Ayudas para nuevos autónomos 2019

Ayudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA), dentro del Programa de Fomento del Trabajo Autónomo en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2019. Trabajo.

Más información en:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18856&version=red

¿Qué se puede solicitar?

Objeto del trámite

La concesión de ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de las trabajadoras y trabajadores autónomos o por cuenta propia de la Comunitat Valenciana que, dentro del año natural de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (en adelante DOGV), hayan cotizado o estén en condiciones de cotizar al menos tres años y hasta un máximo de cinco años ininterrumpidamente, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Orden 15/2017, de bases reguladoras.

A estos efectos se consideran costes fijos de inclusión en el RETA los derivados de la afiliación y cotización por las contingencias previstas en el Título IV del Real decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

El objetivo de estas ayudas es la consolidación del empleo autónomo en la Comunitat Valenciana.

¿Quién puede iniciarlo?

  1. Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado de “Requisitos”.
  2. No podrán obtener la condición de personas beneficiarias las solicitantes en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 3 y 20 de las bases reguladoras y en el resuelvo tercero de la Resolución de convocatoria.

Requisitos

a) Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA).
b) Cumplir, dentro del año natural de la Resolución de convocatoria, un período de cotización mínimo de tres años y máximo de cinco años ininterrumpidos.
c) Desarrollar su actividad económica a título lucrativo, de forma habitual, personal y directa en la Comunitat Valenciana.
d) No contar con más de nueve personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena el día de publicación de la convocatoria en el DOGV.
e) Tener cumplidos 19 años de edad en la fecha de publicación, en extracto, de la Resolución de convocatoria en el DOGV.

EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES

  1. Sin perjuicio de las exclusiones previstas en el artículo 3 de las bases reguladoras, no podrán ser beneficiarias las personas en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias (artículo 20 de las bases reguladoras y resuelvo tercero de la Resolución de convocatoria):

a) Las personas trabajadoras incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
b) Quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad de capital, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella. Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia, cuando las acciones o participaciones de la persona trabajadora supongan, al menos, la mitad del capital social.
Se presumirá, salvo prueba en contrario, que la persona trabajadora posee el control efectivo de la sociedad cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1.º Que, al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre las personas socias con las que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.
2.º Que su participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte del mismo.
3.º Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.
En los supuestos en que no concurran las circunstancias anteriores, la Administración podrá demostrar, por cualquier medio de prueba, que la persona trabajadora dispone del control efectivo de la sociedad.
c) Las personas socias industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias a las que se refiere el artículo 1.2.a) de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
d) Las personas comuneras de las comunidades de bienes y las personas socias de sociedades civiles irregulares, salvo que su actividad se limite a la mera administración de los bienes puestos en común, a los que se refiere el artículo 1.2.b) de la citada Ley 20/2007.
e) Las personas socias trabajadoras de las sociedades laborales cuando su participación en el capital social junto con la de su cónyuge y parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado con los que convivan alcance, al menos, el 50 por ciento, salvo que acrediten que el ejercicio del control efectivo de la sociedad requiere el concurso de personas ajenas a las relaciones familiares.
f) Las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes a los que se refiere la Ley 20/2007, de 11 de julio.
g) Las personas miembros del Cuerpo Único de Notarios.
h) Las personas miembros del Cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, así como las del Cuerpo de Aspirantes.
i) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, que presten servicios, a tiempo completo, en los servicios de salud de las diferentes comunidades autónomas o en los centros dependientes del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por las actividades complementarias privadas que realicen y que determinen su inclusión en el sistema de la Seguridad Social, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional decimoctava del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
j) Cualesquiera otras personas que, por razón de su actividad, sean objeto de inclusión mediante norma reglamentaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.1.b) del citado Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

