Se inicia la campaña de Renta 2015

NOTA INFORMATIVA RENTA 2015

Se inicia   la campaña de  Renta 2015.

EN FEDERACIÓN, ESTE AÑO LA CAMPAÑA SERÁ
DESDE EL DÍA 6 DE ABRIL HASTA EL 20 DE JUNIO

  
  La cita previa podéis solicitarla desde el mes de Marzo y deberás decir cuántos miembros componen la unidad familiar y cuantas declaraciones tenemos que hacerte.
     Esta cita tan sólo es para la confección de la toma de datos y recogida de documentación, la declaración se entregará  una semana después, pudiéndose  recoger:

Por  las  mañanas  de  12,30 a  14,00  horas.
Por  las tardes  de   16,00 a  18,00 horas  de Lunes a Jueves.

Para hacer la declaración deberás traer:
–  Renta 2014.
–  Borrador de AEAT, si no lo tienes  lo podemos obtener por SMS  el mismo día de la cita.
–  Recibos de la contribución
–  Informes bancarios.
–  Certificados de rendimientos de trabajo  de empresas,  Seguridad Social, Mutuas, etc.
–  Datos de las actividades empresariales o profesionales que realices.
–  Las cantidades cobradas por Alquileres y gastos de esos inmuebles.
–  Las cantidades cobradas por subvenciones incluidas por la compra de vehículos.
–  En caso de venta, los importes y fechas de compra y de venta de los bienes vendidos,    ya sean Inmuebles, acciones, fondos de inversión o licencia.
–  Certificados de rendimientos agrícolas o ganaderos
–  Los importes de las pensiones compensatorias a cónyuge o hijos
–  Certificados de donaciones con derecho a deducción
–  Certificados de minusvalías
–  Las aportaciones a fondos de pensiones
–  Informe de cantidades pagadas a hipotecas o cuentas vivienda.
–  Certificado pago a guarderías.

En Valencia a 17 de Marzo de 2016
        LA JUNTA DIRECTIVA

EL BOE CONFIRMA LA SUBIDA DE LA CUOTA MÍNIMA EN AUTÓNOMOS

En 2016, los trabajadores autónomos deberán cotizar sobre una base mínima de 893,10 euros.

Principales cambios fiscales para autónomos en 2016Reúnen firmas para que los autónomos paguen una cuota justaAyudas a autónomos que paguen más de la cuota mínimaCasos en los que se paga menos de la cuota mínima

TERESA ALVAREZ MARTÍN-NIETO

El Boletín Oficial del Estado acaba de hacer pública una orden de cotización del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en la que se informa de que los trabajadores autónomos deberán cotizar sobre una base mínima de 893,10 euros. Se trata de un 10% más que en 2015.

Según informa la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), en el caso de los miembros del colectivo que lo integran en función de su actividad como administradores societarios la base mínima será de 1.067,4 euros. A esta cantidad hay que incluir una excepción, pues en los doce primeros meses de su actividad se les aplicará la base mínima general.

Del mismo modo, el anuncio mantiene la reducciones de cuotas para los autónomos de los sectores de comercio ambulante y venta a domicilio, además de las rebajas en los casos de pluriactividad. En paralelo, del documento se desprende que se han establecido nuevas normas de cotización para los autónomos pertenecientes alSistema Especial Agrario y del Régimen del Mar.

Bajas laborales

En lo que respecta a los autónomos que no cotizan por incapacidad temporal, la orden confirma que se mantiene el tipo del 26,5%. Esta cantidad sube hasta el 29,8%, pero se mantiene, para los autónomos con carácter general.

Asimismo, los autónomos que no coticen por accidente de trabajo y enfermedad profesional deberán incrementar su cotización en un 0,10 % para cubrir las prestaciones por maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo que se cubren con independencia de que se cotice o no por prestaciones profesionales.

Publicado por cinco días.

