Desde la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia queremos ofrecer a sus afiliados información relevante del sector, si conoce alguna noticia, suceso o evento actual o futuro que considere importante háganoslo llegar a por email.

Desde la Federación Sindical del Taxi de Valencia y Provincia queremos ofrecer a sus afiliados información relevante del sector, si conoce alguna noticia, suceso o evento actual o futuro que considere importante háganoslo llegar a por email.

TRAMITACIÓN EN FEDERACIÓN DEL CHEQUE DE 300 €

Hasta el 22 de Julio de 2022

El Consell abre el 15 de julio el plazo para solicitar las ayudas directas a personas autónomas para paliar el incremento de costes energéticos.

  • Podrán solicitar las ayudas las personas físicas que cumplan estos requisitos:
    • Estar dadas de alta antes del 24 de febrero de 2022, y que a la fecha de publicación de la convocatoria continúen dadas de alta (12/07/2022).
    • Tener domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.

Se tramita en 2 PASOS.

PASO 1

CONSEGUIR LA CITA PREVIA CON HACIENDA

Podéis conseguir la cita previa desde casa con Hacienda en:
https://hisenda.gva.es/es/pla-reactiva-persones-autonomes
Solo necesitáis número de DNI, Teléfono y email.

SI vais a venir a Federación a tramitarlo:

  • Acceso por c/ Fragata Nº 6.
  • Sin Cita Previa.
  • Se atenderá por riguroso orden de llegada.
  • Solo se atenderá a las licencias en su día fijo de descanso:

LUNES: Licencias 6 Y 7
MARTES: Licencias 8 y 9
MIERCOLES: Licencias 0 y 1
JUEVES: Licencias 2 y 3
VIERNES: Licencias 4 y 5


PASO 2

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA TRAMITAR LA AYUDA DE 300€

  • Lo podéis tramitar en: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22706&version=amp
  • Haber conseguido la cita previa antes del día 22 de julio de 2022 (PASO 1).
  • DNI electrónico con los certificados en vigor y su Clave
  • Imprescindible acudir a federación dentro de la franja de tiempo y día asignado en la cita previa para presentar la solicitud.
El coste de la Tramitación será de 10 € (más IVA).
LA FEDERACIÓN SEGUIRÁ LUCHANDO POR UN SERVICIO PÚBLICO DEL TAXI SOSTENIBLE Y DE CALIDAD PARA EL USUARIO

LA JUNTA DIRECTIVA

NUEVAS AYUDAS DE 300€ DE LA GVA PARA COMBUSTIBLE

El Consell abre el 15 de julio el plazo para solicitar las ayudas directas a personas autónomas para paliar el incremento de costes energéticos.

La cuantía de la ayuda ascenderá a 300 euros por persona beneficiaria y podrán acogerse las personas físicas que tengan su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana; que acrediten mediante una declaración responsable que se han visto afectadas económicamente por el incremento de los costes energéticos; y que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Autónomos desde el 24 de febrero de 2022 hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGV.

El proceso de cita previa se iniciará a las 9 horas del 15 de julio y finalizará en la medianoche del 22 de julio. Posteriormente, en el plazo obtenido en esa cita previa, se deberá tramitar la ayuda.

Trámites presentación de solicitudes

Para el trámite de cita previa NO SERÁ NECESARIA LA FIRMA ELECTRÓNICA y únicamente servirá para indicar a las personas solicitantes una fecha y franja horaria concreta en la que podrán acceder al procedimiento telemático de gestión de la ayuda.

En esta fase únicamente deberá introducirse la identificación fiscal del solicitante de las ayudas (no de la persona representante), un correo electrónico y un teléfono de contacto. El sistema informará de la franja de tiempo y día asignado para presentar la solicitud.

En el segundo trámite de la solicitud -en el que se gestionará propiamente la ayuda de apoyo a las personas trabajadoras autónomas- SÍ QUE SERÁ NECESARIA LA FIRMA ELECTRÓNICA y sólo estará accesible para las y los interesados dentro del plazo asignado en la fase de cita previa.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es) a través del procedimiento ‘Solicitud de ayuda de apoyo a las y los trabajadores autónomos, inscritos como tales en el Régimen Especial de Autónomos, que desarrollan su actividad en los subsectores que se han visto especialmente afectados por el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia. Plan Reactiva’.

No obstante, todas las personas interesadas tendrán a su disposición en la página web de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico (https://hisenda.gva.es/es/) la información sobre la convocatoria, los documentos requeridos y un acceso directo a la sede electrónica para formular la solicitud.

