La nueva ITV exigirá identificar el origen de la reparación tras un rechazo

La nueva ITV obligará a los conductores a comunicar quién reparó los fallos detectadosRecientemente publicábamos en este blog de Autofit algunas de las novedades que traerá la nueva Inspección Técnica de Vehículos, una normativa que entrará en vigor a partir del próximo 20 de mayo de 2018.

De las novedades que afectan directamente a los conductores cabe recordar que la nueva norma facilitará la libre elección de la estación de ITV cuando el resultado de la inspección sea desfavorable o negativo.

Hasta ahora, era obligatorio presentarse a la nueva inspección en la misma estación donde rechazaron el vehículo en el plazo máximo de un mes. Si bien este plazo se mantiene, ofrece la posibilidad de repetir la inspección en una estación diferente a la que otorgó un diagnóstico negativo.

Por otra parte, en cuanto al sistema por el que se establece la fecha obligatoriapara la próxima revisión, la nueva norma señala que no se modificará la fecha prevista para la siguiente si el vehículo pasa la inspección por adelantado, siempre que este adelanto no supere un mes.

Sin embargo, esa no será la única novedad que afecta a los usuarios. Una vez ha sido publicado el nuevo Real Decreto que regulará la actividad de las ITV, y que como indicábamos aplicará desde mayo del año próximo, hemos podido conocer en profundidad los detalles de la ley y hemos encontrado otra novedad importante.

¿Qué deberás comunicar en la ITV?

De este modo, el Anexo II del Real Decreto en su apartado II (‘Normas para la cumplimentación del informe de inspección técnica de vehículos’), en su punto F señala: “Se hará constar el NIF o razón social del taller que efectuó la reparación o bien se anotará auto-reparación. Únicamente aplica en inspecciones con resultado favorable, de segunda fase o sucesivas“.

Así, al final del nuevo informe que deberán rellenar las estaciones de ITV, justo donde se indica si la inspección es ‘Favorable’, ‘Desfavorable’ o ‘Negativa’, se habilitará un espacio donde el inspector deberá consignar (en caso de una ITV favorable en segunda inspección o sucesivas) los datos básicos del taller que efectuó la reparación del defecto hallado anteriormente y que provocó el rechazo. Asimismo, la Administración sabrá si, por el contrario, el defecto ha sido subsanado mediante una ‘auto-reparación’.

Actualmente esta comunicación no es necesaria y muchos ‘manitas’ o talleres ilegales se han aprovechado de esta circunstancia para ocultar su actividad. Sin embargo, aunque la nueva ley no obligará a que sea un taller quien efectúe la reparación del defecto que motivó el rechazo en la ITV, desde Autofit no dejaremos de insistir en la importancia de que no dejes en manos de cualquiera tu seguridad y la de los tuyos: sólo un profesional de la reparación puede asegurarte un trabajo de calidad que no ponga en riesgo tu vida o la de tu coche.

Igualmente, sólo un taller podrá realizar una inspección eficaz previa a la ITV,que asegure que puedas superar a la primera la inspección y evites tener que volver a pasarla. Y es que la inspección comtempla un buen número de defectos graves que quizás desconozcas y que provocarán que tu ITV sea desfavorable, con los inconvenientes que ello implica.

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