Desde la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia queremos ofrecer a sus afiliados información relevante del sector, si conoce alguna noticia, suceso o evento actual o futuro que considere importante háganoslo llegar a por email.

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La Generalitat abre expediente a Uber por supuestas irregularidades

El departamento de Territorio y Sostenibilidad ha abierto un expediente a la aplicación para móviles Uber, que permite solicitar una vehículo de alquiler con conductor, para investigar las supuestas actividades irregulares de la empresa. No tener las correspondientes licencias puede suponer una sanción de hasta 2.000 euros.

 

Según ha explicado la Generalitat en un comunicado, este expediente tiene como objetivo “controlar que todas las actividades anunciadas por esta empresa se hacen bajo el vigente marco normativo”, tal y cómo se acordó el pasado 22 de abril en una reunión entre la Dirección general de Transportes y el STAC.

 

De conformidad con la legislación vigente en Cataluña, las actividades de transporte de personas que se realizan por cuenta ajena y mediante un precio o una retribución, tienen la consideración de transporte público y como tal, está sujeto a un régimen de autorización administrativa previa.

 

Por sus características, explica la Generalitat, las actividades de transporte de Uber son actividades de transporte público y por tanto, para su realización, debe disponer de los títulos administrativos habilitantes necesarios. Carecer de estos permisos, de acuerdo con la Ley del Taxi y la recientemente modificada LOTT, constituye una infracción muy grave que puede ser castigada con multas de hasta 1.250 euros. También es sancionable, como infracción grave, la oferta de servicios de transportes sin disponer del título habilitante para realizarlos. En estos casos la multa es de 8000 euros.

 

En el encuentro mantenido con el sector, las organizaciones que forman la Mesa Técnica del Taxi, STAC, CMT, AET y ATC, solicitarán la paralización inmediata de esta aplicación el próximo 24 de abril. Además, de acuerdo a la sentencia de Bruselas contra Uber,propondrán la sanción económica a aquellos usuarios que utilicen cualquier transporte ilegal o irregular. Intrusismo y piratería serán otros de los temas que se abordarán en esta reunión con el director general de Transportes, Pere Padrosa. 

Publicado por la Gaceta del taxi.

MESA DEL CONSEJO DEL TAXI (COT)

MESA DEL CONSEJO DEL TAXI (COT)

La representatividad del sector del taxi sera mediante listados.
Sera un organo solamente consultivo.
Se reunira en pleno o en comision permanente.
Se levantará Acta de las sesiones por medio de un secretario designado por la Conselleria que no tendra derecho a voto pero si podra opinar.
Se debatira en el pleno solo lo que proponga el presidente o la mitad del pleno (para debatir algo se tendra que poner de acuerdo todo el sector mas usuarios y minusvalidos)
En comision permanente se debatira lo que proponga el pleno.

PLENO

Se reunira al menos 1 vez al año.

12 MIEMBROS:

6 miembros de la Administracion:

Presidente (Conseller o quien este designe)
Vicepresidente (Director de Transporte)
1 Vocal ( Subdirector o jefe de servicio de Transporte)
3 Vocales (Representantes de la Administracion de cada provincia)

6 miembros del sector del taxi y usuarios y minusvalidos:

3 vocales de las asociaciones mas representativas del taxi de la comunidad valenciana
1 vocal del sindicato del taxi mas representativo de la comunidad valenciana
1 vocal de usuarios
1 vocal de minusvalidos.

El presidente tiene el voto de calidad. No se aprueba nada si no lo quiere la administracion, ya que hace falta mayoria y de la Administracion son 6 de los 12 (aunque nos pusieramos todos de acuerdo el voto de calidad del presidente da la mayoria)

LA COMISION PERMANENTE

La convocará el presidente y su contenido lo aprobará el pleno.

