Uso del cinturón de seguridad para los taxistas

Debido a las últimas denuncias recibidas por compañeros por no llevar el cinturón de seguridad dentro de la ciudad queremos aclarar desde la federación cual es la situación actual.

Según la publicación del BOE, un taxista solo esta exento de usar el cinturón de seguridad cuando circula dentro del casco urbano con el taxímetro encendido. Obviamente no podrá hacerlo en su día de fiesta.

Artículo 119. Exenciones.

[…]

2. La exención alcanzará igualmente cuando circulen en poblado, pero en ningún caso cuando lo hagan por autopistas, autovías o carreteras convencionales, a:

a) Los conductores de taxis cuando estén de servicio. Asimismo, cuando circulen en tráfico urbano o áreas urbanas de grandes ciudades, podrán transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero.

Descárgate el PDF del Reglamento General de Circulación

 

¡No + Precariedad!

Nace el espacio NO + PRECARIEDAD, un espacio unitario de denuncia, lucha y movilización contra las distintas situaciones precarias que afectan a todas las edades, sectores y esferas de nuestra vida.

El próximo 10 de febrero se cumplirán seis años desde el día en el que el Gobierno del PP aprobó su reforma laboral, una reforma que ha normalizado la pérdida de derechos laborales y ha precarizado las condiciones de vida de la mayoría social de nuestro país.

Pero la precariedad no es sólo laboral sino que se ha convertido en un nuevo modelo de vida impuesto. A través de la precariedad nos impiden el acceso a una vivienda, a una sanidad, a una educación digna y a unos servicios públicos de calidad, nos privan de la cultura, del deporte y el ocio, y atentan contra el medio ambiente y nuestro patrimonio natural. La precariedad afecta a todas las esferas de nuestra vida.

Por ello, para protestar ante la imposición de un modelo en el saqueo de unos pocos es la precariedad para la mayoría, personas, colectivos y organizaciones de todo el Estado hemos creado el espacio unitario NO + PRECARIEDAD. El próximo 10 de febrero saldremos a las calles en una primera movilización unitaria y diversa al mismo tiempo, en todos los territorios.

Queremos denunciar que la supuesta recuperación económica está provocando, por el contrario, un retroceso evidente de conquistas sociales y derechos para buena parte de la ciudadanía de nuestro país. La crisis no sólo no se ha solucionado, sino que ha dado paso a la normalización de un modelo laboral que permite contratos en condiciones abusivas, con salarios de miseria y que están creando nuevas formas de desigualdad y vida precaria.

Somos las personas que sufrimos a diario quienes alzamos la voz: las mujeres que enfrentan la precariedad en lo personal y en lo profesional; las personas con convenios precarios, las que sufrimos los impagos de nuestros salarios; la gente trabajadora a la que le impiden tener un trabajo digno; las trabajadoras de los servicios públicos que sufrimos externalizaciones; las y los jóvenes que encadenan despidos encubiertos en periodo de prueba; las hijas e hijos que viven peor que la generación de sus madres y padres; las personas mayores cobrando una pensión de miseria; las paradas y parados; las desahuciadas y desahuciados, a quienes roban sus viviendas, quienes no podemos pagar la luz ni la calefacción; las autónomas y falsas autónomas; las que perdieron las becas, las ayudas a la dependencia, las que esperan en las listas y salas del hospital; las personas con diversidad funcional, silenciadas y precarias; las que migramos por no tener oportunidades en nuestro país; las que dedicamos muchas horas a los cuidados sin que se reconozcan nuestros derechos; la gente de la cultura, artistas de lo precario, y quienes no tienen acceso a ella.

Somos las personas que están hartas de vivir precarizadas, sin haber elegido esta forma de vida. Nos hemos organizado para decir basta a esta situación y plantar cara a quienes quieren condenarnos a una existencia precaria. El 10 de febrero, saldremos a las calles y plazas de nuestro país.

El Supremo estudia impedir la concesión masiva de VTC a una sola empresa

La Federación Sindical del Taxi, junto al resto de asociaciones de la comunidad valenciana, a través de la mesa con el intrusismo, ha abierto una nueva vía judicial que puede ser decisiva en la lucha del sector contra las nuevas plataformas que quieren destruir el taxi.

