Todas las publicaciones tanto internas de la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia, como de la prensa comercial.

¡¡¡URGENTE!!! Ayudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA)

PLAZO MÁXIMO PARA SOLICITARLAS ES HASTA EL MIÉRCOLES 11

Entran todos los que se dieron de alta después del 1-1-2012 y antes de 31-12-2017, y han estado dados de alta ininterrumpidamente un período de cotización mínimo de tres años y máximo de cinco años.

Es indispensable que tengáis el DNI electrónico. También necesitáis los recibos de autónomos de 2017 y que os descarguéis este documento para que os lo rellenen en vuestro banco y que os lo firmen y lo cuñen.

A continuación ponemos el texto íntegro del enlace http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18856

Ayudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA), dentro del Programa de Fomento del Trabajo Autónomo en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2017. Trabajo.

  • ¿Qué se puede solicitar?Nombre del trámiteAyudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA), dentro del Programa de Fomento del Trabajo Autónomo en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2017. Trabajo.

    Objeto del trámite

    La concesión de ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de las trabajadoras y trabajadores autónomos o por cuenta propia de la Comunitat Valenciana que, dentro del año natural de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (en adelante DOGV), hayan cotizado o estén en condiciones de cotizar al menos tres años y hasta un máximo de cinco años ininterrumpidamente, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Orden 15/2017, de bases reguladoras.
    El objetivo de estas ayudas es la consolidación del empleo autónomo en la Comunitat Valenciana.

  • ¿Quién puede iniciarlo?Interesados/Solicitantes1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado de “Requisitos”.

    2. No podrán obtener la condición de personas beneficiarias las solicitantes en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 3 y 20 de las bases reguladoras.

    Requisitos

    a) Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA).
    b) Cumplir, dentro del año natural de la Resolución de convocatoria, un período de cotización mínimo de tres años y máximo de cinco años ininterrumpidos.
    c) Desarrollar su actividad económica a título lucrativo, de forma habitual, personal y directa en la Comunitat Valenciana.
    d) No tener personas trabajadoras a su cargo contratadas por cuenta ajena.
    e) Tener cumplidos 19 años de edad en la fecha de publicación de la Resolución de convocatoria en el DOGV.

    EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES

    Sin perjuicio de las exclusiones previstas en el artículo 3 de las bases reguladoras, no podrán ser beneficiarias las personas en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

    a) Ejercer alguna actividad de las comprendidas en la Sección Segunda del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

    b) Las personas incluidas en el artículo 305.2 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

    c) Haber sido sujeto de resolución firme en vía administrativa de revocación o, en su caso, reintegro de subvenciones para la promoción del empleo autónomo, consistentes en la subvención de cuotas de la Seguridad Social, en los cuatro años anteriores a la presentación de la solicitud.

    d) Las personas trabajadoras autónomas cuyos rendimientos netos de actividades económicas obtenidos durante el ejercicio anterior al de la convocatoria, del que se disponga declaración del IRPF o Certificado Negativo de Hacienda que acredite la no obligación de presentación de declaración del IRPF, sean superiores a tres veces el importe de la base mínima de cotización de las personas trabajadoras autónomas

  • Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro1. CUANTÍA DE LA AYUDA:1.1. La cuantía de la subvención ascenderá a la suma de las cuotas mensuales que la persona beneficiaria debería abonar al RETA durante el año natural en que se conceda aquella, en el importe correspondiente a la base mínima de cotización como autónoma en atención a su edad, limitada al período en el que se cumpla el requisito de antigüedad establecido en el artículo 19.2 de las bases reguladoras.

    1.2. En dicha cuantía no se incluirá la cantidad correspondiente a la protección por incapacidad temporal, la cotización al sistema específico de protección por cese de actividad, la cotización por contingencias por accidente de trabajo y enfermedad profesional correspondiente al tramo de edad en que se encuentre la persona solicitante.

    1.3. La cuantía de la subvención en ningún caso podrá ser igual o superior a 3.000 euros anuales.

    1.4. La subvención se destinará a la financiación de los gastos fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social.

    2. JUSTIFICACIÓN:

    2.1. La justificación de la subvención concedida por parte de las personas beneficiarias se realizará mediante la presentación ante la Dirección General competente en materia de trabajo, dentro del plazo de 15 días desde la fecha que se especifique en cada convocatoria, de los extractos o de los recibos bancarios justificativos de los pagos de las cuotas del RETA correspondientes a la persona beneficiaria desde el inicio del año natural que corresponda, que serán verificados y cuya suma resultante no podrá ser, en ningún caso, inferior al importe total de la subvención concedida. No obstante, el órgano concedente podrá ampliar el plazo o concederlo para correcciones, siempre que el retraso obedezca a causas debidamente justificadas en el expediente y no imputables a la persona beneficiaria de la subvención.

    NO OBSTANTE, de acuerdo con el resuelvo decimosegundo de la Resolución de convocatoria, EN EL EJERCICIO 2017 la justificación de estas ayudas se realizará en la forma siguiente:
    – En el mismo momento de presentación de solicitudes, las personas solicitantes deberán aportar los extractos o recibos bancarios justificativos que acrediten de manera indubitada que han abonado las cuotas al RETA, correspondientes a los meses que van desde aquel en que se inicia el período de ayudas (1 de enero de 2017) hasta el inmediatamente anterior a aquel en que se ha publicado en el DOGV, en extracto, la Resolución de convocatoria de estas subvenciones.
    – Posteriormente y como fecha límite hasta el 15 de diciembre de 2017, las personas beneficiarias deberán aportar, en su caso, el resto de extractos o recibos bancarios justificativos que acrediten el abono de las mensualidades al RETA que no hayan sido incluidos en la justificación prevista en el apartado anterior.
    – El plazo de presentación de la documentación justificativa de las mensualidades que resten por justificar del ejercicio 2017 tendrá lugar, como máximo, hasta el 15 de ENERO de 2018.