Atentos autónomos: estos son todos los cambios fiscales que te afectarán en 2016

POR MIGUEL

 – 9 ENERO, 2016

Los trabajadores autónomos son uno de los activos más importantes de cualquier país. Se trata de un colectivo que tiene una forma de trabajar diferente a la de cualquier asalariado, con unas necesidades diferentes y que, por tanto, tiene una consideración distinta a los ojos de Hacienda y la Seguridad Social.

Por esta razón, los cambios a nivel fiscal de los autónomos son diferentes a los que afectan al resto de ciudadanos. 2016 trae novedades bastante importantes que tiene incidencia directa sobre los más de tres millones de trabajadores autónomos que hay en España.

Aumento de la base mínima de cotización

Al igual que ocurrió en 2015, los Presupuestos Generales del Estado traen consigo un aumento de la base mínima de cotización. En concreto, la base mínima de 2016 será de 893,10 euros, un 1% más que en 2015, que era de 884,40 euros. Esto implica un aumento en la cuota mensual a pagar de 266,14 euros al mes, frente los 263,55 euros de 2015; dicho de otro modo, esta subida tendrá un sobrecoste para los trabajadores autónomosde unos 31 euros al año.

La gran mayoría de trabajadores autónomos, en torno al 85%, cotiza en la actualidad por la base mínima, lo que quiere decir que esta medida tiene un impacto directo sobre las finanzas de casi todos ellos.

Nuevas bonificaciones

A pesar de que la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo ya está en vigor desde octubre de 2015, son muchos los autónomos que todavía no conocen las bonificaciones que pueden obtener, y que difieren con respecto al mismo periodo del año pasado:

Tarifa plana para autónomos: se podrán beneficiar de una tarifa plana de 50 euros los nuevos autónomos, con independencia de la edad, durante los seis primeros meses, así como los autónomos que tengan alguna discapacidad o sean víctimas de violencia de género o terrorismo, los cuales podrán, además, ampliar esta bonificación durante medio año más.Las nuevas altas de los autónomos colaboradores, es decir, aquellos que trabajan en el negocio de un familiar con consanguinidad directa (padres e hijos, por ejemplo), podrán seguir beneficiándose de una bonificación en la cuota del 50% durante los primeros 18 meses y, ahora, se amplía seis meses más al 25%.La conciliación laboral y familiar ha sido otro de los aspectos que han cambiado. Consiste en una bonificación en la cuota que permite acogerse a una reducción de jornada para ocuparse del cuidado de un hijo menor de siete años o un familiar dependiente de hasta segundo grado.

Cambios en la forma de tributar

Uno de los cambios más relevantes que nos ha traído la reforma fiscal ha sido el cambio en la tributación de una gran cantidad de autónomos, ya que se modifican los límites máximos que daban el derecho de acogerse a la tributación por estimación objetiva, también conocidos con el nombre de módulos.

En concreto, y con carácter general, se establece un volumen máximo de rendimientos íntegros del trabajo del año anterior de 250.000 euros anuales o de 125.000 euros si el destinatario es un empresario o profesional y, por tanto, el autónomo está obligado a expedir factura. Además, algunos módulos, como la construcción o la fabricación (en los que hay casi 300.000 autónomos registrados), quedarán directamente excluidos de este régimen con independencia de su facturación.

Por ejemplo, un trabajador autónomo que haya obtenido una facturación de 175.000 euros y que haya expedido facturas a empresas por 50.000 euros, podrá seguir acogiéndose al régimen de módulos, ya que no supera ninguno de los límites máximos establecidos. Sin embargo, si sus clientes son, exclusivamente, otros empresarios o profesionales y factura 175.000 euros al año, no podrá acogerse al sistema de módulos y tendrá que tributar por el régimen de estimación directa.

Cambios para casi todos los autónomos y sectores

En definitiva, aunque se trata de cambios menores, tienen impacto directo sobre la facturación y administración de la mayor parte de trabajadores autónomos. Por esta razón, es importante conocerlos y saber cómo gestionarlos para no llevarnos sustos innecesarios durante este año que empieza

Publicado por Infotaxi.

