La CNMC propone que las VTC y los taxis ejerzan el transporte escolar o sanitario en pueblos pequeños

Según recomienda la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en la España rural tanto unos como otros podrían hacer un buen servicio. Esta posibilidad ya estuvo sobre la mesa durante las negociaciones del llamado ‘decreto Ábalos’.

La CNMC propone que las VTC y los taxis ejerzan el transporte escolar o sanitario en pueblos pequeños
Un VTC en Madrid

La CNMC pide a las administraciones que tengan en cuenta a los taxis y a los vehículos de alquiler con conductor (VTC) en lugar de autobuses o ambulancias para determinadas rutas de transporte sanitario, laboral o escolar sobre todo en los pueblos pequeños.

OKDIARIO ya informó en septiembre de 2018 de que el Ministerio entonces de Fomento liderado por José Luis Ábalos ya contemplaba sustituir autobuses por VTC y taxis en la España rural como modo de dar salida a estas licencias de forma más eficiente.

CNMC cree que con este movimiento se pueden reducir costes y además dar un buen servicio a los usuarios. El regulador presidido por José María Marín Quemada cree que son «más convenientes» para «zonas rurales con baja densidad de población».

En el caso del transporte sanitario, apunta a la asistencia programada a centros hospitalarios para recibir tratamientos como diálisis, radioterapia o rehabilitación. También lo estima óptimo para el desplazamiento regular de empleados públicos.

El estudio de la comisión parte de las «quejas» que asegura haber recibido en los últimos años de operadores de transporte que consideran que las administraciones competentes les excluyen «injustamente» de los concursos públicos para realizar este tipo de traslados.

En su informe, constata que, en España, las rutas de transporte escolar y laboral se realizan «mayoritariamente en autocares», y las sanitarias, «en ambulancias».

Así, tras analizar medio centenar de licitaciones de este tipo de transportes realizadas por las administraciones en los últimos años, la CNMC concluye que en alguna de ellas «se ha restringido la participación de operadores, resultando en ocasiones perjudicados los taxis y los operadores de VTC».

Ahorro público

Además, estima que estas limitaciones, «en muchas ocasiones fruto de las regulaciones», han supuesto «un mayor coste para las arcas públicas y menores incentivos para prestar un servicio de calidad».

De esta forma, todo ello incumple el principio de «buena regulación», al habilitarse unas dotaciones «no necesarias y proporcionadas para el interés general».

Por todo ello, recomienda «evitar las discriminaciones entre licencias de taxi y VTC, y que el operador tenga que disponer de una licencia local de transporte».

Asimismo, insta a las administraciones a no imponer un determinado vehículo en función del número de pasajeros de la ruta, a «aclarar» la regulación del transporte sanitario no asistido y no urgente, y, además, a fijar una duración de las adjudicaciones del servicio «que no resulte excesiva en función de las inversiones que haya que realizar».

Publicado por OK diario.

Los taxis estallan contra Competencia

El colectivo acusa al regulador, dependiente de la Generalitat, de «fomentar el monopolio de las VTC». La entidad criticó en un informe la regulación que ultima el Consell por perjudicar a los usuarios y favorecer a los taxistas

Una de las concentraciones de taxistas celebradas en Valencia para exigir la regulación de las VTC . JOSÉ CUÉLLAR

A los taxistas no les ha gustado precisamente el polémico informe de la Comisión de Defensa de la Competencia (CDC) sobre el decreto que ultima el Consell para regular la actividad de los servicios de vehículos con conductor (VTC). Como informó ayer este periódico, la entidad, dependiente de la Conselleria de Economía, ha expuesto en un dictamen emitido esta semana que la normativa de la Generalitat -pendiente de ser aprobada- perjudica a las empresas VTC y a los usuarios y beneficia en exclusiva a los taxis. El regulador sostiene en este informe que los requisitos exigidos por parte de la administración autonómica a los operadores (la precontratación del servicio con 15 minutos de antelación, las prohibiciones en materia de estacionamiento y geolocalización y las exigencias relacionadas con la sustitución de vehículos que prestan el servicio VTC) son desproporcionados, injustificados y discriminatorios porque quiebran la libre competencia en el sector y limitan su actividad en la Comunidad.

