NOTA INFORMATIVA ACLARACION SOBRE TAXIMETROS, MODULOS, IMPRESORAS Y TPV

NOTA INFORMATIVA 

ACLARACION SOBRE TAXIMETROS, MODULOS, IMPRESORAS Y TPV

TAXIMETROS TX30 Y MODULOS ANALOGICOS (123)

Según normativa y comunicado emitido por Industria (ITV) a los nuevos vehículos se requerirá que el taxímetro y el modulo repetidor de tarifas múltiples cumplan con la directiva de compatibilidad electromagnética (DIR 2014/30/UE), dispongan del marcado CE, y puedan reflejar hasta 9 tarifas.

En nuevos vehículos no se pueden instalar los taxímetros TX 30 ni Módulos analógicos (123).

COBRO TELEMÁTICO (TPV)

La nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana establece en la Disposición Adicional cuarta, un plazo de dos meses para que todos los taxis puedan realizar el cobro por medios telemáticos.

El día 10 de Enero de 2018 todos los Taxis de la Comunidad Valenciana deberán contar con mecanismos para cobro telemático (TPV).

IMPRESORA DE RECIBOS

La nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana establece en su Artículo 19 Punto 3 que todos los nuevos taxímetros que se instalen deberán incorporar impresoras de recibos, además marca un plazo máximo de un año para todos los taxis.

Todos los taxis que cambien de Taxímetro deberán incorporar impresora de recibos.

El día 10 de Noviembre de 2018 todos los taxis deberán incorporar impresora de recibos.

En Valencia a 21 de Diciembre de 2017                                      LA JUNTA DIRECTIVA                                                                

Barcelona prevé más tráfico, parquin y polución con las 3.000 nuevas VTC

Barcelona prevé 

Técnicos del AMB alertan de un aumento de casi el 4% del kilometraje si se otorgan los permisos, cifra que «saturaría la movilidad»

22.12.2017 14:20 h.

4 min

Aspecto de la Gran Vía de Barcelona llena de coches en hora punta / EFE

IGNASI JORRO @IgnasiJorro

El Área Metropolitana de Barcelona (AMB) alerta de la posible «saturación» del tráfico en la Ciudad Condal y su conurbación que provocaría la entrada de las 2.971 autorizaciones de arrendamiento de vehículos de alquiler con conductor (VTC) que están actualmente en los tribunales.

En un informe técnico que inicia la aprobación del reglamento que limitará la circulación de vehículos VTC, que utilizan plataformas como Uber o Cabify, el organismo supramunicipal calcula en un 3,7% el aumento del kilometraje que conllevaría la concesión de estas habilitaciones.

«Los ayuntamientos donde trabajen habitualmente estos vehículos pueden ver saturada su vía pública sin capacidad alguna para regular o restringir el número de automóviles que trabajan en la ciudad», indica el documento, firmado por técnicos del Instituto Metropolitano del Taxi.

«Pérdida del espacio público»

Si los tribunales conceden los casi 3.000 permisos y las empresas los ponen a trabajar, los consistorios de Barcelona y su área de influencia «perderían el control efectivo de su espacio público y la movilidad en las ciudades».

El incremento de circulaciónesperado, del 3,7%, significaría en la práctica un «agravamiento de los problemas de movilidad en el área metropolitana» de la capital catalana.

No hay parquin

El análisis también hace hincapié en otro aspecto preocupante: la falta de parquin para los nuevos vehículos con autorización.

«Las nuevas VTC no cuentan con una red de paradas donde realizar la espera de los clientes, ni existe la posibilidad de aprovechar las paradas de taxi, por la limitada capacidad y las limitaciones de ampliación, impidiendo ello que se puedan atender los servicios de una manera ordenada», reza.

Por ello, la entrada de 2.971 licencias de este tipo en el AMB «podría generar una disminución de las plazas de estacionamiento disponibles en la ciudad», además de causar una «ocupación irregular de la calzada y un entorpecimiento del tráfico rodado en la ciudad».

Polución

Un último argumento para justificar el control de las VTCen Barcelona y cercanías es el medioambiental.

«Más allá de las políticas globales de control de las emisiones contaminantes de vehículos, la no existencia de una reglamentación que limite los modelos, combustibles y horarios de trabajo –algo que sí ocurre con el taxi– de los vehículos destinados al uso de VTCpodría comportar un aumento considerable de las emisiones de gases contaminantes», justifica el informe.

