DECRET LLEI 4/2019, de 29 de març, del Consell, de prestació del servei de transport públic discrecional de persones viatgeres mitjançant arrendament de vehicles amb conductor. [2019/3206]

DECRET LLEI 4/2019, de 29 de març, del Consell, de prestació del servei de transport públic discrecional de persones viatgeres mitjançant arrendament de vehicles amb conductor. [2019/3206]

(DOGV núm. 8519 de 01.04.2019) Ref. Base de dades 002947/2019

  • Anàlisi documental



PREÀMBUL



El Reial decret llei 13/2018, de 28 de setembre, pel qual es modifica la Llei 16/1987, de 30 de juliol, d’ordenació dels transports terrestres, en matèria d’arrendament de vehicles amb conductor, en la seua disposició addicional primera, habilita a les comunitats autònomes que per delegació de l’Estat siguen competents per a atorgar autoritzacions d’arrendament de vehicles amb conductor d’àmbit nacional, a modificar les condicions d’explotació de les autoritzacions concedides dins dels àmbits territorials propis de cada comunitat autònoma, sense perjudici de les competències que puguen correspondre a les entitats locals quant a l’establiment o modificació de les citades condicions d’explotació respecte dels serveis que discórreguen íntegrament dins del seu àmbit territorial.

Arran de la Directiva 2006/123/CE del Parlament Europeu i del Consell, de 12 de desembre de 2006, relativa als serveis en el mercat interior, es va publicar la Llei 25/2009, de 22 de desembre, de modificació de diverses lleis, entre aquestes la Llei 16/1987, d’ordenació de transports terrestres (LOTT). Amb aquesta modificació de l’LOTT es va deixar sense empara legal les limitacions quantitatives a l’atorgament d’autoritzacions d’arrendament de vehicles amb conductor (VTC). Aquesta circumstància ha donat lloc a l’emissió de diferents sentències fermes dictades pels tribunals, en virtut de les quals el nombre d’autoritzacions concedides per a l’arrendament de vehicles amb conductor s’ha incrementat considerablement i és previsible que, en un futur immediat, continue augmentant, la qual cosa genera una distorsió en el mercat del transport discrecional de persones viatgeres, puix que hi concorre en un mateix espai tant el taxi com el VTC, ja que tots dos realitzen activitats similars.

A més, la presència d’un major nombre de vehicles a les ciutats pot generar problemes de mobilitat, de protecció del medi ambient, de contaminació atmosfèrica i de gestió de trànsit pel què resulta convenient una nova regulació que restablisca el necessari equilibri entre aquestes dues formes de prestació de transport públic a persones viatgeres.



Com assenyala el Reial Decret llei 13/2018 en el seu preàmbul, el ràpid creixement d’aquesta modalitat de transport pot donar lloc a un desequilibri entre oferta i demanda de transport en vehicles de turisme que provoque una deterioració general dels serveis, en perjudici de les persones viatgeres, la qual cosa posa de manifest la necessitat que, progressivament, les regulacions aplicables al taxi i l’arrendament amb conductor vagen aproximant-se en la mesura en què això contribuïsca a un tractament harmònic de les dues modalitats de transport de persones viatgeres en vehicles de turisme.

Així mateix es considera convenient establir un període raonable mínim de vacatio legis en allò que pertoca a l’entrada en vigor del règim de precontractació mínim establert, per a l’adaptació del sector de les empreses de VTC, amb l’objectiu de facilitar el desplegament de les mesures tècniques adequades per a la seua aplicació.

L’extraordinària i urgent necessitat que justifica l’adopció de les mesures incloses en el decret llei es fa extensiva a la tramitació d’una regulació de l’ús VTC en l’àmbit de la Comunitat Valenciana, i està justificada per la concentració que es va produint dels serveis d’arrendament de vehicles amb conductor en àmbits estrictament urbans i metropolitans, i que comença a afectar de manera immediata i significativa a l’ordenació del transport en l’àmbit urbà i en el de les àrees de prestació conjunta del taxi. Recentment s’ha fet palesa la conflictivitat social en el sector del transport discrecional de persones viatgeres en vehicles de turisme com a conseqüència dels desajustaments en l’oferta i demanda, que posa de manifest l’exigència immediata perquè es fixe un marc estable que garantisca el dret de la ciutadania a emprar aquestes formes de transport en condicions òptimes i equilibrades per a tots dos sectors.

Per això, el decret llei es configura com l’instrument jurídic adequat per a realitzar una regulació que restringisca al màxim els problemes que puguen derivar-se de la situació descrita.

La Generalitat ostenta la competència exclusiva en matèria de transports terrestres que transcórreguen íntegrament pel seu territori conforme el que s’estableix en l’article 49.1.15a de l’Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, aprovat per Llei orgànica 5/1982, d’1 de juliol, en relació amb l’article 148.1.5a de la Constitució Espanyola, que disposa que són competència de les comunitats autònomes «els ferrocarrils i carreteres l’itinerari de les quals transcórrega íntegrament en el territori de la comunitat autònoma i, en els mateixos termes, el transport desenvolupat per aquests mitjans o per cable».

Fent ús de les atribucions conferides per l’article 44.4 de l’Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, l’article 58 de la llei 5/1983, de 30 de desembre, del Consell, la disposició addicional primera del Reial Decret llei 13/2018, de 28 de setembre, l’article 5 de la Llei orgànica 5/1987, de 30 de juliol, de delegació de facultats de l’Estat en les comunitats autònomes en relació amb els transports per carretera i per cable, i l’article 49.1.8a de l’Estatut d’Autonomia, a proposta de la consellera d’Habitatge, Obres Públiques i Vertebració del Territori, prèvia deliberació del Consell, en la reunió de 29 de març de 2019,





DECRETE



Article 1. Objecte i àmbit d’aplicació

L’objecte d’aquest decret llei és regular el transport de persones viatgeres en vehicles de turisme en règim d’arrendament amb conductor (VTC) que es realitze íntegrament dins del territori de la Comunitat Valenciana.



Article 2. Prestació de serveis d’arrendament de vehicles amb conductor

La prestació del servei d’arrendament de vehicles amb conductor únicament la podran realitzar aquelles persones, físiques o jurídiques, que siguen titulars de la corresponent autorització administrativa que les habilite per a això, expedida per la conselleria competent en matèria de transport per delegació de l’Estat. Aquesta autorització estarà referida a cadascun dels vehicles mitjançant els quals es realitza l’activitat.