El taxi no se ha quedado de brazos cruzados y ayer lanzó un ataque en tromba contra el organismo de la Generalitat, tachando de «sesgado» el citado informe y acusando a la entidad de querer «beneficiar a las multinacionales» del negocio VTC. Por su parte, Unauto, la patronal de las VTC, se agarró al informe de Competencia para presionar aún más al Consell y exigirle que retire el decreto que regula su actividad en la región.

A esta presión, pero en sentido contrario, se sumó el taxi, que reclamó al Gobierno de Ximo Puig olvidarse del pronunciamiento de Competencia y meterlo en un cajón.

«DESCARO»

La Confederación de Taxistas Autónomos de la Comunidad Valenciana cuestionó «la objetividad del informe» emitido por la Comisión de Defensa de la Competencia. Para el colectivo -la asociación mayoritaria del sector en la región-, «las distintas comisiones de la Competencia están despilfarrando dinero público para beneficiar a empresas multinacionales con todo el descaro del mundo, permitiendo y fomentando el monopolio (que es contra lo que deberían luchar), emitiendo informes sesgados, y denunciando toda regulación del sector de la VTC, ignorando sentencias de tribunales europeos y directivas europeas, ignorando sentencias del Tribunal Supremo y leyes nacionales de transporte y lo que es peor, perdiendo muchas de las demandas en las que intervienen».

Según la confederación, «los gobernantes no pueden permitir que las multinacionales y sus intereses económicos dicten la política de transporte de las ciudades, ignorando y menospreciando las garantías del servicio, las condiciones laborales, la saturación del tráfico y del medio ambiente o la seguridad de los ciudadanos».

Los taxistas insistieron en que «si los gobiernos autonómicos de toda España han denegado desde hace años las solicitudes de autorizaciones de VTC por sobrepasar el ratio que marca el desequilibrio entre Taxis y VTC (1/30) llegando incluso al Tribunal Supremo, ahora no pueden dejar a este sector tan importante con la situación de desequilibrio y sin regulación autonómica porque lo diga un informe que solo tiene en cuenta un punto de vista de la competencia (el mismo informe en su página 17 dice que no tendrá en cuenta la legalidad del Decreto, ya que su labor es valorar si se trata de una regulación no restrictiva y favorecedora de la Competencia)».

La asociación mantuvo que «confía en la responsabilidad de los legisladores valencianos y que al igual que han hecho Catalanes, Aragoneses, Baleares y Vascos (de distintos y variados partidos políticos) se pongan al lado de la legalidad, la sostenibilidad y la seguridad, y regulen de forma clara a las VTC».

«LAGUNAS»

Desde Unauto VTC, la asociación mayoritaria en el sector de alquiler de vehículos con conducto, se felicitaron por el informe de Competencia. El presidente de Unauto VTC Comunidad Valenciana, Ricardo González, solicitó a la Generalitat que lo «tenga en cuenta» y que «no siga adelante» con un proyecto, que según advirtió, «tiene importantes lagunas».

De lo contrario, se aboca al sector a no poder operar, a pérdidas económicas y a acudir a los tribunales, y la Generalitat se arriesga a tener que pagar «indemnizaciones» a los propietarios de licencias, informa Europa Press. Según González, este informe va «en consonancia» con los que han elaborado los órganos de Competencia de otras CCAA.

Publicado por El Mundo.

Segunda condena en un mes para la CNMC por vulnerar los derechos de su plantilla en Barcelona

El TSJC ratifica la condena al ‘súperregulador’ por no aplicar el convenio que llegó a pactar en diciembre de 2016 con la plantilla de la extinta CMT

Fuentes de la CNMC descartan recurrir al Supremo, por lo que la sentencia devendría firmeAntonio M. Vélez

17/02/2019 – 20:42h

Marín (CNMC) recuerda que los ceses en la CMT son anteriores a su presidencia
José María Marín Quemada, presidente de la CNMC. EFE

más INFO

Segunda condena en un mes para la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por vulnerar los derechos de su plantilla en Barcelona, personal laboral (unas cien personas) procedente de la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT).

