RENTA 2018

Se inicia la campaña de Renta 2018, la toma de datos se realizara desde el día 04 de abril hasta el 25 de junio.

La cita previa podéis solicitarla en nuestra página web, Facebook o por teléfono desde el mes de marzo, tenemos un número limitado de citas por lo que es conveniente reservarlas lo antes posible.

Web: https://taxival.org/renta-2017-cita-previa
Facebook: https://www.facebook.com/federacion.valencia/app/190322544333196/

Esta cita tan sólo es para la confección de la toma de datos y recogida de documentación, la declaración se entregará una semana después, pudiéndose recoger:

  • Por las mañanas de 12,30 a 14,00 horas.
  • Por las tardes de 16,00 a 18,00 horas de lunes a jueves.

Para hacer la declaración deberás traer:

  • Renta 2017 si no la hicimos nosotros.
  • Borrador de AEAT, lo podemos pedir, para obtener el borrador será imprescindible la
    fecha de validez del DNI del declarante y cónyuge.
  • Los recibos de la contribución
  • Los informes bancarios.
  • Los certificados de rendimientos de trabajo de empresas, Seguridad Social, Mutuas, etc.
  • Datos de las actividades empresariales o profesionales que realices.
  • Las cantidades cobradas por Alquileres y gastos de esos inmuebles.
  • Las cantidades cobradas por subvenciones incluidas por la compra de vehículos.
  • En caso de venta, los importes y fechas de compra y de venta de los bienes vendidos, ya
    sean inmuebles, acciones, fondos de inversión o licencia.
  • Los certificados de rendimientos agrícolas o ganaderos
  • Los importes de las pensiones compensatorias a cónyuge o hijos
  • Los certificados de donaciones con derecho a deducción
  • Los certificados de minusvalías
  • Las aportaciones a fondos de pensiones
  • Informe de cantidades pagadas a hipotecas o cuentas vivienda.
  • Certificado pago a guarderías.
    Valencia a 12 de marzo de 2019.

Tecnologías a tener en cuenta al comprar un coche nuevo

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Un selección de la tecnología que no debe faltar o que es recomendable elegir al comprar un coche nuevo, y también de cuáles se puede (o se debe) prescindir

Fotografía: David Emrich en Unsplash

Los taxistas de Madrid cargan contra el nuevo reglamento de VTC

Madrid, 13 de marzo de 2019 (10:42 CET)

Más allá de las tecnologías de seguridad que son obligatorias en los coches nuevos —como el ABS, los airbags frontales, el control de estabilidad o más recientemente la llamada de emergencia Ecall para casos de accidente— la publicación para consumidores Consumer Reports (CR) ha preparado una selección de tecnologías que no deben faltar en un coches nuevo.

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CR destaca especialmente y por encima de cualquier otra opción aquellas tecnologías que suponen un incremento o una mejora en la seguridad, tanto para los ocupantes como para el resto de usuarios de la vía.

Los expertos de esta asociación de consumidores norteamericana también incluyen en la lista qué tecnologías son prescindibles —e incluso cuales no son recomendables— especialmente si al renunciar a ella se logra un ahorro económico que se puede destinar a los extras imprescidibles.

La prioridad: tecnología aplicada a la seguridad

Las tecnologías “imprescindibles” para CR son la frenada de emergencia automática, que activa los frenos cuando el vehículo detecta un obstáculo en la calzada, o un peatón; el aviso de colisión y la alerta de obstáculos en puntos ciegos, que emite un aviso acústico y visual (normalmente en el espejo retrovisor) para alertar de, por ejemplo, la presencia de un vehículo en las proximidades.

La tecnología de conectividad con el móvil, principalmente Android Auto y Apple Car es más que conveniente para adecuar el uso del móvil a la conducción sin que se uso suponga una distracción y un riesgo.

Entre las tecnologías “recomendables” CR menciona los sistemas antideslumbramiento y de encendido y apagado automático de los faros de carretera, un sistema que los apaga automáticamente cuando detecta la presencia de un coche en sentido contrario. También recomienda los sensores traseros, o sensores de aparcamiento, que detectan la presencia de obstáculos fijos y de peatones al maniobrar marcha atrás.

Si es posible, por disponibilidad y presupuesto, CR recomienda la cámara de visión trasera o, mejor, la cámara que muestra los 360º alrededor del vehículoy los espejos antideslumbramiento que se oscurecen cuando incide en ellos la luz de los faros de otros vehículos.