    2.2. Si transcurrido el plazo de justificación se comprobase que la persona beneficiaria no ha aportado la totalidad de la documentación exigida, o que la documentación aportada presenta alguna deficiencia, se le requerirá para que subsane la falta o presente los documentos preceptivos en el plazo improrrogable de quince días hábiles. De no hacerlo así, o de resultar inadecuada la justificación, se iniciará el procedimiento de reintegro de la subvención percibida.

    3. PAGO:

    3.1. Realizadas las justificaciones de las actuaciones objeto de la subvención, se procederá a la tramitación de su abono, en los términos previstos en el artículo 28 de las bases reguladoras.
    3.2. La cuantía de la subvención será abonable, en una cuenta corriente abierta de forma específica destinada a la gestión de esta subvención que deberá reunir las características establecidas en el artículo 22 de las bases reguladoras.

    4. COMPATIBILIDAD DE AYUDAS: ver lo indicado en los artículos 4 y 20 de las bases reguladoras y en el resuelvo decimocuarto de la Resolución de convocatoria.

    5. REVOCACIÓN Y REINTEGRO DE LA AYUDA CONCEDIDA: atender a lo dispuesto en los artículos 5 y 31 de las bases reguladoras y en el resuelvo decimotercero de la Resolución de convocatoria.

    6. COMPROBACIÓN DE LA SUBVENCIÓN (PLAN DE CONTROL): ver lo previsto en el artículo 9 de las bases reguladoras.

  • ¿Cuándo solicitarlo?Plazo de presentaciónEl plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ días hábiles, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación, en extracto, de la correspondiente resolución de convocatoria en el DOGV núm. 8135, de 26/09/2017.
  • ¿Dónde dirigirse?Presenciala) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
    b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
    c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

    Y, PREFERENTEMENTE, EN:

    REGISTRO AUXILIAR DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO – ALICANTE
    C/ PINTOR LORENZO CASANOVA, 6Ver plano
    03003 Alacant/Alicante
    Tel: 965900377
    REGISTRO AUXILIAR DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO – VALENCIA
    AVDA. DEL OESTE, 36Ver plano
    46001 València
    Tel: 961271871
    REGISTRO AUXILIAR II DE LA CONSELLERIA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO
    C/ NAVARRO REVERTER, 2Ver plano
    46004 València
    Tel: 961971006
    REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRABAJO, ECONOMÍA SOCIAL Y EMPRENDIMIENTO – CASTELLÓN
    C/ MAYOR, 2Ver plano
    12001 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
    Tel: 964399080

    Por internet

    Tramitar con certificado electrónico:
    https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html ?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18856

  • ¿Qué documentación se debe presentar?1 – SOLICITUD general de subvención y ANEXO I y II a la misma (según modelos normalizados que figuran como impresos asociados a este trámite y están también disponibles en el trámite telemático).Solo podrá presentarse una solicitud por cada solicitante, procediéndose a anular todas aquellas que se consideren duplicadas.

    a) Modalidad presencial:
    – Las solicitudes, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en original y una copia (que será compulsada y devuelta al solicitante).
    – El formulario de solicitud se cumplimenta directamente en la pantalla del ordenador y a continuación se imprimirá para su presentación en papel. Para imprimir la solicitud deberá cumplimentar todos los datos obligatorios (marcados con un asterisco *) y presionar el botón “Validar e Imprimir”. Si tiene dudas en la cumplimentación de algún campo, puede guardar los datos temporalmente en su ordenador y recuperarlos más tarde para continuar el proceso.

    b) Modalidad telemática:
    – Debe atenderse a lo previsto en el artículo 24 de la Orden 15/2017, de bases reguladoras, y en el apartado de este trámite denominado ‘¿Cómo se tramita telemáticamente? – Información de tramitación’.
    – Tanto la solicitud, como el resto de documentos a presentar, deberán firmarse electrónicamente.

    2 – DOCUMENTACIÓN que debe acompañarse a la solicitud:

    a) Copia del DNI/NIE de la persona solicitante, si en la solicitud de subvención ha denegado a la Conselleria competente en materia de trabajo la autorización para que el órgano instructor compruebe, de forma directa y por medios telemáticos, sus datos de identidad.
    Además, si de la comprobación efectuada por la Conselleria resultase alguna discordancia con los datos facilitados por la persona solicitante, el órgano instructor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla.

    b) Documento acreditativo de encontrarse en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

    c) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

    d) Informe de vida laboral, actualizado.

    e) A efectos de acreditar que su actividad se desarrolla en la Comunitat Valenciana, deberá aportar la declaración censal presentada ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en que figure el domicilio fiscal o el local determinado en el que la misma se ubica, o certificación de la AEAT que acredite el domicilio fiscal.

    f) Contrato de cuenta corriente, con los requisitos señalados en el artículo 22.2 de las bases reguladoras, acompañado del Anexo II.

    g) Datos de domiciliación bancaria, para lo que se aportará el modelo de domiciliación bancaria vigente debidamente cumplimentado (modelo normalizado que figura como impreso asociado a este trámite y está también disponible en el trámite telemático).

    h) Copia de la declaración de IRPF del ejercicio anterior a la fecha de la convocatoria o autorización al órgano instructor para que obtenga directamente dicha información de la AEAT.

    i) Extractos o recibos bancarios justificativos de los abonos de las cuotas del RETA, subvencionables y efectuados desde el mes de inicio del periodo de ayudas (en el caso de la convocatoria 2017, desde el 1 de enero de 2017) hasta el mes inmediatamente anterior al de la publicación en el DOGV de la correspondiente Resolución de convocatoria.