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ratificado la condena que en mayo de 2017 recibió la CNMC por vulnerar el derecho a la negociación colectiva de esos trabajadores al no aplicar el convenio colectivo que pactó con ellos en diciembre de 2016.

Teniendo en cuenta que la sentencia confirma el criterio del juez laboral “de conformidad con reiterada doctrina jurisprudencial ampliamente citada en la sentencia de instancia”, fuentes de la CNMC se inclinan en descartar la presentación de un recurso en el Tribunal Supremo, ya que difícilmente sería admitido. La sentencia devendría así firme.

La resolución, fechada el 24 de enero, desestima el recurso de la CNMC -que pedía no aplicar el acuerdo- y el de los trabajadores -que habían reclamado aplicarlo como convenio colectivo- y ratifica la anterior resolución, que dispuso que el acuerdo entre organismo y trabajadores se aplicase como acuerdo colectivo con efectos desde el 1 de febrero de 2017.

La sentencia de primera instancia censuró la “dejación de funciones por parte de los correspondientes órganos administrativos” del Gobierno de Mariano Rajoy a la hora de emitir una serie de informes solicitados por la CNMC sobre el convenio, silencio en el que el organismo se escudó para no aplicarlo.

“La Administración, como señala el Magistrado de instancia, ha tenido ocasión para actuar en cumplimiento de sus obligaciones legales pero no lo ha hecho así y lo que no puede hacer es convertir en ineficaces los derechos constitucionales de los afectados exigiendo informes no preceptivos u omitiendo la emisión de aquéllos que son preceptivos”, razona el TSJC.

Al establecer que el convenio se aplique como acuerdo colectivo, se quedarán fuera de esas eventuales mejoras, según fuentes sindicales, los trabajadores de la antigua CMT que en 2017 tenían su centro de trabajo en Madrid -entre 10 y 20 personas- y todas las incorporaciones de las ofertas de empleo público de 2016 y 2017, “con lo que seguiremos teniendo grupúsculos de condiciones exóticas”.

Fuentes de la CNMC aseguran que la intención es homogeneizar las condiciones de todo el personal laboral, algo que no ha hecho en más de cinco años y que ahora tendría que lograr con un Gobierno en funciones.

Sucesión de condenas

Esta nueva sentencia vuelve a poner en evidencia la política de recursos humanos del súperregulador creado por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2013, muy cuestionado desde entonces por sus resoluciones. El organismo ya fue condenado en 2015 por incumplir el convenio del personal laboral de la antigua CNE en Madrid, sentencia que fue revocada parcialmente en segunda instancia y está pendiente de resolución. La entidad lleva más de un año sin convocar la comisión negociadora de Madrid y la negociación del convenio está en punto muerto.

Como excusa para no aplicar el convenio que llegó a pactar en Barcelona, el organismo se escudó en las reticencias de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) a abrir la mano con un presupuesto que es “limitativo” y que requiere del visto bueno de Hacienda para aplicar las mejoras salariales que reclama su personal laboral, mayoritario en la entidad.

El pasado 28 de diciembre, el juzgado de lo social 33 de Barcelona también condenó a la entidad “a acordar con los representantes de los trabajadores el sistema de ascensos dentro del sistema de clasificación profesional del centro de trabajo de Barcelona”; declaró infringido el derecho a la promoción profesional de ese personal y le emplazó a que, “sin demora, inicie el procedimiento de promoción profesional para cubrir las plazas vacantes” en esa sede.

En esa sentencia, el juez criticó la “falta de voluntad” y el “dudoso ánimo negociador” de la dirección de la Comisión para acordar con sus trabajadores de Barcelona un sistema que garantizase el derecho a promocionar a otras plazas, “manifestando de forma retirada diversas excusas dilatorias” que “han servido de excusa para impedir, hasta ahora, iniciar las correspondientes reuniones bilaterales para llegar a un acuerdo”.