Article 3. Precontractació de serveis

1. Els serveis a prestar hauran de contractar-se, almenys, amb una antelació de quinze minuts previs a la seua efectiva prestació i haurà de quedar-ne constància en el registre de comunicacions a què es refereix l’article següent. S’exceptuen d’aquesta previsió aquells serveis que hagen de prestar-se de forma immediata, com a conseqüència d’urgències, emergències i assistència en carretera, o que es realitzen a l’empara de contractes de serveis a prestar a les diferents administracions públiques situades en el territori de la Comunitat Valenciana.

2. La contractació haurà de realitzar-se sempre per la capacitat total del vehicle sense que, en cap cas, puga realitzar-se una contractació individual o per places.



Article 4. Registre de comunicacions dels serveis d’arrendament de vehicles amb conductor

1. Tots els serveis de transport que discórreguen íntegrament pel territori de la Comunitat Valenciana, o amb inici o finalització en aquesta, prestats per vehicles de titulars d’autoritzacions d’arrendament de vehicles amb conductor, hauran de comunicar-se, prèviament a la seua realització, al Registre de comunicacions a què es refereix l’article 2 del Reial decret 1076/2017, de 29 de desembre, pel qual s’estableixen normes complementàries en matèria d’arrendament de vehicles amb conductor, al Reglament de la Llei d’ordenació dels transports terrestres, aprovat per Reial decret 1211/1990, de 28 de setembre.



2. Les comunicacions al Registre hauran de ser facilitades per les persones titulars d’autoritzacions d’arrendament de vehicles amb conductor, o els seus conductors, i les dades mínimes que han de contenir-hi són les establertes en l’article 24 de l’Ordre FOM/36/2008, de 9 de gener, per la qual es desenvolupa la secció segona del capítol IV del títol V, en matèria d’arrendament de vehicles amb conductor, del Reglament de la Llei d’ordenació dels transports terrestres, havent de quedar degudament acreditat l’hora i minut de la precontractació i de l’inici del servei.



Article 5. Condicions de prestació dels serveis

1. Els vehicles adscrits a les autoritzacions d’arrendament de vehicles amb conductor no podran, en cap cas, circular per les vies públiques a la recerca de clientela ni propiciar la captació de persones viatgeres que no hagueren contractat prèviament el servei en la forma establida en l’article 3.

A aquest efecte es considera captació de clientela a la geolocalització que permeta a les potencials persones usuàries dels serveis d’arrendament de vehicles amb conductor situar, amb caràcter previ a la contractació, els vehicles adscrits a les autoritzacions d’arrendament de vehicles amb conductor, per la qual cosa aquesta es prohibeix.

Així mateix, la prohibició de circular per les vies públiques a la recerca de clientela inclou l’estacionament en les citades vies públiques, havent d’estacionar en garatges o aparcaments no situats en la mateixa via pública.

2. Queda prohibit l’estacionament en llocs de concentració i generació de demanda de serveis de transport de persones viatgeres com a ports, aeroports, estacions de ferrocarril i d’autobusos, centres comercials i d’oci, instal·lacions esportives, hotels, parades de taxis, hospitals o qualsevol altre establiment similar, que puga propiciar la captació de clients.



Article 6. Descans obligatori

1. Tots els vehicles adscrits a autoritzacions d’arrendament de vehicles amb conductor hauran de realitzar un descans obligatori.

2. El sistema de descans obligatori serà establit per la conselleria competent en matèria de transport.



Article 7. Especificacions tècniques del vehicle

1. Cada vegada que se substituïsca un dels vehicles que estan actualment adscrits a autoritzacions VTC es farà per un altre vehicle que utilitze com a font d’energia l’electricitat, l’hidrogen, els biocarburants, els combustibles sintètics i parafínics, el gas natural i el gas liquat del petroli. També podrà substituir-se per un vehicle dels denominats híbrids.



2. Tots els vehicles adscrits a autoritzacions VTC residenciades en el territori de la Comunitat Valenciana, que realitzen transport de persones viatgeres per la mateixa hauran de portar el distintiu que es regula en l’Ordre 12/2016, de 23 de novembre, de la Conselleria d’Habitatge, Obres Públiques i Vertebració del Territori, per la qual es crea un distintiu per a la identificació dels vehicles de lloguer amb conductor en la Comunitat Valenciana.



Article 8. Règim sancionador

L’incompliment del que s’estableix en aquest decret llei es considerarà infracció molt greu o greu, d’acord amb el que s’estableix en els articles 140 i 141, respectivament, de la Llei 16/1987, de 30 de juliol, d’ordenació dels transports terrestres.





DISPOSICIONS ADDICIONALS



Primera. Exercici de competències i habilitació als ens locals

Les entitats locals, en l’exercici de les seues competències, podran modificar les condicions d’explotació de l’article 182.1 del Reglament de la Llei d’ordenació dels transports terrestres, per a millorar la gestió de la mobilitat interior de les persones viatgeres o per a garantir el control efectiu de les condicions de prestació dels serveis, amb respecte dels criteris de proporcionalitat que estableix la normativa vigent.



A aquest efecte podran:

a) Incrementar els temps de precontractació de serveis a què es refereix l’article 3.

b) Ampliar la llista d’instal·lacions de llocs de generació de demanda de serveis de transport i establir una distància mínima en la qual estaria prohibit l’aparcament des d’aquestes instal·lacions, a què es fa referència en l’article 5.

c) Establir requisits addicionals a les especificacions tècniques dels vehicles previstos en l’article 7.



Segona. Incidència pressupostària

L’aplicació i desenvolupament d’aquest decret llei no podrà tindre cap incidència en la dotació de despesa assignada a la conselleria competent per raó de la matèria i, en tot cas, haurà de ser atesa amb els seus mitjans personals i materials.





DISPOSICIÓ DEROGATÒRIA



Única. Derogació normativa

Queden derogades quantes disposicions d’igual o inferior rang que s’oposen al que es disposa en el present decret llei.





