquisas, el 8 de abril de 2010 la Policía Local, la Agencia Tributaria e Inspección de Trabajo y Seguridad Social llevaron a cabo una actuación conjunta de registro y precinto de las oficinas de tres floteros que explotaban un total de cien licencias de taxi en la capital grancanaria. En la investigación posterior de la parte de la trama dependiente solo del flotero Oliverio Rodríguez Quintana se han visto envueltas alrededor de un centenar de personas, entre los titulares de las licencias y los trabajadores explotados.

El magistrado González Prieto, en su sentencia del pasado 8 de junio, considera probada la existencia de una red en la que el titular de la licencia 1.220, Oliverio Rodríguez Quintana, es un “auténtico empresario que se dedica como actividad principal a la gestión integral” de un conjunto de licencias con trabajadores con los que actuaba dándoles de alta en una u otra licencia como si fuese una empresa de trabajo temporal sin tener autorización legal para ello. Se trata de las licencias correspondientes a los números 754, 516, 857, 767, 863, 989, 1.075, 1.357, 964, 1.620 y 1.044. Cada uno de estos permisos de explotación de taxis municipales tiene múltiples propietarios, hasta sumar los 65 que figuran relacionados en la fallo judicial y que han de abonar los 6.251 euros de multa por cada licencia en caso de que el responsable de la red, Rodríguez Quintana, no los pague.

No entra, sin embargo, el juez a valorar si hay delito fiscal en la explotación de los taxis, otra de las cuestiones objeto de esta larga instrucción. Asimismo, el magistrado no aprecia cesión ilegal de trabajadores entre Oliverio Rodríguez y los titulares de otras tres licencias puestas en entredicho: las número 1.210, 978 y 1.314. Sus propietarios han quedado absueltos.

Publicado por la Provincia

Nuevas dimisiones en la consultiva de Gremial

Tras las primeras dimisiones dentro de la Junta Consultiva de la Asociación Gremial de Madrid, tres nuevos miembros habrían presentado su renuncia esta misma mañana, dejando la junta con solo 8 miembros. Una cifra inferior al mínimo establecido por los estatutos en su artículo 37, nueve socios, que implicaría la convocatoria de elecciones para cubrir las vacantes.  

 

De acuerdo a este mismo artículo 37, “las vacantes que se produzcan entre los miembros de la Junta Consultiva serán cubiertas por idéntico procedimiento al previsto para los Cargos de la Junta Directiva, si bien no será preceptiva la cobertura de vacantes, en tanto no se reduzca el número de sus componentes por debajo del umbral numérico fijado como mínimo, es decir, nueve”.  

 

La Junta Consultiva, formada por 15 miembros, es un organismo de apoyo y asesoramiento a la Directiva de la Asociación pero sin carácter vinculante en sus opiniones o manifestaciones. A las recientes renuncias hay que sumar el abandono voluntario de otro socio hace más de un año.Además, según apunta la información consultada, es probable que haya nuevas dimisiones en los próximos días.

 

Consulta por carta

Por otro lado, el presidente de la asociación, Julio Moreno, habría enviado una carta a los socios de Radio Taxi Gremial para que se pronuncien sobre la campaña de Recogida a cero. Según fuentes próximas a la entidad, Moreno habría dado orden de que todas las respuestas fueran entregadas exclusivamente a él, sin pasar, como suele habitual, por otros miembros de la directiva.

 

De acuerdo a estas mismas fuentes, el hecho de que la información le llegue únicamente al presidente podría poner en duda la transparencia del proceso, al ser el presidente el único con acceso a las respuestas de los socios sin que otro miembro de la directiva pueda hacer una doble comprobación.

 

Recordemos que Moreno se había comprometido a principios de mayo a celebrar una consultasobre este tema antes de la Asamblea General del pasado 6 de junio en la que esta y otras cuestiones fueron duramente criticadas por los socios que no aprobaron ninguno de los puntos del orden sometidos a votación.