Artículo original: abc.es

El alto tribunal admite a trámite el recurso de casación de la Generalitat Valenciana contra una sentencia que le obligaba a otorgar 200 licencias a Ares Capital

Uber opera en Madrid desde 2016 - REUTERS
Uber opera en Madrid desde 2016 – REUTERS

El Tribunal Supremo está desempeñando un papel fundamental en la guerra del taxi. Muchas de las solicitudes de licencias VTC (vehículos con conductor, con las que operan Uber o Cabify) solicitadas durante los últimos años están acabando en el alto tribunal. Este ya ha concedido algunas y está previsto que en los próximos meses haga lo propio con cientos más.

Un «aluvión» que, sin embargo, podría terminar siendo distinto al planteado por las empresas que lideran el mercado. El Supremo ha comunicado a través de un auto que estudiará si «resultan posibles las solicitudes de autorizaciones masivas por una sola persona o entidad», una medida que había sido solicitada por la Asociación Nacional del Taxi (ANTAXI) y la Federación Sindical del Taxi de Valencia.

En concreto, el alto tribunal incluye esta posibilidad, hasta ahora inédita, en un auto en el que admite el recurso planteado por la Generalitat Valenciana contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad. Esta obligaba a conceder 200 VTC a Ares Capital, una de las empresas que posee más autorizaciones de vehículos con conductor.

Las licencias fueron solicitadas en 2013, mientras el mercado estaba liberalizado gracias a la ley Omnibús, puesta en marcha en 2009. Meses después, en el mismo 2013, el Gobierno modificó el reglamento e impuso límites a las VTC. Dos años más tarde, el Ejecutivo completó esta reforma con la inclusión en la norma de la relación de 1 VTC por cada 30 taxis.

El Supremo no entra, en su auto, a valorar si la legislación que debe imponerse es la de 2009 o la de 2013. Sí habla de que tiene «interés casacional» resolver esta cuestión, al igual que las «restricciones» aplicables si finalmente se impone la ley de 2013 o la mencionada posibilidad de frenar la concesión masiva de VTC a una sola compañía.

En un comunicado, la Asociación Nacional del Taxi (Antaxi) ha recordado que la legislación vigente marca que las flotas de VTC deben de estar constituidas por un mínimo de 7 vehículos, cifra que, según el presidente de la asociación, Julio Sanz, «se aleja desmesuradamente de las 1.000 que se han llegado a solicitar en alguna ocasión por una misma entidad».

Artículo original: abc.es

El Ayuntamiento de Castellón aprueba una declaración de apoyo al sector del taxi .

CONFEDERACION COMUNICADO

El Ayuntamiento de Castellón aprueba una declaración de apoyo al sector del taxi proponiendo el cumplimiento del ratio 1 VTC por cada 30 taxis que establece la normativa estatal y la creación de licencia urbana autonómica para evitar la masificación de VTC en los municipios de la Comunidad Valenciana.

La Confederación de Taxistas Autónomos de la Comunidad Valenciana como asociación mayoritaria del sector del taxi valenciano aplaude con mezcla de alegría y esperanza la moción del Ayuntamiento de Castellón, junto con mociones aprobadas en Elche, Orihuela, Alicante y poco a poco toda la Comunidad Valenciana y espera que la Administración Autonómica tome cartas en el asunto para resolver la grave situación que atraviesan los dos sectores (Taxi y VTC).

LA JUNTA DIRECTIVA

Solicitud de moratoria en la obligatoriedad de pasar ITV para los taxis de toda la Comunidad Valenciana hasta la publicación de las tarifas urbanas.

CONSELLERIA DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACION DEL TERRITORIO

AT: DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE

  1. CARLOS DOMINGO SOLER
  2. Fernando del Molino Ecija, con D.N.I. 52652784-B, Presidente de la Confederación de Autónomos del Taxi de la Comunidad Valenciana y con domicilio a efecto de notificaciones en la C/ Carabela nº 3 bajo.