Este incremento de la polución se produciría «en un contexto de restricciones al tráfico rodado motivados por la existencia de episodios de contaminación ambiental».

Publicado por el Español.

Europa desmonta la patraña de Uber.

Europa desmonta la patraña de Uber

22.12.2017 | 08:32

Europa desmonta la patraña de Uber

La patraña de la economía colaborativa se ha inflado hasta el extremo de que se necesitan decenas de sentencias y centenares de abogados, para sentenciar que la empresa de transportes Uber es una «empresa de transportes» y no solo una ONG que explota a sus empleados en condiciones tercermundistas.

La superchería de la bondad intrínseca de cualquier iniciativa fabricada digitalmente procede de los militantes en las sectas sociales, a veces llamadas redes. En su ignorancia radical, trabajan gratuitamente para gigantescas compañías, bajo la coartada de que alimentan su vanidad.

Además, los adictos a la religión depredadora GAFA –Google, Amazon, Facebook, Apple– transpiran un instinto de superioridad casi sobrenatural. Sienten el soplo del espíritu, mientras acatan una supremacía que no tiene nada que envidiar a los robber barons de un siglo atrás, por citar una expresión de traducción superflua.

Una vez que el Tribunal de Justicia de Luxemburgo ha situado el fenómeno en su dimensión estrictamente económica, los espiritistas que no espiritualistas de las sectas sociales harán bien en repasar el rosario de accionistas de Uber. Allí encontrarán bancos como Morgan Stanley o Goldman Sachs, que siempre se han distinguido por su visión solidaria. También han aportado miles de millones de euros los fondos soberanos de Arabia Saudí y China, cuyo compromiso con los derechos humanos es la envidia del planeta.

Pasando del telescopio al microscopio, la asamblea de los taxistas demuestra que no aspiran a liquidar Uber, sino a sustituirla. De nuevo, se trata de copar la actividad con licencias limitadas, en contra de los principios de libre competencia que animan a la UE. Si al lado de un bar se puede abrir otro bar sin que el anterior tenga derecho a protestar, no existe impedimento para que se pueda obrar de igual manera con todo tipo de comercio o de transporte. De hecho, así predica Bruselas, pero aquí Madrid no invoca a Europa con el mismo énfasis que en la crisis catalana. Se desobedece la ley, y listos.

Publicado por la opinión.

El Parlamento emite una declaración institucional de apoyo al sector del taxi

  • El Pleno del Parlamento ha emitido este miércoles una declaración institucional de apoyo al sector del taxi.

SEVILLA, 20 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Parlamento ha emitido este miércoles una declaración institucional de apoyo al sector del taxi.

En la declaración, que ha sido leída ante el Pleno por el presidente del Parlamento, Juan Pablo Durán, se defiende que los trabajadores del sector del transporte tengan unas condiciones laborales dignas, ya sea como autónomo conduciendo un taxi o como asalariados en otras empresas que, a su vez, deben «pagar los impuestos pertinentes en nuestro país por los beneficios económicos que obtienen».

Asimismo, el Parlamento defiende que se aplique la legalidad vigente recogida en el Real decreto 1057/2015, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los transportes terrestres, que recoge una ratio 1/30 entre vehículos de alquiler con conductor y el transporte públicos de viajeros en taxi y comparte la necesidad de que tanto la Junta de Andalucía como el Gobierno de España pongan en marcha los mecanismos necesarios para que esta proporción sea una realidad.

Esta declaración institucional se ha emitido el mismo día que se ha conocido que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que la plataforma estadounidense Uber es un servicio de transporte al que se puede exigir licencia y otras autorizaciones para prestar servicio en los estados miembros.

Publicado por la Vanguardia.

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA DICTA SENTENCIA EN CONTRA DE UBER

NOTA DE PRENSA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea le da la razón al sector del taxi en cuanto a que Uber es una empresa de Transportes y no un servicio de la Sociedad de la Información.

Enhorabuena al sector, porque esto abre una nueva etapa en la lucha contra la competencia desleal que sufre el Servicio Publico del Taxi por parte de estas Plataformas fraudulentas que intentan manipular a la sociedad, intentando hacerse pasar por simples plataformas de la información entre personas, cuando en realidad son empresas de Transporte pero se saltan todas las Leyes que pueden (fiscales, laborales, de transporte, etc) para rentabilizar y monopolizar su actividad.