    j) Si en la solicitud de subvención la persona solicitante ha denegado a la Conselleria competente en materia de trabajo la autorización para que esta obtenga de forma directa, a través de certificados telemáticos, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Estado y Generalitat) y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán presentarse entonces las siguientes certificaciones:
    – De la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el certificado que acredite que la persona solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
    – De la Tesorería General de la Seguridad Social el certificado acreditativo de que la persona solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
    – De los servicios territoriales de la Conselleria competente en materia de Hacienda, el certificado acreditativo de que la persona solicitante no tiene deudas de naturaleza tributaria con la Generalitat.
    La validez de estas certificaciones deberá extenderse a la fecha del otorgamiento de la ayuda, debiendo tener en cuenta al respecto que las certificaciones expedidas por las administraciones tributarias y por la Seguridad Social tendrán una validez de seis meses desde la fecha de su expedición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
    La Dirección General competente en materia de trabajo se reserva el derecho de requerir a la persona solicitante si la información obtenida presenta alguna incidencia o requiere alguna aclaración.

    k) Declaración responsable de las ayudas de minimis concedidas por cualquier proyecto a la persona solicitante, incluidos los costes para los que se solicita apoyo, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso con indicación de importe, organismo, fecha de concesión y régimen de ayudas en que se ampara; o en su caso, declaración de no haber recibido ninguna. (Esta declaración se presentará según modelo normalizado incluido como impreso asociado a este trámite y disponible también en el trámite telemático).

    k) Declaraciones responsables relativas a los siguientes extremos:
    – Cumplimiento de los requisitos incluidos en el artículo 13 de la Ley General de subvenciones para obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones públicas (esta declaración está incluida en uno de los apartados de la solicitud de subvención).
    – Que no tiene personas trabajadoras a su cargo contratadas por cuenta ajena (esta declaración está incluida en uno de los apartados del Anexo I, que figura como impreso asociado a este trámite y está también disponible en el trámite telemático).
    – Concurrencia de cualquier otra ayuda recibida o solicitada con el mismo objeto (esta declaración está incluida en uno de los apartados del impreso de solicitud general de subvención).
    – Compromiso de comunicar cuantas solicitudes de subvención tramite en cualquier organismo público, relacionadas con la actividad subvencionada, a partir de la fecha de solicitud (esta declaración está incluida en uno de los apartados del referido Anexo I).

    Impresos asociados

    SOLICITUD GENERAL DE SUBVENCIONES

    [ANEXRETA] ANEXO I. AYUDAS AUTÓNOMOS (COSTES FIJOS RETA)

    ANEXO II. CUENTA ESPECIAL DE AUTÓNOMOS

    MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

    [MINIMIS] DECLARACIÓN DE AYUDAS MINIMIS

  • ¿Cómo se tramita?Pasos1.- PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN ANEXA REQUERIDA para la obtención de estas ayudas, en el plazo establecido en la Resolución anual de convocatoria, bien de forma telemática, o bien presencialmente.
    La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras.

    2.- El PROCEDIMIENTO para la concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, en los términos previstos en el artículo 23 de las bases reguladoras.
    Actuarán como órganos instructores de dicho procedimiento las Direcciones Territoriales competentes en materia de trabajo, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de dichas bases.

    3.- SUBSANACIÓN.
    – Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos, o no se acompañe la documentación necesaria se requerirá a la persona interesada para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en la legislación de procedimiento administrativo común.
    – Dado que el único criterio de valoración es el momento de presentación de la solicitud, con el fin de garantizar el principio de igualdad, se considerará como fecha de presentación de la citada solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
    – En la modalidad telemática, la subsanación se realizará utilizando el trámite de la Guía PROP denominado “Aportación de documentación a un expediente abierto de ayudas de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo”, que es tramitable telemáticamente con certificado digital y puede consultarse en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15450 (ver enlace directo en este trámite).

    4.- COMISIÓN DE VALORACIÓN
    – Se constituirá una Comisión de Valoración, adscrita a la dirección general competente en materia de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de las bases reguladoras.
    – Vistas las propuestas realizadas por las Direcciones Territoriales competentes en materia de trabajo y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes para estas ayudas, la Comisión formulará propuesta de resolución a la Dirección General competente en materia de trabajo, ajustada a lo previsto en el artículo 26 de las citadas bases.

    5.- RESOLUCIÓN
    – Vista la propuesta elevada por la Comisión, la persona titular de la Dirección General competente en materia de trabajo, por delegación de la persona titular de la conselleria con dicha competencia, dictará resolución concediendo o denegando la subvención.
    – El contenido de la resolución será el establecido en el artículo 16 de las bases reguladoras.
    – La resolución deberá ser dictada de forma expresa y notificada en el plazo máximo de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a la fecha en que hubiere finalizado el plazo de presentación de solicitudes.Transcurrido este plazo sin que haya sido notificada la resolución, la solicitud podrá entenderse desestimada, sin perjuicio de que este plazo pueda ser ampliado excepcionalmente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    6.- NOTIFICACIÓN
    Las resoluciones y los actos de trámite se notificarán electrónicamente cuando el interesado haya señalado este medio como preferente o haya consentido expresamente su utilización. En otro caso, se notificarán mediante correo certificado en los términos establecidos en la normativa de procedimiento administrativo común.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes si la resolución es expresa y de tres meses en caso de silencio administrativo, o bien ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses si es expresa la resolución y de seis meses en caso de silencio administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?Tramitar con certificado electrónico:
    https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html ?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18856Tramitación

    1. Para presentar las solicitudes y la documentación anexa requerida para la obtención de estas ayudas MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO (cuyo enlace directo acaba de indicarse), la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información en https://sede.gva.es/es/web/sede_electronica/sede_certificados).

    2. Pinchando en cualquiera de los enlaces “Tramitar con certificado” accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web de solicitud de subvención, anexar la documentación que deba acompañar a esa solicitud y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro.
    Existen unas instrucciones para ayudar en esa tramitación telemática en la página web de la Conselleria, disponibles en: http://www.indi.gva.es/tramitacion-telematica (ver también enlace directo en este trámite).