Información de interés,para el resumen anual

                     INFORMACION

El resumen anual del ejercicio 2015 se realizará con la misma mecánica que la declaración de renta, por lo tanto deberéis pedir cita en la FEDERACION, a partir del 1 de diciembre.

Para los que deseen que les cumplimentemos el libro de Gastos e Inversiones deberán traer las facturas con tiempo suficiente, no más tarde de la primera quincena de Enero. Os recordamos  la conveniencia de ir trayéndonos las facturas  periódicamente.

Si el libro lo haces tu lo deberás traer debidamente cumplimentado y sumado,  el día que estés citado.

Otros datos que debéis tener listos son:

–   Si has iniciado o cesado la actividad, la fecha de inicio o cese
–   Si has estado de baja, el parte de alta o las fechas de baja y alta
Certificado de paralización del vehículo en caso de reparaciones de larga duración con más de 3 semanas de inmovilización en el que se indique fecha de entrada y salida del coche.
Si has trabajado en una empresa como asalariado sin darte de baja de la actividad, fotocopia del contrato y fechas de alta y bajas, así como jornada que realizabas
  Si has tenido trabajadores, nombre y fechas de alta y baja de cada uno de ellos así como jornada que realizaban.
Si tienes algún AUTONOMO COLABORADOR, nombre, parentesco, fechas que ha trabajado contigo.
La factura de compra/venta, si has comprado/vendido  algún elemento para inmovilizado tales como licencia, vehículo, taxímetro u otros aparatos complementarios, emisora, mampara, navegador, etc..
IMPORTANTE:  Si has solicitado la devolución  de  IVA  del vehículo  por anticipado  nos    lo debes de comunicar  en   la  toma  de  datos.
Los vehículos que te quedas para uso particular hay que hacer auto-factura y declararla.

Los documentos que tenéis que llevar siempre en el vehículo son los siguientes:

a) Permiso de Circulación expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.
l) Pegatinas de las tarifas vigentes y de la letra del día de descanso.

b) Ficha técnica del vehículo.
m) Talonario de recibos y cambio de hasta 20 €.

c) Tarjeta de Transporte.
n) Libro de reclamaciones sellado por la Conselleria de Transporte

d) Permiso de conducción de la clase BTP o superior.
ñ) Placas SP homologadas grandes solo para vehículos sin taxímetro.

e) Carné de taxista (cartilla).
o) Tarifas de servicios de carretera.

f) Póliza del seguro del coche.
p) Boletín control metrológico al corriente de ITV y aparato taxímetro precintado por la misma.

g) Último boletín de cotización de autónomos o nómina en caso de asalariados.
q) Funcionamiento correcto del módulo exterior indicador de la tarifa.

h) Placa interior roja con el número de licencia, matrícula y la indicación del número de plazas.
r) Tarjeta identificativa.

i) Código de circulación actualizado.

j) Reglamento del taxi.

k) Callejero del Área de Prestación Conjunta del Taxi de Valencia.

INFORMACION DE INTERES

Los que tengáis asalariados  debéis tener obligatoriamente  seguro de accidente para los mismos  según  indica el  convenio de trabajo, así como tener cubierta la prevención de riesgos laborales,   el  no  cumplimiento  de  estos  requisitos  podría   ser  motivo  de  una sanción elevada en  caso  de   inspección  de trabajo.  Además debéis  tener  un  control de horas del empleado, recogerlo en la Federación.

Recomendamos al que despida  a un trabajador  que consulte con nuestro departamento jurídico   todos los términos del despido (carta despido, preaviso 15 días, etc.)

En el Ayuntamiento de Valencia  hay un proyecto  para la bonificación del Impuesto de circulación de vehículos híbridos para el año 2016, podéis preguntar en la Federación  por los plazos y documentación a presentar.  Para los empadronados en otras poblaciones os recomendamos que preguntéis en vuestros  ayuntamientos.

Os recordamos que hay descuentos en la escuela para obtención de la cartilla de taxista para familiares directos de nuestros afiliados.    
 