La Sociedad y los políticos que la representan deben dar un paso más y no permitir que estas empresas sigan cambiando dinero y poder por seguridad en el Transporte, por precariedad en el Transporte y por pérdidas millonarias al Estado.

ANTAXI seguirá luchando contra todas las Plataformas fraudulentas y contra el Gobierno de Rajoy si no cambia su política contra más de 100.000 familias que viven del Taxi en España, ya que mediante la liberalización encubierta de las VTC, quiere favorecer a estas Empresas de Transporte paralelo, a costa de las garantías, de la seguridad y de la fiscalidad de nuestros ciudadanos que si cumple el Servicio Público de Transporte de Taxi.

20 de Diciembre de 2017

LA JUNTA DIRECTIVA

SENTENCIA-TJUE-UBER

Descárgate el archivo original aquí

Victoria de los taxistas: el TJUE falla que Uber es un servicio de transporte

La aplicación Uber

La aplicación Uber Toby Melville/Reuters

EMPRESAS

La sentencia marca un precedente para regular la economía colaborativa en la Unión Europea.

Juan Sanhermelando Bruselas

Victoria de los taxistas españoles en su batalla contra la compañía estadounidense Uber. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este miércoles que Uber es una empresa de transporte y no meramente una plataforma digital de intermediación, por lo que está obligado a obtener las licencias exigidas por la legislación nacional.

El servicio que ofrece Uber «está indisociablemente vinculado a un servicio de transporte y, por lo tanto, ha de calificarse de servicio en el ámbito de los transportes«, sostiene el fallo. «De ello se desprende que, en el estado actual del derecho de la UE, incumbe a los Estados miembros regular las condiciones de prestación de estos servicios«.

La sentencia se refiere al servicio entre particulares de la compañía estadounidense (Uberpop), que en España está prohibido desde diciembre de 2014. La justicia europea avala este veto. Uber opera ahora en nuestro país con licencias de vehículos con chófer (VTC).

El litigio que ha resuelto el TJUE enfrentaba a Uber contra la Asociación Profesional Élite Taxi de Barcelona. Los taxistas pedían que se prohíba de forma definitiva a Uber operar su servicio entre particulares por considerar que se trata de un caso de competencia desleal. Alegan que la empresa estadounidense carece de las licencias y autorizaciones necesarias y da los usuarios la «falsa imagen» de que actúa dentro de la ley.

Por su parte, Uber sostenía que el servicio que presta no es de transporte, sino de plataforma digital de intermediación, para lo que no necesita autorización previa para operar. El caso está siendo tramitado por un juzgado de Barcelona, que ha preguntado al Tribunal de Luxemburgo.

Un precedente para la economía colaborativa

El de los taxistas de Barcelona es el primer expediente que ha examinado la justicia europea sobre Uber y la sentencia marca un precedente para la regulación en la Unión Europea de la denominada ‘economía colaborativa’.

Pese a su derrota, el gigante estadounidense cree que el fallo del TJUE no va a tener un gran impacto porque en muchos Estados miembros, como ocurre en España, ya opera sujeto a la legislación sobre transporte. «Esta decisión no cambia nada en la operativa de Uber en la mayoría de los países de la UE», ha dicho un portavoz de la compañía tras publicarse la sentencia.

«Sin embargo, todavía hay millones de europeos que no pueden usar apps como la nuestra. Como dijo recientemente nuestro nuevo consejero delegado, conviene regular servicios como Uber y por ello continuaremos el diálogo con países y ciudades en toda Europa«, ha agregado el portavoz.

El gigante estadounidense sostiene que el fallo no va a cambiar gran cosa, ya que en la mayoría de países de la UE, como ocurre en España, ya opera sujeto a la legislación sobre transporte. El nuevo consejero delegado de la compañía, Dara Khosrowshahi, ya ha dicho que considera apropiado regular servicios como Uber.

Por su parte, la Comisión Europea cree que la sentencia no puede aplicarse automáticamente a otros modelos de negocios en los transportes o en otros sectores de la economía colaborativa. Bruselas resalta que el fallo se refiere específicamente a los servicios de Uberpop, entre particulares. Y no necesariamente a otros modelos con conductores de taxi o licencias de VTC.