MANIFIESTO

Desde el 11 de Noviembre, fecha en que la Orden de Tarifas Interurbanas fue publicada, los fabricantes de los programas de tarifas están actualizando los mismos para que los taxistas puedan cumplir con la orden que dice que el día 15 de Diciembre deben tener las tarifas en los taxímetros y si a fecha de hoy hay taxistas que aún no tienen las tarifas actualizadas es totalmente ajeno a ellos.

Los taxistas y los usuarios acaban pagando los errores y retrasos en las redacciones  o las interpretaciones por parte de los fabricantes de programas de tarifas.

Si hablamos del coste al sector: tasas, taller, itv y trámites administrativos y teniendo en cuenta el tiempo que se emplea en cada tramite de mínimo una hora (en algunos casos el cambio de tarifas puede generar colapsos en los talleres con dos o tres horas de espera), hablamos de un coste al sector del Taxi de Valencia (unos 2900 taxis) de más de 250.000 € y de la Comunidad Valenciana (unos 4700 taxis) más de 400.000 € por cada cambio de tarifas, si lo multiplicamos por dos o lo que es peor por tres cambios (urbanas, regulación horaria o coincidir con un cambio de vehículo o una avería), la multiplicación asusta y esto sin hablar de lo que cuesta un taxímetro, un módulo luminoso o una impresora.

Si cada taxímetro aplica las tarifas de forma distinta en función de la interpretación del fabricante, se añade la perdida en imagen y transparencia hacia el usuario.

SOLICITO

Una moratoria en la obligatoriedad de pasar ITV para los taxis de toda la Comunidad Valenciana hasta la publicación de las tarifas urbanas.

Agilidad en la publicación de tarifas urbanas y regulaciones para no tener que pasar más de una vez por los talleres para cada modificación de programas.

Aclaración en la redacción de las tarifas urbanas e interurbanas para que todas las marcas apliquen las tarifas en taxímetros y módulos de la misma forma.

 

Valencia 15 de Enero de 2018

El Presidente de la Confederación de Autónomos

del Taxi de la Comunidad Valenciana

 

Fernando del Molino Ecija

NOTA INFORMATIVA TARIFAS 2018

La Consellería de Transportes nos envía el siguiente comunicado:

“Todos los taxis deberían haber adaptado ya sus taxímetros, desde el 15 de diciembre (D.T 1ª de la orden). Además, existe obligación de llevar en lugar visible las nuevas tarifas y sus condiciones de aplicación (artículo 4 de la orden). Es responsabilidad de cada taxista cumplir la normativa vigente que le resulte de aplicación.”

ES OBLIGATORIA LA INSTALACIÓN DE LAS TARIFAS INTERURBANAS EN TODA LA COMUNIDAD VALENCIANA

YA PODEMOS IR A INSTALAR LAS TARIFAS EN LOS PUNTOS HABITUALES

Las tarifas interurbanas para aplicar en Valencia, han sufrido los siguientes cambios:

  • Las tarifas interurbanas se aplicarán desde el inicio hasta el destino del servicio aunque dicho inicio sea en zona urbana.
  • Se aplicarán los suplementos de Feria, Aeropuerto y Puerto de la misma forma que en las tarifas urbanas.
  • Será obligatorio cambio de hasta 50 €.
  • El usuario está obligado al pago del peaje (si lo hubiera) del servicio de ida.
Tarifa 3 (ordinaria)
2017
2018
Bajada de bandera 0 € 1,45 €
Km recorrido 1,16 € 1,20 €
 Hora de espera 14,20 € 15,00 €
Tarifa 4 (Nocturnos, y festivos)
2017
2018
Bajada de bandera 0 € 2,00 €
Km recorrido 1,36 € 1,40 €
 Hora de espera 17,00 € 17,00 €

NOTA ACLARATORIA SOBRE TARIFAS URBANAS 2018

  • La Federación presentó propuesta de subida de Tarifas urbanas e interurbanas en Septiembre de 2017, pidiendo que estuvieran el 1 de Enero (se puede demostrar).
  • La Federación presentó un informe económico el pasado Diciembre, requerido por la Dirección General de Consumo, de acuerdo con la nueva Ley de Desindexación para luchar por una subida de tarifas urbanas (se puede demostrar).
  • Ni la Federación ni el Estudio Económico dicen que el Taxi de Valencia gane mucho dinero (lo dice Gremial en su nota), el Estudio dice que son necesarias 14 horas diarias para poder ganar un sueldo digno en el Taxi en Valencia. Nuevamente la Gremial da información errónea o manipulada contra Federación para intentar justificar su incapacidad o su falta de propuestas (se puede demostrar).