LA JUNTA DIRECTIVA

RECOGIDA EN AEROPUERTOS Y PUERTOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

El pasado día 21 de Junio, la Conselleria de Transportes nos hizo llegar un comunicado, en el que a partir del 1 de Julio de 2022 se cambia la forma de comunicar los servicios de Taxi que se recogen en Aeropuertos y puertos de la Comunidad Valenciana:

Se ha estado trabajando en un trámite más reglado y que permite un mayor control de comunicaciones por parte de inspección y cuerpos y fuerzas de Seguridad. Las novedades más importantes son la obligatoriedad de usar un certificado digital o clave permanente para realizar el trámite, así como rellenar un impreso ya establecido, con los campos requeridos, que a su vez dejará un resguardo de confirmación del trámite presentado, de gran utilidad para llevarlo a bordo del vehículo, impreso o en formato digital en su dispositivo móvil, por ejemplo, por si fuera necesario.

La nueva comunicación se hará por este enlace:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22442

La Confederación presentó una solicitud de moratoria o alternativa distinta de comunicación, ya que no es fácil para un taxista tener la firma electrónica en su Teléfono y en pleno verano no es el mejor momento para un cambio de este calado.

La Conselleria nos contesta lo siguiente:

Se amplía el periodo transitorio de las comunicaciones para cargar en puertos, aeropuertos y, en su caso, estaciones ferroviarias y de autobuses, hasta el 7 de julio inclusive. Dicho plazo es improrrogable, se recuerda la obligación de disponer de firma electrónica.

Hasta el día 7 de julio también podrá usarse este enlace:

https://politicaterritorial.gva.es/es/web/transportes/taxis/recogida-de-viajeros-en-puertos-y-aeropuertos

Es importante aclarar, que la norma que regula la recogida en Puertos y Aeropuertos en la Comunidad Valenciana no ha cambiado (EN ESTACIONES DE AVE Y ESTACIONES DE AUTOBUSES SOLO PUEDEN RECOGER LOS TAXIS DEL MUNICIPIO O AREA DE PRESTACIÓN).

Resolución de la Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad
Sostenible, por la que se determinan los días de descanso obligatorio en la prestación
de servicios de taxis en el Área de Prestación Conjunta de Valencia para el año 2022, y
se aprueba el calendario de los días festivos.

La Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del Taxi de la Comunitat
Valenciana establece, de forma específica, en su artículo 15, la facultad de la
administración para tomar medidas de control de la oferta de taxis y de armonización
de la competencia entre los taxistas.

La Orden 7/2020, de 10 de agosto, de la Conselleria de Política Territorial, Obras
Públicas y Movilidad, por la que se regula el sistema de descanso obligatorio y la
limitación diaria en la prestación de servicios de taxi en el área de prestación conjunta
de Valencia, establece en su artículo 4.3 la posibilidad de dictar instrucciones mediante
resolución adaptando el régimen de descanso a la demanda real.

En aplicación de lo anterior, esta Dirección General dictó Resolución de 10 de
febrero de 2022 por la que se determinan los días de descanso obligatorio en la
prestación de servicios de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia para el
año 2022, y se aprueba el calendario de los días festivos, modificada mediante
resolución de 25 de mayo de 2022.

Habiéndose detectado una escasez de oferta de taxis en dicho ámbito territorial,
resulta conveniente reforzar el servicio durante los fines de semana del mes de julio.

Descarga el pdf aquí.

1-7-22-Resolucion-descansos-VLC_firmado

Descarga el pdf aquí.

RECLAMACIÓN JUDICIAL EN RELACIÓN CON EL DENOMINADO CARTEL DE LAS PETROLERAS

Desde Confederación de Taxistas Autónomos de la Comunidad Valenciana (CTACV), iniciamos una reclamación judicial colectiva de los daños y perjuicios causados por los operadores de hidrocarburos REPSOL, CEPSA y BP (British Petroleum), derivados de la existencia de acuerdos restrictivos de la competencia conocidos como CARTEL DE LAS PETROLERAS “RESOLUCIÓN (EXPTE. 652/07 REPSOL/CEPSA/BP)”.

Las petroleras afectadas son REPSOL, CEPSA y BP. Según nuestros abogados, si repostas en cualquier otra (incluida la cooperativa) que les compre el combustible a cualquiera de ellas también puedes reclamar.

Para ello, CTACV ha suscrito un acuerdo con un bufete experto en esta materia y con una amplia experiencia en estas cuestiones, como el CARTEL de Camiones, Cartel de Productos Lácteos, Cartel sobre libros de texto, etc. GLOBAL CS, que se encargaran de tramitar todas las reclamaciones que se realicen, para ello, debemos recabar una serie de datos.

Esta reclamación está abierta a todos los que repostaron entre 2007 y 2020 (las fechas pueden variar en función de las marcas), ya seas socio de CTACV o no. El bufete Global CS, tramitará también las reclamaciones de tus familiares, amigos o allegados.