Presidente (Subdirector o jefe del servicio de Transporte)
1 representante de la administracion (designado por el presidente)
3 miembros elegidos por acuerdo unanime entre el sector del taxi y los usuarios y minusvalidos, en caso de no llegar a un acuerdo se hara rotatorio anual por sorteo quedando la siguiente composicion:

Presidente
1 miembro de la Administracion.
2 miembros del sector del taxi.
1 miembro usuario o minusvalido.

Aunque la comision permanente solo tratara temas menores, en caso de ponerse de acuerdo el sector del taxi y los usuarios seran mayoria.

La Generalitat respalda al taxi en su lucha contra Uber

La Generalitat de Cataluña ha manifestado su apoyo al taxi en su lucha contra la aplicación móvil Uber, que permite solicitar un vehículo de alquiler con conductor, en una reunión celebrada hoy con el STAC y taxistas de Tarragona. El director general de Transportes, Pere Padrosa, ha aprovechado un encuentro para debatir sobre cuestiones territoriales para manifestar su respaldo al sector.

 

Según ha explicado Padrosa, “todos los servicios donde exista por medio un precio o un intercambio económico es un transporte público. Por lo tanto, sujeto a una autorización administrativa”.

 

Recuerdan desde el Sindicat que “el transporte público tanto en Barcelona, Cataluña y el resto del Estado está regulado, reglamentado y contingentazo”. Sobre el transporte público de menos de 9 plazas sólo lo pueden realizar “el taxi y las VTC dependiendo el tipo de servicio”.

 

Además, la Generalitat de Catalunya está trabajando en la modificación de la normativa para inmovilizar a aquellos vehículos que transporten viajeros de manera ilegal hasta que se haga efectiva la multa, que oscilará entre 800 y 1000 euros.

Publicado por la Gaceta del taxi.

COT. DECRETO 61/2014, de 17 de abril, del Consell, por el que se regula el Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana

PREÁMBULO

CAPÍTULO I Disposiciones generales
CAPÍTULO II Composición
CAPÍTULO III Organización y funcionamiento

PREÁMBULO

La Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, creó el Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana, como órgano de consulta en materia de servicios de taxi, el cual habrá de integrar a representantes de las Administraciones con competencias en las materias reguladas en dicha ley, así como de las asociaciones representativas del sector, representantes de los titulares de licencias, de los usuarios y de asociaciones sindicales.

En cumplimiento de este mandato legal, este decreto tiene por objeto la regulación de la composición, organización y funcionamiento del Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana.

En cuanto a su composición, el decreto garantiza, en los términos que señala la Ley de Movilidad de la Comunitat Valenciana, la participación de las administraciones con competencias en la materia, de las asociaciones sindicales y empresariales representativas del sector, de los autónomos y de las asociaciones representativas de los consumidores y usuarios.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de Movilidad de la Comunitat Valenciana, y en el ejercicio de las competencias otorgadas por los artículos 148.1.5 y 149.1.21 de la Constitución Española y artículo 49.1.15 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, a propuesta de la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 17 de abril de 2014,

DECRETO

CAPÍTULO I 
Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto y adscripción

1. El presente decreto tiene por objeto la regulación de la composición, organización y régimen de funcionamiento del Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana, creado por la Ley de Movilidad de la Comunitat Valenciana.

2. El Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana está adscrito a la Consellería competente en materia de transportes.

Artículo 2. Funciones

Son funciones del Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana las siguientes:

1. Actuar como órgano de consulta entre el sector del taxi y las administraciones competentes en la materia.

2. Colaborar con las administraciones competentes en la materia para conseguir la mejora progresiva de las condiciones de prestación de los servicios de taxi.

3. Elaborar los informes que se le soliciten a petición de las administraciones representadas en el Consejo.

4. Constituido en Pleno, debatir aquellos asuntos relacionados con el sector que sean planteados por, al menos, la mitad de sus miembros, o por su Presidente/a, y emitir informe sobre los mismos.