    3. Respecto a los documentos a presentar junto con la solicitud:
    – Es recomendable que, en primer lugar, reuna todos los documentos a presentar y los guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático.

    – IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente junto con la solicitud deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las firmas digitales de las personas o entidades que los suscriban. Para ello la autoridad certificadora de la Comunitat Valenciana ofrece un servicio gratuito de firma de documentos PDF. Para más información al respecto acuda a http://www.accv.es

    – En este trámite de la Guía Prop:
    * En el apartado denominado “¿Qué documentación se debe presentar?” aparece el listado de documentos a presentar junto con la solicitud de subvención.
    * Y en el apartado “Impresos Asociados” (además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso.
    Si existe modelo normalizado el documento deberá presentarse en él. Sin embargo, aquellos documentos para los que no exista modelo normalizado deberán ser creados o recabados por la persona solicitante para poderlos adjuntar a su solicitud telemática.

  • Información complementariaCriterios de valoración1. El único criterio de valoración es el momento de presentación de las correspondientes solicitudes.
    2. Dado que se han previsto dos modos de presentación de las solicitudes (presencial y telemática), si se produjera una coincidencia entre dos o más solicitudes presentadas en el mismo día y hora, se dará prioridad a aquella que hubiera sido presentada de forma telemática frente a la presencial.

    Obligaciones

    Ver lo previsto en el artículo 27 de las bases reguladoras.

    Enlaces

    Instrucciones tramitación telemática ayudas Conselleria competente en materia de trabajo

    Aportación de documentación a un expediente abierto de ayudas de la Conselleria competente en materia de trabajo

  • Fuentes jurídicas y/o documentalesNormativa– Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm.276, de 18/11/2003).
    – Orden 15/2017, de 20 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se establece el procedimiento de concesión de las ayudas del Programa de Fomento del Trabajo Autónomo en la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 8090, de 24/07/2017).
    – Resolución de 21 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social, dentro del Programa de Fomento del Trabajo Autónomo en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2017 (DOGV nº 8135, de 26/09/2017).
    – Extracto de la Resolución de 21 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social dentro del Programa de fomento del trabajo autónomo en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2017 (DOGV nº 8135, de 26/09/2017).

    Lista de normativa

    Orden 15/2017, de 20 de julio (bases reguladoras)

    Ver Resolución de 21 de septiembre de 2017 (convocatoria)

    Ver Extracto de la Resolución de 21 de septiembre de 2017

    La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
    La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.

ASAMBLEA 2017

El pasado día 26 de Septiembre de 2017 tuvo lugar la Asamblea Ordinaria de la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia, en la que se sometió a debate la gestión de la Junta Directiva, y se eligieron los cargos para los próximos cuatro años.
Lo primero agradecer a los 244 compañeros que firmaron su asistencia, que fue posiblemente la mayor en la Historia de la Federación.
Agradecer a todos los compañeros el esfuerzo, así como la pluralidad y el respeto demostrado en toda la Asamblea, que fue ejemplar.

 

LA ASAMBLEA

 

LECTURA DE ACTA

Se aprobó el acta por unanimidad, dejando constancia del comentario de un compañero que quiso dejar patente su disconformidad con la Asamblea Extraordinaria del pasado 1 de Marzo de 2017.

 

BALANCE ECONÓMICO 2016 Y PRESUPUESTOS 2018

Se leyó un informe detallado por parte del Contable Miguel Angel Saez, de la situación económica de la Federación en el año 2016, y de los presupuestos para el año 2018, como novedad decir que se pasaron gráficos en Power Point para hacer más fácil de entender las cifras económicas.

Se aprobaron los balances 2016 y presupuesto 2018 por Unanimidad.

 

INFORME DE GESTIÓN

Se leyó un informe detallado por parte del Presidente, (que se adjuntará al acta de la Asamblea) del trabajo realizado desde la última Asamblea, y por cumplir los cuatro años de mandato se pasaron unos gráficos en Power Point sobre las cifras de afiliación, de cifras económicas, y de morosidad para ver la evolución año a año.

Después de las intervenciones de varios compañeros a favor y en contra de la gestión realizada por esta Junta Directiva, fue aprobada por la mayoría de los presentes con 10 Votos en contra y 2 abstenciones.

 

INFORME CONFEDERACIÓN COMUNIDAD VALENCIANA Y CONFEDERACIÓN DEL TAXI DE ESPAÑA, DECISIONES AL RESPECTO

Se leyó un informe de las últimas actuaciones de la Confederación de la Comunidad Valenciana y de la Organización Nacional, además de la lucha continua contra plataformas de Transporte fraudulentas que se han encabezado en estos meses pasados, la lucha contra la CNMC, y contra TTIP y CETA.

 

SITUACIÓN DE LA REGULACIÓN HORARIA EN EL APC DE VALENCIA

Se contó con detalle la última reunión del Consejo del Taxi, y de la intención de la Consellería de iniciar la tramitación de la Regulación horaria de 12+4, y de los plazos de publicación aproximados de tres meses desde esta fecha, aportando gráficos de un Estudio de la Universidad que se ha contratado por esta Junta.

SITUACIÓN DE LA FUTURA LEY DEL TAXI

Se explicó la situación actual del Proyecto de Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana, apoyados por la mayoría amplia de asociaciones representativas de Castellón y Alicante.

La Junta Directiva de la Federación espera que la Ley del Taxi mantenga los principales puntos de la misma para seguir apoyándola:

  • El Taxi como Servicio Público de Interés General.
  • Modelo de Taxi Autónomo Profesional, titular de una sola licencia.
  • Dedicación exclusiva (salvo para la administración de tu propio patrimonio, siempre que no sea de Transporte).
  • Desacumulación de licencias acumuladas en unos plazos razonables.
  • Jubilados y Viudas deberán desarrollar su actividad regularizando su situación de acuerdo con la normativa de la Seguridad Social.