Publicado por la Gaceta del taxi

La Juez del Juzgado de Instruccion nº1 de Mieres aprecia indicios de delito en las actuaciones denunciadas por la Federación contra su ex-tesorero.

Fecha: 10/6/2015

AUTO JUDICIAL:

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Mieres, ha dictado auto, el pasado día 4 de junio, de continuación de las actuaciones por los Trámites del Procedimiento Abreviado 0000063/2014.

Este auto ha sido dictado por la Sra. Jueza al encontrar, tras mas de un año de instrucción, INDICIOS de la presunta comisión de un delito de INJURIAS y FALSEDAD DOCUMENTAL por parte del ex-tesorero de la Federación y ex Director del Centro de Formación, Don L.F.D.G.

Recordemos que la Ejecutiva de la Federación presentó una querella contra su ex-tesorero en el año 2014, como consecuencia de la falsificación de un acta de la Ejecutiva de la Federación, así como de las firmas en la misma del Secretario General (José Artemio Ardura Valdés) y del Secretario de Organización (Ivan Velasco Feito), cuyo desenlace final derivó en el cierre obligado del Centro de Gestión en Langreo con importantísimas pérdidas económicas para la Federación y una merma importante en su credibilidad e imagen pública consolidada durante mas de treinta años de impecable y honesto servicio al Sector del Taxi asturiano.

En los próximos meses casi con toda probabilidad se iniciará el juicio en los juzgados de lo penal en Oviedo, donde la Federación mantendrá todas las acusaciones formuladas contra el ex-tesorero y ex-Director e instará una sentencia condenatoria y el resarcimiento de los daños ocasionados a la Organización de acuerdo con los hechos que se consideren probados en el desarrollo del juicio.

La Federación hará público, para sus afiliados, un resumen de esta resolución judicial, (en el que se omitirán determinados datos en aplicación de la LOPD), ya que a lo largo de todo este proceso han sido muchas las dudas y suspicacias suscitadas, entre nuestros afiliados, respecto de las actuaciones del ex-tesorero de la FAST a lo largo de su mandato, dudas que la Dirección de la FAST desea sean aclaradas interna y judicialmente, hasta sus últimas consecuencias, para que el buen nombre de la Federación y el de sus anteriores y actuales dirigentes quede fuera de cualquier duda respecto de su comportamiento ético y profesional así como en aplicación de un criterio de transparencia en todas las actuaciones de la propia Organización para con sus afiliados.

No obstante la FAST ha iniciado hace ya meses una investigación contable interna respecto de los procedimientos utilizados por el ex-tesorero y Director del Centro de Gestión en Langreo, durante el periodo comprendido entre 2009 y 2013 ya que disfrutaba de plenos poderes económicos, de forma que el resto de miembros de la Ejecutiva apenas conocían su “peculiar” forma de llevar la contabilidad de la Organización mas allá de los informes periódicos que él mismo elaboraba y presentaba para su aprobación, por lo que se considera imprescindible arrojar toda la luz posible sobre este asunto para que no quede, finalmente, ninguna sombra de duda

Publicado por infoasturias.

El IMET solicita a la empresa TaxiBus que no use la palabra ‘taxi’

El Institut Metropolità del Taxi ha hecho llegar una carta a la empresa TaxiBus para que retire la palabra ‘taxi’ de su denominación. Se hace así eco de la denuncia efectuada por el STAC señalando el uso indebido del término taxi por esta empresa.

 

En la carta remitida por el IMET se recuerda que el servicio de taxi requiere de una licencia de taxi adjudicada por el Área Metropolitana de Barcelona, según lo establecido en el artículo 5.2 de la Ley 19/2003, de 14 de julio del Taxi así como por el artículo 15.2 del Reglamento Metropolitano del Taxi, de 22 de julio de 2004. De acuerdo a ello y tras consultar en los archivos, el Institut ha constatado que no figura ningún titular de licencia con la denominación TaxiBus.

