Corte al tráfico rodado Camí a la Mar 28 y 29 de marzo, Patacona.

El 28 y 29 de marzo el tráfico entre el Centro Urbano y Patacona se deberá realizar por el Camí Fondo

Con motivo de obras urgentes de canalización, AQUALIA precisa cortar al tráfico rodado el Camí a la Mar a la altura del nº 15 de avenida Mare Nostrum. Las obras comenzarán el martes 28 de marzo de 2017 a partir de las 8 horas de la mañana, con una duración estimada de 2 días.

El tráfico, entre el Centro Urbano y Patacona, se deberá realizar por el Camí Fondo.  Los cortes y desvios provisionales estarán indicados

Publicado por Policía local Alboraya.

Homeaway recurre la multa de 30.000 euros por los apartamentos ilegales

La firma alega que es un prestador pasivo de servicios y que está exenta de la responsabilidad de los contenidos que aloja

J. B.. | Valencia 24.03.2017 | 15:11

Homeaway recurre la multa de 30.000 euros por los apartamentos ilegales

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La empresa Homeaway ha anunciado esta mañana que recurrirá la multa de 30.000 euros que le ha impuesto la Agència Valenciana de Turisme por los apartamentos ilegales. “Lamentamos la decisión adoptada por la Agència Valenciana de Turisme. A pesar del resultado, HomeAway se mantiene firme en su posición y cree en la legitimidad de su argumentación basada en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico y en la Directiva Europea de Comercio Electrónico”. HomeAway inisiste en que es un prestador de servicios de la sociedad de la información neutro, automático y pasivo que, según recoge la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI), está exento de la responsabilidad de los contenidos ajenos que aloja, copia temporalmente o enlaza. Según la compañía, no se le puede obligar a imponer un control previo de los contenidos que publiquen sus usuarios, igual que tampoco puede pretenderse que rastree dichos contenidos en busca de publicaciones que presuntamente infrinjan alguna norma.

La Agència Valenciana de Turisme ha resuelto los siete expedientes abiertos a diversas plataformas de alquiler de apartamentos en Internet y, en total, ha impuesto sanciones por valor de 120.000 euros a seis de ellas. En este sentido, el secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer, ha remarcado que “como administración debemos ser firmes en el cumplimiento de la ley y en la defensa de un modelo turístico basado en la profesionalización y en la calidad”.

De hecho, cabe recordar que, desde el inicio de esta legislatura, Colomer ha mantenido una posición contraria “al intrusismo y la competencia desleal, que se traduce en graves perjuicios económicos para el sector y que puede acarrear problemas a los consumidores que hacen uso de este tipo de ofertas”, ha afirmado, al tiempo que ha señalado que “no todo cabe en la denominada economía colaborativa”.

En este sentido, ha destacado que “el modelo turístico que buscamos es el de la profesionalización, las garantías y el respeto a la ley y a los derechos de turistas y consumidores, por eso no se puede confundir la economía colaborativa y los nuevos modelos de negocio con otras prácticas”. Así, ha hecho hincapié en que “sancionamos porque existen leyes que son para todos y que deben cumplirse, porque lo peor sería trasladar una sensación de impunidad que, bajo ningún concepto, nos podemos permitir”.

En concreto, Homeaway, Airbnb y Rentalia deberán abonar un total de 30.000 euros de multa por no exigir y reflejar el número de registro que acredita que las viviendas que se anuncian en sus páginas web son turísticas. Estas tres plataformas han recibido la sanción máxima que permite actualmente la ley, una cifra que se endurecerá en el nuevo texto en el que se está trabajando desde la Agència Valenciana de Turisme. En este sentido, Colomer ha destacado que “son plataformas con mucho tráfico y con un volumen económico muy alto, por eso se les ha sancionado con el máximo que, por ahora, nos permite la ley”.

Cabe recordar que se en 2016 se abrieron un total siete expedientes a las plataformas Homeaway, Milanuncios, Niumba, Airbnb, Fotoalquiler, Rentalia y Ya encontre-Ya Hetrobat. En concreto, en junio de 2016 se abrió expediente sancionador a tres de ellas, que se han resuelto con multas de 30.000, 6.000 y 20.000 euros. Posteriormente, en diciembre de 2016, se tramitaron los expedientes sancionadores a otras cuatro. En este caso, se ha comunicado una resolución de sanción de 30.000 euros dos de ellas. Por su parte, en otro caso se ha subsanado y la empresa ya solicita el registro a la mayor parte de las viviendas turísticas que comercializa en su portal, por lo que, por ahora, la sanción impuesta es de 4.000 euros. Finalmente, otro de los últimos expedientes abiertos se ha resuelto con apercibimiento después de que hayan regularizado su situación