Publicado por el Confidencial.

El presidente de la CNMC rechaza “prohibir” compañías como Uber o Airbnb

José María Marín Quemada, presidente de la CNMC

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José María Marín Quemada ha rechazado “prohibir” la actividad de nuevas empresas como Uber o Airbnb porque su irrupción “no se puede ni se debe parar”, ya que entrañan ventajas incuestionables para los consumidores.

El presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha apuntado, en una entrevista con Actualidad Económica, que España ha “optado por prohibir”, mientras en Asia “se defienden de Uber y Airbnb creando otros Uber y Airbnb locales”.

La solución pasa por “encontrar un equilibrio”, porque “prohibir tiene muy poco mérito intelectual” en las sociedades maduras que “razonan, debaten y analizan los pros y los contras”, ha puntualizado.

Algunos colectivos piden prohibir este tipo de empresas, exponiendo que no pagan los suficientes impuestos y que no respetan la legislación laboral, pero el conflicto no puede resolverse con “la resistencia numantina”, ya que “en el mejor de los casos únicamente se va a retrasar lo inevitable”.

En su opinión, hay que “adaptarse, replantearse si los clientes no le están abandonando a uno porque no los atiende como es debido y preguntarse si no debería desarrollar una aplicación o facilitar el pago con tarjeta o móvil”.

“Lo que no es de recibo es paralizar las ciudades y los aeropuertos y forzar al Gobierno a legislar barreras artificiales, como que los VTC deben ser grandes y oscuros”, ha insistido.

La tecnología ha revolucionado la movilidad urbana, “con fórmulas que van desde los Uber y Cabify hasta los coches compartidos, pasando por las motos eléctricas y las bicicletas que se localizan con el móvil”, ha añadido.

Marín Quemada ha considerado que el tejido empresarial vive “uno de esos periodos de transición que se caracterizan por el temor de los que no quieren que cambie nada y la agresividad de los que quieren que cambie todo”.

La era digital ha impulsado el nacimiento de nuevas compañíasque han cambiado la filosofía empresarial, como Amazon, que no ha orientado su modelo de negocio en un solo producto, sino que comercializa artículos muy diversos entre sí.

Incluso compañías como Uber o Airbnb han cambiado la mentalidad empresarial, ya que han pasado de tener un producto y venderlo a los clientes a ver qué clientes tienen para venderles un producto.

Otras compañías más tradicionales también han diversificado su modelo de negocio, como Telefónica, que obtiene la mitad de su facturación “de los contenidos audiovisuales y otras actuaciones”, ha indicado el presidente de la CNMC.

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Publicado por Expansión.

Competencia carga contra las últimas restricciones a las licencias de Uber o Cabify

Taxis y vehículos de alquiler con conductor (VTC) coinciden en las calles de Madrid.
Taxis y vehículos de alquiler con conductor (VTC) coinciden en las calles de Madrid.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha requerido al Gobierno para que derogue los últimos requisitos aprobados en diciembre para las empresas que utilizan licencias VTC (para vehículos de alquiler con conductor), como Uber o Cabify. Advierte, además, de que acudirá a los tribunales en caso de que no se anulen. El Ministerio de Fomento aprobó el pasado diciembre un real decreto con una serie de medidas que frenaba la expansión de las empresas que utilizan este tipo de licencias VTC. Entre otras cosas, el real decreto estableció que las licencias VTC no pueden venderse en los dos años siguientes a su adquisición y las empresas que las usan deberán inscribir en un registro único todos los servicios que se contraten antes de su realización.

Publicado por El País.

La CNMC quiere que Uber también pueda circular por el carril bus

Carril bus del Paseo de Gracia de Barcelona.