Se explicó, como la Junta Directiva se ha reunido con todas las Asociaciones para unificar puntos de la ley, y como la Gremial se ha apartado de las negociaciones, sacando comunicados diciendo que la Ley la ha redactado un presidente de VTC.

La Gremial insulta la inteligencia de los representantes de asociaciones de la Comunidad Valenciana y de sus abogados que creemos que con pequeñas modificaciones esta Ley es muy favorable para el Taxi.

 

ELECCIÓN DE CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN

Se presentaban a elección los cargos de Presidente, Secretario, Contador, y Vocales 1, 2 y 3.

Agradecer de forma especial a los compañeros que se presentaron a la Junta Directiva, que en todo momento demostraron educación y respeto, argumentando sin interrupciones de unos u otros, dejando evidencia de las diferencias en cuanto a la forma de conseguir los objetivos, pero muy cercanos en cuales son esos objetivos y en el Modelo de Taxi que representan.

Se demostró que la Federación está muy viva, que hay compañeros dispuestos a trabajar desinteresadamente por el bien de todos, de forma plural y democrática, y que desde el respeto y los argumentos, la Federación seguirá luchando por los derechos del taxista Autónomo en el futuro haya quien haya de Presidente.

 

Los resultados de la votación fue la siguiente:

Fernando del Molino:   176 VOTOS

Ximo Iglesias:               51 VOTOS

Nulos:                            2 VOTOS

Blanco:                           1 VOTO

 

La Junta Directiva queda formada por:

PRESIDENTE:            Fernando del Molino Ecija                   Licencia 959

VICEPRESIDENTE:    Mariano Ecija Vera                                Licencia 859

SECRETARIO:            José Juan López González                    Licencia 2035

TESORERO:               David Vicent  Fas                                   Licencia 244

CONTADOR:             Valeriano Martínez Sánchez               Licencia 1063

VOCAL 1:                   Manuel  López González                      Licencia 521

VOCAL 2:                   Francisco Javier García Salvador         Licencia 203

VOCAL 3:                   Iván García Muñoz                                Licencia 2418

VOCAL 4:                   Fernando Macías García                      Licencia 1089

 

RUEGOS Y PREGUNTAS

Se tomó nota de las propuestas de los compañeros, y se contestó a todas las preguntas.

Nos quedamos con la intervención de un compañero:

“Vamos a dejar de hablar del pasado, y luchemos unidos por el futuro”

AGRADECER A LOS COMPAÑEROS LA ASISTENCIA

AGRADECER EL APOYO Y LA CONFIANZA DEMOSTRADA

SEGUIREMOS TRABAJANDO PARA MEJORAR NUESTRO MODELO DE TAXI

 

LA JUNTA DIRECTIVA

descárgate el archivo original aquí

PROYECTO DE FEDERACIÓN PARA LOS PRÓXIMOS CUATRO AÑOS

ASAMBLEA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2017

PROGRAMA RESUMIDO DEL PROYECTO DE FEDERACIÓN PARA LOS PRÓXIMOS CUATRO AÑOS:

PRESIDENTE:            Fernando del Molino Ecija                   Licencia 959

SECRETARIO:            José Juan López González                    Licencia 2035

CONTADOR:             Valeriano Martínez Sánchez                Licencia 1063

VOCAL 1:                   Manuel López González                       Licencia  521

VOCAL 2:                   Francisco Javier García Salvador        Licencia  203

VOCAL 3:                   Iván García Muñoz                                Licencia 2418

PROGRAMA

Esta Junta Directiva que se presenta, tiene la intención de continuar los proyectos iniciados desde el pasado 26 de Septiembre de 2013, hace cuatro años, y que es conocido por todos.

Vamos a destacar los principales puntos que nos motivaron hace cuatro años, y que nos siguen motivando aún más si cabe por mejorar las condiciones de trabajo de nuestro sector, siempre contando con la opinión de los compañeros y por supuesto de la Asamblea que debe ser la soberana de la Federación.

  • Continuar con la defensa del Taxista Autónomo, tal como dictan nuestros Estatutos.
  • Continuar defendiendo sin fisuras la regulación que quiere la mayoría de nuestros afiliados (ASAMBLEA).
  • Continuar defendiendo la Acumulación 0 en el sector.
  • Continuar defendiendo a todos los afiliados sin mirar sus ideas políticas, religiosas o de cualquier otra índole.
  • Continuar luchando con todas nuestras fuerzas contra la ilegalidad en el sector.
  • Continuar mejorando la economía de Federación y seguir creciendo sindicalmente, esto nos permitirá luchar con garantías por nuestro modelo de Taxi, contratando los mejores profesionales en cada ámbito en el que nos movamos. En resumen continuar gestionando los recursos económicos de forma eficaz.
  • Continuar consultando a los afiliados para decisiones importantes las veces que sea necesario, mediante Asamblea, Encuestas o urnas.
  • Continuar defendiendo que todas las licencias tengan los mismos derechos y deberes. Si se aplica la regulación horaria, que tenga el mismo número de horas para todas las licencias.
  • Continuar informando a los afiliados de la forma más eficaz, mejorando las líneas de comunicación, web, watshapp, email, etc.
  • Continuar con el trabajo iniciado en la Confederación de la Comunidad Valenciana y en la Organización Nacional ANTAXI, defendiendo el modelo de Taxi NO empresarial.
  • Continuar con la Promoción del Taxi a todos los niveles, impulsando la Mesa de Promoción del Taxi de Valencia.
  • Continuar modernizando Federación.
  • Continuar como prioridad en la retirada de licencias de taxi en el APC de Valencia.
  • Continuar la lucha sin cuartel contra el intrusismo y la piratería (VTC, Plataformas, etc).
  • El Presidente de Federación continuará sin tener un conductor asalariado trabajando en su licencia.