Si estás interesado en esta reclamación rellena el cuestionario que encontrarás en https://taxival.org/cartel-petroleras/ y nos pondremos en marcha. Posteriormente te enviaremos un email para que nos firmes el encargo y nos facilites la documentación necesaria.

Tienes hasta el 1 de junio de 2022 para iniciar la reclamación del cartel de las petroleras, más adelante podrás presentar la documentación necesaria.

Los honorarios en caso de ganar la reclamación son del 25% de la reclamación para los socios de la Confederación, y el 30% para los no socios. A parte de estos honorarios no existen gastos, a no ser que haya que reclamar algún documento particularmente, esto es que haya que solicitar un informe a tráfico, o reclamar a través de un Burofax algún tipo de documentación. Pero la reclamación en sí no tiene gastos.

La cuantía que podemos recuperar rondará el entre 4 y 6 céntimos por litro repostado, incluidos intereses, aunque dependerá de la decisión del juez.

AHORA NO SON NECESARIAS LAS FACTURAS.

Línea de ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la subida de los precios de los carburantes.

La pasada semana, el Gobierno aprobó un Plan de Ayudas económicas al sector del Transporte (bonificación de 20 cts y cheque de 300 €), a las que ya se puede acceder.

  • Cheque de 300 € por licencia de Taxi:
  • Puede solicitarlo de forma sencilla (Consulta el tutorial al final) en el enlace habilitado por la Administración con DNI Electrónico, Certificado Electrónico o Clave Pin:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC50.shtml

TRAMITACIÓN EN FEDERACIÓN DEL CHEQUE DE 300 €

Hasta el 30 de Abril de 2022

  • Acceso por c) Fragata Nº 6.
  • Sin Cita Previa.
  • Se atenderá por riguroso orden de llegada.
  • Solo se atenderá a las licencias en su día fijo de descanso:
    • LUNES: Licencias 6 Y 7
    • MARTES: Licencias 8 y 9
    • MIERCOLES: Licencias 0 y 1
    • JUEVES: Licencias 2 y 3
    • VIERNES: Licencias 4 y 5
  • El coste de la Tramitación será de 10 € (Incluido IVA).

DOCUMENTACION NECESARIA

  • DNI Electrónico, Certificado Digital o Clave PIN con Contraseña en vigor.
  • Número de Cuenta (incluido IBAN).

TUTORIAL PARA TRAMITAR LA SOLICITUD

Puede solicitarlo de forma sencilla en el siguiente enlace:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC50.shtml

Es indispensable DNI Electrónico, Certificado Electrónico o Clave Pin.

Haz clic en el texto señalado.

Entrar con CLAVE PIN:

Para iniciar la tramitación solo tienes que introducir tu DNI en el campo señalado.
Una vez introducido el DNI aparece un nuevo campo para escribir la fecha de validez del documento. Rellénalo y pulsa sobre el botón “Continuar”.
Al hacerlo accedes al proceso de CLAVE PIN. Es indispensable tener instalada la aplicación en el móvil. Pulsa en el botón “Obtener PIN”
Aparecerán tus datos y un código. En el móvil con la aplicación de Clave Pin instalada se te proporcionará el PIN (tienes un ejemplo en la imagen siguiente). Escríbelo y pulsa “Acceder”.
Ejemplo de Clave PIN

Entrar con DNI electrónico o certificado Digital:

Tan sencillo como pulsar en el enlace marcado y seleccionar tu certificado. Si es DNI electrónico tendrás que poner la contraseña.

Solicitud de la ayuda de 300€:

Rellena los campos marcados (El numero de cuenta sin espacios) y pulsa sobre “Firmar y Enviar”.
Pulsa sobre “Continuar”.
Revisa bien los datos introducidos. Marca la casilla “Conforme” y pulsa sobre “Firmar y Enviar”
Si lo has hecho bien llegarás a esta pantalla donde te puedes descargar el justificante del trámite.

NOTA INFORMATIVA RENTA 2021

Se inicia la campaña de Renta 2021, la toma de datos se realizara desde el día 19 de abril hasta el 27 de junio.

    La cita previa podéis solicitarla en nuestra página web o por teléfono desde el mes de marzo, tenemos un número limitado de citas por lo que es conveniente reservarlas lo antes posible.

  Esta cita es tan sólo  para la confección de la toma de datos, la toma de datos se realizara por teléfono, te llamaremos nosotros durante el día seleccionado, la hora seleccionada será orientativa ,  la declaración se enviará una semana después por correo electrónico.