Carril bus del Paseo de Gracia de Barcelona.EFEEXPANSION

POR I. DE LAS HERASMADRID

El regulador considera que los ayuntamientos de Madrid o Barcelona imponen restricciones a los VTC que les impiden competir con los taxistas. El conflicto no solo está en las licencias y en la forma de recoger clientes, sino también en los propios códigos de circulación.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) quiere que los ayuntamientos, entre ellos los de Madrid, Barcelona, Valencia, Córdoba, Palma de Mallorca y Granada, levanten las actuales restricciones a los vehículos de transporte con conductor (VTC) relacionadas con la circulación por el carril bus y permitan a estos operadores aparcar sin límite en zonas de estacionamiento restringido.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) quiere que los ayuntamientos, entre ellos los de Madrid, Barcelona, Valencia, Córdoba, Palma de Mallorca y Granada, levanten las actuales restricciones a los vehículos de transporte con conductor (VTC) relacionadas con la circulación por el carril bus o la posibilidad de aparcar sin límite en zonas de estacionamiento restringido.

“Esta Comisión no observa a primera vista motivo alguno que justifique la diferencia de trato entre el taxi y el VTC en cuanto al ejercicio de la actividad” en aspectos como “el acceso a carriles o zonas restringidas, así como la exclusión de los límites de duración del estacionamiento”, asegura el organismo presidido por José María Marín Quemada en uno de los seis informes publicados este viernes de seguimiento de la Ley de la Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM).

El organismo defiende un trato igualitario entre el taxi y servicios como Uber y Cabify, lo que también pasa por dar acceso a estas últimas a concursos públicos de transporte convocados por los ayuntamientos. Sus consideraciones son fruto de una denuncia presentada por un operador de VTC, en la que se advierte de que, en varias ciudades, “los taxistas cuentan con ventajas a la hora de acceder al carril bus, zonas de circulación restringida o falta de limitaciones a la duración del estacionamiento”.

Al analizar la cuestión, la CNMC toma como punto de partida la existencia de restricciones a un grupo concreto de operadores en un negocio en el que el taxi y los VTC son “son competidores”. “Pese a las diferencias entre la actividad de taxi y la de VTC, ambas pueden considerarse competidoras en el subsector de transporte discrecional de pasajeros en vehículos de turismo”, afirma. Los taxis tienen “ventaja” al acceder a “carriles bus o zonas de circulación restringida, así como en cuanto a falta de limitaciones a la duración del estacionamiento”, añade.

La ordenanza municipal de Madrid exime a los VTC de la limitación en la duración del estacionamiento al igual que el taxi, pero este beneficio no se establece con la misma amplitud que para el caso del taxi, pues el conductor de VTC debe encontrarse presente en el vehículo, mientras el conductor de taxi puede abandonarlo momentáneamente por necesidades del servicio. En Barcelona, la ordenanza reserva el uso del carril bus a taxis e incluso les permite, en ciertos casos, efectuar giros y emplear viales prohibidos para otros vehículos.

Publicado por Expansión.

Las protestas de los taxistas llegan al Parlamento

POR MIGUEL

La mesa de la cámara autonómica admite a trámite una iniciativa de los taxistas contra el dictamen de Competencia

La Mesa del Parlamento andaluz ha admitido a trámite una pregunta de iniciativa ciudadana formulada el pasado 22 de septiembre por la Federación Andaluza de Autónomos del Taxi (FAAT) para que la Cámara autonómica se pronuncie públicamente en defensa del actual marco regulador de este servicio público de transporte urbano de viajeros, según ha informado la Asociación de Taxistas Autónomos de Córdoba (Auttacor) a través de una nota de prensa.

La iniciativa fue formulada por FAAT en medio de la tormenta nacional desatada a raíz de un dictamen de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra aspectos centrales de las ordenanzas municipales del taxi de Córdoba y Málaga. La CNMC defiende la desregulación absoluta del sector, lo que conduciría al control del taxi por parte de las multinacionales, la más que previsible subida de las tarifas y la precarización de las condiciones de trabajo de los profesionales.