También destaca las virtudes de la información proyectada en el parabrisas (Head-Up Display) para disponer en todo momento de información visual o indicaciones del GPS, pero sin desviar la vista de la carretera. En la misma línea CR recomienda optar siempre por aquel vehículo que disponga de botones físicos para el control del climatizador y del equipo de audio, ya que permite su manejo sin necesidad de mirar, como sí sucede con los controles por pantalla táctil.

Tecnologías que es mejor ahorrarse (cuando sea posible)

Entre las funciones prescindibles e incluso no recomendadas por CR se mencionan la alerta por cambio involutario de carril con asistencia a la dirección que puede intervenir de forma indeseada en maniobras de seguridad como dejar espacio a ciclistas y peatones que ocupan la calzada.

También desaconseja los sistemas de navegación GPS integrados que resultan costoso y difíciles de actualizar —en comparación utilizar el navegador del móvil a través de Android Auto o Apple Car— y los sistemas de entretenimiento a bordo: “es mejor viajar con tabletas relativamente baratas que funcionan de forma independiente unas de otras y que pueden actualizarse y reemplazarse por relativamente por dinero”, dicen en Consumer Reports

Publicado por Economía Digital.

Los taxistas de Madrid cargan contra el nuevo reglamento

La Federación Profesional del Taxi de Madrid denunciará el reglamento de la Comunidad para resolver la crisis del taxi y las VTC

Anna PujolConcentración de taxistas. EFE/JuanJo Martín

Barcelona, 13 de marzo de 2019 (20:05 CET)

La Federación Profesional del Taxi de Madrid (FTP) denunciará el reglamento que la Comunidad de Madrid está preparando para resolver la crisis del taxi y los VTC. Según la FTP, este nuevo reglamento “rompe la estructura de un sector compuesto por autónomos”.  Así lo explicó, después de que el Consejo de Gobierno de Madrid diera a conocer que el documento se encuentra en la fase final de su tramitación.

El texto que la comunidad pretende aprobar establece que los ayuntamientos podrán activar planes de amortización de licencias para adaptar la oferta y la demanda. Además, los municipios castigarán y anularán el permiso a aquellos que alquilen o cedan su licencia a la explotación de empresas. Los descuentos en las tarifas correrán a cargo de los propios taxistas.

Este reglamento, opinó el presidente de la federación, Julio Sanz, no beneficiará a los taxistas, sino que permitirá que las grandes empresas se queden con las licencias que los conductores irán perdiendo. El presidente de la FTP ha recordado que la Comisión Jurídica de Madrid (CAM) emitió un informe que indica que el texto no cumple con los preceptos legales de transparencia e información. Por lo tanto, según Sanz, “no procede su aprobación”.

Los taxistas insistieron en que la estrategia de la CAM es incoherente, ya que, “tras haber gastado decenas de miles de euros de los madrileños en recursos de casación al Tribunal Supremo para evitar la concesión de un mayor número de licencias de VTC, una vez obligados por los tribunales a entregarlas, no quieran regular su actividad en su territorio”.

Sobre los taxis compartidos y las tarifas precontratadas

Sobre las nuevas posibilidades de negocio que se desprenden de ese nuevo reglamento, el taxi compartido es una de las principales cuestiones pendientes para la FTP, que apuesta por la implementación de diferentes recorridos determinados, en los que se puedan fijar tarifas fijas, sin que le afecte el numero de usuarios que accedan.

Sanz está de acuerdo con la existencia de tarifas precontratadas que ofrezcan certidumbre al usuario, pero que garanticen que el cliente paga el precio indicado. “Estamos de acuerdo con la tarifa telemática pero la posibilidad de ofrecer descuentos en el precio acabaría convirtiendo al taxi en un servicio como el de Uber, con la diferencia de que en nuestro caso, el coste de estos descuentos lo soportarían los taxistas y no las grandes plataformas”, añadió.

Publicado por Economía digital.

