Compendio de todas la leyes a nivel del Área de Prestación conjunta de Valencia.

Sistema de descanso obligatorio en la prestación del servicio de taxis para el 2016

RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio en la prestación del servicio de taxis, en el Área de Prestación Conjunta de Valencia.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece que la prestación del servicio del taxi se someta a la intervención administrativa para garantizar un nivel de calidad adecuado en la prestación del servicio.

La presente resolución se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden 2/2014, de 6 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se establecen las pautas para la regulación del sistema de descanso obligatorio en el servicio del taxi en el Área de Prestación Conjunta de Valencia.

La situación de crisis económica, con el consiguiente impacto negativo sobre la movilidad y sobre la demanda del servicio del taxi, ha provocado un exceso en la oferta de servicio que requiere una regulación del sistema de descanso obligatorio y la limitación diaria en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia.

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RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2015, en la que se autoriza a tomar servicio en el circuito Ricardo Tormo de Cheste a taxis de fuera de Cheste.

RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2015, del director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, por la que se autoriza a tomar servicio, a los titulares de las autorizaciones de taxi residenciadas en las áreas funcionales limítrofes con el área funcional de Cheste y a los del Área de Prestación Conjunta de Valencia, en el área funcional de Cheste, con ocasión de la celebración del Gran Premio de MotoGP-2015 en el circuito Ricardo Tormo de Cheste.

Durante los días 6, 7 y 8 de noviembre de 2015 se disputa el Gran Premio de MotoGP 2015 en el circuito Ricardo Tormo de Cheste, esta celebración supondrá un importante incremento de las necesidades de movilidad en dicho municipio y su entorno.

A los efectos de garantizar una oferta de servicio de taxi adecuada al importante incremento de la demanda de este servicio de transporte durante los días de celebración se considera oportuno permitir que tomen servicio las autorizaciones de taxi residenciadas en las áreas funcionales limítrofes con el área funcional de Cheste y a los del área de prestación conjunta de Valencia, en el área funcional de Cheste.

A propuesta de las asociaciones representativas del sector, en uso de las competencias y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, resuelvo:

Autorizar, durante los días 6, 7 y 8 de noviembre de 2015, a que los titulares de las autorizaciones de taxi residenciadas en las áreas funcionales limítrofes con el área funcional de Cheste y a los del área de prestación conjunta de Valencia, puedan tomar servicio en el área funcional de Cheste. Se les reconoce una preferencia para tomar servicios esos días a las autorizaciones de taxi residenciadas en el término municipal de Cheste.

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Sustitución de dos vocales del Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2015, del director general de Transportes y Logística, por la que se sustituyen dos vocales del Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana.
[…]

Primero

El cese de Manuela Suárez Luján y de Francisco García Fuentes.

Segundo

El nombramiento de las siguientes personas, como los representantes del sector del taxi que corresponden a la organización sindical:

Titular: Fernando Ballester Jiménez.

Suplente: Pablo Moreno Galera.

[…]

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Nombramiento de Pablo Cotino como director general de Transportes y Logística

DECRETO 11/2015, de 23 de enero, del Consell, por el que nombra a Pablo Cotino Mulet como director general de Transportes y Logística, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 17.a, 28.b y 33.2 de la Ley del Consell, y a propuesta de la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, el Consell, en la reunión del día 23 de enero de 2015, acuerda nombrar a Pablo Cotino Mulet director general de Transportes y Logística, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.

El presente decreto tendrá efectos desde el mismo día de su aprobación.

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Visado de las autorizaciones de transporte público interurbano en automóviles de turismo VT

RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2015, de la Dirección General de Transportes y Logística, sobre realización del visado de las autorizaciones de transporte público interurbano en automóviles de turismo VT (taxi), residenciadas en la Comunitat Valenciana, en las áreas de prestación conjunta de Valencia, Alicante, Castellón, La Marina Baixa, El Camp de Morvedre, Requena/Utiel – El Valle de Confrentes/Ayora, L’Alcoià – El Comtat y La Safor.

El artículo 53 de la Ley 6/2011, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, regula el visado como el procedimiento mediante el cual la Administración constata, de forma periódica, el mantenimiento de las condiciones que originariamente justificaron el otorgamiento de las autorizaciones de taxi residenciadas en la Comunitat Valenciana.

En su párrafo segundo, el artículo 53 de la Ley 6/2011, establece que el procedimiento y el plazo para obtener el visado de las autorizaciones, así como de las prórrogas que en su caso se establezcan, se regularán en la normativa de desarrollo. No habiéndose desarrollado reglamentariamente dicho procedimiento, la regulación del citado trámite se efectuará, en tanto no se publiquen las normas de desarrollo, por la normativa vigente en el momento de entrada en vigor de la Ley 6/2011, es decir la Orden de 22 de diciembre de 1995, de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, sobre realización del visado de autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares del transporte, que regulan la determinación del calendario así como las reglas de contenido práctico, que permiten la realización del visado; todo ello en ejecución de lo establecido en el artículo 46 del Reglamento de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, y sus órdenes de desarrollo.