Avisamos que la policía municipal esta poniendo  denuncias por  publicidad sexista y de carácter sexual   tanto en  taxis  como en los tickets  que emitimos.

Tenemos  varias  alternativas  de seguros para  el taxi,  si alguno  está interesado, le daremos  información  en las oficinas.

Los recibos  emitidos  de los servicios realizados  deben estar correctamente cumplimentados (nº. licencia, NIF, nombre, fecha,). Hemos recibido  varias quejas al respecto.

La renovación de la cartilla de taxista o identificativa se realizara  en la fecha indicada en la misma, las renovaciones efectuadas fuera de plazo podrían conllevar una sanción en caso de titulares de licencias  o   hasta  la perdida  de dicha cartilla  para los asalariados con lo que se tendrían que volver a examinar.

La  presentación del  MODELO 347 (operaciones  de  más  3005 euros  con  terceros)  se  realizara  en  febrero  tanto para las ventas  como  para las compras, por  lo  que   antes  del  día   13/02/2016  debéis   traer los  datos del  cliente o proveedor (CIF , Nombre ,   código postal   y    cantidad facturada  por  trimestres  en  el  2015.).

Tener  en  cuenta  que  no  se  puede  pagar  en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros. 

Este próximo año  sigue en marcha el servicio de Asesoramiento Jurídico, con presencia en nuestros locales de la calle Carabela 3, de un abogado, todos lo jueves de 5 a 7 de la tarde, por lo que todos los que quieran hacer uso de este servicio deberán pedir hora, al menos con 24 horas de antelación.

Información sobre el modelo 347 por bienes superiores a 3005 euros

NOTA INFORMATIVA

 

Todo el que haya facturado mas de 3005 € en el ejercicio 2014,  como prestador de servicio de taxi a una única empresa, o que haya comprado bienes o servicios con un importe superior a 3005 € (compra de vehículos, reparaciones, combustible, etc) están obligados a  presentar el modelo 347 antes del día 27/02/2015.

 

Las oficinas de Federación están abiertas de lunes a Seguir leyendo Información sobre el modelo 347 por bienes superiores a 3005 euros

A apartir del 1 de enero de 2015, la venta de las licencias de taxi tributarán fiscalmente

A apartir del 1 de enero de 2015, la venta de las licencias de taxi tributarán fiscalmente

POR MIGUEL TOMÁS

ANÁLISIS REALIZADO POR  JOSÉ ARTEMIO ARDURA VALDES. Secretario General de la Federación Asturiana Sindical del Taxi

* A PARTIR DEL UNO DE ENERO DE 2015 LA VENTA DE LAS LICENCIAS DE TAXI TRIBUTARAN FISCALMENTE. ACABA ASÍ UN PERIODO DE EXENCIÓN TOTAL EN EL PAGO DE PLUSVALIAS QUE SE REMONTA A LA ÚLTIMA LEGISLATURA DEL GOBIERNO SOCIALISTA DE FELIPE GONZALEZ Y QUE FUE APROBADA EN LA LEY DE ACOMPAÑAMIENTO A PROPUESTA DE CIU (CONVERGENCIA Y UNIÓ) PREVIA NEGOCIACIÓN CON LA CTE Y SU PRESIDENTE EN AQUEL MOMENTO ( Miguel Tomás Romero).

EL GOBIERNO DE ESPAÑA MODIFICA LA Ley 26/2014, de 27 de noviembre , por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.

Dicha modificación supone, en la práctica, la DESAPARICIÓN a partir del día 1 de enero de 2015 de la exención total en la plusvalía generada por la VENTA DE LAS LICENCIAS DE AUTO TAXI existente hasta la fecha, exención que suponía que la cantidad obtenida, por un titular de licencia de auto-taxi, como consecuencia de la venta a un tercero de su licencia NO TRIBUTABA POR CANTIDAD ALGUNA QUEDANDO TOTALMENTE EXENTA DE PAGO EN RENTA.