Segunda condena en un mes para la CNMC por vulnerar los derechos de su plantilla en Barcelona

El TSJC ratifica la condena al ‘súperregulador’ por no aplicar el convenio que llegó a pactar en diciembre de 2016 con la plantilla de la extinta CMT

Fuentes de la CNMC descartan recurrir al Supremo, por lo que la sentencia devendría firmeAntonio M. Vélez

17/02/2019 – 20:42h

Marín (CNMC) recuerda que los ceses en la CMT son anteriores a su presidencia
José María Marín Quemada, presidente de la CNMC. EFE

más INFO

Segunda condena en un mes para la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por vulnerar los derechos de su plantilla en Barcelona, personal laboral (unas cien personas) procedente de la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT).

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ratificado la condena que en mayo de 2017 recibió la CNMC por vulnerar el derecho a la negociación colectiva de esos trabajadores al no aplicar el convenio colectivo que pactó con ellos en diciembre de 2016.

Teniendo en cuenta que la sentencia confirma el criterio del juez laboral “de conformidad con reiterada doctrina jurisprudencial ampliamente citada en la sentencia de instancia”, fuentes de la CNMC se inclinan en descartar la presentación de un recurso en el Tribunal Supremo, ya que difícilmente sería admitido. La sentencia devendría así firme.

La resolución, fechada el 24 de enero, desestima el recurso de la CNMC -que pedía no aplicar el acuerdo- y el de los trabajadores -que habían reclamado aplicarlo como convenio colectivo- y ratifica la anterior resolución, que dispuso que el acuerdo entre organismo y trabajadores se aplicase como acuerdo colectivo con efectos desde el 1 de febrero de 2017.

La sentencia de primera instancia censuró la “dejación de funciones por parte de los correspondientes órganos administrativos” del Gobierno de Mariano Rajoy a la hora de emitir una serie de informes solicitados por la CNMC sobre el convenio, silencio en el que el organismo se escudó para no aplicarlo.

“La Administración, como señala el Magistrado de instancia, ha tenido ocasión para actuar en cumplimiento de sus obligaciones legales pero no lo ha hecho así y lo que no puede hacer es convertir en ineficaces los derechos constitucionales de los afectados exigiendo informes no preceptivos u omitiendo la emisión de aquéllos que son preceptivos”, razona el TSJC.

Al establecer que el convenio se aplique como acuerdo colectivo, se quedarán fuera de esas eventuales mejoras, según fuentes sindicales, los trabajadores de la antigua CMT que en 2017 tenían su centro de trabajo en Madrid -entre 10 y 20 personas- y todas las incorporaciones de las ofertas de empleo público de 2016 y 2017, “con lo que seguiremos teniendo grupúsculos de condiciones exóticas”.

Fuentes de la CNMC aseguran que la intención es homogeneizar las condiciones de todo el personal laboral, algo que no ha hecho en más de cinco años y que ahora tendría que lograr con un Gobierno en funciones.

Sucesión de condenas

Esta nueva sentencia vuelve a poner en evidencia la política de recursos humanos del súperregulador creado por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2013, muy cuestionado desde entonces por sus resoluciones. El organismo ya fue condenado en 2015 por incumplir el convenio del personal laboral de la antigua CNE en Madrid, sentencia que fue revocada parcialmente en segunda instancia y está pendiente de resolución. La entidad lleva más de un año sin convocar la comisión negociadora de Madrid y la negociación del convenio está en punto muerto.

Como excusa para no aplicar el convenio que llegó a pactar en Barcelona, el organismo se escudó en las reticencias de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) a abrir la mano con un presupuesto que es “limitativo” y que requiere del visto bueno de Hacienda para aplicar las mejoras salariales que reclama su personal laboral, mayoritario en la entidad.

El pasado 28 de diciembre, el juzgado de lo social 33 de Barcelona también condenó a la entidad “a acordar con los representantes de los trabajadores el sistema de ascensos dentro del sistema de clasificación profesional del centro de trabajo de Barcelona”; declaró infringido el derecho a la promoción profesional de ese personal y le emplazó a que, “sin demora, inicie el procedimiento de promoción profesional para cubrir las plazas vacantes” en esa sede.

En esa sentencia, el juez criticó la “falta de voluntad” y el “dudoso ánimo negociador” de la dirección de la Comisión para acordar con sus trabajadores de Barcelona un sistema que garantizase el derecho a promocionar a otras plazas, “manifestando de forma retirada diversas excusas dilatorias” que “han servido de excusa para impedir, hasta ahora, iniciar las correspondientes reuniones bilaterales para llegar a un acuerdo”.

Publicado por el Confidencial.