Atendiendo a razones de eficacia y simplificación administrativa, aconsejan establecer un único calendario de visado de las autorizaciones de transportes documentadas en tarjetas de la clase VT, de los vehículos que presten sus servicios en las citadas áreas de prestación conjunta, que estará distribuido a lo largo del año natural, y exceptuado por razones de servicio, los meses de agosto y diciembre, y siempre en función del último número del documento nacional de identidad del titular.

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Cese de Carlos Javier Eleno Carretero

DECRETO 4/2015, de 16 de enero, del Consell, por el que cesa como director general de Transportes y Logística, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, Carlos Javier Eleno Carretero.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 17.a, 28.b y 33.2 de la Ley del Consell, y a propuesta de la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, el Consell, en la reunión del día 16 de enero de 2015, acuerda el cese de Carlos Javier Eleno Carretero como director general de Transportes y Logística, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, agradeciéndole los servicios prestados.

El presente decreto surtirá efectos desde el mismo día de su aprobación.

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Designación del organismo autorizado para la verificación metrológica de los aparatos taxímetros

RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2015, de la Dirección General de Industria, por la que se designa entidad como organismo autorizado de verificación metrológica de los aparatos taxímetros, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
[…]

Primero

Designar a la entidad Applus Iteuve Technology, SL, como organismo autorizado de verificación metrológica, para llevar a cabo las actuaciones relativas a verificaciones después de reparación o modificación y verificaciones periódicas de los aparatos taxímetros.

[…]

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resolucion sobre las tarifas urbanas de Valencia y de los dias de descanso

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis, así como su distribución para el año 2015, en el área de prestación conjunta de Valencia.

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece que la prestación del servicio del taxi se somete a la intervención administrativa para garantizar un nivel de calidad adecuado en la prestación del servicio.

El Decreto 18/1985, de 23 de febrero, del Consell, de Creación de Áreas de Prestación Conjunta para Servicios de Transporte Público de Viajeros en Automóviles de Turismo, en su artículo sexto atribuye a la consellería competente en materia de transportes las funciones de regulación y ordenación necesarias para dichas áreas.

La situación de crisis económica, con el consiguiente impacto negativo sobre la movilidad y sobre la demanda del servicio del taxi, ha provocado un exceso en la oferta de servicio. Sin embargo, hasta el momento persiste el desequilibrio entre la oferta y la demanda de taxis en el área de Valencia, lo cual es una preocupación constante del sector del taxi en dicha área.

La presente resolución se dicta de conformidad con la Orden 2/2014, de 6 de febrero, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio y la limitación diaria en la prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 3.

La falta de oferta de taxis adaptados a personas con discapacidad aconseja eximir del régimen de descanso obligatorio a aquellas autorizaciones que tengan adscrito un vehículo adaptado, con el objeto de facilitar el acceso a estos servicios de transporte a este colectivo de personas

 

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RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2014, del director general de Transportes y Logística, por la que se aclaran determinados supuestos de la Orden 23/2013, de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del área de prestación conjunta de Valencia.

La Orden 23/2013, de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del área de prestación conjunta de Valenciana, estableció nuevas tarifas.

Cumplido casi un año de vigencia de la orden no hay justificación para la modificación de las tarifas vigentes por no haberse producido un incremento en el índice de precios al consumo, o en los costes directos o indirectos del taxi que justifiquen una modificación de las mismas. No obstante, se hace necesario aclarar algunos puntos regulados en dicha orden que contribuyan a su cumplimiento estricto.

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Tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se clarifica la aplicación de las tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana y para los municipios de menos de 20.000 habiltantes no incluidos en áreas de prestación conjunta.

Los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana y de los municipios de menos de 20.000 habitantes no incluidos en áreas de prestación conjunta, se hallan sometidos al régimen de autorización administrativa, con sujeción al régimen dispuesto por la Orden 24/2013, de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente. Esta orden estableció el régimen tarifario y sus condiciones de aplicación para los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana y para los municipios de menos de 20.000 habitantes no incluidos en áreas de prestación conjunta.

La Orden 24/2013, de 20 de diciembre, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se actualizan las tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en automóviles de turismo en la Comunitat Valenciana y se establecen tarifas para los municipios de menos de 20.000 habitantes no incluidos en áreas de prestación conjunta.

Cumplido un año de vigencia de la orden no hay justificación para la modificación de las tarifas vigentes por no haberse producido un incremento en el índice de precios al consumo, o en los costes directos o indirectos del taxi que justifiquen una modificación de las mismas. No obstante, se hace necesario aclarar algunos puntos regulados en dicha orden, que contribuyan a su cumplimiento estricto.

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MODIFICACIÓN DE LA LEY 6/2011, DE 1 DE ABRIL, DE LA GENERALITAT, DE MOVILIDAD DE LA COMUNITAT VALENCIANA

En la página 83, en su capítulo XVIII De La Modificación De La Ley 6/2011, De 1 De Abril, De La Generalitat, De Movilidad De La Comunitat Valenciana regula la inmovilización de los vehículos que incurran en el Régimen sancionador especial por las infracciones del transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo de las contempladas en el artículo 99 bis.

MODIFICACIONES DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA COMUNIDAD VALENCIANA