DISPOSICIONS FINALS



Primera. Modificació de la Llei 6/2011, de mobilitat de la Comunitat Valenciana

Es modifica l’apartat 2.c de l’article 3 de la Llei 6/2011, d’1 d’abril, de la Generalitat, de mobilitat de la Comunitat Valenciana, i queda redactat en els següents termes:

«c) La provisió dels serveis de transport públic dins dels nuclis urbans. En concret hi correspondrà la regulació, ordenació i intervenció administrativa dels serveis de transport públic urbà, que tinguen lloc dins del seu àmbit territorial, prestats mitjançant l’arrendament de vehicles amb conductor o altres modalitats similars.»





Segona. Habilitació per al desenvolupament reglamentari

El Consell i la persona titular de la conselleria competent en matèria de transport podran dictar les disposicions necessàries per al desenvolupament, execució i compliment d’aquest decret llei en l’àmbit de les respectives competències.



Tercera. Entrada en vigor

Aquest decret llei entra en vigor l’endemà de la publicació en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, excepte l’article 3.1, i l’apartat a de la disposició addicional primera, que entraran en vigor en el termini de dos mesos comptadors des de la publicació.



València, 29 de març de 2019



El president de la Generalitat,

XIMO PUIG I FERRER



La consellera d’Habitatge, Obres Públiques i Vertebració del Territori,

MARÍA JOSÉ SALVADOR RUBERT

El último reto para el taxi en Valencia

Los consumidores piden la modernización de la flota de coches y una mejor imagen de los conductores | El sector afronta la llegada de Uber con la vista puesta en la regularización de las VTC

ISABEL DOMINGOValenciaÁLEX SERRANODomingo, 20 enero 2019, 01:01  

Sin taxis en Barcelona desde el viernes y, a partir de mañana, en Madrid. Es la huelga planteada por los conductores de estas dos ciudades para protestar por la proliferación de licencias de vehículos de alquiler con conductor (VTC). En el primer caso, contra las medidas recogidas en el decreto elaborado por la Generalitat catalana para regularizar las VTC; en el segundo, para reclamar al gobierno autonómico que aumente los controles

Estas protestas se siguen muy de cerca en la Comunitat, donde los taxistas no descartan movilizaciones. Por ahora prefieren esperar al texto del decreto-ley que prepara de forma urgente la Conselleria de Obras Públicas para regular la presencia de los vehículos VTC, de los que se contabilizan 321 licencias en la Comunitat, según los últimos datos publicados por el Ministerio de Fomento, frente a las 244 registradas en verano, cuando los taxistas de numerosas ciudades españolas, entre ellas Valencia, salieron a calle para exigir al Gobierno cambios legales que garantizasen el cumplimiento del ratio 1/30, que implica una licencia VTC por cada 30 de taxis.

EN DETALLE

4.681 taxis en la Comunitat, según datos de Fomento.Del sector viven 7.000 familias.321 licencias VTC en las tres provinciasValencia es la que más tiene, con 173 frente a 3.045 taxis.

Mientras se conoce el contenido de este decreto, los taxistas valencianos se enfrentan a su último reto, ya que esta semana -en concreto el martes- la plataforma tecnológica Uber (permite poner en contacto a pasajeros y conductores profesionales) empezaba a operar en la ciudad de Valencia. Y llegaba con el anuncio de que en las próximas semanas arrancaría en Alicante y Elche y de que sus tarifas son un 20% menos que las de los taxistas.

Los taxistas explican que ya se paga con tarjeta y hay ‘apps’ para contratar el servicio

Una cifra cuestionada por estos últimos al igual que las críticas hacia su falta de adaptación a las nuevas tecnologías. «Hemos conseguido que se pueda pagar con tarjeta, los tickets electrónicos son obligatorios, las radioemisoras nos tienen geolocalizados y contamos con varias ‘app’ para contratar el servicio que, además, te indican dónde está el conductor o cuándo llega», detalla el presidente de la Confederación de Autónomos del Taxi de la Comunitat Valenciana, Fernando del Molino.

El representante de la asociación mayoritaria de los taxistas recuerda que ahora se exigen «unos estándares mínimos» en los vehículos y que más de la mitad de la flota es híbrida o que ya se exige el inglés en los cursos de capacitación profesional A su juicio, «la mala imagen de unos pocos nos perjudica a todos. Por eso insistimos en que sea la administración quien marque las condiciones», en referencia, por ejemplo, a la uniformidad, «que llevamos solicitando varios años».

Papel de la conselleria

En la misma línea se expresa el presidente de la empresa Teletaxi, César Benito, quien recuerda que el sector«lleva años adaptándose a los nuevos hábitos de los consumidores sin olvidar los canales de siempre». «Intentamos ofrecer un trato personalizado a los clientes», añade al tiempo que apunta que el «gran reto» es el «cambio de imagen, tener una imagen homogénea».

De ahí que, al igual que Del Molino, insista en la implicación de la Generalitat, encargada de regular el servicio de taxi y también los precios. «Esto precisamente es la garantía de seguridad que ofrece el taxi pues nuestras tarifas son públicas», comenta Benito.

Pero ¿qué piden los usuarios a los taxistas? Para el secretario de la Unión de Consumidores (UCE) de Valencia, Vicente Inglada, una de las cuestiones pendientes es «modernizar y mejorar su flota para ofrecer servicios de calidad con más comodidad para sus pasajeros».

«Y vender un servicio más moderno que recoja los nuevos hábitos de la ciudadanía, así como ofrecer cercanía y seguridad a sus clientes con un contacto directo», añade, aspectos que los representantes del sector ya destacan como sus puntos fuertes frente a Uber.

El presidente de la Asociación Valenciana de Empresarios y Consumidores (Avacu), Fernando Móner, hace hincapié en «la adaptación tecnológica, la denuncia de aquellos conductores que no actúen de forma profesional o una imagen adecuada del conducto». Para él, «siempre con unas reglas del juego claras en las que unas empresas no se vean más beneficiadas que otras».

Publicado por Las Provincias.

NOTA INFORMATIVA RESOLUCIÓN DESCANSOS 2018, ÁREA DE VALENCIA

NOTA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN DESCANSOS 2018

 

Se ha publicado la Resolución de 13 de Julio de 2018, que desarrolla la Orden 9/2018 y regulará los descansos que se aplicarán en el APC de Valencia de aquí a 1 de Enero de 2019 con los siguientes puntos principales:

 

FINES DE SEMANA ALTERNOS

 

Se trabajará los fines de semana completos por la terminación de las licencias pares e impares.