A partir del 01/01/2015 TODAS LAS PLUSVALÍAS GENERADAS DESDE ESA FECHA DEBERÁN TRIBUTAR EN EL MOMENTO DE LA VENTA DE LA MISMA con arreglo a una fórmula previamente establecida.
En principio quienes vendan o transfieran su licencia ANTES DEL 01/01/2015, por las causas tasadas y reguladas, que no cambian con esta modificación ( jubilación, incapacidad permanente, restructuración del Sector o a familiares hasta segundo grado) NO GENERARAN PLUSVALÍA ALGUNA siempre que, cumpliendo alguno de los requisitos anteriormente citados, hayan sido adquiridas por su actual titular con anterioridad al 01/01/ 2002. ( No habrán de pagar cantidad alguna a la Hacienda Estatal).
Quienes estando incluidos en el supuesto anterior, tengan una Licencia adquirida con posterioridad al 01/01/2002, deberán tributar observando los % establecidos para todas las transferencias realizadas con una antigüedad inferior a los 12 años ( momento en el que quedan totalmente exentas hasta el 31/12/2014).
Quienes vendan o transfieran su Licencia Municipal de Auto-Taxi a partir del 01/01/2015 deberán tener en cuenta la fecha de adquisición y el valor de adquisición ( será, previsiblemente reconocido como válido aquel valor que se pueda demostrar fehacientemente mediante contrato compra venta y justificación bancaria de transferencia del dinero pagado) y tener en cuenta la fecha de venta y el valor de venta ( mediante factura de venta y transferencia bancaria del dinero o crédito bancario o cualquier otro que de fe de la operación realizada).

LA FÓRMULA DE TRIBUTACIÓN SERÍA LA SIGUIENTE:
Vc = Valor de compra.
Vv = Valor de venta.
Da= Días en propiedad hasta el 31/12/2014. Dd= Días en propiedad a partir del 01/01/2015. Dt = Días totales con la licencia en propiedad. Pe= Porcentaje exento de tributación.
Ps= Porcentaje sujeto a tributación.
EJEMPLO:
Licencia comprada por su titular el 12/01 de 1985, en un precio de 36.000€ y que se pretende vender el 30/11/ del 2017 en un precio de 220.000€ ( por jubilación, incapacidad permanente, restructuración del Sector o a familiares hasta segundo grado)

Da+Dd= Dt.
Dt= desde 12/01/1985 hasta 30/11/2017= 11.638 días. Da= desde 12/01/1985 hasta 31/12/2014= 10.939 días.

*(Da)10939 X 100 : ( Dt)11.638 = 93,99 % del tiempo de la titularidad de la licencia lo ha estado antes del 31/12/2014 y por tanto el tiempo transcurrido desde el 01/01/2015 hasta la fecha de venta el 30/11/2017 es del 6,01% del tiempo total de la posesión de la licencia.
Es una regla de tres simple donde debemos hallar el % de tiempo transcurrido desde la compra hasta el 31/12/2014 ( tiempo que si han transcurrido mas de 12 años hacen que la ganancia esté exenta de pago totalmente si se vendiera antes de esa fecha) y el % de tiempo posterior hasta la fecha de venta ( tiempo que está sujeto a tributación de acuerdo a la nueva norma).

En este caso y dado el tiempo transcurrido desde la compra, ( Pe) el 93,99% de la plusvalía generada estaría EXENTA y el resto, o sea el ( Ps) 6,01% estaría sujeto y se debería de tributar por él de acuerdo a los criterios establecidos que oscilan entre el 24% y el 19% dependiendo de la cantidad y el año fiscal en que se produzca la venta.
PLUSVALÍA:
Para calcular la plusvalía debemos restar al importe demostrado de VENTA ( 220.000€) el valor demostrado de compra ( 36.000€) , lo que nos da una cuantía de 184.000€ de los cuales el 93,99% ( 172.942€) estarían EXENTOS por ser los correspondientes a la plusvalía generada desde la fecha de compra y hasta el 31/12/2014 por lo que se debería de tributar por el 6,01% restante (11.059€) generado entre el 01/01/2015 y la fecha de venta el 30/11/2017, cantidad esta última que tendría una tributación variable que en 2016 sería ( hasta 6.000€ el 19% , de 6.001 hasta 50.000€ el 21% y de 50.001€ en adelante el 23%). No hay establecidos todavía % para los años posteriores a 2016, por tanto podrían ser los mismos o sufrir variación al alza o a la baja.

