RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se establece el régimen de servicio y turnos de descanso obligatorio en la prestación de servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo en el área de prestación conjunta de Alicante, durante el año 2021.

La Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del Taxi de la Comunitat Valenciana establece, de forma específica, en su artículo 15, la facultad de la Administración para tomar medidas de control de la oferta de taxis y de armonización de la competencia entre los taxistas.

La orden 6/2020, de 10 de agosto, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio y la limitación diaria en la prestación del servicio del taxi en el área de prestación conjunta de Alicante, recoge expresamente la posibilidad de exceptuar el régimen general del descanso en supuestos excepcionales como el producido recientemente como consecuencia de la pandemia generada por la Covid-19.

La regulación actual del sistema de descanso y limitación diaria en la prestación del servicio del taxi en el área de prestación conjunta de Alicante supone una oferta excesiva de taxis por las circunstancias sobrevenidas por la pandemia, que requiere el correspondiente ajuste para adaptar la oferta a la demanda actual y previsible durante el próximo año hasta que la normalidad social y sanitaria vuelva a ser una realidad en todos los territorios.

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2020_11256

LEY 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021.

Modificaciones de la ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del taxi, de la Comunitat Valenciana. A partir de la página 90, artículo 100.

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2020_11362

RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se determinan los días de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia para el año 2021, y se aprueba el calendario de los días festivos.

Subsanación de errores

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 28 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se determinan los días de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia para el año 2021, y se aprueba el calendario de los días festivos.

2021_293

La Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del Taxi de
la Comunitat Valenciana establece, de forma específica, en su artículo
15, la facultad de la Administración para tomar medidas de control de
la oferta de taxis y de armonización de la competencia entre los taxistas.

La Orden 7/2020, de 10 de agosto, de la Conselleria de Política
Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se regula el sistema
de descanso obligatorio y la limitación diaria en la prestación de servicios de taxi en el área de prestación conjunta de Valencia, establece en
su artículo 4.3 la posibilidad de dictar instrucciones mediante resolución
adaptando el régimen de descanso a la demanda real.

Con carácter general la dirección general competente en materia de
transporte establece anualmente las particularidades de los turnos de
descanso para la semana de Fallas, Navidad, Año Nuevo y para aquellos
eventos en que pueda producirse un aumento de la demanda. Igualmente, establece los turnos de descanso particulares para el periodo estival,
Semana Santa y Pascua, en los que está prevista una disminución de la
demanda; y los turnos para los meses de mayo, junio, julio y septiembre
o en determinados horarios, en los supuestos en que esté previsto el
incremento de la demanda.

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