LA JUNTA DIRECTIVA

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Todos los puntos de tu coche que controlará la Policía Local de Valencia

Artículo original: LAS PROVINCIAS

Todos los puntos de tu coche que controlará la Policía Local de Valencia

Se vigilará especialmente el buen estado de los sistemas y equipamientos de seguridad de los vehículos más antiguos de la ciudad

La Policía Local de Valencia ha iniciado este lunes una campaña especial de vigilancia y control de las condiciones de los vehículos que circulan por las calles de la ciudad. Las ocho unidades de distritola División de Seguridad Vial y la Unidad de Convivencia y Seguridad participan en esta iniciativa, que se centra en la antigüedad de los automóviles y en el estado de sus sistemas de seguridad.

Tal como se ha señalado desde el cuerpo de Policía Local, la antigüedad de los vehículos puede constituir un factor de riesgo, dado que los modelos con más años en uso carecen de los sistemas y equipamientos de seguridad implantados recientemente. A ello se suman, además, los problemas de desgaste y averías que se derivan de su utilización a lo largo del tiempo.

 

Durante toda la semana, la Policía Local efectuará controles en los que se comprobará el buen funcionamiento de los elementos principales de seguridad del vehículo: neumáticos, frenos, luces y señalización. En el caso de los neumáticos, se vigilará que no lleven una profundidad del dibujo por debajo del mínimo legal (1,6 milímetros), tal como indica el propio testigo del neumático.

Respecto al alumbrado y la señalización, la Policía Local comprobará también el correcto mantenimiento de los vehículos; y en cuanto a la regulación de los faros, que dispongan de luz suficiente y que no deslumbren a otros conductores. En la campaña también se comprobará que las placas de matrículas estén perfectamente legibles y no deterioradas. El conductor deberá verificar que dichas placas no presenten obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación, lo cual podría llegar a suponer una infracción de 200 a 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos del carné de conducir.

Finalmente, se vigilará que los conductores lleven la documentación del vehículo en regla: el permiso de circulación del vehículo, la tarjeta de la ITV y la pegatina correspondiente visible en la luna delantera, así como el preceptivo permiso de conducir. La campaña, que ha sido impulsada por la Dirección General de Tráfico y a la cual se ha adherido el Ayuntamiento de Valencia, se llevará a cabo hasta el próximo domingo, día 21.

Previsión de cruceros en el puerto de Valencia para el 2018

Durante la temporada 2017 son numerosas las compañías que han hecho escala en Valencia, como por ejemplo MSC Cruceros, Costa Cruceros, Prestige, Thomson Cruises, Aidacruises, Royal Caribbean, Global Circle, Silversea, TUI ,Viking Ocean, Norwegian, Seadream, Holland America, P&O, Sea Cloud…

Previsiones para el 2018

​A continuación podrá consultar la previsión de escalas de cruceros para 2018. Dada la posibilidad de cambios en los datos, recomendamos consultar el listado previamente a la llegada del buque, no obstante, estos datos solamente pueden ser confirmados con 24 horas de antelación.

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01-10-18__Previsión de cruceros 2018

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LAS GRABACIONES HECHAS POR PARTICULARES, ¿SON LEGALES?

Artículo original: mateobuenoabogado.com

Tribunal Constitucional

Créanme si les digo que una grabación es una de las pruebas que más sentencias condenatorias o absolutorias –según se vaya de acusación o defensa– permite conseguir.

Tanto es así que, a todos mis clientes inmersos en rupturas de pareja conflictivas, siempre les recomiendo que se hagan con una grabadora y la lleven encima en todas las entregas y recogidas de sus hijos, así como que se instalen en su móvil una de las aplicaciones existentes para grabar las llamadas. De esta forma, si un día les acusan de haber dicho o hecho algo en una entrega o recogida de los hijos o en una conversación telefónica, se podrá demostrar fácilmente qué es lo que de verdad sucedió.