  1. Así mismo será motivo de exclusión, haber sido sujeto de resolución firme en vía administrativa de revocación o, en su caso, reintegro de subvenciones para la promoción del empleo autónomo, consistentes en la subvención de cuotas de la Seguridad Social, en los cuatro años anteriores a la presentación de la solicitud.
  2. Igualmente, estarán excluidas las personas trabajadoras autónomas cuyos rendimientos netos de actividades económicas obtenidos durante el ejercicio anterior al de la convocatoria, del que se disponga declaración del IRPF o Certificado Negativo de Hacienda que acredite la no obligación de presentación de declaración del IRPF, sean superiores a tres veces el importe de la base mínima de cotización de las personas trabajadoras autónomas que le corresponda por edad en cómputo anual

¿Cuándo solicitarlo?

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será DESDE EL día 21 de MARZO de 2019 HASTA EL día 3 de ABRIL de 2019, ambos incluidos (de acuerdo con la Resolución de convocatoria que en 2019 se ha publicado en el DOGV núm. 8507, de 15/03/2019).

IMPORTANTE: sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el registro electrónico de la Generalitat hasta las 23:59 horas del último día de plazo de presentación (hora oficial peninsular española).

¿Qué documentación se debe presentar?

  1. SOLICITUD general de subvención y ANEXO I a la misma (según modelos normalizados en formularios web disponibles en el trámite telemático).
    Tras su respectiva cumplimentación ambos formularios web han de firmarse electrónicamente en el propio trámite telemático.
  2. DOCUMENTACIÓN que debe acompañarse a la solicitud (es decir, a anexar en el trámite telemático):

a) DNI/NIF de la persona solicitante, si en la solicitud de subvención ha denegado a la Conselleria competente en materia de trabajo la autorización para que el órgano instructor compruebe, de forma directa y por medios telemáticos, sus datos de identidad.
Además, si de la comprobación efectuada por la Conselleria resultase alguna discordancia con los datos facilitados por la persona solicitante, el órgano instructor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla.

b) Documento acreditativo de encontrarse en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en el momento de la convocatoria.

c) Alta censal en Actividades Económicas.

d) Informe de vida laboral, actualizado.

e) Modelo normalizado de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado y firmado electrónicamente por la persona con poder suficiente para ello (este modelo figura como impreso asociado a este trámite y está también disponible en el trámite telemático). No será obligatorio presentar dicho modelo si ya se ha presentado con anterioridad ante la Generalitat y los datos y la cuenta bancaria no han experimentado variación, en cuyo caso será obligatorio indicar, en el apartado específico del formulario web de solicitud, el número de cuenta utilizado anteriormente y dado de alta a estos efectos.

f) A los efectos de lo dispuesto en el artículo 20.3 de las bases reguladoras, copia de la declaración de IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) del ejercicio anterior a la fecha de la convocatoria, o autorización al órgano instructor para que obtenga directamente dicha información de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

g) La documentación que, en su caso, permita a la persona solicitante acreditar que se encuentra en alguno de los supuestos incluidos en el artículo 21.1.a) de las bases reguladoras, conforme a lo que en ello se indique

h) Si en la solicitud de subvención la persona solicitante ha denegado a la Conselleria competente en materia de trabajo la autorización para que esta obtenga de forma directa, a través de certificados telemáticos, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Estado y Generalitat) y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán presentarse entonces los siguientes documentos acreditativos:

  • De la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la acreditación de que la persona solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • De la Tesorería General de la Seguridad Social, la acreditación de que la persona solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Del Instituto Valenciano de Administración Tributaria (IVAT), competente en materia de hacienda, la acreditación de que la persona solicitante no tiene deudas de naturaleza tributaria con la Generalitat.
    Dichos documentos deberán tener una vigencia de, al menos, cinco meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
    La Dirección General competente en materia de trabajo se reserva el derecho de requerir a la persona solicitante si la información obtenida presenta alguna incidencia o requiere alguna aclaración.