El primer fin de semana que se empezará a aplicar será el sábado y domingo días 28 y 29 de Julio que trabajarán las licencias PARES, a partir de este fin de semana se irá cambiando alternativamente de forma indefinida.

Los días 4 y 5 de Agosto trabajarán las licencias IMPARES.

Las siguientes cuatro semanas están dentro de la regulación estival, retomando el fin de semana alterno el fin de semana 8 y 9 de Septiembre que volverán a trabajar las licencias PARES.

 

LETRAS DE DIA DE DESCANSO

 

Las letras que indicarán el día de descanso semanal (A, B, C, D o E) a partir de ahora serán en vinilo autoadhesivo (similares a las del número de licencia), color gris Pantone 432, de 8 mm de grosor, 60 mm de alto y 42,40 mm de ancho, e irán pegados en la chapa del vehículo, en la parte posterior izquierda del mismo.

 

SERVICIO DE TAXIS ADAPTADOS

 

Los Taxis adaptados podrán trabajar todos los fines de semana, aunque mantendrán el día de descanso semanal de lunes a viernes como el resto de licencias del APC de Valencia.

Para tener esta compensación, deberán estar adscritos a una radioemisora que garantice el servicio con prioridad a personas con silla de ruedas.

La Consellería de Transportes controlará periódicamente que estos taxis cumplen con los requisitos, pudiendo sancionar a los taxis que no se dediquen a llevar personas en sillas de ruedas.

 

 

 

 

CALENDARIO LABORAL 2018

 

DESCANSOS EN AGOSTO/SEPTIEMBRE 2018

 

                         DIAS     DESCANSAN         TRABAJAN
Del 6 de Agosto al 19 de Agosto

(Ambos incluidos)

        PARES          IMPARES
Del 20 de Agosto al 2 de Septiembre

(Ambos incluidos)

      IMPARES            PARES

 

FESTIVOS INTERSEMANALES REGULADOS EN 2018

 

     DIAS FESTIVOS 2018    DESCANSAN    DESCANSAN     TRABAJAN
9 de Octubre (Martes)   Licencias 6 y 7       IMPARES         PARES
12 de Octubre (Viernes)   Licencias 2 y 3         PARES       IMPARES
1 de Noviembre (Jueves)   Licencias 0 y 1       IMPARES         PARES
6 de Diciembre (Jueves)   Licencias 0 y 1         PARES       IMPARES

 

En todo el periodo regulado se mantendrá el día de descanso semanal de lunes a viernes que tenemos todo el año.

 

CALENDARIO DE REFUERZOS 2018

(Noche del Sábado al Domingo)

 

                    MES                       FRANJA HORARIA

             SIN DESCANSO OBLIGATORIO

JULIO (Noche del 28 al 29)   Desde las 01:00 horas hasta las 07:00 horas
AGOSTO (Noche del 4 al 5)   Desde las 01:00 horas hasta las 07:00 horas
SEPTIEMBRE   Desde las 04:00 horas hasta las 06:00 horas
OCTUBRE   Desde las 04:00 horas hasta las 06:00 horas
NOVIEMBRE   Desde las 04:00 horas hasta las 06:00 horas
DICIEMBRE   Desde las 04:00 horas hasta las 06:00 horas

 

DIAS CON REFUERZO ADICIONAL

 

                    DIA                       FRANJA HORARIA

             SIN DESCANSO OBLIGATORIO

          16 de Diciembre   Desde las 03:00 horas hasta las 06:00 horas
          23 de Diciembre   Desde las 03:00 horas hasta las 06:00 horas
1 de Enero de 2019 (Nochevieja)   Desde las 00:00 horas hasta las 07:00 horas
6 de Enero de 2019 (Reyes)   Desde las 03:00 horas hasta las 07:00 horas

 

LA JUNTA DIRECTIVA

 

El Consell cede a la presión del taxi y le da la exclusividad en la estación del AVE.

El Consell cede a la presión del taxi y le da la exclusividad en la estación del AVE

Transportes modifica la ley aprobada en enero cuando sólo llevaba cinco meses en vigor

F. J. Benito 13.06.2018 | 00:17

Taxistas protestando en Alicante.

Taxistas protestando en Alicante.

La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas, Transportes y Vertebración del Territorio ha sacado a consulta pública la modificación de la Ley del Taxi de la Comunidad Valenciana que propondrá varios cambios, a través de la Ley de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, según publicó ayer el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana(DOGV). Entre los cambios destaca la prohibición de que taxistas de otros municipios puedan trabajar en la estación del AVE, uno de los puntos más controvertidos de la normativa aprobada a mediados del pasado enero, que lo permitía, y que tan sólo seis meses después se va a modificar por la presión del colectivo de taxistas de la ciudad de Alicante. Profesionales del volante que desde el primer día llevaron a la calle la protesta al estar en contra de que se hubiera liberalizado la recogida de pasajeros en la estación del AVE, por la que pasan al año dos millones de pasajeros.

Los taxistas sostienen que no hay trabajo ni para los 350 taxistas con derecho a hacerlo en la terminal. Radio Tele Taxi de Alicante exigía que sus conductores profesionales fueran los únicos que pudieran recoger viajeros de la estación de ferrocarril. Algo que liberalizó el artículo 22 de la nueva Ley del Taxi, que permite desde enero a taxistas de cualquier municipio recoger a sus clientes en estaciones con AVE, simplemente con una comunicación a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, competente en la materia.

Transportes propone también ahora que se unifique el plazo para sustituir un taxi en caso de avería, que pasa a ser de tres meses, así como que se homogeinice el régimen sancionador de infracciones y sanciones en la prestación de servicios interurbanos dentro de la Comunidad Valenciana que será el recogido en la vigente Ley del Taxi.

Se trata de dos modificaciones técnicas dado que la normativa contempla a lo largo de su articulado referencias distintas a estas cuestiones.

Otro de los cambios hace referencia a que el plazo de dos años para la transmisión de autorizaciones de taxis se compute, en el supuesto de jubilación del titular, desde el momento en que se declara la misma por el órgano competente de la Seguridad Social.