Para finalizar, decir que esta Junta Directiva ha trabajado con todos los recursos a su alcance para mejorar la situación de la Federación, tanto económicamente, como políticamente, lo que nos ha llevado a conseguir que la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia en la Actualidad tenga el mayor número de afiliados de su historia.

Si hablamos de la Confederación de Autónomos del Taxi de la Comunidad Valenciana, por primera vez en la historia del sector, es la Asociación mayoritaria de la Comunidad Valenciana (con la fuerza política que esto conlleva para reforzar nuestro trabajo sindical y político en la defensa de los taxistas autónomos a los que representamos).

Nosotros solo podemos garantizar seguir trabajando con todas nuestras fuerzas si salimos elegidos mayoritariamente en la próxima Asamblea de Federación día 26 de Septiembre.

Gracias por estar ahí apoyándonos desde hace cuatro años, esperamos no defraudar a los compañeros que habéis confiado en nosotros, y que seguís haciéndolo.

Gracias por escucharnos.

ALTERNATIVA A LA FEDERACIÓN SINDICAL DEL TAXI

Ximo Iglesias Zahonero en nombre de los abajo referidos, presento candidatura : ALTERNATIVA FEDERACIÓN SINDICAL DEL TAXI a los cargos que se elegirán en la Asamblea de Federación del 26 de septiembre de 2017 en las escuelas de San José. Y para que así conste lo presentamos por registro en la sede del sindicato en Valencia a 22 de septiembre de 2017.

PRESIDENTE      Ximo Iglesias Zahonero       L. 1605
SECRETARIO      David Sánchez Garcia           L. 400
CONTADOR         Patricio Nogués Moyano      L. 1438
VOCAL 1                Juan A. Guardeño Gaitán    L. 1800
VOCAL 2               José Iglesias Zahonero         L. 1769
VOCAL 3               Luis Ruiz Capuz                     L. 2566

Ximo Iglesias Zahonero

Descárgate el archivo original aquí.

Respaldo total a la nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana

Yo Fernando del Molino Ecija, como representante de la Asociación mayoritaria de Taxis de la Comunidad Valenciana, después de conocer que el partido político del PP ha presentado una enmienda a la totalidad al Proyecto de la nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana, quiero manifestar lo siguiente:

La Asociación a la que represento, respalda totalmente la nueva Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana, impulsada por la actual Consellería de Transportes, y que representa el modelo de taxi que quiere más del 90 % de los taxistas de la Comunidad Valenciana.

Lamentamos profundamente que el PP, sin escuchar lo que quiere la mayoría del sector del Taxi, y sin pensar en lo que es mejor para muchos ciudadanos de municipios gobernados por su Partido Político, se posicione en contra del Proyecto de Ley del Taxi. Con esto demuestra lo alejado que está este Partido Político de la realidad de las necesidades de un Servicio Público del Taxi para los ciudadanos valencianos, en el momento que vivimos, en que las multinacionales desde el extranjero pretenden apropiarse del valor añadido de esta actividad.

Este Proyecto de Ley reserva para el Taxi los servicios que demanda el usuario en la calle, apostando por Centros de Distribución de los propios Taxistas que pagan impuestos en nuestro País, cosa fundamental para que el usuario tenga la garantía de un Servicio Público con Tarifas reguladas por la Administración que no fluctúen en función de la oferta y la demanda, protegiendo al usuario, y a la vez garantizando un equilibrio económico de los trabajadores titulares de Licencia de Taxi.

Este Proyecto de Ley quiere poner orden en el sector, corrigiendo irregularidades anteriores, como son la acumulación de licencias de taxi en manos de un titular, la explotación laboral, o el arrendamiento ilegal de licencias de Taxi.

Este Proyecto de Ley pone límites a la creación injustificada de nuevas licencias de Taxi de forma indiscriminada que hemos sufrido durante años.

Este Proyecto de Ley pretende corregir errores de la actual Ley del PP, como son la distribución errónea de competencias, o la invasión de competencias del Estado.

Respaldamos y apoyamos sin fisuras este Proyecto de Ley, en el que hemos tenido la oportunidad de participar, entre otras cosas gracias al Coordinador de la Ley que se ha reunido varias veces con la práctica totalidad del sector para consensuar en la medida de lo posible el Proyecto, y secundamos enérgicamente su propuesta de calificar al Taxi de forma explícita como Servicio Público, pues es la única forma de que la Administración intervenga en defensa de los usuarios, y de los propios taxistas.

Muy diferente fue la actuación del Gobierno del PP, que en el año 2006 publicó una modificación de Ley SALTÁNDOSE EL DEBATE PARLAMENTARIO con la Ley de Acompañamiento a los presupuestos, intentando de una forma traicionera, que se pudiera acumular licencias en manos de un titular, Y EL SECTOR SE MANIFESTÓ EN CONTRA DE FORMA MASIVA, lo que hizo que tuvieran que echarla atrás al demostrarse lo que quería nuevamente la mayoría del sector del Taxi de toda la Comunidad.

El Taxi lleva 20 años viendo como el Gobierno Autonómico del PP, por acción o inacción, ha permitido el deterioro progresivo de la imagen de un Servicio Público como es el taxi, beneficiando a otros medios de transporte de una forma muy clara, negándose una y otra vez a una contingentación de VTC en la Comunidad Valenciana mientras todas las Asociaciones del Taxi lo han pedido una y otra vez en las mesas de negociación.

EL TAXI NECESITA UNA LEY COMO ESTA, QUE PROTEJA AL USUARIO Y AL TAXISTA AUTÓNOMO, PARA CONSEGUIR EL SERVICIO PUBLICO DE TAXI DE CALIDAD QUE EL CIUDADANO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SE MERECE.