i) Declaración responsable de las ayudas recibidas o solicitadas en concepto de minimis por cualquier proyecto por la persona solicitante, incluidos los costes para los que se solicita apoyo, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso con indicación de importe, organismo, fecha de concesión y régimen de ayudas en que se ampara; o en su caso, declaración de no haber recibido ninguna. (Esta declaración se presentará según modelo normalizado incluido como impreso asociado a este trámite y disponible también en el trámite telemático).

j) Declaraciones responsables relativas a los siguientes extremos:

  • Cumplimiento de los requisitos incluidos en el artículo 13 de la Ley General de subvenciones para obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones públicas (esta declaración está incluida en uno de los apartados de la solicitud de subvención).
  • Concurrencia de cualquier otra ayuda recibida o solicitada con el mismo objeto (esta declaración está incluida en uno de los apartados del impreso de solicitud general de subvención).
  • Compromiso de comunicar cuantas solicitudes de subvención tramite en cualquier organismo público, relacionadas con la actividad subvencionada, a partir de la fecha de solicitud (esta declaración está incluida en uno de los apartados del referido Anexo I).
  • Compromiso de comunicar las ayudas en concepto de minimis recibidas de cualquier organismo público a partir de la fecha de la solicitud (incluido en uno de los apartados del Anexo I).
  1. El órgano instructor podrá, así mismo, recabar en cualquier momento la documentación original complementaria que considere necesaria para acreditar el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas en las bases reguladoras.
  2. Todos los documentos anexos a la solicitud que deba firmar la persona solicitante deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar la firma digital de la persona que los suscriba.

Impresos asociados

MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

Modelo de autorización del interesado para que la administración pública pueda obtener datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

[MINIMIS] DECLARACIÓN DE AYUDAS MINIMIS

Próximos Cruceros – 1 de abril

COSTA FORTUNA lunes 01/04/2019 (PENDIENTE DE CONFIRMAR EL SABADO 30/03/19 POR COMISARÍA A.P.V.)

Muelle previsto: CRUCEROS DOS

Hora de atraque prevista: 08:00 horas

Hora de desatraque prevista: 18:00 horas

Previsión de pasajeros en tránsito: 2031 pasajeros

Previsión desembarque: 438 pasajeros

Previsión embarque: 423 pasajeros

Idiomas mayoritarios: Italiano, Francés, Inglés, Chino, Alemán


MSC DIVINA lunes 01/04/2019 (PENDIENTE DE CONFIRMAR EL SABADO 30/03/19 POR COMISARÍA A.P.V.)

Muelle previsto: CRUCEROS UNO

Hora de atraque prevista: 08:00 horas

Hora de desatraque prevista: 14:30 horas

Previsión de pasajeros en tránsito: 3337 pasajeros

Previsión desembarque: 280 pasajeros

Previsión embarque: 325 pasajeros

Idiomas mayoritarios: Italiano, Francés, Inglés y Alemán


BERLIN lunes 01/04/2019 (PENDIENTE DE CONFIRMAR EL SABADO 30/03/19 POR COMISARÍA A.P.V.)

Muelle previsto: TRANSVERSALES

Hora de atraque prevista: 07:30 horas

Hora de desatraque prevista: 18:30 horas

Previsión de pasajeros en tránsito: 330 pasajeros

Previsión desembarque: No

Previsión embarque: No

Idiomas mayoritarios: Alemán


MARELLA EXPLORER 2   lunes 01/04/2019 (PENDIENTE DE CONFIRMAR EL SABADO 30/03/19 POR COMISARÍA A.P.V.)

Muelle previsto: PONIENTE

Hora de atraque prevista: 07:45 horas

Hora de desatraque prevista: 16:00 horas

Previsión de pasajeros en tránsito: 1903 pasajeros

Previsión desembarque: 207 pasajeros

Previsión embarque: No

Idiomas mayoritarios: Inglés


muellesdecruceros

EL CONSELL APRUEBA EL DECRETO LEY PARA REGULAR A LAS VTC

EL CONSELL APRUEBA EL DECRETO LEY PARA REGULAR A LAS VTC

Hoy día 29 de Marzo de 2019, el Consell ha aprobado el Decreto Ley que regulará a las VTC en la Comunidad Valenciana, ahora se abre un periodo de 30 días en los que debe ser convalidado por la Diputación Permanente.