Por último, la Conselleria propone ampliar el plazo de seis meses a dos años para que los titulares de más de una licencia puedan adaptar la segunda y tercera autorización a los criterios de accesibilidad que se establecen en la Ley del Taxi, de modo que los afectados dispondrían de una ampliación del plazo hasta el próximo 11 de noviembre de 2019, según recoge el DOGV.

Publicado por Diario Información.

El Consell Jurídic Consultiu emite dictamen favorable a la regulación del descanso obligatorio del taxi 12+4

 

El Consell Jurídic Consultiu emite dictamen favorable a la regulación del descanso obligatorio del taxi 12+4
17/05/2018

El director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, Carlos Domingo, ha informado de que el Consell Jurídic Consultiu ha emitido dictamen favorable, por unanimidad, al proyecto de Orden de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio para la regulación del descanso obligatorio y limitación diaria del servicio de taxi en el Área de Prestación Conjunta de València.

La medida que aplicará la Conselleria consistirá en la regulación llamada 12+4 , es decir, se dividirá la prestación del servicio en dos franjas horarias, donde el taxista podrá trabajar 12 horas en la franja de las 6 de la mañana hasta las 2 de la noche y otras 4 horas entre las 2 y las 6 de la mañana. Con esta norma, ha apuntado el director general, “se pretende equilibrar la oferta y la demanda así como mejorar las condiciones del descanso de los conductores”.

“Con esta nueva regulación se pretende mejorar la prestación del servicio de taxi, ajustando la la oferta a la demanda ya que, en la actualidad, se ha constatado que, en determinadas franjas horarias del día, el tiempo de espera para que el usuario pueda desplazarse en taxi es elevado” ha apuntado el director general antes de añadir que la Orden “también permite al profesional del taxi una mejora de la conciliación de su vida laboral y familiar; mejora la seguridad de los usuarios y garantiza unos ingresos razonables a los profesionales del sector.”

En consecuencia, ha añadido Domingo,en los próximos días el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, DOGV, publicará la Orden que establecerá la regulación horaria (14+2) para el Área de Prestación de València.

De esta forma, ha explicado el director general, “se da un marco normativo objetivo y seguro al sector del taxi en este Área de Prestación, que agrupa a un gran numero de municipios del Área Metropolitana de València, especialmente después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, TSJCV, anulará la anterior Orden de 2014, sentencia que fue confirmada por el Tribunal Superior el 26 de abril de 2018”.

En este sentido, Domingo ha señalado que “la actual Conselleria, a la vista de la sentencia que emitió el TSJCV en enero de 2016 por la que se anuló la Orden que regulaba el sistema de descanso obligatorio y de limitación diaria en el Área de València, de la entonces Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, inició urgentemente los trámites para el establecimiento de un nuevo régimen que se adecuase a los reparos de legalidad puestos de manifiesto en la sentencia”.

Con este objetivo, ha recordado Domingo, la actual Conselleria encargó un estudio de la situación del taxi en el Área. De este estudio se desprendía la necesidad de establecer una regulación horaria diaria y un régimen de descanso obligatorio para el servicio de taxi, lo que motivó la elaboración de la orden que ahora se va a publicar.

Noticia original: www.gva.es

Noticias relacionadas: www.valenciaplaza.com, www.europapress.es

Uber regresa a Barcelona con el sector del taxi en pie de guerra

La plataforma arranca con 120 coches pero aspira a tener una flota mucho mayor


Uber regresa a Barcelona con el sector del taxi en pie de guerra
Uber en Barcelona (David Airob)

Cuatro años después de su primer desembarco en BarcelonaUber regresa este martes a la capital catalana. En esta ocasión lo hace con UberX, su servicio de vehículos de alquiler con conductores profesionales (VTC), muy distinto a UberPop, que operan particulares sin autorización administrativa y que, aquí, desató una fortísima oposición del sector del taxi, llegó a los tribunales y sólo duró unos cuantos meses del 2014. Ahora, la plataforma californiana, presente en más de 600 ciudades de todo el mundo, vuelve con la modalidad que ya ofrece en Madrid, pero que también es firmemente contestada por los taxistas, que la consideran competencia desleal. El arranque es modesto. Inicialmente con 120 coches y tarifas un 15% inferiores de media. Pero la intención de la compañía es crecer y tener una flota mucho más grande. En el taxi hay mucho malestar. El conflicto tiene todos los visos de recrudecerse.

“Barcelona es una ciudad muy especial para nosotros y esta vez queremos hacer las cosas bien, estamos convencidos de que podemos contribuir a mejorar la movilidad, formar parte de la solución a los problemas que plantea el tráfico”, destaca Juan Galiardo, director de movilidad de Uber en España. En la misma línea, la plataforma confía poder convencer al ayuntamiento de las bondades de su iniciativa. “El objetivo es compartido –prosigue–, se trata de que haya menos coches circulando, priorizar al peatón, al transporte público y al ciclista, y reducir la presencia del vehículo privado, pero para lograr esto último hay mucho por hacer, y aquí entramos nosotros”. La plataforma asegura que su intención es colaborar con los responsables municipales e impulsar proyectos conjuntos, como Uber Movement, una herramienta para compartir los datos de tráfico basados en los trayectos que realiza con la que, añade, “pretendemos ayudar a las ciudades a tomar decisiones más eficientes”.

“Esta vez queremos hacer las cosas bien”, asegura el director de la compañía en España

Sin embargo, la irrupción de Uber en Barcelona, que se suma a otras iniciativas similares como Cabify, colisiona con las últimas actuaciones del gobierno de la ciudad, que, haciendo suyas las demandas de los taxistas, se dispone a restringir la actividad de los VTC mediante un nuevo reglamento metropolitano que creará una nueva autorización para operar y que se prevé que entre en vigor a finales de abril. Según las últimas cifras oficiales, en la provincia hay 920 vehículos de alquiler con conductor por 10.362 taxis, uno por cada doce. La administración local se propone que al menos se cumpla la ratio 1/30 fijada en la legislación estatal. E incluso intensificarla si las condiciones del tráfico (congestión) o atmosféricas (contaminación) lo recomendaran.