Bruselas examina desde hace meses varias quejas presentadas por Uber y otras empresas de la economía colaborativa contra los Estados miembros por considerar que restringen indebidamente su actividad. En concreto, el Ejecutivo comunitario ha recibido denuncias contra cuatro países (España, Francia, Alemania y Hungría) en el sector del transporte y contra cinco (España, Alemania, Francia, Italia y Bélgica) en el sector del alojamiento.

«Estamos examinando cuidadosamente estas quejas y la evolución regulatoria y judicial en los Estados miembros en nuestro papel de guardián de los Tratados», explican a EL ESPAÑOL fuentes comunitarias.

Publicado por el Español.

Golpe de los taxistas a Uber: Europa le obliga a operar como compañía de transporte

El Tribunal de Justicia de la UE acaba de dar la razón a los taxistas frente a Uber al considerar la ‘app’ un servicio de transporte. Es un duro golpe legal a la compañía. ¿Y ahora qué?

Foto: (Reuters)
(Reuters)

Se veía venir, pero eso no amortiza el golpe: la Justicia europea ha dado la razón a los taxistas en la batalla legal que mantienen contra Uber. A ojos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la ‘app’ es un servicio de transporte y, como tal, debe cumplir con los mismos requisitos que se imponen a los taxis. Hasta el momento, Uber se había desmarcado de los servicios de transporte tradicionales. Con UberPop, el primer servicio con el que se lanzó a conquistar el mercado en el que los conductores no contaban con licencias, eludió las exigencias que se imponían a taxis y similares. El sector reaccionó y su presión llevó a varios países a prohibirlo.

La Corte con sede en Luxemburgo ha dado hoy la razón a las autoridades que, como las francesas, decidieron parar los pies a UberPop, incluso si no lo consultaron antes con Bruselas. El servicio operaba de manera ilegal, al margen de los requisitos que deben cumplir aquellos que ofrecen servicios de transportes en la Unión Europea.

MANUEL ÁNGEL MÉNDEZ

Pero, la sentencia va más allá, ya que aclara que Uber no puede ser considerado un servicio de la sociedad de la información, el argumento que blandía la compañía. Dicho de otro modo: Uber ha mantenido hasta el final que no es una compañía de transportes, como pueden ser los taxis o chóferes, sino una plataforma digital que permite a los profesionales y los clientes ponerse en contacto.

El argumento no ha convencido a los magistrados europeos. Y su decisión puede tener consecuencias que afecten a otras app y plataformas digitales. Hasta ahora, no estaba muy claro dónde encajar a las nuevas compañías digitales dentro de la legislación comunitaria. Y la Comisión Europea había optado por actuar como si todas fueran servicios de la sociedad de la información.

Esto supone una ventaja para empresas como Airbnb o BlablaCarfrente a sus competidores tradicionales, puesto que se veían sujetas a menos requisitos. La sentencia abre la puerta a que otros sectores, como el de la hostelería, se rebele contra sus colegas digitales.

Un triunfo para los taxistas

«Estamos muy contentos por la decisión del Tribunal. Es un triunfo para los usuarios, porque ahora tendrán sus derechos mucho más protegidos, pero sobre todo para los taxistas. Se estaban produciendo actos de clara competencia desleal. Uber estaba compitiendo en el mismo mercado que los taxistas pero con reglas de juego diferentes«, explica a Teknautas Montse Balague, una de las abogadas de Élite Taxi, asociación de taxistas que ha llevado el caso a los tribunales en Barcelona y de ahí a Luxemburgo.

(EFE)
(EFE)

Según Balagué, ahora se abre un escenario completamente diferente. «Uber tiene ahora que asumir su posición de proveedor de servicios de transporte. Es a lo que le obliga la ley ahora mismo. En España, por ejemplo, no lo están haciendo. Ellos no son titulares de las licencias VTC, buscan a otras empresas para que lo sean. Pero cualquier compañía que preste un servicio de transporte debe ser titular de las licencias que utiliza. Creo que vendrán muchas más demandas en este sentido si Uber no toma medidas», explica. Balagué cree además que Uber tendrá que cumplir ahora muchos más puntos del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) en España en lo referente a inspecciones, controles y supervisiones.

