ANOTA INFORMATIVA
Recordaros que el día 12 de Marzo de 2014 según resolución dictada por la Conselleria de Transportes , finaliza la ampliación del día de descanso semanal conocido como transitoria y entra en vigor la regulación horaria de 16 horas todo de obligado cumplimiento.
En vista de las numerosas dudas que surgen deciros que este miércoles solo descansaran las licencias terminadas en 6 – 7 y todos estaremos obligados a tener instalado el reloj de 16 horas.
La presente resolución se dicta de conformidad con la Orden
2/2014, de 6 de febrero, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio
y Medio Ambiente, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio
y la limitación diaria en la prestación de servicios de taxis en el Área
de Prestación Conjunta de Valencia, de conformidad con lo dispuesto en
su artículo 3 y en la disposición transitoria primera.
La falta de oferta de taxis adaptados a personas con discapacidad
aconseja eximir del régimen de descanso obligatorio a aquellas autorizaciones
que tengan adscrito un vehículo adaptado, con el objeto de facilitar
el acceso a estos servicios de transporte a este colectivo de personas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 85/2013,
de 28 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico
y Funcional de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y
Medio Ambiente, resuelvo:
Artículo 1. Prestación del servicio de lunes a viernes
La prestación del servicio de taxi en el Área de Prestación Conjunta
de Valencia se hará bajo el régimen de descanso obligatorio de un periodo
fijo semanal de lunes a viernes.
Artículo 2. Prestación del servicio los sábados y domingos
Todas y cada una de las licencias del Área de Prestación Conjunta
de Valencia descansarán un sábado o un domingo de cada semana, alternativamente,
en función de la numeración par o impar de la licencia.
Artículo 3. Distribución de los días de descanso
1. A partir del día de la entrada en vigor de esta resolución, los días
de descanso obligatorio de las autorizaciones de taxi adscritas al Área
de Prestación Conjunta de Valencia quedan distribuidos de la forma
siguiente:
Día de la semana Indicativo Terminación de la autorización
que descansa
Lunes B 2-3
Martes C 4-5
Miércoles D 6-7
Jueves E 8-9
Viernes A 0-1
Para las autorizaciones de taxi adaptadas a personas de movilidad
reducida, el día de descanso obligatorio queda distribuido de la forma
siguiente:
Día de la semana Indicativo Número de autorización de
taxi adaptado que descansa
Lunes B 490-1256-892
Martes C 2961-2958-2560
Miércoles D 188-2874
Jueves E 1010-1513-2892-1321
Viernes A 2600-1553-2068
2. Los días de descanso para las autorizaciones de taxi adaptados
irán señalizados mediante un identificador adhesivo que se adherirá en
lugar visible en el cristal posterior de los vehículos, y que consistirá en
la letra A, B, C, D o E, de acuerdo con el diseño que se establece en el
anexo I a esta resolución, y que serán colocados por los titulares de las
autorizaciones según el turno que corresponda