Por tanto se habría de ingresar el 21% de 11.059€, o sea 2.322,39€. ( suponiendo que en 2017 se mantengan los % establecidos para 2016)
Esta reforma acaba definitivamente con la exención total en la venta de licencias de taxi y nos incorpora al sistema de tributación en condiciones similares a cualquier otro activo de cualquier otra actividad económica.

Espero contribuir a transmitir una cierta claridad sobre un asunto que nos afectará en mayor o menor medida a todo el Sector.

Saludos cordiales.
J. Artemio Ardura Valdé

Publicado por Infotaxi.

La venta de licencias tributará fiscalmente desde el 1 de enero

A partir del 1 de enero de 2015 desaparecerá laexención total en la plusvalía generada por la venta de licencias de taxi que existía hasta la fecha, tal y como explica José Artemio Ardura, presidente de la Federación Asturiana Sindical del Taxi.

 

Según un informe elaborado por Ardura y querecoge el Sindicat del Taxi de Catalunya en su página web, se acaba así con un periodo que se remonta a la última legislatura del gobierno socialista. De acuerdo con las nuevas directrices, quienes vendan o transfieran su licencia a partir del próximo mes de enero“deberán tener en cuenta la fecha de adquisición y el valor de adquisición y tener en cuenta la fecha de venta y el valor de venta”

 

En principio, quienes vendan o transfieran su licencia, por las causas tasadas y reguladas (jubilación, incapacidad permanente, reestructuración del Sector o a familiares hasta segundo grado) no generarán plusvalía ninguna “siempre que hayan sido adquiridas por su actual titular con anterioridad al 1 de enero de 2002”.

 

Quienes estando incluidos en el supuesto anterior, tengan una Licencia adquirida con posterioridad a esa fecha  deberán tributar observando los porcentajes establecidos paratodas las transferencias realizadas con una antigüedad inferior a los 12 años.

Publicado por la Gaceta del taxi.

Hacienda pagará 2.000 millones por el céntimo sanitario

Hacienda pagará 2.000 millones por el céntimo sanitario
Desde la semana próxima y hasta final de año la Agencia Tributaria lo abonará a todos los contribuyentes26.09.2014 | 17:17

EFE / MADRID El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha anunciado que, a partir de la semana próxima y hasta final de año, la Agencia Tributaria empezará a abonar “contribuyente a contribuyente” más de 2.000 millones de euros por la sentencia europea que obliga a devolver el denominado céntimo sanitario.

En la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, Montoro ha señalado que la recaudación tributaria de 2014 será alrededor de 3.000 millones inferior a la presupuestada, de los que 2.000 son consecuencia del céntimo sanitario.

El ministro ha indicado que las sentencias están para cumplirlas y que la Agencia Tributaria ha trabajado desde que se conoció el fallo para desarrollar su ejecución.

El céntimo sanitario es el impuesto sobre ventas minoristas de hidrocarburos IVMDH que fue declarado contrario a la directiva europea sobre fiscalidad de los carburantes.

Subida de las pensiones de al menos el 0,25%

Por otra parte, Montoro ha explicado que las pensiones subirán al menos el 0,25 % en aplicación del índice de revalorización que garantiza, como mínimo, una subida de ese importe.

El ministro ha asegurado que las pensiones “no se congelarán” en 2015, al tiempo que ha recordado que “no hay inflación en España”, lo que supone que los pensionistas ganarán poder adquisitivo.

Montoro ha remitido al texto de los presupuesto generales del Estado, que serán presentados el próximo martes en el Congreso de los Diputados, para conocer la tasa concreta de subida de las pensiones. No obstante, ha dejado claro que el gastos en pensiones subirá entre el 3 % y el 3,5 %.

