España
Un estudio de la Universidad de Colonia ve un “requisito insalvable” en la celebración de estas consultas debido al “rechazo de la población europea al TTIP”
Hasta 14 estados miembros podría convocar una votación más allá de la ratificación parlamentaria a la que lo someterá la mayoría
Unas 2.000 personas se manifiestan en Bruselas contra el TTIP
Por Pablo García22 jul 201519:50
Un estudio de la Universidad de Colonia subraya la existencia de una carrera de obstáculos legislativos a la entrada en vigor del tratado de libre comercio e inversión entre la UE y Estados Unidos, conocido como TTIP. El estudio: “ El proceso de ratificación en los estados miembros” describe la posibilidad de celebrar referendos en al menos en 14 de los Veintiocho países de la Unión, una opción que afecta, según el estudio, negativamente a la ratificación final del tratado. España no está en este grupo de países.
Excepto Malta, 27 de los Veintiocho estados necesitan llevar el tratado, en caso de que se apruebe primero en el Parlamento Europeo, a sus respectivos parlamentos nacionales. “El prerrequisito de una ratificación adicional a nivel nacional” tal como el referéndum “puede representar un obstáculo significativo para los acuerdos de libre comercio”, entre ellos el TTIP y el CETA (que negocian la UE y Canadá, aunque el segundo ha trascendido mucho menos). “Y este prerrequisito puede ser insalvable allí donde los referendos sean concebidos”, continúa el texto “debido al rechazo entre la población europea” al TTIP.
Internacional de arbitraje privado para resolver conflictos con inversores [ISDS]”.
Entre los países que sí podrían celebrar una votación existen muchos matices: nadie está obligado, pero es una posibilidad muy real para muchos estados miembros. En Reino Unido por ejemplo ésta tendría un carácter no vinculante, y dependería esencialmente de la buena voluntad de la Cámara de los Comunes porque normalmente “los acuerdos internacionales son ratificados por la Reina”. Sin embargo, el estudio de la docente alemana concluye que el referendo es “esencialmente muy posible” en Gran Bretaña.
En Francia el referéndum puede llegar por dos vías. Por un lado, el artículo 11 de la Constitución que establece que cualquier enmienda constitucional necesita ser votada, al igual que en el caso español. Por otro, la propia Constitución concede la posibilidad de convocatoria al Presidente de la República o si así lo piden la Asamblea y el Senado conjuntamente, alegando que el tratado de libre comercio “tendría efectos en el funcionamiento de las instituciones