CAPÍTULO II 
Composición

Artículo 3. Composición

1. El Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana estará compuesto por los siguientes miembros:

a) Presidente/a: el/la titular de la consellería competente en materia de transportes, o persona en quien delegue.

b) Vicepresidente/a: el/la director/a general que tenga atribuida la competencia en materia de transportes, o persona en quien delegue.

c) Vocales:

1.º Un representante de la dirección general con competencia en materia de transportes, con el rango de jefe/a de servicio o subdirector/a general.

2.º. Un representante de la Administración local, por cada una de las provincias de la Comunitat Valenciana, elegido a través de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

3.º. Cuatro representantes del sector del taxi, uno por cada una de las tres asociaciones profesionales del sector de taxi más representativas en la Comunitat Valenciana, y un representante por parte de la organización sindical más representativa del sector del taxi en la Comunitat Valenciana. La representatividad se medirá en función del número de titulares de autorizaciones de taxi que estén afiliados a cada asociación o a las organizaciones sindicales, respectivamente.

4.º. Un representante de una asociación de consumidores y usuarios, de las legalmente constituidas en la Comunitat Valenciana, que, de acuerdo con los datos que obren en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores de la Comunitat Valenciana, ostente el mayor número activo de socios.

5.º. Un representante de la entidad de la Comunitat Valenciana que ostente de forma mayoritaria la representación de las personas discapacitadas usuarias de silla de ruedas, que será nombrado a propuesta de la Consellería competente en materia de discapacidad.

2. El nombramiento de los Vocales del Consejo del Taxi, así como el de sus suplentes, se realizará por el/la director/a general que tenga atribuidas las competencias en materia de transportes.

3. El/la presidente/a o el/la vicepresidente/a del Consejo del Taxi, indistintamente, podrán cursar invitaciones para participar en las reuniones del Consejo, con voz pero sin voto, a aquellas personas que, como técnicos o expertos, se requieran en orden a obtener un mejor asesoramiento sobre los temas a tratar.

Artículo 4. Estatuto de los miembros

1. Corresponde a los miembros del Consejo del Taxi:

a) Recibir, con la antelación necesaria, la convocatoria con el orden del día de las reuniones, así como la información sobre los temas que figuren en el mismo.

b) Participar en los debates de las sesiones.

c) Ejercer su derecho al voto y, en su caso, formular voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican. No podrán abstenerse en las votaciones los miembros del Consejo del Taxi que tengan la condición de autoridades o personal al servicio de las Administraciones Públicas.

d) Formular ruegos y preguntas.

e) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición.

2. Los miembros del Consejo no podrán atribuirse las funciones de representación del mismo, salvo que expresamente se les hayan otorgado por acuerdo válidamente adoptado, para cada caso concreto, por el propio órgano.

3. En casos de ausencia o de enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, los miembros titulares del órgano colegiado serán sustituidos por las personas designadas como suplentes.

Artículo 5. Mandato, sustitución y cese

1. El mandato de los miembros que lo sean por razón de la función de representación que tengan atribuida tendrá efectos en tanto ostenten dicha representación, hasta la renovación del Consejo.

2. El resto de miembros serán nombrados para un mandato de cuatro años, o, en el supuesto de que hayan sustituido a un miembro que cese, por el tiempo que reste hasta la próxima renovación. No se establece límite de mandatos a favor de una persona concreta.

3. Los vocales del Consejo cesarán por las siguientes razones:

a) Por renuncia.

b) Por sustitución de otro representante, a solicitud de la asociación o entidad que lo propuso.

c) Por terminación del mandato.

d) Por dejar de reunir los requisitos que determinaron su designación.

4. Los miembros del Consejo del Taxi, finalizado su mandato, continuarán ejerciendo su cargo, en funciones, hasta el nombramiento de quienes los sustituyan.