Sin embargo, cada vez que le recomiendo a un cliente que grabe las entregas y recogidas así como las llamadas, me encuentro con la misma pregunta: pero, ¿eso es legal? A esta pregunta es a la que pretendo dar respuesta con este post.

Como punto de partida, especial mención merece la Sentencia n.º 114/1984, de 29 de noviembre, dictada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional en la que se establece que «Quien graba una conversación de otros atenta, independientemente de toda otra consideración, al derecho reconocido en el art. 18.3 CE; por el contrario, quien graba una conversación con otro no incurre, por este solo hecho, en conducta contraria al precepto constitucional citado

Es decir, NO SE PUEDEN GRABAR CONVERSACIONES AJENAS –eso solo se puede hacer con autorización judicial–.

 

Por su parte, el Tribunal Supremo en Sentencias n.º 883/1994, 178/1996, 914/1996, 702/1997 y 286/1998 ha establecido que «la grabación de una conversación que tiene lugar entre dos personas y que uno de los intervinientes desea conservar para tener constancia fidedigna de lo tratado entre ambos, no supone una invasión de la intimidad o espacio reservado de la persona ya que el que resulta grabado ha accedido voluntariamente a tener ese contacto y es tributario y responsable de las expresiones utilizadas y del contenido de la conversación, que bien se puede grabar magnetofónicamente o dejar constancia de su contenido por cualquier otro método escrito. Cuando una persona emite voluntariamente sus opiniones o secretos a un contertulio sabe de antemano que se despoja de sus intimidades y se las trasmite, más o menos confiadamente, a los que les escuchan, los cuales podrán usar su contenido sin incurrir en ningún reproche jurídico.»

Por lo tanto, LAS CONVERSACIONES EN LAS QUE UNA PERSONA INTERVIENE  PUEDEN SER GRABADAS POR UNO DE SUS PARTICIPANTES.

Llegados a este punto, cabe preguntarse: ¿pueden ser grabadas todo tipo de conversaciones en las que una persona interviene? Está claro que las conversaciones entre particulares .

GRABACIÓN DE LA CONVERSACIÓN ENTRE UN PARTICULAR Y UN PROFESIONAL

Cuando un particular acude a un profesional, como puede ser un abogado o un psicólogo, ¿también puede grabar esas conversaciones? La respuesta también es .

Audiencia Provincial de ZaragozaSe podría pensar que, debido al secreto profesional y confidencialidad de las comunicaciones entre un particular y un profesional, lo lógico es que dichas comunicaciones no pueden grabarse pero, si atendemos a la jurisprudencia más reciente, parece ser que sí –criterio con el que personalmente no estoy de acuerdo–.

En este sentido, hemos de mencionar la Sentencia n.º 213/2014, de fecha 2 de diciembre de 2014, dictada por la Sección 3.ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Zaragoza.

Los hechos objeto de enjuiciamiento en dicha sentencia eran los siguientes: una mujer –a la que llamaremos Paloma–, inmersa en un conflictivo proceso de divorcio, acudió junto a su ex marido al gabinete de una psicóloga «para desarrollar ante dicha profesional una entrevista reservada en el marco de una técnica de mediación que les permitiera alcanzar un acuerdo para resolver sus controversias

Paloma, sin comunicarlo a los denunciantes –su ex marido y la psicóloga– y sin el conocimiento de estos, grabó dicha entrevista.

Tiempo después, Paloma aportó la grabación que había efectuado a un procedimiento judicial que se seguía contra ella por la presunta comisión de un delito de injurias, aunque finalmente solicitó la devolución de dicha prueba sin haber llegado a reproducirse dicha grabación.