Las medidas regulatorias que trae el Decreto Ley, aunque son insuficientes para evitar que las VTC dejen de hacer una competencia desleal al Taxi, son fundamentales para la sostenibilidad del sector en los próximos años, ya que de no haber regulación autonómica y municipal, las miles de VTC que están por salir en los próximos meses harán insostenibles a los dos sectores, precarizando paulatinamente el Servicio de Transporte, tanto el del Taxi como el de VTC.

Los partidos Políticos que están a favor de mantener el Servicio Publico del Taxi deberán demostrarlo en estos días convalidando el Decreto Ley, ya que el Partido Político que vote en contra, demostrará claramente que quiere desmantelar el Taxi, a favor de estas multinacionales, a costa de las garantías para el usuario en cuanto a la seguridad, la fiscalidad, el control de tarifas y de las condiciones laborales de los trabajadores de los dos sectores. 

Más de 7000 familias que viven del Taxi en la Comunidad Valenciana contestarán con su voto en las urnas del próximo día 28 de Abril a los gestos que haya tenido cada Partido Político hacia el sector durante estos días.

El Decreto Ley trae como principales aspectos:

  • 15 minutos de precontratación mínima.
  • Elevar a rango de Ley Autonómica la prohibición de circular y estacionar en vía pública sin contrato previo que ya existe en el Rott.
  • Prohibir la geolocalización en las app.
  • Dar más competencias a los Ayuntamientos, para regular con más detalle a las VTC en su ámbito urbano.

Con esto, al menos aseguramos una regulación de las VTC en la Comunidad Valenciana, viendo la incertidumbre del futuro político que se nos avecina en los próximos meses.

LA CONFEDERACIÓN SEGUIRÁ LUCHANDO POR UN SERVICIO PÚBLICO DEL TAXI DE CALIDAD PARA EL USUARIO

En Valencia a 29 de Marzo de 2019                                          

 La Junta Directiva

“CAMINANDO POR LA IGUALDAD, DERECHOS Y LIBERTADES”

La Federación Sindical del Taxi se une al espacio unitario CAMINANDO que agrupa a organizaciones y colectivos sociales, laborales, sindicales y políticos, y hacemos un llamamiento a la unidad de acción y a la movilización el día 6 de abril en una gran MANIFESTATIVO en Madrid. Porque sin igualdad real, no hay democracia

Observamos que no cesa la deriva antidemocrática con la vulneración de derechos, la precarización de la vida, el aumento de las desigualdades sociales, el empobrecimiento de la población el expolio de la naturaleza y el saqueo a los sectores populares que han impuesto las élites económicas y políticas con la crisis como excusa.

Hay que poner en marcha reformas fiscales, laborales y políticas que permitan disponer de los recursos económicos para evitar la inseguridad vital constante de no poder satisfacer las necesidades básicas de alojamiento, de acceso a recursos básicos (luz, agua, etc….) o a los servicios públicos esenciales como la sanidad, la educación, los servicios sociales, el transporte o las pensiones dignas.

La precarización de nuestras vidas en todos sus aspectos, el miedo y la inseguridad que provoca negar el acceso a los medios que garanticen una vida digna, es negar la democracia.

Además, aparece en la escena la extrema derecha, lo que comporta no solamente el retorno del discurso del odio, también una profundización de las políticas neoliberales y el ataque continuo al movimiento feminista.

Entendemos que solo desde la movilización social unitaria y sostenida en el tiempo se puede conquistar nuestros derechos y una vida digna, por lo cual proponemos la MANIFESTACION que se celebrara el sábado día 6 de abril a las 18 horas en Madrid desde la Glorieta Ruiz Jiménez a Callao.