 

De la misma manera se informa de que se comunicará a la Dirección de Transportes de la Generalitat de Catalunya la existencia de dicha empresa y de los servicios que realiza “por si considera oportuna la apertura de un expediente sancionador o cualquier otra sanción administrativa

Publicado por la Gaceta del taxi

Ryanair no venderá más billetes de VTCs en sus vuelos

La aerolínea irlandesa Ryanair cede y llega a un acuerdo con la Asociación Élite Taxi Madrid por el que no venderá más billetes de VTCs en sus vuelos a la capital de manera indefinida. El documento ha sido firmado en la mañana de hoy, momentos antes de la vista por las medidas cautelares previa al juicio contra esta empresa, AeroCity y Ares Capital, empresas con las que no se ha alcanzado ningún entendimiento.

 

La vista, que finalmente ha sido suspendida por motivos de índole técnica, volverá a celebrarse el 9 de julio, aunque ya sin la aerolínea como parte demandada. Aunque el compromiso es confidencial, en la vista pública a la que ha acudido este medio, Ryanair ha confirmado que cesará la venta de billetes de VTCs, así como la publicidad de dicho servicio en todos sus vuelos con destino Madrid.

 

Al margen de este acuerdo, Élite Taxi Madrid mantiene la demanda contra AeroCity y Ares Capital por competencia desleal. Recuerdan desde Élite Taxi Madrid que estas empresas “incumplen la legalidad vigente” en la prestación del servicio de transporte de viajeros, además de ofertarse como taxis cobrando por plaza en lugar de por la capacidad total del vehículo, incurriendo en publicidad engañosa.

 

Por ello, Díaz Álvarez espera con la demanda, que fue admitida a trámite el pasado mes de abril,frenar “de manera indefinida”lo que consideran “actividades fraudulentas” y “competencia desleal

Publicado por la Gaceta del taxi.

Segundo NO de los socios a la directiva de Gremial Madrid

A menos de un mes de la primera negativa, ocurrida en la sesión del radiotaxi, hoy de nuevo los socios de Gremial Madrid han vuelto a retirar de forma mayoritaria y contundente su apoyo a la Junta Directiva. 

 

En esta sesión General Ordinaria de la Asociación Gremial del Taxi de Madrid también ha quedado patente la delicada situación económica de la organización, obligada a proponer cuotas extraordinarias a los asociados y a operar con líneas de crédito para hacer frente a los gastos corrientes. 

 

Los aproximadamente 230 asistentes a la Asamblea de este sábado 6 de junio han negado por amplísima mayoría, con sus votos, esta vez en las urnas, su apoyo a la gestión de la Junta Directiva y a su presidente Julio Moreno. 

 

Después del primer no del pasado 8 mayo durante la reunión del radiotaxi, se ha repetido la tendencia y tampoco hoy los socios han aprobado ninguno de los puntos claves del orden del día en su Asamblea General.  Y el más polémico, el cobro de una cuota extraordinaria de 50 euros ha sido también el más rechazo de todos, con 174 votos en contra, solo 26 a favor, 2 abstenciones y 15 nulos.                                      

 

Se rechaza también la memoria y balance de cuentas del ejercicio 2014  por 161 votos en contra, 45 a favor y 9 abstenciones. Tampoco la directiva de Gremial ha podido sacar adelante los presupuestos de 2015 que obtuvieron 167 votos negativos, 35 favorables,  6 abstenciones y 17 resultaron nulos. 

 

La novedad de esta sesión ha sido que, por primera vez, para las votaciones se instalaron varias urnas donde los socios depositaron las papeletas a favor o en contra de los punto del orden del día sometidos a votación. Un proceso que ocasionó las inevitables colas y que ha alargado la sesión bastante más de lo previsto. 

 

 

El asunto más escabroso de la jornada ha sido el punto 5, donde, en principio la Directiva, incluía dos propuestas, ambas económicas y con cargo a los socios. 