La compañía estadounidense recuerda que la proporción de un vehículo de alquiler por cada 30 taxis es la restricción máxima que fija la ley y que las comunidades autónomas pueden modificarla para hacerla menos restrictiva. En cualquier caso, insiste Galiardo, “vamos operar desde la más estricta legalidad”. Las empresas de VTC ya han avisado que el nuevo reglamento del Àrea Metropolitana entra en cuestiones que no son de su competencia, sino del Ministerio de Fomento y de las comunidades autónomas. Fuentes del sector del taxi aseguran que Uber desembarca ahora en Barcelona para estar operativa antes de que el texto supramunicipal entre en vigor y, así, en caso de que se impugne, tener las espaldas cubiertas y poder seguir funcionando. El director de la plataforma lo niega. “Hace mucho tiempo que preparamos la llegada a la ciudad –asegura–, lo único que faltaba era tener un número suficiente de vehículos”.

“Bienvenidos al infierno”, advierten desde una de las entidades de taxistas

La flota inicial de 120 coches, perteneciente principalmente a tres compañías titulares de licencias VTC, asegura que el servicio podrá prestarse correctamente, según Galiardo. “Nuestro punto fuerte –explica– es la tecnología que tenemos detrás y que optimiza el uso de los vehículos permitiendo que estén el máximo de tiempo posible ocupados”. El “círculo virtuoso”, añade el director, es que “gracias a esta eficiencia en el uso, se puede reducir el gasto, lo que permite bajar tarifas, ganar clientes y aumentar los ingresos”. Una ecuación que los taxistas no comparten ya que, a su juicio, la operación consiste en reventar los precios a costa de precarizar el empleo y, al final, quedarse con el mercado. Para muchos taxistas esto es lo más preocupante y el motivo por el que se han movilizado y van a seguir haciéndolo. Desde una de las entidades, Élite Taxi, ya han enviado un mensaje a la plataforma: “Bienvenidos al infierno”.

Gran demanda antes de funcionar

Que Barcelona carezca de los servicios de Uber hasta hoy es algo incomprensible, según los directivos de la plataforma. “No se entiende que no estemos en la capital mundial del móvil”, enfatiza su director en España, Juan Galiardo. Tanto es así, asegura, que antes de su llegada miles de clientes han tratado de utilizar infructuosamente su app en la capital catalana. En el 2016, más de un millón de personas la abrieron, según datos de la compañía con sede en San Francisco. Sólo el pasado verano lo hizo medio millón. En los grandes acontecimientos, la cifra se dispara: 44.629 en la última edición del Primavera Sound y 48.595 en el reciente Mobile World Congress. Sus responsables aseguran que las tarifas, que se dan en la app nada más pedir el servicio, son un 15% menores que las del taxi. Por ejemplo, 5,5 euros de la plaza Catalunya al 22@6 euros de la Sagrada Família al Raval, y 26 euros de la plaza Universitat al aeropuerto de El Prat.

Las claves

ESTRENO FALLIDO. Uber llegó a Barcelona en abril del 2014 con su servicio UberPop, operado por conductores no profesionales. La fuerte presión del taxi y los tribunales provocaron su cierre en diciembre de ese año.

BATALLA JUDICIAL. Los taxistas lograron que el Tribunal de la UE dictamine que Uber es una compañía de transporte. Pero el fallo sólo afecta a UberPop, no a UberX, operado con licencias VTC. Por otra parte, la CNMC se opone a la ratio de un VTC por cada 30 taxis que fija la ley. El Supremo debe pronunciarse.

LA RESPUESTA DE COLAU. Barcelona restringirá la circulación de VTC con un reglamento que las empresas de estos servicios creen que sobrepasa sus competencias.

Publicado por La Vanguardia.

La Conselleria de Obras Públicas convoca tres exámenes para obtener el certificado de taxista

La Conselleria de Obras Públicas convoca tres exámenes para obtener el certificado de taxista

6/11/2017 – 

VALÈNCIA. (EFE). El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado la convocatoria de las tres pruebas para la obtención del certificado profesional para la prestación del servicio de taxi para 2018 a través de la Conselleria de Obras Públicas.

El director general de Obras Públicas, Carlos Domingo, ha anunciado que los exámenes se celebrarán el 27 de enero, el 26 de mayo y el 24 de noviembre, y se podrán presentar las solicitudes desde el próximo 14 de diciembre, según un comunicado de la Generalitat.

Las pruebas consistirán en un examen único tipo test con 40 preguntas sobre los marcos jurídico y tarifario, el conocimiento del medio físico y de los municipios del área de prestación conjunta, y conocimiento de valenciano e inglés, según ha informado Domingo.

Para superar el examen será necesario responder correctamente al 50 % de las cuestiones, con una penalización en cada respuesta errónea equivalente a un tercio del valor de una correcta y con exención de sanción en caso de contestación en blanco.

Las peticiones se podrán presentar manual o telemáticamente en la Dirección General de Obras Públicas o en los servicios territoriales de Transportes de València, Alicante y Castellón, así como en la forma prevista en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Además, los solicitantes excluidos por estar fuera de plazo serán admitidos para la siguiente prueba dentro del año natural siempre que hayan pagado la tasa correspondiente sin necesidad de volver a presentar instancia.

Las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana a las que estas pruebas hacen referencia son las de València, Alicante, Castellón, Camp de Morvedre, La Safor, La Plana Utiel-Requena, El Valle de Cofrentes-Ayora y La Marina Baixa.

El tribunal insertará en el portal web de la Conselleria la información relativa al lugar y hora del examen con una antelación de, al menos, diez días antes de la fecha de cada prueba.

Publicado por Valencia plaza.

Ximo Puig nombra a Margarita Soler presidenta del Consell Jurídic Consultiu

La nueva presidenta es licenciada en Derecho, doctora por la Universitat de València y ha trabajado en el Ministerio de Educación

Imagen de la toma de posesión de Margarita Soler este miércoles
Imagen de la toma de posesión de Margarita Soler este miércoles – @generalitat
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El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha nombrado a Margarita Soler Sánchez presidenta del Consell Jurídic Consultiu (CJC) de la Comunitat Valenciana, según recoge el decreto que publica hoy el Diari Oficial de la Generalitat y que lleva fecha de ayer.

Está previsto que esta mañana tomen posesión en el Palau de la Generalitat los tres miembros del CJC que fueron elegidos el pasado miércoles por Les Corts Valencianes después de varios meses de bloqueo por la falta de acuerdo entre los grupos parlamentarios.