Invitarnos a todos los colectivos, organizaciones, mareas… que comparten estos objetivos básicos a sumarse a esta MANIFESTACION.

¡Porque, si nos movemos, lo cambiamos todo!

Uber y Cabify dejarán de operar en Valencia con el nuevo decreto ley de la Generalitat

El motivo es que este viernes se aprueba el decreto ley de la Generalitat Valenciana que obliga a que la contratación de estos servicios se haga con un cuarto de hora de antelación, según UNAUTO

Archivo
Archivo / Getty Images

Uber y Cabify dejarán de operar en Valencia cuando entre el vigor el nuevo decreto ley de la Generalitat que regula las licencias VTC y que está previsto que se apruebe el viernes. El motivo, según explica Ricardo González, portavoz de UNAUTO,  la asociación mayoritaria en el sector de alquiler de vehículos con conductor, en la Comunitat Valenciana, es que el decreto ley de la Generalitat Valenciana obliga a que la contratación de estos servicios se haga con un cuarto de hora de antelación.

MÁS INFORMACIÓN

Fuentes de Uber y Cabify, han confirmado a Cadena SER que efectivamente dejarán de operar en la ciudad cuando entre en vigor el decreto ley de la Generalitat, si se aprueba el viernes.

El portavoz de UNATO, insiste que este ‘decreto a la catalana’, atenta contra el artículo 38 de la Constitución Española que permite la libertad de empresa y las normas de la Unión Europea donde se permite la unidad de mercado.

Precisamente este jueves se han presentado los resultados de una encuesta de opinión que revela cómo valoran los españoles al sector de las VTC y los últimos cambios en la regulación de las VTC. Según UNAUTO, el 67% de los españoles piensa que las autoridades no deberían limitar la aparición de nuevas formas de movilidad como Uber y Cabify.

Además, el 82% considera que las compañías como Uber y Cabify tienen un impacto positivo en la creación de nuevos puestos de trabajo y para el 76% estas  aplicaciones tienen un impacto positivo en la movilidad urbana.

El 81% de los ciudadanos cree que las autoridades deberían liberalizar el sector,igualando las condiciones para que tanto el taxi como los VTC puedan prestar servicio en las mismas condiciones. Además, aseguran que un 60%, cree que la regulación del conflicto entre el sector del taxi y el de las VTC debería corresponder al Gobierno central.

Un 77% de los ciudadanos valora negativamente la regulación aprobada recientemente por la Generalitat de Cataluña, mientras que un 64% está de acuerdo con la decisión de la Comunidad de Madrid de no acceder a las demandas del sector del taxi.

Publicado por La Ser.

Los taxis autónomos podrían llegar este mismo año a Nueva York

Los taxis autónomos podrían llegar este mismo año a Nueva York

22 Marzo 2019MARCOS BUREAU@marcosbureau

Si piensas viajar este año a la Gran Manzana es probable que tengas la oportunidad de apreciar el primer taxi autónomo de esta gran urbe estadounidense. De acuerdo con información dada a conocer por The Verge, Optimus Ride, una empresa con sede en Boston estaría lista para lanzar este servicio en Nueva York antes de que finalice este año.

Optimus Ride Street 1100x733

Optimus Ride presentará sus transportes autónomos en el Brooklyn Navy Yard, un complejo de fábricas donde trabajan alrededor de 8,500 personas. La primera parte del plan consiste en ofrecer el servicio de taxi autónomo a diversos negocios de esta área, así como a pasajeros del servicio de East River Ferry, que pronto establecerá un nuevo muelle en el Navy Yard.

