Ley de Movilidad (Articulos 52 y 53)

Artículo 52

Extinción

1. Las autorizaciones para la prestación del servicio de taxi se extinguen

por la concurrencia de alguna de las siguientes causas:

a) La renuncia de su titular, mediante un escrito dirigido al órgano que

concedió la autorización.

b) La resolución por incumplimiento del titular de los requisitos de la

autorización por no prestar servicio habitualmente en los términos que

reglamentariamente se determine, o por desarrollar su gestión o explotación

por cualquier forma no prevista por la presente ley y su desarrollo

reglamentario, una vez finalizado el correspondiente expediente

administrativo por resolución firme.

c) La revocación, por razones de interés público, con derecho a la

correspondiente indemnización económica, que ha de calcularse de

conformidad con los parámetros objetivos que determinan su valor real.

d) La caducidad de la autorización por no haber obtenido el visado una vez

transcurrido el plazo máximo y sus prórrogas, fijados legal y

reglamentariamente.

e) La extinción por sanción.

f) Por el arriendo, cesión o traspaso de la explotación de las autorizaciones

y de los vehículos afectos a las mismas.

2. En los casos de revocación de los títulos habilitantes por razones de

interés público, el órgano competente podrá ofertar, con carácter previo a la

instrucción del oportuno expediente de extinción, la posibilidad de que los

titulares interesados renuncien a su autorización en las condiciones que se

determinen en el reglamento que desarrolle la presente ley.

Artículo 53

Visado

El visado de las autorizaciones es la actuación mediante la cual la

administración constata de forma periódica, y sin perjuicio de las facultades

de inspección reguladas en la presente ley, el mantenimiento de las

condiciones que originariamente justificaron su otorgamiento.

En la normativa de desarrollo de la presente ley se regularán el

procedimiento y plazo para obtener el visado de las autorizaciones, así

como de las prórrogas que en su caso se establezcan para el cumplimiento

de dicha obligación.