La primera sentencia del ´caso de los floteros´ se salda con 65 condenados

El juez impone sanciones por valor de 68.761 euros a los titulares de 11 licencias de taxi por el delito de cesión ilegal de trabajadoresS. D. / T. G. 16.06.2015 | 08:50

Operación policial realizada contra los floteros en abril de 2010. LP / DLP

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Los titulares de 11 licencias de taxis de Las Palmas de Gran Canaria han sido condenados por el magistrado del Juzgado de lo Social número 9 de Las Palmas de Gran Canaria, Óscar González Prieto, a pagar sendas multas de 6.251 euros cada una -que hacen un importe total de 68.761 euros- por un delito probado de cesión ilegal de trabajadores. Esta sentencia, contra la que cabe recurso, es la primera emitida en el denominadocaso de los floteros, destapado en la capital grancanaria en abril de 2010 y que viene a demostrar la existencia de unaexplotación ilegal de las licencias de taxis pertenecientes principalmente a herederos de antiguos taxistas.

En el año 2009, tras denuncias en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, referidas a prácticas en el sector del taxi en la capital grancanaria que pudieran constituir infracciones municipales, fiscales y laborales, se inició unainvestigación coordinada entre administraciones. La Concejalía de Transportes del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria dirigió las primeras actuaciones de la investigación, consistentes en comprobaciones con grabaciones de vídeo realizadas desde vehículos camuflados de la Policía Local. Las indagaciones se centraron en la cooperativa de taxistas San Cristóbal y, tras meses de pesquisas, el 8 de abril de 2010 la Policía Local, la Agencia Tributaria e Inspección de Trabajo y Seguridad Social llevaron a cabo una actuación conjunta de registro y precinto de las oficinas de tres floteros que explotaban un total de cien licencias de taxi en la capital grancanaria. En la investigación posterior de la parte de la trama dependiente solo del flotero Oliverio Rodríguez Quintana se han visto envueltas alrededor de un centenar de personas, entre los titulares de las licencias y los trabajadores explotados.

El magistrado González Prieto, en su sentencia del pasado 8 de junio, considera probada la existencia de una red en la que el titular de la licencia 1.220, Oliverio Rodríguez Quintana, es un «auténtico empresario que se dedica como actividad principal a la gestión integral» de un conjunto de licencias con trabajadores con los que actuaba dándoles de alta en una u otra licencia como si fuese una empresa de trabajo temporal sin tener autorización legal para ello. Se trata de las licencias correspondientes a los números 754, 516, 857, 767, 863, 989, 1.075, 1.357, 964, 1.620 y 1.044. Cada uno de estos permisos de explotación de taxis municipales tiene múltiples propietarios, hasta sumar los 65 que figuran relacionados en la fallo judicial y que han de abonar los 6.251 euros de multa por cada licencia en caso de que el responsable de la red, Rodríguez Quintana, no los pague.

No entra, sin embargo, el juez a valorar si hay delito fiscal en la explotación de los taxis, otra de las cuestiones objeto de esta larga instrucción. Asimismo, el magistrado no aprecia cesión ilegal de trabajadores entre Oliverio Rodríguez y los titulares de otras tres licencias puestas en entredicho: las número 1.210, 978 y 1.314. Sus propietarios han quedado absueltos.

Publicado por la Provincia