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Levante

Fomento mantendrá sin cambios la ley que protege a los taxistas

El ministerio comunica al sector que no está en su agenda abrir más la puerta a las aplicaciones. La CNMC ha denunciado la normativa actual ante la Audiencia Nacional por considerar que establece restricciones a la competencia

Estibadores, autopistas de peaje quebradas, liberalización del transporte ferroviario de pasajeros… la lista de asuntos que el Ministerio de Fomento tiene en cartera pendientes de resolución en el corto y medio plazo es amplia. Pero en esta extensa agenda no figura modificar la normativa que regula la actividad de aplicaciones dedicadas al transporte colaborativo como Uber, Cabify o BlaBlaCar. Así se lo transmitió el viernes de la semana pasada el director general de Transportes Terrestres, Joaquín del Moral, a los representantes de Fedetaxi.

Varios miembros de la comisión de gobierno de la patronal del taxi se reunieron con el alto cargo de Fomento para abordar el asunto de la posible modificación del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT). En los últimos días, se habían desatado rumores en el sector sobre un posible cambio en la norma que regula el servicio de transporte de viajeros en turismos de alquiler con conductor (VTC) por la que se rigen servicios como los ofrecidos por las plataformas digitales Uber y Cabify.

Los comentarios se habían originado a raíz de una consulta pública colgada en su web por el departamento que dirige Íñigo de la Serna en cumplimiento de la nueva ley de transparencia y buen gobierno. Pero según la patronal del taxi, Del Moral transmitió al colectivo que no está en la agenda del ministerio modificación alguna de una regulación que, además, está pendiente de lo que dictaminen los tribunales.

Desde que se aprobó en 2015, la ROTT ha suscitado el rechazo no sólo de las compañías directamente afectadas por su aplicación sino de la propia Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El organismo que dirige José María Marín Quemada se ha posicionado abiertamente en contra de cualquier restricción a la competencia en el sector del transporte de viajeros por carretera. En abril del año pasado interpuso un recurso ante la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional para remover las, a su juicio, «restricciones injustificadas a la competencia» que incluye la ROTT. Varios son los límites que la CNMC cree que se deberían eliminar. El más polémico, la obligatoriedad de que para conceder una licencia VTC deban existir al menos treinta de taxi, lo que «impide que ambos medios compitan entre sí y que los viajeros puedan beneficiarse de más disponibilidad de vehículos, menor tiempo de espera y mejores tiempos», según argumenta Competencia. El organismo también está en contra de que los VTC no puedan recoger clientes en la calle como lo hacen los taxis y sólo puedan transportar a aquellos que hayan contratado previamente sus servicios. Tampoco considera justificado que las licencias para este tipo de vehículos sólo puedan ser utilizadas en la comunidad autónoma en la que se solicitan y algunos requisitos técnicos que se piden a los coches como que tengan un máximo de diez años de antigüedad o que sean necesarios un mínimo de siete vehículos para operar en el mercado.

En opinión de la CNMC, todas esta «restricciones» van «en contra de la unidad de mercado, carecen de justificación económica, obstaculizan la competencia efectiva en el transporte urbano de pasajeros en todo el territorio nacional y reducen el bienestar». En un informe posterior publicado en junio del año pasado, Competencia cifraba los perjuicios para la sociedad de estas restricciones en 324 millones de euros al año.

Frente a la posición de la CNMC, el sector del taxi argumenta de Uber y las aplicaciones similares no tienen «nada de colaborativas», «generan precariedad» y arruinan a miles de autónomos.

La denuncia de la CNMC ante la Audiencia Nacional no es el único procedimiento judicial pendiente de respuesta por parte de los tribunales. El Tribunal Supremo podría romper definitivamente la proporción de treinta taxis por cada licencia VTC que establece la ROTT si unifica doctrina a favor de las empresas como Uber y Cabify, lo que perjudicaría enormemente al sector del taxi. Aunque en julio de 2013 la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre (LOTT) estableció ya esa proporción de treinta a uno, algunos tribunales superiores de justicia autonómicos entienden que la limitación sólo es de aplicación desde la aprobación en 2015 de la ROTT. Por ese motivo, han dado la razón a algunos de los que solicitaron 3.000 nuevas licencias VTC en toda España en ese periodo de dos años transcurrido entre la aprobación de ambas normativas. Otros tribunales, sin embargo, consideran que la limitación rige desde 2013 y las han denegado. Para acabar con la dicotomía, la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Transportes, está presentando recursos de casación ante el Supremo para que unifique doctrina.

Publicado por la Razón.