¿PUEDES LLEVAR UNA CÁMARA EN EL TAXI?

Como ya explicamos en otro artículo anterior las grabaciones particulares son totalmente legales.

Pero como aún hay compañeros que vienen a Federación a preguntarnos si esto es así, porque reciben información contradictoria tanto de industria como de otros sitios donde acuden a preguntar, vamos a explicarlo una vez más.

Todas las personas tienen el derecho de grabar cualquier situación en la que participen, y esta es la clave, sin tener que pedir permiso a la otra parte. Lo que nunca pueden hacer, y esto es extremadamente importante, es compartirlo de ninguna manera. Aunque si podrían usarlo en un juicio para defenderse o para denunciar a otra persona.

¿De dónde vienen entonces las informaciones contradictorias de los compañeros que han ido a preguntar a industria o a otros lugares? Muy sencillo. La otra posibilidad a la hora de usar una cámara para realizar grabaciones es colocarla en un punto para grabar a terceros sin ser participes de esa situación. En este caso sí que es necesario cumplir con ciertas normas para asegurar que se cumple la ley de protección de datos e informar a los usuarios que pueden estar siendo grabados.

Pero este no es nuestro caso. Nosotros nos estamos grabando a nosotros mismos dentro de una situación en la que participamos, ya sea en el exterior del vehículo o en el interior.

Existe un marco jurídico que defiende esta postura con una serie de sentencias que generan jurisprudencia.

Sentencia n.º 114/1984, de 29 de noviembre, dictada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional

 

Sentencia de Tribunal Supremo nº 45/2014 de 7 de febrero de 2014

 

Sentencia de Tribunal Supremo nº 575/2014 de 17 de julio de 2014

 

Sentencia de Tribunal Supremo nº 678/2014 de 20 de noviembre de 2014