Optimus Ride comenzará a operar en Nueva York

A diferencia de otros estados, Nueva York tiene regulaciones muy estrictas con respecto a los vehículos autónomos al grado de que exige que este tipo de transporte circule con una escolta policial en todo momento si van a desenvolverse por las calles de la ciudad. De hecho, los coches autónomos han encontrado un fuerte detractor en el alcalde de la ciudad, Bill de Blasio, quien aceptó a regañadientes de que Optimus Ride opere legalmente solo si: “Si este programa cumple con las leyes de seguros, con el reglamento de tránsito y si permanece confinado en el Navy Yard de Brooklyn, que es una zona privada, no tengo objeción que comience a funcionar”, aclaró.

Ni Uber, ni Apple, ni Waymo, una empresa de taxis regulares realiza el primer viaje autónomo con pasajeros en Japón

EN MOTORPASIÓN MÉXICONi Uber, ni Apple, ni Waymo, una empresa de taxis regulares realiza el primer viaje autónomo con pasajeros en Japón

Sin dejarse amilanar, Optimus Ride ha expresado su deseo de proporcionar viajes a los residentes de la comunidad de retiro de Paradise Valley en el norte de California, un estado donde la ley es más flexible en lo relacionado a los coches autónomos. El portavoz de la empresa señaló que: “Optimus Ride utiliza vehículos eléctricos de corto alcance (NEV, por sus siglas en inglés) que están diseñados para funcionar en entornos de hasta 40 kilómetros”.

Optimus Ride comenzará a operar en Nueva York

De acuerdo con la empresa, la tecnología que utilizan no solo sirve para hacer funcionar sus propios vehículos, sino que puede adaptarse a cualquier tipo de coche”.

Publicado por Motor Pasión.

Los conductores de Uber en Los Ángeles en huelga

Los conductores de Uber exigen que se revierta la bajada del 25% de su comisión por milla recorrida.

Los conductores de Uber en Los Ángeles en huelga

Los tiempos cambian. Si hace unos meses eran los conductores del taxi los que inundaban las calles de las grandes capitales, ahora le toca el turno precisamente a aquellos contra con los que se manifestaba la división más tradicional del transporte en las ciudades. Un precedente que ya se pudo ver en Barcelona hace pocos meses cuando el Gobierno de la Generalitat aprobaba la medida de precontrataciones para los vehículos VTC. Desde entonces los trabajadores de Uber y Cabify –que volvió semanas después con una tímida representación– se manifestaron por lo que consideraban el fin de su trabajo.

En Los Ángeles, la mayor parte de los conductores de Uber y Lyft han tomado la decisión de no recoger pasajeros a lo largo de un día completo. ¿El motivo? Uber ha reducido los porcentajes de pago de los conductores de la plataforma en esa región. Concretamente un 25%; lo que implica una reducción del precio por milla de 80 centavos a 60. Bajo este pretexto, los conductores de las plataformas llenaban las calles de la ciudad para protestar contra una situación que complica sus cuentas. Y no es la primera vez que los propios trabajadores de la plataforma avisan de la precariedad de trabajar para estas tecnológicas en Estados Unidos; una bajada de los precios implicaría complicar su llegada a fin de mes.PUBLICIDAD

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Igual que en México, una de las zonas en las que Uber ha sido mejor recibido, han sido los propios conductores los que han cargado con algunas de las situaciones que les ponen bajo el poder de la tecnológica. Víctimas de los robos de algunos clientes, amenazas por el sistema de puntuación y con problemas para llegar a fin de mes. Precisamente los mismos problemas que ahora sufren los trabajadores en Estados Unidos.

La elección de la fecha tampoco es aleatoria. Además de bajar el margen de beneficio de los conductores, aumentando de esta manera el de Uber, estos saben de uno de los anuncios más relevantes para la tecnológica. Uber se prepara para una de las salidas a bolsa más grandes de la historia de los mercado. Por este motivo, desde el punto de vista de los conductores, Uber debería asegurar los 28 dólares por hora con la idea de llegar a un sueldo digno.