CAPÍTULO III 
Organización y funcionamiento

Artículo 6. El/la presidente/a

1.Son funciones del/de la presidente/a del Consejo del Taxi:

a) Ostentar la representación del Consejo.

b) Acordar la convocatoria de sesiones ordinarias y extraordinarias y fijar el orden del día, considerando las propuestas de los Vocales y lo dispuesto en el artículo 9.1 de este decreto.

c) Presidir las sesiones, moderar los debates y suspenderlos por causas justificadas.

d) Dirimir con su voto los empates, a los efectos de adoptar acuerdos.

e) Visar las actas y certificados de los acuerdos del Consejo.

f) Dictar cuantas instrucciones de régimen interior sean procedentes para el adecuado despacho de los asuntos competencia del Consejo.

g) Recabar los informes y documentos que estime necesarios para la mejor instrucción de los procedimientos sujetos al conocimiento del Consejo.

h) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de presidente/a o que, siendo propias del Consejo del Taxi, no estén atribuidas a otro órgano.

2. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, y en ausencia de delegación, el/la Presidente/a será sustituido/a en sus funciones por el/la vicepresidente/a.

Artículo 7. El/la secretario/a

1. Un técnico de la dirección general competente en materia de transportes, con voz pero sin voto, actuará como secretario/a del Consejo del Taxi, tanto del Pleno como de la Comisión Permanente.

2. El nombramiento y cese del/de la secretario/a, así como de su suplente, se realizará por el/la presidente/a del Consejo o persona en quien haya delegado.

3. El/la secretario/a ejercerá las siguientes funciones:

a) Asistir a las reuniones del órgano colegiado con voz y sin voto.

b) Efectuar la convocatoria de las sesiones del Consejo del Taxi, por orden del/de la presidente/a, así como las citaciones a los miembros del mismo.

c) Recibir los actos de comunicación de los miembros con el Consejo del Taxi, y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquier otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.

d) Preparar el despacho de los asuntos y redactar y autorizar las actas de las sesiones.

e) Expedir certificaciones de las consultas, dictámenes y acuerdos aprobados.

f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su cargo.

Artículo 8. Organización

1. El Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana podrá funcionar en Pleno o en Comisión Permanente.

2. El Pleno del Consejo del Taxi está compuesto por todos sus miembros, más el/la secretario/a.

3. La Comisión Permanente estará integrada por:

a) El Vocal del Pleno que representa a la Dirección General con competencias en materia de transportes, al que se refiere el apartado 1.c.1. del artículo 3, que ejercerá las funciones de presidente/a de la comisión.

b) Cuatro miembros del Consejo del Taxi, designados por su presidente/a, de entre los representantes de las entidades locales de la Comunitat Valenciana, los representantes del sector del taxi y los representantes de la asociación de consumidores y usuarios, o de la entidad que represente a las personas con discapacidad usuarias de sillas de ruedas.

Para la designación de los representantes de las asociaciones profesionales del sector del taxi y de la asociación de consumidores y usuarios o de la entidad que represente a los discapacitados, el/la Presidente/a consultará a los Vocales que representan a dichas asociaciones o entidades con la finalidad de alcanzar la unanimidad en la propuesta para la designación de los miembros de la Comisión Permanente.

De no existir acuerdo unánime al respecto, se procederá a la designación de los cuatro miembros con los siguientes criterios: se designará un miembro correspondiente al apartado 1.c.2.º del artículo 3; dos miembros que corresponderán al apartado 1.c.3.º del mismo artículo; y uno más que corresponderá a los apartados 1.c.4.º y c.5.º. Se seguirá un turno anual rotatorio designado por sorteo y de forma que participen todos los miembros.

4. Los miembros de la Comisión Permanente cesarán por alguna de las siguientes razones:

a) Por la pérdida de la condición de vocal del Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana.

b) Por expiración de su mandato, bien como miembro de la Comisión Permanente, o bien como vocal del Pleno.

c) Por renuncia.

5. El Pleno del Consejo podrá aprobar la constitución, funcionamiento y composición de comisiones específicas, que podrán funcionar con ámbito territorial provincial, comarcal o metropolitano.

