Autor: Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia
Desde la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia queremos ofrecer a sus afiliados información relevante del sector, si conoce alguna noticia, suceso o evento actual o futuro que considere importante háganoslo llegar a por email.
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La presente resolución se dicta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional única de la Orden de 16 de junio de 2009, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio en la prestación de servicios de taxis en el Área de Prestación Conjunta de Valencia.
La actual situación de crisis económica, con el consiguiente impacto negativo sobre la movilidad y, por tanto, sobre la demanda de servicios de taxis, ha originado un exceso de oferta de servicio, siendo la finalidad de esta resolución reguladora del descanso obligatorio, adecuar el mismo a la evolución de la demanda experimentada.
El artículo 16 del Decreto Ley 7/2012, de 19 de octubre, del Consell, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat, suprime la Agencia Valenciana de Movilidad, y asigna las funciones de la citada entidad a la conselleria a la que estuviera adscrita, es decir, a la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.
Os recordamos que según la ORDEN 29/2012, de 21 de diciembre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de Valencia. [2012/11969], en su disposición adicional segunda, los días 24 y 31 de Diciembre tendrán
la consideración de festivos. Por lo tanto esos días todos los taxis circularán con la tarifa 2.
“A los efectos de la aplicación de las tarifas, tendrán la consideración de festivos en el Área de Prestación Conjunta de Valencia los días que hayan sido declarados como tales para la ciudad de Valencia durante la vigencia de la presente orden, así como también el día 17 de marzo y los días 24 y 31 de diciembre.”
ORDEN 29/2012, de 21 de diciembre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican las tarifas de los servicios de transporte público de viajeros en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del Área de Prestación Conjunta de Valencia.
La competencia exclusiva en materia de transporte terrestre cuyo itinerario discurra íntegramente por la Comunitat Valenciana corresponde a la Generalitat. El artículo 19 de la Ley 17/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece que las tarifas del transporte público y de sus actividades auxiliares y complementarias deberán cubrir la totalidad de los costes reales de dicha actividad en condiciones normales de productividad y organización, además de permitir una adecuada amortización, un razonable beneficio empresarial y una correcta prestación del servicio o realización de la actividad, sin dejar de retribuir en su caso, las prestaciones complementarias. Por su parte, el reglamento de la ley indica en su artículo 29 que para determinar las tarifas debe tenerse en cuenta la estructura de costes del servicio, debiendo modificarse estas siempre que sufra variación sustancial el conjunto de los elementos que integran la referida estructura de costes.
Un año más podemos observar en los autobuses de la EMT una campaña publicitaria potenciando el uso de transportes alternativos y públicos para que los ciudadanos/as de Valencia hagan un uso menor del vehículo privado.
Y UNA VEZ MÁS PODEMOS OBSERVAR COMO EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DISCRIMINA AL SECTOR DEL TAXI EN ESTA CAMPAÑA, siendo nuestro sector, aunque privado, de interés público y un complemento Seguir leyendo NOTA DE PRENSA 10 de octubre de 2012
PRESENTAMOS ESTA PROPUESTA DE REGULACIÓN PARA EL MES DE AGOSTO:
Las licencias pares o impares (según sorteo) trabajarán desde el lunes 5 de agosto hasta el domingo día 18. Respetándose además los días de descanso.
Las licencias impares o pares (según sorteo) trabajarán a partir del lunes día 19 de agosto hasta el domingo 1 de septiembre. Respetándose además los días de descanso.
Dado que la Federación Sindical del Taxi de Valencia no está de acuerdo con los mismos por considerarlos un FRAUDE, ya que no se ciñen a las normas que desde la AVM se indicaron para conseguir dicha representación y que entendemos son una falta de respeto a las organizaciones que aceptaron esas normas de buena voluntad, a los asociados que representamos y a los compañeros que participaron en dicha Seguir leyendo Escrito a la AVM donde se describen las razones de la no asistencia a la reunión del 11 de Mayo
RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2012, de la directora de la Agencia Valenciana de Movilidad, por la que se permite a las autorizaciones del Área de Prestación Conjunta de Valencia a recoger viajeros en el municipio de San Antonio de Benagéber. [2012/3925]
RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2012, de la presidenta del Consejo de Administración de la Agencia Valenciana de Movilidad, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos, de vehículos de auto taxi, en el Área de Prestación Conjunta de Valencia, para la adquisición de vehículos adaptados al transporte de personas con discapacidad, así como para la adquisición Seguir leyendo Ayudas para vehículos adaptados y conexión a centrales
Lo primero que hemos echado en falta es que no nos hayan incluido el reglamento de las VTCs (vehículos de arrendamiento con conductor). Que son un servicio discrecional de autoturismo como nosotros y competencia directa nuestra.
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