 

En Valencia a 15 de Septiembre de 2017.

 

Fernando del Molino Ecija

Presidente de la Confederación de

Autónomos del Taxi de la Comunidad Valenciana

Descárgate el archivo original aquí

Reunión Ejecutiva de la Junta Directiva de la Asociación Nacional del Taxi (ANTAXI),

El pasado día 12 de Septiembre ha tenido lugar la reunión Ejecutiva de la Junta Directiva de la Asociación Nacional del Taxi (ANTAXI), en la que se ha debatido sobre la actualidad del sector, con el problema de las VTC como principal tema de debate.

ANTAXI ha acordado trabajar activamente en las distintas Comisiones creadas el pasado día 11 de Septiembre con el resto de Organizaciones Nacionales, con el principal objetivo de mantener la presión a los responsables políticos con capacidad para legislar, tanto del Ministerio de Fomento como de las distintas Comunidades Autónomas en las que se tenga presencia, para resolver el problema con la urgencia que se merece.

ANTAXI apuesta por ser más eficaces en el futuro, desde la unidad, sin perder la identidad, pero evitando protagonismos exagerados que solo traen división y debilidad al sector, priorizando siempre lo que es mejor para el sector y para los taxistas a los que representamos.

Como ya se acordó en la pasada Ejecutiva de ANTAXI, cada una de las Asociaciones y Federaciones Territoriales de la Organización van a continuar con los proyectos y trabajos iniciados desde hace meses en cada Comunidad, que en breve se espera vayan dando sus frutos, que se compartirán en las distintas comisiones creadas y en la Coordinadora Nacional (formada por los presidentes de cada Organización) por el bien del sector del Taxi de toda España.

ANTAXI mantendrá las puertas abiertas de la Organización al resto de Organizaciones Nacionales, Asociaciones Territoriales, Plataformas y entidades del sector, como ha hecho desde el primer día.

El nombre de las distintas Comisiones creadas, el nombre de la Coordinadora Nacional, el lugar donde se tengan las reuniones y congresos, y quien es el que propone o ejecuta cualquiera de las ideas y propuestas que se pongan encima de la mesa en las distintas comisiones no son importantes.

ANTAXI, desde la humildad y el trabajo, va a continuar con la lucha en todos los frentes y foros en los que participe, en la defensa de los derechos del taxista autónomo, sin descartar ninguna vía, y sin escatimar esfuerzos para conseguir los objetivos que se ha marcado.

 

13 de Septiembre de 2017

LA JUNTA DIRECTIVA

Descárgate el archivo original aquí.

El próximo día 26 de Septiembre de 2017, a las 16:30 horas se celebrará Asamblea Ordinaria de la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia.

Estimada/o  compañera/o

El próximo día 26 de Septiembre de 2017, a las 16:30 horas en primera convocatoria y a las 17:00 horas en segunda convocatoria, se celebrará la Asamblea Ordinaria de la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia en el salón de actos de las Escuelas de San José, sitas en la Av. Cortes Valencianas nº 1 de Valencia, con el siguiente Orden del día:

  1. Lectura de actas anteriores y su aprobación si procede.
  2. Presentación del Balance Económico de 2016, del presupuesto para el 2018 y sus aprobaciones si procede.
  3. Informe de gestión y su aprobación si procede.
  4. Informe de situación de la Confederación de Autónomos del Taxi de la Comunidad Valenciana, de  Confederación de Taxistas Autónomos de España, últimas noticias nacionales, y decisiones al respecto si procede.
  5. Informe de la situación actual de la Regulación Horaria en el apc de Valencia.
  6. Informe de la situación actual de la futura ley del Taxi.
  7. Elección de miembros de la junta directiva.
  8. Ruegos y preguntas.

Los cargos de la Junta Directiva que se presentan a elección son los de Presidente, Secretario, Contador, y vocales 1, 2 y 3.

Los afiliados podrán inscribirse como candidatos a cargos electos con quince días de antelación a la celebración de la asamblea, cerrándose el plazo de inscripción con 48 horas antes de la misma.

Solo podrán participar en la Asamblea los socios que estén al corriente de sus pagos.

EL SECRETARIO

José Juan López González

Descárgate el archivo original aquí

EL SECTOR DEL TAXI INICIA UN NUEVO FRENTE DE UNIDAD NACIONAL

Madrid, 7 de Septiembre de 2017

En el día de hoy, la representación de las Organizaciones Nacionales del Taxi, FEDETAXI, ANTAXI Y FETE, y de la Plataforma TNT, Plataforma Caracol y la Asociación de Radio Taxis de España (ARTE), se han reunido en Madrid en la sede de la CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL DE MADRID (CEM), con un único objetivo, salir reforzados desde la unidad para continuar con la lucha contra la liberalización encubierta del sector de las VTC y el desequilibrio creado al Servicio Publico del Taxi.

En dicha reunión, se ha hecho una valoración de la situación:

  • Abandono de la política local, autonómica y estatal relativa a la regulación eficaz del sector desde hace años, lo que ha dejado el futuro del taxi en manos de las decisiones judiciales.
  • Inestabilidad e inseguridad para más de 100.000 familias que viven del taxi en toda España.
  • Desamparo de un Servicio Publico regulado que se asoma al abismo de la desregulación normativa sin criterio político para abordar las reformas necesarias para garantizar un equilibrio económico.
  • Entrada de multinacionales con sedes en paraísos fiscales que generan elusión fiscal, precarización, incumplimiento continuo de la normativa vigente, con el objetivo de conseguir un monopolio, a costa de un Servicio Publico eficaz como es el Taxi, todo ello con la complicidad de la Administración, ya sea por acción (CNMC) o inacción (Gobierno Nacional y Autonómico).
  • Falta de información en gran parte de la Opinión Publica, que no acaba de entender la diferencia entre un Servicio Público Profesional del Taxi con tarifas reguladas y la gran mentira que venden las nuevas plataformas y sus abusivas tarifas dinámicas, disfrazando con mucha inversión en publicidad la verdad de un futuro de precariedad en el transporte discrecional de viajeros.