6. El Pleno ejercerá las funciones que este reglamento atribuye en su artículo 2 al Consejo del Taxi.

7. La Comisión Permanente ejercerá aquellas funciones que le delegue el Pleno y, en todo caso, realizará las propuestas con respecto a las materias y asuntos a tratar en las sesiones del Pleno, sin perjuicio de la competencia del/de la Presidente/a para determinar el orden del día que corresponda.

Artículo 9. El Pleno

1. El Pleno se reunirá, en sesión ordinaria, al menos una vez al año y, con carácter extraordinario, cuando así sea convocado por el/la Presidente/a, o cuando lo soliciten, al menos, la mitad de sus miembros mediante escrito dirigido al/a la Presidente/a, en el que se indicará expresamente el orden del día de los asuntos a tratar.

2. La convocatoria del Pleno se cursará por escrito con una antelación mínima de siete días hábiles e irá acompañada del orden del día correspondiente.

3. El Pleno quedará válidamente constituido, a los efectos de sus sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, en primera convocatoria, con la asistencia del/de la Presidente/a y del/de la Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.

La segunda convocatoria se entenderá efectuada, con carácter automático, transcurrida media hora desde la hora señalada para la primera, quedando válidamente constituida cuando asistan, al menos, el/la presidente/a y el/la secretario/a o, en su caso, quienes les sustituyan, y un tercio de los miembros del Consejo.

4. No obstante, el Pleno del Consejo del Taxi de la Comunitat Valenciana se entenderá válidamente constituido, en sesión extraordinaria y sin necesidad de convocatoria, si se hallasen presentes todos sus miembros y unánimemente decidiesen deliberar y tomar acuerdos.

5. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros del Consejo y sea declarada la urgencia del asunto mediante el voto favorable de la mayoría.

6. Para que los acuerdos del Pleno del Consejo tengan validez será necesario el voto favorable de la mayoría de los asistentes, dirimiéndose los empates con el voto de calidad del/de la presidente/a o persona en quien haya delegado.

7. En todo aquello no previsto en el presente decreto y en las normas de funcionamiento interno, que, en su caso, establezca el consejo, este se regirá subsidiariamente por lo establecido para los órganos colegiados en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las normas de funcionamiento interno deberán ser aprobadas por el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Consejo.

Artículo 10. La Comisión Permanente

1. La Comisión Permanente se reunirá por convocatoria de su presidente/a, cuando este lo considere oportuno atendiendo a las funciones que la comisión tenga encomendadas.

2. Para la validez de la constitución de la Comisión Permanente se requiere la presencia del/de la presidente/a y del/de la secretario/a y de, al menos, tres de sus miembros.

3. Para que los acuerdos de la Comisión Permanente tengan validez será necesario el voto favorable de la mayoría de los asistentes, dirimiéndose los empates con el voto de calidad del/de la presidente/a.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. No incremento del gasto

La aplicación de lo dispuesto en este decreto no tendrá incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignados a la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, y, en todo caso, deberá ser atendido con los medios personales y materiales de dicha Consellería.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Desarrollo normativo

Se autoriza a la persona titular de la consellería competente en materia de transportes para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en el presente Decreto.

Segunda. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 17 de abril de 2014

El president de la Generalitat,

ALBERTO FABRA PART

La consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente,
ISABEL BONIG TRIGUEROS

Crucero Miércoles 24-4-14

 

DEUTSCHLAND  

Miércoles   23/04/14

 

Muelle previsto: PONIENTE

Hora de atraque prevista: 08:00

Hora de desatraque prevista: 18:00

 

Previsión de pasajeros en tránsito: 391

Previsión desembarque: no

Previsión embarque: no

 

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Idioma mayoritario: Alemán

“El primer objetivo va a ser conseguir suprimir la tarifa fija, de ser reelegidos”

Suprimir la tarifa fija será el principal objetivo de Mariano Sánchez, actual presidente de la Federación Profesional del Taxi de Madrid, si sale reelegido presidente de esta entidad en los comicios que se celebrarán el 29 de abril.