Las dos ordenanzas reprobadas por Competencia fueron elaboradas al amparo del reglamento aprobado por la Junta de Andalucía y, por tanto, los taxistas andaluces confían en que la administración autonómica y el Parlamento regional defiendan su capacidad competencial. FAAT pide en su iniciativa al Pleno del Parlamento andaluz que apoye que el servicio público de taxi siga sujeto a una “regulación que predetermine el número máximo de licencias en cada uno de los distintos municipios y sujeto a una tarifa pública”. También subraya la conveniencia de que siga siendo prestado por “trabajadores autónomos y entidades de la economía social frente a las grandes multinacionales”.

Y, en todo caso, la iniciativa de los taxistas solicita a la Junta que se oponga “en sede jurisdiccional a los requerimientos” que la CNMC ha efectuado en relación a las ordenanzas municipales de Córdoba y Málaga. El dictamen de Competencia, de prosperar, representaría un golpe mortal contra el actual modelo de servicio público del taxi, lo que ha llevado a una gran movilización general del sector, que mantendrá su agenda de protestas en las próximas semanas./CORDOPOLIS

Publicado por Infotaxi.

La CNMC presiona para liberalizar el taxi en contra de los intereses de usuarios y el sector, alerta FACUA

POR MIGUEL

La asociación defiende un servicio que garantice los derechos de los usuarios y un régimen de precios máximos autorizados.

FACUA-Consumidores en Acción muestra su desacuerdo con los requerimientos emitidos por la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) sobre el sector del taxi al considerar que se pone en riesgo la protección de los derechos de los consumidores.

Para Competencia, la limitación de licencias o la fijación de tarifas son “obstáculos a la competencia efectiva” del sector y aboga, entre otras cosas, por que los Ayuntamientos no establezcan dichos precios máximos, para fomentar “un comportamiento competitivo entre los operadores”.

Según la CNMC, los Consistorios no deberían imponer turnos ni horarios a los taxistas, ni tampoco deben limitar mediante permisos la colocación de publicidad en sus vehículos o crear radioemisoras. Este verano, el regulador ha pedido incluso a los ayuntamientos de Málaga y Córdoba que derogaran varios artículos de sus nuevas ordenanzas, advirtiéndoles de que las impugnarían ante los tribunales.

Regulación que garantice un servicio óptimo

FACUA defiende un servicio público del taxi regulado y sometido a planificación, con garantías suficientes de información sobre sus condiciones, calidad, precios, seguridad y accesibilidad para que el servicio sea óptimo. Por ello, no comparte, en sus elementos básicos y sustanciales, el informe emitido por la CNMC que supone una auténtica apuesta por desregular el servicio púbico del taxi, sin que ello necesariamente deba llevar aparejado por sí mismo mayores beneficios para el consumidor, mejoras del servicio o más competencia.

Este sector debe estar regulado, señala la asociación, y debe tener claramente definido el marco de derechos y obligaciones de los usuarios del servicio, los parámetros y/o niveles de calidad del servicio exigibles y un marco tarifario sometido a régimen de precios máximos autorizados, así como estar sometido a licencia y garantizar su accesibilidad a los usuarios que lo soliciten o requieran del mismo. FACUA advierte de que la forma de luchar contra los abusos y la discriminación en este servicio es con la planificación y la regulación, con unas tarifas claras y garantistas para el consumidor.

La asociación comparte, por el contrario, algunos aspectos analizados por la CNMC en los citados requerimientos, como la exigencia de requisitos de antigüedad de los vehículos que presten el servicio referidos a una antigüedad máxima para que puedan estar en servicio y la regulación de unas condiciones de limpieza y comodidad o confort del vehículo así como que el usuario tenga reconocido su derecho a elegir el mismo.

Competencia critica que se imponga la bajada de bandera en el lugar en el que se encuentre el vehículo en los servicios solicitados a distancia y no en el lugar en el que efectivamente se recoja al pasajero. De esta manera el regulador aboga por que no se imponga como obligación sino que se ofrezca la libertad de elección a los taxistas para bajar la bandera en el lugar donde se encuentren o cuando el pasajero entre realmente en el vehículo.