Uber ha tenido tiempo para irse haciendo a la idea del cambio que implica esta sentencia. El Gobierno francés aprobó en octubre de 2014 la conocida como ley “Thévenoud”, con la que reguló los servicios de taxi y de chóferes, a la vez que prohibió los servicios de transportes de conductores no profesionales sin licencias, como era el caso de UberPop. Entonces, Uber recurrió la decisión ante los tribunales. Pero las conclusiones de Maciej Spuznar, el abogado general del TJUE, ya había anticipado en mayo el sentido de la sentencia de hoy, contra la que no cabe recurso.

En paralelo, y ante las resistencias que estaba generando UberPop, la compañía optó por poner en marcha UberX, un servicio de transportes ofrecido por conductores profesionales y con licencia. La sentencia de hoy supone en parte un varapalo para sus planes de expansión en Europa en el terreno de transporte, ya que cualquier servicio adicional que quiera lanzar no lo podrá hacer bajo el paraguas de la directiva de servicios de información, sino que tendrá que atenerse a la regulación de transportes Europea y a la de cada país.

Publicado por El Confidencial.

Fin a la barra libre de Supercharger para los Tesla usados como VTC, Taxi o servicios públicos

Artículo original: www.diariomotor.com

Tesla actualiza las condiciones de uso de la red Supercharger e introduce importantes cambios que por seguro traerán polémica. Todos los Tesla matriculados a partir del 15 de Diciembre de 2017 usados para fines comerciales dejarán de poder usar la red de recarga rápida Supercharger, una medida que afectará en España a los Tesla Model S y Tesla Model X que a día de hoy son usados por empresas como Uber o Cabify bajo licencia VTC, además de otros usos. ¿Pero cuál es el motivo de tan drástica decisión?

Tesla ha detectado clientes que abusan y acaparan puntos Supercharger, por ello va a limitar su uso

Tesla ha realizado esta revisión en las condiciones de uso de la red Supercharger argumentando que pretende mejorar el servicio que ofrece a sus clientes manteniendo el fin para el que fueron concebidos los Superchargers. Tesla ha detectado que el crecimiento de modelos de la marca usado para fines comerciales donde se desarrollan grandes kilometrajes afecta negativamente al uso y disponibilidad de la red Supercharger, impidiendo que los clientes convencionales de la marca puedan disponer de la red tal y como fue diseñada para un uso puntual en casos de largos viajes. Durante nuestra prueba del Tesla Model S 75D realizamos un viaje de Madrid a Málaga, ida y vuelta, recargando por 4 ocasiones en estaciones Supercharger y encontrándonos allí a 4 Tesla Model S que eran usados para servicios de transporte. Sin ser un dato significativo en aquel momento, pensando a largo plazo sí que puede ser un problema.

Trabajo tumba en València el modelo laboral de los repartidores de comida

Artículo original: levante-emv.com

La Inspección de Trabajo concluye que los ciclistas de Deliveroo no son autónomos sino asalariados y obliga a la firma a pagar las cotizaciones atrasadas

Trabajo tumba en València el modelo laboral de los repartidores de comida
Trabajo tumba en València el modelo laboral de los repartidores de comida

Los repartidores valencianos de comida a domicilio en bicicleta de Deliveroo han ganado la primera batalla que se libra en España desde el punto de vista de las condiciones laborales de los trabajadores de la economía colaborativa. La Inspección de Trabajo de València acaba de publicar un informe en el que concluye que estos empleados no son autónomos, tal como impone la empresa en la relación contractual, sino trabajadores por cuenta ajena, asalariados.

La inspección determina que los riders están totalmente subordinados a la empresa. La empresa les controla los tiempos de reparto y les dice las zonas de reparto y les dice que si incumplen los horarios o las zonas de reparto habrá sanciones graves. Además, determina el inspector que Deliveroo, una y otra vez, les indica a los repartidores que ellos son la «cara» de la empresa. Para recordarles que deben comportarse profesionalmente y vestir de forma adecuada incluso les indica cosas tan concretas como que se quiten el casco al entrar a los restaurantes al recoger la comida y para hablar con los clientes. Son indicios de laboralidad.

En la inspección realizada durante 2017 a la mercantil Roofoods Spain -cuya marca comercial es Deliveroo- se ordena a la empresa que cumpla con la legislación laboral y les conceda derechos laborales, así como, obliga a Deliveroo a pagar las cotizaciones de la seguridad social atrasadas.