 

Gaceta del Taxi.- Este mes de abril Federación Madrid celebra elecciones y repite como candidato a la presidencia ¿por qué?

 

Mariano Sánchez.-  Sí, repetiré con la mayoría del equipo porque existe el convencimiento entre los que estamos en la actual Junta Directiva de que la Federación debe continuar la línea marcada en 2007, cuando fuimos elegidos por primera vez.

 

Por tanto, independientemente de que tengamos que aguantar de aquí a la celebración de elecciones, numerosos improperios, acusaciones falsas, insinuaciones y descalificaciones, nos presentamos de nuevo. Y lo hacemos porque entendemos que tenemos un compromiso adquirido que nos obliga, y así nos lo demandan, a cerrar por completo una vieja página y mantener abierta esta nueva en la se ha logrado restituir a la Federación el sitio que le corresponde como segunda organización del país.

 

G.T.  ¿Cuál será la ruta a seguir en el próximo mandato, de ser reelegidos?

 

M.S.- Tenemos muy claro que la línea de actuación debe ser la misma que nos llevó a asumir el mando de la Federación Profesional en 2007. Y ese camino pasa sin ninguna duda por nuestra parte por una política de acuerdos y colaboración con todos los actores implicados en el sector: administraciones, asociaciones y otros organismos. Esta directiva mantendrá su política de llevar el sector del taxi hacia el futuro si contamos con el respaldo de los socios.

 

G.T.-  Si vuelven a ganar las elecciones, ¿cuáles serán sus primeras reivindicaciones?

 

M.S.- Hace meses que estamos en el frente de la lucha contra la tarifa fija. El primer objetivo va a ser conseguir suprimir la tarifa fija, de ser reelegidos, que como todo el sector sabe está pendiente de los fallos del Tribunal Superior de Justicia.

También la devolución del céntimo sanitario. Tras la sentencia del Tribunal Europeo que declaró ilegal este impuesto, ya hemos solicitado un informe para proceder para la devolución del céntimo sanitario y si continuamos al frente de la entidad será también uno de los primeros compromisos cumplidos.

 

GT.-Con tanta competencia ¿cree que el taxi  tiene que tomar nuevas medidas para asegurar ese futuro?

 

M.S.- Debemos ser conscientes de que tenemos que tomar las medidas oportunas para que el sector tenga futuro. No sólo a nivel local, también nacional, hay que trabajar en las modificaciones del ROTT. Un Reglamento con el que se debe zanjar el problema de la proporcionalidad entre taxis y VTCs y en cuya negociación trabajaremos junto con la CTE.

 

Además, a nivel nacional también creemos que es hora ya de que se contemple el cuadro de enfermedades profesionales para que los compañeros que así lo decidan puedan acceder a una jubilación anticipada. Es una cuestión a la que hay que enfrentarse de manera decidida. 

Publicado por la Gaceta del taxi , si quieres ver la entrevista completa consulta la página web de la Gaceta del taxi.

SALAMANCA-Arrestada una mujer tras un altercado con un taxista y por intentar agredir a la Policía Local

PORMIGUEL TOMÁS

Cuando el vehículo circulaba por la avenida de Villamayor la pasajera se abalanzó varias veces sobre el conductor. Al llegar los agentes los recibió con amenazas, escupitajos, patadas y puñetazos

Taxis en la avenida de Villamayor

La Policía Local de Salamanca ha arrestado a una ucraniana de 39 años tras un altercado con un taxista y por intentar agredir a varios agentes. Los hechos se produjeron sobre las 21:00 horas del pasado sábado en la avenida de Villamayor, cuando el conductor denunció que la pasajera se había abalanzado en varias ocasiones contra él, provocando que estuviera a punto de sufrir un accidente. Al llegar lo policías la mujer los recibió no sólo negándose a identificarse, sino también con amenazas, escupitajos, patadas y puñetazos, por lo que fue conducida hasta el cuartel de la Policía Local.