Esos tres consejeros son el abogado Enrique Fliquete (propuesto por el PP y que ya es consejero), el catedrático de Derecho Penal de la Universitat de València Joan Carles Carbonell (a propuesta de Podemos) y la jurista María del Carmen Pérez (presentada por Ciudadanos), y se unen a los tres que el Consell nombró hace casi un año.

Los tres consejeros de este órgano consultivo de la Generalitat nombrados por el Consell, que tomaron posesión del cargo el pasado 25 de octubre, son Margarita Soler Sánchez, Asunción Ventura Franch y Faustino de Urquía Gómez.

La ley de creación del CJC establece que, una vez completada la renovación de este órgano, corresponde al president de la Generalitat nombrar a la persona que ejerza la presidencia.

La nueva presidenta del CJC es licenciada en Derecho y doctora por la Universitat de València, ha trabajado en el Ministerio de Educación y ya formaba parte del CJC antes de ser nombrada consejera por el Consell, aunque lo era por designación de Les Corts.

Soler sustituye a José Díez Cuquerella, quien ha ejercido como presidente en funciones desde hace once meses, después de que acabara el mandato de Vicente Garrido.

Publicado por ABC.

 

LOS MÓDULOS LUMINOSOS 123 DESAPARECEN

NOTA INFORMATIVA

 

LOS MÓDULOS LUMINOSOS 123 DESAPARECEN

 

La Consellería de Industria, a través de las distintas ITV, ha emitido una instrucción de obligado cumplimiento con las siguientes premisas:

 

En los nuevos vehículos se requerirá que el taxímetro y el modulo repetidor de tarifas múltiples:

  • Cumplan con la directiva de compatibilidad electromagnética (DIR 2014/30/UE).
  • Dispongan del marcado CE.
  • Contemple hasta 9 tarifas (de 1 a 9) el modulo repetidor de tarifas.

 

En resumen, que a partir de ahora, todo taxi del APC de Valencia que cambie de vehículo, está obligado a retirar los actuales módulos luminosos analógicos (modulo 123).

 

Como se lleva diciendo desde hace años estos módulos analógicos no cumplen con la normativa estatal, ni con las directivas Europea sobre incompatibilidades de Impulsos electromagnéticos, además de que no reflejan todas las tarifas en vigor en el APC de Valencia.

 

 

LA JUNTA DIRECTIVA

El pasado día 11 de Mayo de 2017 ha tenido lugar la 15ª Comisión Permanente del Consejo del Taxi de la Comunidad Valenciana.

NOTA INFORMATIVA CONSEJO DEL TAXI

El pasado día 11 de Mayo de 2017 ha tenido lugar la 15ª Comisión Permanente del Consejo del Taxi de la Comunidad Valenciana.

Presentes el Subdirector de Transportes, el Jefe del Servicio de Transportes, el secretario del Consejo, y como vocales del Consejo Eduardo Signes el representante de personas con discapacidad, y los representantes del taxi, Fernando del Molino (Confederación) Fernando Ballester (Uso Taxi C.V.) José Ramón Giménez (Gremial) y Emiliano Martínez (Unión de Asociaciones).

El Consejo del Taxi es un órgano consultivo, y la Consellería se toma nota de las conclusiones y debates del mismo, además nos informa de sus decisiones.

Se debaten los siguientes puntos:

 

  1. Lectura y aprobación si procede del acta de la sesión anterior.

 

Fernando del Molino solicita la modificación de varios párrafos, y nadie dice nada en contra de esta solicitud.

 

  1. Situación en la prestación del taxi adaptado (Ponente Ricardo Pardo Carsi).

 

Ricardo en representación de los taxis adaptados de Valencia, propone que se cumpla la normativa UNE sobre la adaptación de los taxis, ya que esto es obligatorio por el Decreto 1544/2007 que regula la accesibilidad en España.

Fernando del Molino comenta que hace meses se ha solicitado esto, y las ITV no controlan esta situación, por lo que debe ser la Consellería la que lo haga.

La Consellería nos dice que a partir de ahora no se va a dar el visado a todo vehículo que no cumpla la Normativa UNE.

Eduardo, solicita que todos los taxis cumplan esta normativa, sin excepción.

Fernando del Molino solicita que el 5% de taxis adaptados que debemos cumplir sea sobre el ratio que diga la Ley del Taxi, lo que supondría que con menos de 100 taxis adaptados sería suficiente, aportando documentación de como se hace en otras comunidades.

El resto de asociaciones está de acuerdo con acogernos al ratio que marque la ley para reducir el número de adaptados.

Eduardo cree que primero hay que fomentar que se pongan el mayor número posible, y luego vemos cuantos hacen falta.

 

 

 

 

  1. Implantación sistema Braille para identificación del vehículo.

 

Juan Carlos, invidente, nos explica los problemas de su colectivo y propone que al menos se ponga la matrícula y el número de licencia en Braille, además nos comenta que las tarifas se pueden poner también en Braille o con códigos QR.

Todos los presentes estamos de acuerdo con el adhesivo en la puerta con los datos del taxi en Braille, tal como están en otras ciudades.

 

  1. Tarifas 2018. Ponente Valeriano Martínez.

 

Valeriano expone los errores en redacción de órdenes de tarifas y adhesivos desde hace años, además los problemas con taxímetros y módulos en Valencia, y solicita que se mejoren las redacciones y adhesivos de tarifas, además de una reunión con fabricantes en Consellería para contrastar problemas.

José Ramón propone unas tarifas más sencillas, sin suplementos ni mínimos de percepción, con solo una tarifa para todo.

Los responsables de Consellería les parece buena idea simplificar tarifas, y propone que hagamos desde el sector una propuesta consensuada.

Fernando del Molino, comenta que en ningún caso acepta retirar suplementos  o mínimos de percepción negociados durante años, y que mientras tengamos estas tarifas hay que velar porque los taxímetros y módulos reflejen todas las tarifas, y solicita una reunión con fabricantes.

Fernando Ballester está de acuerdo en solicitar una reunión con fabricantes, afirmando que para luchar contra los abusos es necesario que la inspección se involucre y haya sanciones ejemplares.

Acordamos reunirnos todas las asociaciones e intentar llegar a un acuerdo sobre las tarifas, taxímetros y módulos para el próximo consejo.