En la reunión se han puesto sobre la mesa múltiples propuestas, y se ha llegado a los siguientes acuerdos:

  1. Aparcar las diferencias del sector e iniciar un frente de Unidad Nacional para consensuar medidas elaboradas y con toda la contundencia de la que seamos capaces, para conseguir soluciones reales y eficaces a los problemas existentes.
  2. Emplazar a los presentes el lunes día 11 de Septiembre a crear 5 comisiones de Trabajo, para estudiar y elaborar la estrategia a seguir, formadas por representantes de todas las organizaciones y asociaciones presentes:
  • JURIDICA
  • ESTRATEGIA
  • COMUNICACIÓN
  • INNOVACION TECNOLOGICA
  • RÉGIMEN INTERNO DEL SECTOR
  1. Presentar un escrito unánime al Ministro de Fomento, D. Iñigo de la Serna, solicitando una reunión para trasladarle la problemática y encontrar la respuesta política que las principales organizaciones llevan años solicitando, y que se les ha prometido una y otra vez por anteriores gobiernos.

SOLO SI ESTAMOS UNIDOS SEREMOS REALMENTE FUERTES

NECESITAMOS UN SECTOR QUE SIGA LUCHANDO POR UN SERVICIO PÚBLICO DEL TAXI DE CALIDAD

Descárgate el archivo original aquí.

El ‘lado oscuro’ de Cabify

  •  

  •  

  •  

  •  

Jueves 31 de agosto de 2017

Por Javier López Macías

A+

a-


Más de 10 horas de trabajo, sueldos que algunos meses apenas rozan los 800 euros, despidos sin previo aviso… varios trabajadores de Cabify, y otros que han dejado de serlo, denuncian a Madridiario las condiciones de empleo que exigen varias de las empresas que operan bajo el ‘paraguas’ de la compañía líder del mercado de VTCs.


En 2011, Juan de Antonio creaba una startup española que, seis años más tarde, domina el negocio de los VTC en España. El objetivo era ofrecer vehículos con conductor “que no fueran taxis” para hacer disfrutar al usuario de una experiencia “única”. Así nació Cabify. 

Con un logo que representa “el cariño” que la empresa pone en cada servicio que realiza, la compañía se ha hecho un hueco en un mercado difícil que cuenta con una competencia feroz por parte de Uber y de los taxis.

La receta de su éxito radica en el servicio que prestan sus conductores. Una botella de agua, elección libre de músicaventanas tintadas, precio fijo y un servicio -normalmente- más barato que el prestado por los taxistas son atractivos que cada día reclaman más usuarios y que tienen un precio que no pagan ellos. Esa tarifa va a cargo de los trabajadores, que repiten un mantra común: “Mataríamos por ser taxistas y por tener sus condiciones”.

Así de sinceros se muestran varios conductores con los que Madridiario ha contactado para desvelar las condiciones bajo las que desarrollan su actividad. Las principales quejas se concentran en tres ámbitos: horas trabajadas, sueldo y precariedad.

J.L., uno de los extrabajadores de la empresa que no quiere facilitar su nombre completo, explica que “en teoría” se firman ocho horas pero que son un total de 10 y media las que deben estar de servicio. “Nosotros tenemos que tener la aplicación abierta durante, al menos, 12 horas, a las que hay que restarle un descanso de 90 minutos”, declara. Completando este tiempo, las empresas que les contratan -a través de las que Cabify oferta su servicio- también les marcan un mínimo de facturación: 3.000 euros.

En este punto, si alcanzan esa cifra, Cabify se queda un porcentaje (19 por ciento). El dinero restante se reparte entre el trabajador (43 por ciento) y la empresa ‘subcontratada’ (57 por ciento). Si la facturación no alcanza tal nivel, el sueldo del trabajador queda reducido a 800 euros. Además, que no cumplan con este objetivo “debilita”, según los trabajadores, su posición, pues cada semana se producen despidos “masivos”, en los que se vieron afectados tanto J.L. como F.M., otro de los conductores consultados. El motivo fue su “lentitud”, algo que ponen en entredicho ya que, según sus cálculos, “estaban cumpliendo con los mínimos”.

Otra queja recurrente es la forma en la que les despidieron, con un mal trato incluido por parte de sus superiores. “A mí me echaron sin aviso previo. Un día iba a comenzar mi jornada laboral y no me funcionaba la aplicación. Llamé a mi jefe y me dijo que ya no contaba conmigo. No hacía falta que me avisara con antelación porque estaba en la fase de prueba estipulada en mi contrato y no lo hizo”, cuenta uno de ellos. 

Por su parte, fuentes de Cabify se desvinculan totalmente de estas acusaciones. La compañía se escuda en su forma de negocio, que sigue un modelo de “agencia de viajes”: no cuenta ni con vehículos propios ni con licencias, sino que “proporciona servicios de terceros a los usuarios a través de la aplicación”.

De esta forma, niega que exijan una facturación mínima, que marquen un horario y que tengan una relación con los empleados que vaya más allá “de la prestación del servicio en cada momento”. Cualquier otro tipo de relación se canaliza a través de sus empresas, que están sometidas a un control de su actividad. También se exige que cumplan la normativa fiscal, laboral y de transportes,auditándose periódicamente dicho cumplimiento, explican.

Nota: los trabajadores consultados por Madridiario son empleados de empresas que cuentan con licencias VTC y que prestan servicio a través de la app en nombre de la compañía. Esto no quiere decir que todos los trabajadores de Cabify cuenten con estas condiciones, pues pueden variar según la empresa que les contrate o su condición de autónomos.


Publicado por Madrid Diario.