En este punto, tienen cuidado de usar las palabras de sueldo mínimo. El sistema de Uber en Estados Unidos es el original de la plataforma: conductores independientes, por lo que no pueden acceder a sueldo mínimo establecido, pero sí suficiente como para sobrevivir. En contra de lo que se suele comentar de la actividad de los conductores en Estados Unidos, los cuales teóricamente utilizan la plataforma para completar su sueldo. Según el estudio de la New School y la Universidad de California, la mayor parte de los profesionales tienen a estas plataformas como su único medio de vida. Desde su punto de vista, un cambio en la economía del país –donde hay un crecimiento en la oferta de empleo– podría hacer emigrar a muchos de estos trabajadores a otros trabajos más rentables.

Publicado por Hipertextual.

EL TAXI AUTÓNOMO YA ES UNA REALIDAD: COMIENZAN LAS PRUEBAS EN FRANCIA CON UN ZOE

Cuatro unidades del Renault Zoe, en la región de Normandía está en fase de pruebas un proyecto de taxi autónomo. Así está este ambicioso proyecto. 

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POR RODRIGO PAREJA 21 ENERO 2019

Se trata del primer proyecto de taxi autónomo desarrollado en Europa. Se denomina Autonomous Lab y de momento comenzará a funcionar en fase de pruebas en Normandía, en la ciudad de Rouen en el distrito de Saint-Etienne du Rouvray en Francia. El objetivo es que estéoperativo a finales de 2019 con cuatro vehículos autónomos, en concreto Renault Zoe, es decir 100% eléctricos. 

El plan ya esta bastante avanzado y de hecho ya se conoce la ruta concreta que seguirán estos taxis autónomos: 3 líneas distribuidas en un total de 10 kilómetros dentro de este distrito. Además, se ofrecerán 17 paradas en toda la zona que se corresponderán con las líneas de la red de transporte público del metropolitano de Rouen, con el fin de demostrar la viabilidad del proyecto. Así lo explica uno de los responsables del proyecto:

“Los usuarios podrán llamar a un vehículo en tiempo real desde la aplicación que podrán instalar en sus teléfonos móviles. A finales de 2019 esperamos que usuarios y vehículos puedan adaptarse a las condiciones del servicio”, asegura Luis Santiago, Director General de AKKA España.

Además, estos Zoe podrán ser controlados desde una sede central con la posibilidad de si es necesario limitar la velocidad o su parada. Las comunicaciones de audio o vídeo entre los pasajeros y el punto de control también serán posibles en cualquier momento.

En este desarrollo participa la empresa AKKA, especializada en el sector aeronaútico, ferroviario y automoción y energía, junto con Transdev, que ha desarrollado el sistema autónomo de estos vehículos atendiendo a aspectos como la localización, seguimiento de ruta y gestión ambiental. 

Publicado por Caran Driver

Fomento aumentará la vigilancia sobre los VTC en defensa del sector del taxi

Imagen de la reunión mantenida este martes entre el sector del taxi y el consejero de Fomento. /Vicente Vicéns / AGM
Imagen de la reunión mantenida este martes entre el sector del taxi y el consejero de Fomento. /VICENTE VICÉNS / AGM

La Consejería pide una regulación estatal para vigilar que las compañías de VTC no prestan más del 20% de sus servicios fuera de la comunidad donde tienen su licencia

Marta Semitiel

MARTA SEMITIELMurciaMartes, 26 marzo 2019, 17:3010

La aparición de Cabify en la Región ha levantado ampollas y no solo entre el sector del taxi, sino también entre algunas de las empresas de vehículos de turismo con conductor (VTC) que ya operan desde hace décadas en la Región. Una de ellas es Limusin CC, que tiene una flota de 18 vehículos y cuyo gerente, Roque Martínez, se reunió este martes por la mañana con el consejero de Fomento e Infraestructuras, Patricio Valverde, y el presidente de Radio Taxi Murcia, Sergio Navarro García. En dicho encuentro, que se desarrolló en la Consejería y cuyo objetivo era sentar las bases para «conciliar ambas actividades con el fin de que coexistan y puedan convivir», ambos sectores mostraron al titular de Fomento su preocupación por el aterrizaje de «compañías de VTC de otras comunidades» en la Región.