FACUA rechaza esta posición del regulador y alega que se queda a medias, en lugar de defender que la bajada de bandera se produzca cuando el pasajero entre en el coche, evitando así un agravio económico injusto para el usuario.

Asimismo, FACUA considera también que deben establecerse requisitos claros para prestar el servicio relacionados con los conductores: formación, capacitación, condiciones de prestación del servicio, etc.

Publicado por Infotaxi.

El Supremo cuestiona la legalidad de la CNMC y pide opinión a la UE

El Tribunal solicita a la Justicia Europea que aclare si la creación del ‘superregulador’ español vulnera la independencia de los supervisores

RAMÓN MUÑOZ Madrid

El Tribunal Supremo ha puesto en duda la legalidad de la creación en 2013 de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) comosuperregulador en sustitución de los anteriores supervisores sectoriales (de telecomunicaciones, competencia y energía, entre otros) por entender que puede afectar a la independencia de esos organismos respecto al Gobierno en contra de las directivas comunitarias que regulan esta materia.

Por ello, el Supremo, en un auto fechado el pasado 3 de julio  al que ha tenido acceso EL PAÍS, acuerda plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tres cuestiones prejudiciales para conocer si la decisión adoptada por el Gobierno del PP se ajusta al marco regulador europeo.

En concreto, la primera cuestión es saber si es compatible con el marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas “la creación por el legislador nacional de un órgano de regulación y supervisión que responda a un modelo institucional de carácter no especializado, que fusiona en un solo organismo los órganos de control en el ámbito de la energía, las telecomunicaciones y la competencia, entre otros, existentes hasta entonces”.

Las otras dos cuestiones que plantea son si las condiciones de “independencia” de las autoridades nacionales de regulación en materia de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, a las que se refieren las directivas comunitarias, han de ser análogas a las requeridas para las autoridades nacionales de control de protección de datos personales, y si el cese anticipado de sus consejeros, en los términos en que ha tenido lugar, pudiera afectas a aquella independencia.

Bernardo Lorenzo, el último presidente de la CMT, denunció su cese por ilegal 

Y es que el proceso iniciado en el Supremo se produce a instancias delanterior presidente de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), Bernardo Lorenzo, y del consejero de este organismo Xabier Ormaetxea que recurrieron ante el Tribunal la decisión del Gobierno de cesarles en sus cargos en octubre de 2013, coincidiendo con la creación de la CNMC. Argumentan en su recurso que su cese forzado se trataba de un acto nulo al producirse antes de expirar el término de su mandato, inicialmente previsto de seis años, y sin concurrir ninguna causa legal de cese.

El Ejecutivo de Rajoy decidió crear en 2013 la CNMC que aglutina en un solo organismo las funciones de varios supervisores: la Comisión Nacional de Energía, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de la Competencia, el Comité de Regulación Ferroviaria, la Comisión Nacional del Sector Postal, la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria y el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales. La razón que dieron fue la necesidad de mejorar la coordinación y de reducir los costes del conjunto de los organismos.

Críticas de la Comisión Europea 

La Comisión Europea se mostró muy crítica con esta decisión por entender que socavaría la independencia en sectores como las telecomunicaciones electrónicas y energía, también discrepaba el nombramiento de los miembros del Consejo, la financiación y la atribución de competencias a la misma autoridad.

En esa línea, el auto del Supremo señala que “es cuestionable” si la fusión en un solo órgano de regulación de los anteriores supervisores resulta compatible, en concreto, con la configuración de los órganos nacionales de regulación en materia de redes y servicios de comunicaciones electrónicas que se desprende de la Directiva 2002/21/CE que “exige que las autoridades nacionales dispongan de un órgano regulador propio, no integrado en otro superior, de modo que quede suficientemente garantizada no solo su independencia sino también su capacidad y competencia técnica”.

El Supremo también pone en duda “la existencia de razones suficientes para considerar si, con ocasión de una reforma legal que reordena la organización general de los órganos reguladores, es posible no respetar la totalidad del mandato de los consejeros y presidente de la CMT inicialmente previsto”, en este caso seis años, “ sin que los titulares del órgano hubieran incurrido en ninguna de las causas legales de cese”, siendo debido este, como única razón, a la aprobación de la CNMC.