Finalmente la primera de ellas, la subida de la cuota anual para 2016 de 50 euros a  90 fue retirada. Si se mantuvo, aunque como hemos mencionado, fue rechazada por amplia mayoría, el cobro de una cuota extraordinaria de 50 euros que se haría efectiva este próximo mes de julio. 

 

 

En su exposición previa, el presidente Julio Moreno trató de convencer a los asistentes, sin éxito, de la necesidad de aprobar en votación esta cuota extraordinaria argumentando que de no hacerlo se podia llegar a poner en riesgo la solvencia de la entidad al dificultar líneas de crédito para 2016. Pese al énfasis puesto minutos antes por el presidente sobre este asunto, su mensaje sin embargo no caló en los asistentes a la hora de votar. 

 

Pasadas las cinco de la tarde la Asamblea continuaba con ruegos y preguntas. La próxima cita de los socios con las urnas será en octubre cuando se celebren elecciones para renovar el equipo de gobierno de la Gremial madrileńa, la mayoritaria del sector

Publicado por la Gaceta del taxi.

Autocontrol califica de “engańosa” la campańa recogida 0 de Gremial

Según la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial, Autocontrol, la publicidad sobre la campaña de recogida a 0 de Radio Taxi Gremial es “engañosa” e infringe la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria y el artículo 3.1 del Código Ético de Confianza Online.

 

Según recoge en su dictamen, el 30 de marzo un  particular presentó una reclamación por la publicidad de recogida a 0 de RadioTaxi Gremial. En dicha denuncia presentada el particular manifestaba que el mensaje publicitario es engañoso en la medida en que el inicio del servicio del taxi en Madrid es de 2,40 € o 2,90 €, dependiendo del día y/o la hora, y que esa cantidad siempre aparece en el taxímetro, por lo que el coste del servicio no sería cero.

 

Analizada la denuncia, y habiendo trasladado la reclamación a Radio Taxi Gremial sin respuesta, Autocontrol establece que esta publicidad, con el mensaje “Le recogemos a coste 0”, transmitía una idea por la cual la radioemisora no cobraría ningún importe al cliente por el servicio. Sin embargo, la Sección consideró que la publicidad es engañosa y puede llevar a error a un consumidor medio “normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz”, que podía interpretar que le recogerían sin coste alguno, cuando realmente se le aplicaría el importe de “bajada de bandera”.

 

La Agencia explica que este dictamen no tiene fuerza vinculante porque no es una empresa asociada, aunque recuerda que la mayor parte de sus dictámenes son cumplidos de forma voluntaria por las empresas

Publicado por la Gaceta del taxi

Los taxistas se manifestarán el próximo martes por la Platja de Palma

BALEARES:
Los taxistas se manifestarán el próximo martes por la Platja de Palma

POR MIGUEL

Los taxistas se manifestarán el próximo martes 3 de junio y  realizarán un recorrido con sus vehículos por diferentes calles de  Platja de Palma con el objetivo de pedir al Ajuntament que regule la  actividad del transporte de viajeros con triciclos.

Según han informado en un comunicado la Agrupación empresarial de autotaxi y autoturismo de Baleares, la Asociación Sindical de  Autónomos del Taxi de Mallorca y Radio Teléfono Taxi, estos ciclos,  así como las personas que los conducen, incumplen la ley de seguridad vial, cobran tarifas sin haber sido sometidos a la comisión de  precios y captan clientes en la vía mediante silbatos.

Con todo ello, dicen, se «menoscaba» la seguridad del usuario y  consumidor de estos servicios.

Concretamente, los taxistas se concentrarán a las 10.00 horas en  el polígono Son OMs y partirán a las 10.30 horas por Can Calafat, en  dirección a Son Fangos, Camí de Can Alegría, hasta concluir en la  carretera Arenal, donde registrarán un escrito en las oficinas de la  Policía Local

Publicado por Infotaxi