Para frenar la «competencia desleal entre comunidades», según palabras del consejero, la Administración regional pide una regulación estatal para que los VTC con licencia de otros territorios no puedan hacer más del 20% de sus trayectos fuera de los mismos, tal cual establece la ley nacional que regula este tipo de transporte turístico. «Esta Consejería apuesta por que la regulación de taxis y VTC sea nacional», pues, según explicó, «al ser Murcia una región uniprovincial, juega con desventaja ante la posibilidad de que otras compañías puedan venir a operar aquí». Fomento asegura que en los próximos meses mantendrá reuniones con los taxis y empresas de conductores de distintas comarcas de la Región para «intentar que sus intereses estén reflejados en esa regulación nacional. Sobre todo cuando solo hay cuatro comunidades que ya han regulado el sector y cada una lo ha hecho de forma distinta».

Además, incidió en que esta exigencia no es solo del Gobierno regional, pues la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) «ha pedido que se regule este tema a nivel nacional», y mientras que las autoridades competentes se disponen a disponer esa normativa, el consejero aseguró que el Gobierno regional irá «preparando las reivindicaciones de las empresas murcianas».

Novedades normativas

En la reunión, el consejero informó a los representantes del sector del taxi y de los VTC murcianos de las dos novedades normativas estatales que afectan a su actividad. La primera de ellas, que ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el próximo día 1 de abril, establece un registro electrónico nacional en el que figurarán «todas las matrículas y servicios que estos vehículos realizan en cualquier comunidad autónoma». Esto permitirá a la Consejería de Fomento controlar cuántos VTC de otros territorios operan en la Región.

La segunda de ellas, que ya ha empezado a implantarse pero que será de obligatorio cumplimiento a partir del 1 de agosto, estipula que «todos los servicios públicos de transporte con y sin conductor deberán llevar una matrícula azul con letras en blanco para permitir una mejoría de su identificación», además de la pegatina reglamentaria que los distingue como tal.

A nivel regional, Valverde confirmó que la Consejería va a realizar «un equipo de formación» para acercar ambas normativas a los cuerpos de «policía municipal y a las empresas de taxi y VTC, para que sepan cómo aplicar estas novedades a su actividad». Aunque no se detalló cómo ni cuándo, Fomento también pretende realizar actividades formativas para que estas empresas de transporte puedan adaptar sus servicios «a la era digital que estamos viviendo».

Sobre los procedimientos llevados a cabo desde la Administración hacia los VTC, el consejero confirmó que, a día de hoy, «se han retirado 30 licencias» y se han interpuesto «más de 15 denuncias» a estos coches por presuntas irregularidades. En este sentido, Valverde dijo que la intención de la Consejería es «coordinar a los servicios municipales de policía para que la vigilancia sobre los VTC sea efectiva y se realice de forma conjunta entre la Administración regional y las locales».

Aparte de la regulación nacional, el consejero dijo que en la Región ya se han regulado hasta ocho puntos al respecto de la actividad «en función de lo que nos permite la ley». Por ejemplo, explicó que este tipo de vehículos «tienen que tener una hoja de ruta, un contrato previo, no pueden aparcar en la vía pública y tienen que llevar el distintivo», entre otros requisitos. «Realmente el 80% de las medidas que regulan la situación ya las tenemos en funcionamiento», dijo.

Tanto Sergio Navarro como Roque Martínez manifestaron su satisfacción por la reunión mantenida con el consejero y por el hecho de que las exigencias sean conjuntas. Sin embargo, el gerente de Limusin CC manifestó que también tienen «otras preocupaciones, además de los conductores de otras comunidades, como la gente que practica el transporte de viajeros sin licencia de VTC ni de taxi, de forma ilegal».

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Publicado por La Verdad.