Publicado por el País.

El Supremo cuestiona la legalidad de la CNMC y pide opinión a la UE

El Tribunal solicita a la Justicia Europea que aclare si la creación del ‘superregulador’ español vulnera la independencia de los supervisores

RAMÓN MUÑOZ Madrid

El Tribunal Supremo ha puesto en duda la legalidad de la creación en 2013 de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) comosuperregulador en sustitución de los anteriores supervisores sectoriales (de telecomunicaciones, competencia y energía, entre otros) por entender que puede afectar a la independencia de esos organismos respecto al Gobierno en contra de las directivas comunitarias que regulan esta materia.

Por ello, el Supremo, en un auto fechado el pasado 3 de julio  al que ha tenido acceso EL PAÍS, acuerda plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tres cuestiones prejudiciales para conocer si la decisión adoptada por el Gobierno del PP se ajusta al marco regulador europeo.

En concreto, la primera cuestión es saber si es compatible con el marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas “la creación por el legislador nacional de un órgano de regulación y supervisión que responda a un modelo institucional de carácter no especializado, que fusiona en un solo organismo los órganos de control en el ámbito de la energía, las telecomunicaciones y la competencia, entre otros, existentes hasta entonces”.

Las otras dos cuestiones que plantea son si las condiciones de “independencia” de las autoridades nacionales de regulación en materia de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, a las que se refieren las directivas comunitarias, han de ser análogas a las requeridas para las autoridades nacionales de control de protección de datos personales, y si el cese anticipado de sus consejeros, en los términos en que ha tenido lugar, pudiera afectas a aquella independencia.

Bernardo Lorenzo, el último presidente de la CMT, denunció su cese por ilegal 

Y es que el proceso iniciado en el Supremo se produce a instancias delanterior presidente de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), Bernardo Lorenzo, y del consejero de este organismo Xabier Ormaetxea que recurrieron ante el Tribunal la decisión del Gobierno de cesarles en sus cargos en octubre de 2013, coincidiendo con la creación de la CNMC. Argumentan en su recurso que su cese forzado se trataba de un acto nulo al producirse antes de expirar el término de su mandato, inicialmente previsto de seis años, y sin concurrir ninguna causa legal de cese.

El Ejecutivo de Rajoy decidió crear en 2013 la CNMC que aglutina en un solo organismo las funciones de varios supervisores: la Comisión Nacional de Energía, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de la Competencia, el Comité de Regulación Ferroviaria, la Comisión Nacional del Sector Postal, la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria y el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales. La razón que dieron fue la necesidad de mejorar la coordinación y de reducir los costes del conjunto de los organismos.

Críticas de la Comisión Europea 

La Comisión Europea se mostró muy crítica con esta decisión por entender que socavaría la independencia en sectores como las telecomunicaciones electrónicas y energía, también discrepaba el nombramiento de los miembros del Consejo, la financiación y la atribución de competencias a la misma autoridad.

En esa línea, el auto del Supremo señala que “es cuestionable” si la fusión en un solo órgano de regulación de los anteriores supervisores resulta compatible, en concreto, con la configuración de los órganos nacionales de regulación en materia de redes y servicios de comunicaciones electrónicas que se desprende de la Directiva 2002/21/CE que “exige que las autoridades nacionales dispongan de un órgano regulador propio, no integrado en otro superior, de modo que quede suficientemente garantizada no solo su independencia sino también su capacidad y competencia técnica”.

El Supremo también pone en duda “la existencia de razones suficientes para considerar si, con ocasión de una reforma legal que reordena la organización general de los órganos reguladores, es posible no respetar la totalidad del mandato de los consejeros y presidente de la CMT inicialmente previsto”, en este caso seis años, “ sin que los titulares del órgano hubieran incurrido en ninguna de las causas legales de cese”, siendo debido este, como única razón, a la aprobación de la CNMC.

Publicado por el País.