Por tales hechos, Paloma fue condenada, por el Juzgado de lo Penal n.º 2 de Zaragoza «como Autora responsable de un delito de DESCUBRIMIENTO DE SECRETOS, previsto y penado en el artículo 197-1 del Código penal, …»

Contra dicha sentencia Paloma formuló recurso de apelación que fue resuelto por la Sección 3.ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Zaragoza, que estimó dicho recurso revocando la sentencia recurrida y absolviendo a Paloma mediante Sentencia n.º 213/2014, de fecha 2 de diciembre de 2014. Entre los argumentos de dicha sentencia destacan los siguientes:

«La jurisprudencia ha señalado que la grabación que un particular haga de sus propias conversaciones, telefónicas o de otra índole, no suponen el atentado al secreto de las comunicaciones (STS 20-2-2006; STS 28-10-2009, núm. 1051/2009). E igualmente ha precisado la STS 25-5-2004, núm. 684/2004 que las cintas grabadas no infringen ningún derecho, en particular el art. 18-3 C.E., debiendo distinguir entre grabar una conversación de otros y grabar una conversación con otros. Pues no constituye violación de ningún secreto la grabación de un mensaje emitido por otro cuando uno de los comunicantes quiere que se perpetúe

Como se recoge en la sentencia comentada, cosa distinta será el uso que se haga de dicha grabación –ese uso sí que puede dar lugar a responsabilidades penales–, pero la grabación por sí misma no es constitutiva de delito alguno, aunque nuestro interlocutor sea un profesional.

GRABACIONES EN EL PUESTO DE TRABAJO

Otra cuestión a plantear en este post es: ¿se puede grabar a personas en su puesto de trabajo? Una vez más, si atendemos a la jurisprudencia más reciente, parece ser que .

Guardias CivilesEn este sentido tenemos que mencionar la Sentencia, de fecha 16 de abril de 2015, dictada por la Sala 2.ª del Tribunal Supremo. En este caso los que fueron grabados y sorprendidos in fraganti fueron unos guardias civiles que, en su defensa alegaron la vulneración de sus «derechos a la intimidad, el honor y la propia imagen de los acusados ( art. 18.1 CE ) a causa, (…) de que fueran grabadas en el lugar de los hechos, que era un cuarto reservado para el cacheo de los equipajes de los viajeros, los actos cometidos por los recurrentes mediante cámaras ocultas y con deficiencias en su autorización judicial y posterior tratamiento

Pues bien, el Tribunal Supremo, en la resolución ahora comentada, concluye que «el hecho de grabar las imágenes relativas a la actuación profesional de los Guardias en el lugar en la que la misma se llevaba a cabo, cuando había fundadas sospechas de su irregular proceder, en modo alguno puede suponer ilícita intromisión en su intimidad y, menos aún, al honor o la propia imagen.» Esto abre la puerta a que se pueda grabar a cualquier persona en su puesto de trabajo, sea funcionario o no.

En consecuencia, la mera grabación de una conversación –incluso con imagen– en la que uno sea parte no es constitutiva de delito ni vulnera ningún derecho fundamental. Pero, dependiendo del uso que se haga de dicha grabación, sí se podrá incurrir en responsabilidades penales.

¿SE PUEDE GRABAR AL JEFE?

Una vez visto que se puede grabar a los trabajadores en su puesto de trabajo, cabe preguntarse: ¿y al jefe? Lo cierto es que no son pocos los casos de trabajadores sometidos a situaciones de acoso laboral –mobbing–, trabajadores cuyo único medio de defensa a su disposición en muchas ocasiones es grabar los hechos de los que están siendo víctima.

Tribunal SupremoPrecisamente este es el caso de una trabajadora que en agosto de 2009, justo en el momento en que su jefe le entregaba una carta con una sanción de suspensión de empleo y sueldo decidió grabarlo con su móvil. Consecuencia de ello, el jefe, no conforme con sancionar a la trabajadora, la demandó reclamándole 3.000 € en concepto de indemnización al considerar lesionado su derecho a la intimidad.

En este caso el jefe argumentaba que la grabación se había llevado a cabo sin su consentimiento, argumento que no le sirvió de nada, ya que mediante Sentencia, de fecha 20 de noviembre de 2014, dictada por la Sala 1.ª del Tribunal Supremo, ha sido desestimado su recurso ante dicho Tribunal.

La sentencia dictada por el Tribunal Supremo indica que la conducta de la empleada –quien se consideraba sometida a un hostigamiento laboral continuado– no supuso una intromisión ilegítima en la intimidad personal del apoderado, ya que en la grabación realizada por la trabajadora con su móvil no había nada que pudiera considerarse como concerniente a su vida íntima o intimidad personal, ya que él actuó como representante de la empresa. Agrega el Supremo que la existencia de una previa situación de conflicto entre las partes añade «una nota de razonabilidad a la conducta de la demandada».

