El gobierno no cambiará la normativa sobre VTC

Las organizaciones nacionales del taxi aseguran que el Ministerio de Fomento mantiene su posición de no modificar la norma que regula el arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), a pesar de los requerimientos formulados en su contra por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

El pasado viernes según el digital  negocios.com, directivos de las agrupaciones nacionales, Fedetaxi, Unalt y CTE se reunieron con responsables de la Dirección General de Transportes para conocer la actuación y gestiones que ha realizado el Gobierno respecto a los requerimientos de la CNMC contra el Real Decreto y Orden Ministerial que regulan dicha actividad.

La CNMC requirió hace ahora dos meses al Gobierno a modificar dichnormativacon el objetivo, aseguran desde el taxi, de desregular y privatizar el servicio público del taxi y entregarlo a grupos de presión y multinacionales de la “falsa economía colaborativa” y amenazó con impugnarla ante los tribunales, en caso contrario.

Sin embargo, Fomento “mantiene una posición clara y contundente de no modificar” una norma aprobada hace apenas dos meses, así como mantener el ordenamiento vigente y ha confirmado que no se ha dado respuesta expresa a dichos requerimientos, dejando transcurrir los plazos legales y estando a la espera de recibir las correspondientes demandas judiciales.

Llegado este momento, Fomento sería representado por la abogacía del Estado, lo que implicaría  que la CNMC deberá buscar un despacho legal privado, con cargo a los impuestos de todos los españoles, para defender su tesis de la anulación de diversos preceptos del Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) en materia de VTC.

Los representantes de Fomento han transmitido a las organizaciones que “están ultimando la redacción de un criterio interpretativo de las normas que regulan la actividad de VTC, a fin de facilitar a los cuerpos de inspección la tramitación de los expedientes sancionadores que se produzcan por las malas praxis de estas empresas y los chóferes que trabajan para las mismas

Publicado por la Gaceta del Taxi.

Nexian fija Valencia como zona de expansión prioritaria

21.03.2016 | 21:35

La firma de recursos humanos Nexian ha seleccionado la Comunitat Valenciana como área de expansión prioritaria en su Plan Estratégico 2016. En la actualidad, la empresa cuenta con tres oficinas ubicadas en Valencia (2) y Castelló, y su objetivo es cerrar el ejercicio con una nueva delegación en Alicante. «La economía valenciana», afirma en un comunicado David Monge, director general de Nexian, «prevé generar 230.000 nuevos empleos en el próximo bienio (2016/2017), muy concretamente en los sectores vinculados al motor y a la industria agroalimentaria, y también en algunas industrias como la relacionada con la salud (en muchos casos turismo sanitario), y la construcción que ya está mostrando un repunte de actividad». Este hecho convierte a la autonomía en una zona sumamente atractiva. levante-emvvalencia

Publicado por el Levante.

Autónomos: qué requisitos debes cumplir si quieres cobrar el paro

20.03.2016 – 09:26h • EFE

Los autónomos cuentan con una cobertura por cese de actividad de carácter voluntario desde enero de 2015.Para cobrar el paro, el autónomo deberá contar con un mínimo de cotización por cese de actividad de, al menos, doce meses.Este periodo será seguido y anterior al cese, incluido el mes en el que se pida.

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En diciembre de 2014 se modificó la Ley de Mutuas, perteneciente a la Ley General de la Seguridad Social. Un cambio que también modificaba el régimen jurídico del sistema de protección de los trabajadores por cuenta propia. Así, desde el 1 de enero de 2015 los autónomos cuentan con una cobertura por cese de actividad de carácter voluntario.

Como explica el Club del Emprendimiento, para acceder a este denominado “paro de los autónomos”, no obstante, se deben cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, el autónomo ha de estar dado de alta en la Seguridad Social y debe constatar encontrarse al corriente de pago de las correspondientes cuotas. Del mismo modo, ha de tener cubiertas las contingencias profesionales pertinentes. En este sentido, el profesional autónomo no puede haber alcanzado la edad de jubilación, con excepción de que cuente con acreditación de un periodo de cotización requerido para ello. Del mismo modo, el interesado no podrá concurrir en ninguna incompatibilidad prevista por la Ley 32/2010 de 5 de agosto.

Otro de los criterios que el autónomo ha de constatar es que para cobrar el paro deberá contar con un mínimo de cotización por cese de actividad de, al menos, doce meses. Este periodo deberá ser seguido y anterior al cese, incluido el mes en el que se lleve a cabo. De hecho, el motivo que se ha de aducir para dar por finalizada la actividad empresarial ha de ser, siempre, económico, técnico, productivo u organizativo.

También quedan incluidos, como argumentaciones, la pérdida de licencia administrativa o las causas de fuerza mayor, violencia de género, divorcio o acuerdo de separación matrimonial. Asimismo, en lo que respecta a las causas económicas que afectan al autónomo, se ha introducido una novedad. Esta consiste en demostrar y acreditar mediante documentos un nivel de pérdidas del 10%.

Finalmente, el autónomo deberá suscribir el compromiso de actividad para mantener la prestación de desempleo. Para ello, deberá realizar actividades para el Servicio Público de Empleo. Las mismas pueden ser formativas, de orientación profesional o de promoción de la actividad emprendedora

Publicado por 20 Minutos.