“Hacienda pone a los taxistas como contribuyentes ejemplares”

“Hacienda pone a los taxistas como contribuyentes ejemplares”

46 taxistas voluntarios colaboran con Hacienda guipuzcoana y participan en un programa piloto, en el que envían a la administración regularmente información de sus facturas emitidas. 

 

Gestionan todo en sus teléfonos gracias a una aplicación. Conectada vía bluetooth disponen en los taxis de una impresora para dar el ticket y/o factura al pasajero.Diariamente transmiten dicha información a la Diputación, bien cada vez que finalicen una carrera o al cierre de su jornada laboral. 

 

La iniciativa se enmarca dentro del plan de la Diputación de Guipuzcoa para la consecución de una economía “transparente”, donde la contabilidad ‘B’ quede erradicada. Estará en fase de prueba hasta enero, cuando se espera que se sumen más profesionales de este sector y quizá extrapolarlo a otros. 

 

Hemos entrevistado a Iñaki Urkaregi, presidente de Vallina Teletaxi, asociación que tiene 157 taxistas asociados y a Josean Loza, máximo responsable de Taxi Donosti (145 socios). Nos han contado que esta sincronización de datos en tiempo real con Hacienda está funcionando muy bien, y que hay muchos compañeros deseando unirse tras el verano. Un aliciente para que este sector se interese tanto en esta novedad es una rebaja de un 10% durante tres años sobre la cuota que el sector cotiza. 

 

 ¿Cómo surgió la idea de sumarse al proyecto?

Iñaki Urkaregi.- En el País Vasco ha desaparecido el sistema de módulos para todas las actividades por un acuerdo que hubo del tripartito. Se complicaba así todo para nuestro sector porque cuando hablábamos con Hacienda nos decían que teníamos que emitir un ticket con copia por cada carrera y era algo engorroso. 

Surgió la idea de que la Administración nos ofreciera probarlo y lo consideramos perfecto. El sistema ya se ha testado positivamente de Canadá, donde hay algo similar para pequeños autónomos y comercios. Este hecho nos dio seguridad. 

Josean Loza.- La Diputación lo había intentado ya con otro grupo de profesionales en Guipúzcoa y éstos no aceptaron. Ellos dijeron que los taxistas somos unos profesionales que no defraudamos o defraudamos muy poco, de ahí que nos propusieran la idea y desde la asociación nos pareció buena. Ellos pensaban que nos íbamos a apuntar pocos coches pero se llevaron una grata sorpresa cuando fuimos tantos los  interesados en la iniciativa. 

 Es curioso porque esto está creando una relación mucho más buena con  la administración, que nos ponen ahora como contribuyentes ejemplares.

 

 

 ¿En que consiste exactamente este sistema pionero llegado de Canadá?

 Cuando acaba la carrera, a través de una APP que nos hemos descargado a nuestros terminales de acorde a las directivas de la Diputación, tecleamos el importe de la carrera y, si es necesario, también los datos del cliente. Se saca el recibo o factura y se imprime para el usuario. 

Lo que realmente busca la Diputación con esta novedad era que en todos los pequeños negocios regentados por autónomos se de el correspondiente recibo. 

 Hacienda nos ha dado unas impresoras bluetooth que son con las que se emiten los tickets. En una tablet o teléfono móvil pones el importe de la carrera y automáticamente sale el recibo y/o factura. Al final del día o cuando tienen un rato te conectas a Internet y transmites todos los importes. 

Hacienda no esperaba una aceptación tan grande por parte del sector y se ha quedado corta de impresoras, pero están encargando más para septiembre, cuando otra tanda de taxistas se incorpore al proyecto. Además, nos han pedido que les pasemos una relación de cuantos taxistas tienen un terminal iPhone para poder desarrollar también la aplicación para estos dispositivos y que estará lista para finales de año o principios de 2015

Publicado en la gaceta del taxi.
Si quieres leer la entrevista completa en pdf consulta la noticia en la Gaceta. del taxi.