 

  1. Situación de las VTC en la Comunidad Valenciana. Ponente Oscar Sala.

 

Se presenta un video explicativo de una Web de Control de los contratos que deben llevar las VTC y otros transportes, que se está desarrollando en Cataluña.

Oscar explica los beneficios de esta página web, y las deficiencias de la inspección actual, contando que en Cataluña ya lo tienen aprobado.

Los responsables de Consellería nos dicen que no tienen competencia para hacerla, ya que las VTC son competencia del Ministerio de Fomento, y nos solicitan que les hagamos llegar la reglamentación de Cataluña.

Todos de forma unánime argumentamos que la inspección y el control es competencia delegada a la Consellería de Transportes.

Fernando del Molino comenta que nos reuniremos con todos los partidos políticos como han hecho en Cataluña para que se haga esta página web de control.

 

El resto de representantes del Taxi están de acuerdo con esto.

Consultamos sobre las sentencias y denuncias que se están produciendo sobre VTC, y solicitamos toda la información sobre ello.

La Consellería nos dice que van a darnos toda la información sobre solicitudes de VTC,s que les permita la Ley, ya que entienden que somos sector afectado, y sobre las denuncias de inspección por infringir el Rott, nos darán toda la información en la próxima Mesa del Intrusismo.

Se establece un debate sobre lo que es o no captación, y sobre las hojas de ruta y los contratos.

Oscar insiste en que hay que perseguir a todas las VTC que tengan la aplicación de Uber o Cabify abierta aparcando o circulando en las zonas de influencia de usuarios de taxi.

Todos los representantes del taxi estamos de acuerdo con que la Mesa del Intrusismo no sirve si no hay más medios de inspección, si no se deja claro el criterio de las zonas de influencia y sobre si la aplicación abierta se considera captación o no, estando aparcados o circulando.

Fernando del Molino hace constar en acta que si no mejora la inspección y el control sobre las VTC de forma efectiva, su asociación hará lo que sea necesario para exigir que se cumpla, porque la situación es insostenible.

Nos dicen que las VTC,s de la Comunidad Valenciana ya están obligados a llevar los distintivos aprobados, por lo que si a partir de este momento vemos una VTC sin distintivo debe ser de otra Comunidad o hay que sancionarlo.

Se entabla otro debate sobre la inspección y el control de VTC,s de otras  comunidades, y queda patente la dificultad de control sin una página web.

 

  1. Solicitudes de Informe del Consejo del Taxi para vehículos de más de 12 años.

 

Se nos da un listado de licencias que hay que revisar, y se establece un debate sobre el protocolo del Consejo del Taxi en este tema.

Acordamos que es la Territorial el que debe solicitar el informe al Consejo.

 

  1. Tramitación electrónica en 2018. Convocatoria dos exámenes anuales.

 

Se nos comunica que en 2018 toda la tramitación de Transportes será electrónica, por normativa estatal.

Se nos consulta sobre hacer dos convocatorias de exámenes de competencia profesional (cartilla taxista) al año.

Todos estamos de acuerdo en seguir con las cuatro convocatorias anuales.

 

 

 

 

  1. Tarjetas identificativas: propuesta sobre nuevo diseño. Incumplimiento entrega de las tarjetas identificativas: inicio de procedimiento sancionador.

 

Fernando del Molino presenta una propuesta de nueva tarjeta, presentando un boceto de Madrid, de la empresa que los distribuye en otras comunidades, con doble cara, mejor calidad de la tarjeta y distintos colores para titulares, asalariados y a tiempo parcial.

La Consellería nos dice que tiene miles de tarjetas y que hasta que no las gaste no van a cambiar el modelo de la tarjeta porque supone tirar todo el material comprado. Nos comenta los problemas con las renovaciones de tarjetas, que van a sancionar al que renueve y no entregue su tarjeta identificativa.

 

  1. Tarifas apc de la Ribera Alta. Estudio y aprobación.

 

Fernando del Molino comenta que tiene muchos asociados de Alcira, y que no se ha consultado a nuestra asociación, por lo que propone paralizar la creación del área, y crear una mesa de trabajo con los Ayuntamientos y asociaciones del taxi para estudiar mejor la creación del área y los municipios que deben entrar.

El resto de asociaciones están de acuerdo con esta propuesta.

 

  1. Designación de un miembro de la comisión permanente del Consejo del Taxi para actuar como representante ante el Foro de Movilidad.

 

Este Foro de Movilidad es consultivo, y se reúne cada seis meses. Se acuerda que alternaremos una vez cada uno, entre Ismael Arraez y Fernando del Molino.

 

  1. Implantación de turnos rotatorios en el aeropuerto de Valencia. Ponente: José Ramón Giménez.

 

José Ramón solicita turnos en el Aeropuerto de Manises para limitar a dos letras cada día (un 20 % de los taxis de Valencia) y afirma que con esta medida y las tarifas fijas se acaban los abusos.

Fernando del Molino considera que con esta medida no se soluciona el problema, solo se reparte, y se ha demostrado que los abusos seguían con las tarifas fijas, que incluso se incrementaba en los servicios con destino al Aeropuerto, la forma de erradicar los abusos es con presencia de la Policía de Manises y de la inspección y sanciones ejemplares, además de la obligatoriedad de impresoras y tpv.

Fernando Ballester está de acuerdo con del Molino, y afirma que hay que implicar a la inspección, porque hay demasiados problemas en el Aeropuerto.

El Subdirector opina que con solo un 20 % diario hay peligro de falta de oferta de taxis en el Aeropuerto.

 

  1. Ruegos y Preguntas.

 

Fernando del Molino pregunta por el Estudio Económico y por la nueva Ley del Taxi.

El Subdirector nos comenta que el Estudio Económico sobre el APC de Valencia ya está finalizado, que sigue haciéndose el Estudio sobre el resto de la Comunidad Valenciana y que en unas semanas se nos convocará para darnos los resultados del mismo.

Asimismo nos dice que en unos días estará el informe del Consejo Jurídico y que en Junio se presentará el Proyecto definitivo en las Cortes Valencianas.

 

 

Sin más temas que tratar se da por finalizada la 15ª sesión de la Comisión Permanente del Consejo del Taxi de la Comunidad Valenciana.

 

 

 

LA JUNTA DIRECTIVA