Los trabajadores de este y otras plataformas de reparto, que cobran por encargos, están en pie de guerra en defensa de sus intereses. En València ya se han producido varias huelgas, existen denuncias y en abril se vivirá el primer juicio en España por la denuncia de un trabajador que pretende demostrar la laboralidad de la relación entre empresa y repartidor. Los expertos entienden que se les regatean derechos a estos jóvenes.

Según el especialista en Derecho del Trabajo y Economía Colaborativa Adrián Todolí, «esta resolución es un gran avance para los derechos de los trabajadores digitales dado que da en las claves para poder distinguir a los trabajadores de los autónomos en este nuevo modelo de negocio basado en plataformas virtuales». Cabe destacar que muchas de estas nuevas empresas de servicios utilizan la figura del autónomo con sus empleados.

Moción de Apoyo al taxi de Elche

Propuesta de Moción de Apoyo al taxi de Elche desde el Equipo de Gobierno, presentado por Esther Díez, Concejala de Comunicación, Transparencia, Responsabilidad Civil y Movilidad Urbana.

  1. Reclamamos al Ministerio de Fomento que utilice todos los mecanismos de control sobre las autorizaciones de VTC para mantener los criterios de proporción 1/30 entre las licencias de VTC y Taxis tal como refleja el Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, además condicionar su transmisibilidad a no superar el ratio de 1/30 en una Comunidad Autónoma (como regla general, el Articulo 49.1 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres dice que las VTC son intransferibles).
  2. Instar al Ministerio de Fomento a promover la inclusión, en una eventual modificación del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, de un nuevo texto para el artículo 182.2 o equivalente, que desarrolle las condiciones aplicables a las VTC,s en relación con el origen, destino o recorrido de los servicios, tal como permite la excepcionalidad prevista para estos vehículos en el artículo 91 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, de modo que todos sus servicios deban tener su origen o destino en la provincia de residencia en que tengan otorgada la autorización.
  3. Instar al Ministerio de Fomento para que dentro de sus competencias de regulación y aplicación de la normativa vigente establezca procedimientos para exigir un tiempo mínimo de 2 horas, entre la contratación y la prestación del servicio por la VTC con el fin de evitar el intrusismo con el sector del taxi y la utilización de hojas de rutas falsificadas.
  4. Instar al Ministerio de Fomento a adoptar medidas favorecedoras de la profesionalización de los conductores de auto taxis (VT) y vehículos de alquiler con conductor (VTC) con la introducción de una formación homogénea, a través de fórmulas como la de un Certificado de Actividad Profesional (CAP) específico para los conductores de vehículos de transporte publico de viajeros de hasta 9 plazas y que integre el uso de tecnologías, con idiomas y turismo.
  5. Instar al Gobierno de España a la puesta en marcha de Planes de Ayudas al sector profesional del Taxi, (prejubilaciones, adaptación de vehículos, nuevas tecnologías eléctricas de apoyo a políticas de eficiencia medioambiental, etc ), y el reconocimiento de enfermedades profesionales en el Taxi, como ya se ha reconocido a otros sectores similares.
  6. Instar a la Consellería competente en materia de Transporte, para que dentro de sus competencias de inspección y control del transporte discrecional que discurre por la Comunidad Valenciana refuerce la actividad inspectora y sancionadora para detectar y eliminar prácticas de intrusismo por captación ilegal de clientes y operación en las áreas de influencia del taxi, procediendo a la retirada de las autorizaciones en los casos de mala praxis e inactividad prolongada de los operadores.
  7. Fomentar el acceso al taxi a los colectivos más desfavorecidos, personas de movilidad reducida y mayores, impulsando medidas más eficaces, como el transporte a la demanda en zonas rurales y periurbanas, así como facilitar mecanismos de financiación para la adaptación de la flota de taxis a estas necesidades ciudadanas.
  8. Instar al Ministerio de Fomento para que dentro de sus competencias de regulación de la normativa vigente, establezca el procedimiento para devolver la exigencia de una base de operaciones a las VTC,s después de constatar que la actual redacción del Artículo 182.1 del Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre no evita, sino todo lo contrario, las situaciones de captación irregular de viajeros en vía pública.