Cuando te llamemos tendrás que tener a mano la documentación siguiente:

  • Renta 2020 si no la hicimos nosotros.
  • Borrador de AEAT, lo pedimos nosotros será imprescindible la fecha de validez del DNI del declarante y cónyuge. Tendremos que ratificar el domicilio fiscal.
  • Los recibos de la contribución
  • Los informes bancarios.
  • Los certificados de rendimientos de trabajo  de empresas,  Seguridad Social, Mutuas, etc.
  • Datos de las actividades empresariales o profesionales que realices.
  • Las cantidades cobradas por alquileres y gastos de esos inmuebles.
  • Las cantidades cobradas por subvenciones incluidas por la compra de vehículos.
  • En caso de venta, los importes y fechas de compra y de venta de los bienes vendidos, ya sean  inmuebles, acciones, fondos de inversión o licencia.
  • Los certificados de rendimientos agrícolas o ganaderos
  • Los importes de las pensiones compensatorias a cónyuge o hijos
  • Los certificados de donaciones con derecho a deducción
  • Los certificados de minusvalías
  • Las aportaciones a fondos de pensiones
  • Informe de cantidades pagadas a hipotecas o cuentas vivienda.
  • Certificado pago a guarderías.                                                          

AVISO:
El que tuviera  la cuenta de Bankia que indique la nueva de Caixabank

RECLAMACIÓN JUDICIAL EN RELACIÓN CON EL DENOMINADO CARTEL DE LA DISTRIBUCION DE VEHICULOS EN ESPAÑA

Desde Confederación de Taxistas Autónomos de la Comunidad Valenciana (CTACV), iniciamos una reclamación judicial colectiva tras las diferentes sentencias en relación con el denominado CARTEL DE LA DISTRIBUCION DE VEHICULOS EN ESPAÑA (Expte. S/0482/13 Cártel de Fabricantes de automóviles, Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia de 23 de julio de 2015).

Para ello, CTACV ha suscrito un acuerdo con un bufete experto en esta materia y con una amplia experiencia en estas cuestiones, como el CARTEL de Camiones, similar a este, Cartel de Productos Lácteos, Cartel sobre libros de texto, etc. GLOBAL CS, que se encargaran de tramitar todas las reclamaciones que se realicen, para ello, debemos recabar una serie de datos.

Esta reclamación está abierta a todos los que adquirieron un vehículo entre el 01 de febrero de 2006 y el 31 de agosto de 2013 (las fechas pueden variar en función de las marcas), ya seas socio de CTACV o no. El bufete Global CS, tramitará también las reclamaciones de tus familiares, amigos o allegados.

Si estás interesado (seas socio o no, tengas aún el coche o ya no…), rellena el cuestionario que encontrarás en https://taxival.org/cartel-distribucion-vehiculos/ y nos pondremos en marcha. Posteriormente te enviaremos un email para que nos firmes el encargo y nos facilites la documentación necesaria. Debes tener preparado:

  • Factura del vehículo.
  • Ficha técnica.

Si no dispones de los documentos anteriormente citados, en el email que recibirás después de rellenar el formulario te informamos de que alternativas existen para poder conseguirlos.

Cada marca tiene una fecha máxima para iniciar la reclamación con toda la documentación necesaria.
Puedes iniciarla ya aquí.

Los honorarios en caso de ganar la reclamación son del 25% de la reclamación para los socios de la Confederación, y el 30% para los no socios. A parte de estos honorarios no existen gastos, a no ser que haya que reclamar algún documento particularmente, esto es que haya que solicitar un informe a tráfico, o reclamar a través de un Burofax algún tipo de documentación. Pero la reclamación en sí no tiene gastos.

La cuantía que podemos recuperar rondará el entre el 15% y el 25% del precio de compra del vehículo, incluidos intereses, aunque dependerá de la decisión del juez.

 

LA JUNTA DIRECTIVA

RENOVACIÓN DEL VISADO DE LA TARJETA DE TRANSPORTES (VT) 2022

Durante el 2022 todos los titulares de autorizaciones de taxi han de renovar la tarjeta de transportes el mes que les corresponda en función de la terminación de su DNI/NIE.

MES DE RENOVACIÓNTERMINACION DE DNI/NIE
enero1
febrero2
marzo3
abril4
mayo5
junio6
julio7
septiembre8
octubre9
noviembre0

Para poder realizar la renovación de la tarjeta de transportes es indispensable tener la siguiente documentación:

  • DNI electrónico/certificado digital.
  • ITV del vehículo en vigor.
  • Recibo y póliza del seguro a nombre del titula.
  • Boletín metrológico y verificación del mismo.
  • Capacitación profesional o tarjeta identificativa (conductor y/o asalariado).
  • Declaración de honorabilidad (conductor y/o asalariado).
  • Autorización para consulta de penales (DNI/NIE titular y/o asalariado).

Para los vehículos adaptados:

  • Certificado UNE 2694:2014 según Anexo VII RD 1544/2007.

LA JUNTA DIRECTIVA