NOTA

Para concluir sí me gustaría hacer una advertencia muy importante: GRABAR UNA CONVERSACIÓN EN LA QUE UNO HA INTERVENIDO NO ES DELITO; SIN EMBARGO,  PUEDE SER DELITO EL USO QUE POSTERIORMENTE SE HAGA DE DICHA CONVERSACIÓN.

GrabadoraSi la grabación efectuada se usa como prueba en juicio –prueba muy útil por ejemplo cuando se es víctima de una denuncia falsa– no hay problema; sin embargo, si el uso que se hace de esa grabación es otro, como por ejemplo difundirla en redes sociales, etc., sí se puede estar incurriendo en un delito de revelación de secretos o, cuando menos, puede suponer una intromisión ilícita en la intimidad, el derecho al honor o la propia imagen de la persona afectada.

Por ello, a la hora de realizar una determinada grabación, hay que tener muy presente qué es lo que se está grabando y qué uso se va a hacer con esa grabación.

Más información en:

Sentencia n.º 114/1984, de fecha 29 de noviembre, dictada por la Sala 2.ª del Tribunal Constitucional

Sentencia n.º 213/2014, de fecha 2 de diciembre, dictada por la Sección 3.ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Zaragoza

Sentencia n.º 222/2015, de fecha 16 de abril, dictada por la Sala 2.ª del Tribunal Supremo

Sentencia n.º 678/2014, de fecha 20 de noviembre, dictada por la Sala 1.ª del Tribunal Supremo

Artículo original: mateobuenoabogado.com

Los taxistas de Alicante replican al Consell que no se puede comparar la estación del AVE con el aeropuerto

La asociación Radio Tele Taxi asegura que lo explicó con detalle en las alegaciones presentadas al proyecto de ley

F. J. Benito 11.01.2018 | 12:24

Los taxistas de Alicante replican al Consell que no se puede comparar la estación del AVE con el aeropuerto

Los taxistas de Alicante replican al Consell que no se puede comparar la estación del AVE con el aeropuerto Alex Domínguez

Los taxistas de Alicante replican al Consell que comparar la estación del AVE de Alicante con el aeropuerto de Alicante-Elche, no tiene sentido. Ni en trasiego de viajeros, ni en flota de taxis. Los vehículos que están de servicio en Alicante (537) cuatriplican a los vehículos que están de servicio en el aeropuerto (170). Por esto no entienden la necesidad de reforzar la estación del AVE con taxis foráneos, según manifiestan en unb comunicado.

Lo profesionales reiteran que en su conjunto la ley es positiva, pero no acaban de entender por qué se cambió el artículo al equiparar la estación del AVE con el aeropuerto. Los taxistas rechazan también que no presentaran alegaciones tal como apuntaron anteayer desde el Consell.

Centenares de taxistas de la ciudad de Alicante participaron el lunes en la manifestación organizada por la asociación Radio Tele Taxi para protestar por la modificación del artículo 22 de la nueva Ley del Taxi que liberaliza el trabajo en la parada del AVE de Alicante permitiendo que taxistas de cualquier punto de la provincia y del resto de la Comunidad Valenciana puedan llevar y recoger pasajeros, previa comunicación a la Conselleria de Transportes, a los pasajeros que llegan o salen en tren desde Alicante. Un situación que hasta ahora estaba prohibida y que en la práctica supone equiparar la estación del AVE con el aeropuerto de Alicante-Elche.

Cualquier taxista puede llegar y recoger pasajeros en la estación término de Alicante con sólo comunicar el hecho a la Conselleria de Transportes. Algo que, sin embargo, no pueden realizar lostaxistas alicantinos. Estos sí pueden llevar a un pasajero a cualquier localidad de la provincia pero no contratar la vuelta.

Los taxistas –537 profesionales afectados– denuncian que esta es la puntilla para la desaparición de muchos autónomos, ya presionados por la competencia desleal y las licencias VTCs.

Publicado por Diario información.