Publicado por Infotaxi.

Taxistas de toda Espańa firman una petición para retirar las apps

La petición, que se puede firmar en la página Change.org, ha sido creada por José Luis Zomeño Martínez. En 24 horas ya ha recogido 422 firmas de toda España para pedir la retirada de las aplicaciones que permiten recoger clientes a través del teléfono móvil. En su opinión, este tipo de sistemas no siguen la normativa para el transporte de viajeros.

 

“Gracias por firmar, está en juego el futuro de muchas familias”.Así concluye José Luis la petición creada en esta plataforma online para que la administración retire estas aplicaciones que, en su opinión, se pasan “la legislación vigente sobre el transporte de personas por el forro”.

 

Para Zomeño Martínez, estas apps “contratan a conductores particulares con su vehículo propio, haciendo de “taxistas” sin serlo, por supuesto, sin carnet Btp necesario para desarrollar la actividad de taxista, sin carnet de taxista, sin seguro obligatorio del vehículo para dicha actividad, sin autónomo para dicha actividad, o sea, ilegal totalmente, ya que cobran por los servicios, no son compartidos”

 

Recuerda que “el taxista paga sus impuestos, hizo en su día una inversión muy grande para la compra de una licencia, paga cada mes sus autónomos para llevar todo en regla”. También advierte a los usuarios de los peligros de estas aplicaciones, “el taxi legal va identificado en todo momento, el pirata no, nunca sabes con quien te subes”.

Publicado por la Gaceta del taxi.

10 días en huelga de hambre para denunciar la corrupción

“Manuel ha decidido poner fin a su vida y no quiere seguir luchando más”. Quien escribe estas palabras es Marisa, la mujer del taxista sevillano Manuel Hueso que lleva 10 días en huelga de hambre. Con este acto quiere también denunciar la corrupción en las listas de espera de venta de licencias que hay, según el propio Hueso, entre el Instituto del Taxi y la Unión Sevillana del Taxi. Según nos explica Marisa, Manuel lleva 10 días ingresado en el hospital Virgen Macarena de Sevilla para evitar cualquier intento de autolesión.

 

“No pide nada gratis, no pide que le regalen nada. Sólo pide algo suyo, pide que el Ayuntamiento le deje vender su licencia de taxi y pagar deudas y empezar una nueva vida y comenzar en un negocio, en una tiendecita donde pueda trabajar”, insiste Marisa.

Y es que Manuel lleva intentando vender su licencia desde el 14 de julio de 2011, fecha en la que se apuntó a la lista creada para ello por el Instituto del Taxi. Sin embargo, después de casi tres años no ha podido venderla. Denuncian ambos que en este tiempo “se ha ido colando gente porque la administración entendía que tenían prioridad para vender: viudas, jubilados, incapacidad permanente…etc”.

 

Además, pese a que el Reglamento dice que si se tiene un comprador se puede transferir la licencia “al Ayuntamiento de Sevilla, Instituto del Taxi y Unión Sevillana del Taxi UST, les da igual”. También denuncian que no se les haya permitido trabajar con un autónomo colaborador. Explica Marisa que mientras estaban en esta lista decidió sacarse la cartilla municipal para trabajar como autónoma colaboradora y así poder asumir las deudas del taxi. Sin embargo, “tampoco nos dejaron mientras multitud de taxis sí están a doble turno, entre ellos el de Benito UST”, explicó la propia Marisa.

 

 

Esta situación ha provocado un grave empeoramiento en la salud de Manuel, quesufre diversos problemas físicos, “todos relacionados con el taxi”. Sin embargo, a pesar de que podrían considerarse enfermedades profesionales, la Seguridad Social “no solo no quiere reconocer, sino que aún teniendo informes médicos que “recomiendan que no pase horas sentado o que conduzca largo rato”, la inspección médica de trabajo le ha dado el alta”

Publicado por la Gaceta del taxi.